REGLAS GENERALES PARA LA

CELEBRACIÓN DE LOS FOROS DE

DEBATES ENTRE LAS CANDIDATURAS A

MAGISTRATURAS, JUEZAS Y JUECES

DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO

¡Tu voto elige Magistraturas, Juezas y Jueces!

Marzo de 2025


 

Reglas Generales para la celebración de los Foros de Debates entre las candidaturas a Magistraturas, Juezas y

Jueces del Poder Judicial del Estado

G L O S A R I O

Consejo General:

Instituto Electoral:

Consejo General del Instituto Electoral del Estado de

Zacatecas.

Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.

Proceso

Electoral Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial

Extraordinario:

del Estado de Zacatecas 2025.

UCS:

Unidad de Comunicación Social del Instituto

Electoral del Estado de Zacatecas.

Reglas Generales:

Comisión:

Reglas Generales para la Celebración de los Foros

de Debates entre las Candidaturas a Magistraturas,

Juezas y Jueces.

Comisión de Comunicación Social del Instituto

Electoral del Estado de Zacatecas.

Constitución

Política:

Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos.

LGIPE:

Ley General de Instituciones y Procedimientos

Electorales.

Reglamento

Radio y Televisión:

de

Reglamento de Radio y Televisión en Materia

Electoral del Instituto Nacional Electoral.

Foros de Debate:

Son los actos que se realizan durante el periodo de

campaña donde las personas candidatas a un mismo

cargo de elección judicial exponen su trayectoria,

ideas contrastan propuestas y experiencia, responde

cuestionamientos con el propósito de fomentar el

voto informado y la participación ciudadana.

Persona

moderadora

personas

o

La o las encargadas de conducir e intervenir en los

debates, en los términos de las presentes reglas.

moderadoras:

Personas

Candidatas:

Las personas que fueron postuladas por los Comités

de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo

y Judicial.

Intérpretes:

Es un profesional que interpreta y traduce la

información de la Lengua de Señas Mexicana a la

lengua oral y escrita y viceversa, con el fin de

asegurar la comunicación entre las personas sordas

que sean usuarias de esta lengua y su entorno social.

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Reglas Generales para la celebración de los Foros de Debates entre las candidaturas a Magistraturas, Juezas y

Jueces del Poder Judicial del Estado

Índice.................................................................................................................. 2

Presentación...................................................................................................... 3

I. Instancia que operará los foros de debates ................................................ 4

II. Número de foros de debates ....................................................................... 4

III. Lugar y fecha en que se celebrarán los foros de debates ....................... 4

IV. Reglas Básicas ............................................................................................ 5

a. Moderación ................................................................................................... 5

b. Interacción entre las personas candidatas ................................................ 7

c. Formato de los foros de debates................................................................. 7

d. Temas de los foros de debates ......…………………………………………….9

e. Medidas de inclusión …………………………………………………………....10

f. Criterios de producción ..………………………………………………………..10

V. Organización de los foros de debates ...…………….……………………….11

a. Foros de debates no organizados por el Instituto Electoral del Estado de

Zacatecas ……...……………………………………………………………………..12

b. Las condiciones mínimas para la celebración de los foros de debates ...13

c. Bloques temáticos ......……………...…….……………………………………..14

VI. Otras previsones para los foros de debates ........................................... 15

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Reglas Generales para la celebración de los Foros de Debates entre las candidaturas a Magistraturas, Juezas y

Jueces del Poder Judicial del Estado

Presentación

Los foros de debates son espacios fundamentales para la transparencia y el

fortalecimiento democrático. En el marco del Proceso Electoral Extraordinario,

estos foros permiten a la ciudadanía conocer a las candidaturas que aspiran a

los cargos de Magistraturas, Juezas y Jueces, así como evaluar su trayectoria,

experiencia y posturas en materia de impartición de justicia.

El Instituto Electoral, en cumplimiento de sus facultades establecidas en el

artículo 96 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas,

así como en el artículo 443, numeral 1, fracción V, de la Ley Electoral del Estado

de Zacatecas, emite estas Reglas Generales para la organización y desarrollo de

los foros de debates.

Su propósito es garantizar un ejercicio equitativo, imparcial e incluyente,

asegurando que las personas moderadoras actúen con imparcialidad y que las

personas candidatas dispongan de condiciones justas para la exposición de sus

propuestas. Uno de los principales objetivos de los foros es facilitar el acceso a

información relevante que permita a la ciudadanía ejercer un voto libre e

informado. En un esfuerzo por garantizar la inclusión y accesibilidad, estos

espacios contarán con intérpretes de Lengua de Señas Mexicana y serán

transmitidos en plataformas digitales, permitiendo su acceso a la población.

Estos foros representan un espacio de rendición de cuentas y participación

ciudadana, donde la sociedad podrá conocer de primera mano la visión de las

candidaturas sobre temas clave como independencia judicial, impartición de la

justicia, así como promoción, respeto, protección y garantía de los derechos

humanos. Además, contribuirán a que la selección de Magistraturas, Juezas y

Jueces se base en criterios de mérito, capacidad y compromiso con la justicia.

Las presentes Reglas Generales establecen los lineamientos para la

organización, moderación y producción de los foros de debates, asegurando que

se desarrollen bajo los principios de equidad, imparcialidad y máxima publicidad.

El Instituto, reafirma su compromiso con la ciudadanía de garantizar herramientas

informativas que fortalezcan su participación en la elección de las personas que

integrarán el Poder Judicial en la entidad.

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Reglas Generales para la celebración de los Foros de Debates entre las candidaturas a Magistraturas, Juezas y

Jueces del Poder Judicial del Estado

Reglas Generales para la celebración de los foros de debates entre las

candidaturas a Magistraturas, Juezas y Jueces

I. Instancia que operará los foros de debates

El Instituto Electoral, a través de la Comisión, en coordinación con la UCS, será

responsable de la organización y ejecución de estos foros de debates. Su objetivo

principal es propiciar un espacio de participación que permita a la ciudadanía

conocer a las personas candidatas y proporcionarles, a estas las condiciones

equitativas para la exposición de sus ideas y propuestas en el marco de la

elección de Magistraturas, Juezas y Jueces. La UCS tendrá a su cargo la

planeación y logística de estos foros, en estrecha coordinación con la Comisión,

garantizando el cumplimiento de las reglas establecidas para su desarrollo.

II. Número de foros de debates

Con fundamento en los artículos 218, numerales 4, 5, 6, y 7 de la LGIPE; 96,

numeral V, párrafo 3, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

Zacatecas; 169, numerales 1, 2, 3 y 5; 443, numeral 1, fracción V, de la Ley

Electoral del Estado de Zacatecas; 27, numeral 1, fracción LI, LXXXII; y 44,

Apartado 1, fracción VII, de la Ley Orgánica del Instituto Electoral del Estado de

Zacatecas, el Instituto Electoral organizará hasta 33 foros de debates entre las

candidaturas a Magistraturas, Juezas y Jueces. Lo anterior, con el fin de que la

ciudadanía cuente con más elementos e información para la emisión de un voto

informado y razonado. Los cuales se llevaran a cabo durante las campañas

electorales del Proceso Electoral Extraordinario.

III.Lugar y fecha en que se celebrarán los foros de debates

Los foros de debates que organizará el Instituto Electoral en la elección de

Magistraturas, Juezas y Jueces, se realizarán en la Sala de Sesiones del

Consejo General del Instituto Electoral, de acuerdo con las disposiciones que

establezca la Comisión para cada uno de ellos.

Los foros de debates entre las personas candidatas a las Magistraturas del

Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas y las Magistraturas del

Tribunal de Disciplina Judicial, se desarrollarán en el periodo del 14 de abril

al 28 de mayo de 2025; asimismo, los foros de debates para las Juezas y

Jueces penales, de primera instancia y mixtos se desarrollarán del 28 de

abril al 28 de mayo del presente año, bajo la temática que la Comisión y la

UCS determinen.

La Comisión y la UCS, podrán modificar, de manera motivada y justificada, las

fechas y los horarios en los que se realicen los foros de debates debido a

eventualidades que pudieran presentarse.

La duración de los foros de debates se establecerá conforme a los formatos y

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Jueces del Poder Judicial del Estado

las reglas que para tal efecto determine el Instituto Electoral, así como al número

de candidaturas a participar en cada foro.

Preferentemente, la totalidad de los foros de debates se llevarán a cabo en las

oficinas centrales del Instituto Electoral, con el objetivo de fortalecer el

compromiso institucional como garante de la máxima publicidad, transparencia

y pleno ejercicio democrático. Esta medida también responde a los principios de

disciplina financiera y racionalidad del gasto establecido en la Ley de Austeridad,

Disciplina y Responsabilidad Financiera del Estado de Zacatecas y sus

Municipios, al optimizar los recursos disponibles y evitar gastos adicionales en

sedes alternas.

En su caso, si las condiciones presupuestales lo permiten, se podrá elegir otra

sede para llevar a cabo uno o varios foros de debates. En este sentido, para la

selección de las sedes distintas a la del Instituto Electoral, se privilegiarán

recintos que cuenten con los espacios y las capacidades técnicas necesarias

para la producción del foro de debate y su trasmisión en Redes Sociales, así

como universidades e instituciones públicas.

En todo caso, la UCS realizará una valoración técnica de distintas sedes para

proponer a la Comisión aquellas que cumplan con los espacios y requisitos

técnicos para garantizar una producción de calidad. Dicha Unidad propondrá a

la Comisión las sedes que resulten idóneas para llevar a cabo los foros de

debates entre las personas candidatas a Magistraturas, Juezas y Jueces.

IV.

Reglas básicas

a. Moderación

1

2

3

. La persona moderadora será la facilitadora durante el desarrollo de los

foros de debate. Su papel consiste en ayudar a las personas candidatas

a tener la oportunidad de hacer sus aportes y guiar la plenaria a llegar al

buen desarrollo del debate.

. Las atribuciones que se establecen a continuación estarán sujetas al

formato específico que se apruebe para cada foro de debate, para las

personas candidatas a Magistraturas, Juezas y Jueces. Esto permitirá

que la moderación se ajuste a los objetivos de cada ejercicio de debate.

. Para elegir a la persona que modere el foro de debate serán

considerados los principios de paridad de género y quienes funjan como

moderadora o moderador, deberán, preferentemente, contar con

experiencia en conducción de programas, eventos o entrevistas, así

como, conocimientos en ramas y materias del derecho (familiar, civil,

mercantil, penal, etc.), según corresponda al tipo de debate a celebrar.

4

. No desempeñar cargos directivos al interior de algún partido político

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nacional ni local; no ser candidata a cargo de elección popular; no ser

servidora pública en ninguno de los tres niveles de gobierno, con

excepción de quienes realizan alguna función en los medios de

comunicación públicos; ni ser ministro de algún culto religioso; y no haber

sido una persona sancionada por sentencia o determinación firme por

Violencia Política contra las mujeres en Razón de Género o estar inscrita

o inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por VPG.

5

6

. La persona moderadora deberá de realizar la presentación del evento,

explicar las etapas y modalidades bajo las cuales se desarrollará el foro

de debate, y en su momento, dar por concluido el evento.

. Otorgar el uso de la voz a quien corresponda; para ello, cuidará el orden

de intervención de las personas candidatas, así como los tiempos de

participación en cada una de las etapas a desarrollarse.

7

8

. Seleccionar, al inicio de cada bloque temático, las preguntas que serán

formuladas a las personas candidatas en el bloque correspondiente.

. La persona que modera, de una urna transparente, tomará al azar las

preguntas para las personas candidatas, a través de los mecanismos y

procedimientos que el Instituto Electoral haya dispuesto para dicho fin.

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1

1

. La moderación, al seleccionar las preguntas para cada bloque, deberá

ajustarse a los temas que han sido previamente seleccionados.

0. Quien modera deberá mantener una actitud cordial, imparcial, de respeto

y disciplina en el foro de debate.

1. Conminar a las personas candidatas participantes, a fin de que

respondan las preguntas que se les formulen, cuando estimen que su

respuesta no corresponde a los planteamientos formulados.

1

1

2. Las personas moderadoras propiciarán que el foro de debate se centre

en las candidaturas y sus propuestas, evitarán acusaciones que afecten

negativamente a una sola candidatura. Además, se buscará que los

formatos de los foros de debates garanticen la imparcialidad de las

personas moderadoras y la equidad en el desarrollo de éstos.

3. Además de cumplir con sus funciones en la administración del tiempo y

en ordenar las intervenciones, las personas moderadoras tendrán una

participación activa, pero no protagonista, en la cual podrán interactuar

directamente con las candidaturas para requerir información adicional

sobre algún tema, preguntar de manera improvisada, solicitar que se

desarrolle algún punto en particular, entre otras.

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4. Las personas moderadoras podrán solicitar que las personas candidatas

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precisen sus respuestas, así como presentar datos comprobables para

contextualizar algún tema, siempre y cuando éstos sean verificables y

que se señale su fuente.

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1

1

5. La moderación deberá actuar en todo momento como facilitadora del foro

del debate y no como una persona participante más. Deberá propiciar

que el ejercicio se centre en las personas candidatas y sus propuestas.

6. Una vez que la Comisión designe a las personas moderadoras, la Unidad

de Comunicación Social socializará con estas las reglas e incentivará su

involucramiento en la organización de los ejercicios democráticos.

7. La Comisión convocará a la persona moderadora a una reunión previa a

la realización del foro de debate, a efecto de hacer de su conocimiento

las reglas, temática y desarrollo del foro de debate.

b. Interacción entre las personas candidatas

1

2

3

. En cualquiera de las etapas del foro de debate, las candidaturas deberán

observar y respetar la temática previamente definida y los tiempos de

exposición acordados.

. Las personas participantes en los foros de debates se abstendrán de

calumniar a las demás candidaturas, a las instituciones y a las autoridades

electorales.

. En ningún momento podrán hacer alusión de discriminación por razón de

género, identidad, orientación sexual, discapacidad, origen étnico,

creencias o costumbres; respetando en todo momento el derecho a la

igualdad e integridad de cada participante.

4

. Si, durante el desarrollo del foro de debate, alguna candidatura incumple

las Reglas Generales, la persona que modera podrá: apercibir a la

persona candidata para que concluya su intervención si excede el tiempo

asignado; de persistir, se procederá al cierre del micrófono; suspender la

siguiente intervención de la persona candidata en caso de reincidencia; y

excluir a la candidatura del resto del foro del debate si continúa con su

actitud.

c. Formatos de los foros de debates

1

. Por razones de logística y optimización de la organización y el desarrollo

de los foros de debates, el número máximo de personas candidatas que

pueden participar en un foro de debate será de 9. En el caso de que el

número de participantes sea mayor a esta cifra, las personas candidatas

se distribuirán de manera equilibrada en grupos, respetando el principio

de paridad de género.

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Jueces del Poder Judicial del Estado

2

. Se deberá implementar en cada foro de debate la inclusión de temas tanto

generales como por especialización o materia del derecho (familiar, civil,

mercantil, penal, etc.), según corresponda al tipo del foro de debate que

se trate; asimismo, se promoverá la exposición de ideas para que las

personas candidatas confronten sus respectivas versiones de lo que es la

justicia, compartiendo al electorado su conocimiento y experiencia judicial,

así como sus principios y valores.

3

. La Comisión formulará y aprobará los formatos específicos para cada foro

de debate, asegurando que reflejen los principios y reglas básicas

establecidas. Estos formatos se definirán con base en el número de

personas candidatas y el tipo de elección, con el objetivo de garantizar, en

la medida de lo posible, foros dinámicos y equitativos.

4

5

6

. La UCS, en las reuniones virtuales que lleve a cabo con las personas

candidatas para establecer las condiciones de los foros de debates,

solicitará, en su caso, que nombren un representante de cada candidatura

para que las representen en la organización de dichos foros.

. Mecánica del sorteo. Una vez instalada la mesa de representantes, la

persona designada por la Unidad de Comunicación Social, llevará a cabo

los sorteos que determinen el orden de participación y la ubicación de las

candidaturas en el set.

. Únicamente se sorteará el orden de intervención para el primer bloque

temático en cada uno de los foros de debates, las intervenciones

subsecuentes se determinarán partiendo de que la candidatura que abra

el primer bloque será quien tenga la última intervención en el siguiente y

así sucesivamente, dándole oportunidad a la siguiente candidatura de

abrir alguno de los bloques.

7

8

. Se seguirá la misma mecánica para determinar el orden de intervención

en el cierre de cada una de las candidaturas que participarán en los foros

de debates.

. El orden de ubicación de las candidaturas participantes será distribuido

de derecha a izquierda de acuerdo a la ubicación de la persona

moderadora, y en caso de que la persona moderadora se encuentre en el

centro, se ubicarán de forma alternada iniciando de derecha a izquierda.

9

. La persona moderadora, en el desarrollo del foro de debate evitarán

consumir tiempo innecesario del foro de debate en la explicación

detallada de reglas o la realización de sorteos, éstos deberán

realizarse previamente.

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Jueces del Poder Judicial del Estado

1

1

0. Los formatos específicos deberán privilegiar la improvisación y

espontaneidad de las candidaturas, lo que propiciará salir de

guiones preestablecidos.

1. En todo momento se procurará que el tiempo máximo de duración para

un foro debate no exceda de 120 minutos.

d. Temas de los foros de debates

1

2

3

. La definición de los temas y subtemas en cada uno de los foros de debates

se realizará tomando en cuenta el formato de cada ejercicio o foro de

debate.

. Conforme a la definición de los formatos específicos para cada

foro de debate, se podrán añadir o dividir subtemas, de acuerdo con el

número de bloques que se establezcan en cada ejercicio

. La propuesta de temas a debatir es enunciativa más no limitativa. Para

los foros de debates entre las candidaturas a Magistraturas, Juezas y

Jueces, se proponen los siguientes temas:

I. Trayectoria y experiencia;

II. Posturas relativas a la impartición de la justicia en el estado y su

propuesta de transformación; y

III. Reformas que se requieren para asegurar la independencia judicial

y

promoción, respeto, protección y garantía de los derechos

humanos.

4

5

. Los temas propuestos podrán ser modificados, agregados o seccionados

conforme al acuerdo que contenga el formato específico de cada foro de

debate.

. Para tener un banco de preguntas suficiente para cada uno de los foros

de debates para Magistraturas, Juezas y Jueces, se podrá aprovechar las

actividades que se desarrollen en el marco del Plan de Trabajo Conjunto

para la Promoción de la Participación Ciudadana en el Proceso Electoral

Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la

Federación y del Poder Judicial del Estado de Zacatecas 2025, en las que

se aplicará una encuesta, a través de un Código QR, a las personas

asistentes a dicho foro.

6

. En esta encuesta se solicitará a la ciudadanía, estudiantes de la materia

de derecho, ciencias políticas, y especialistas, que de acuerdo a sus

expectativas, necesidades y experiencia expresen las preguntas y en su

caso temas que desea que traten las candidaturas en los foros de

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debates. Los resultados obtenidos serán analizados por la Comisión y la

Unidad de Comunicación Social.

e. Medidas de inclusión

1

2

. La transmisión de los foros de debates, si las condiciones presupuestales

lo permiten, deberá contar con intérpretes de Lengua de Señas Mexicana.

. Se transmitirá en las redes sociales, IEEZ TV en YouTube y Facebook

Live, una versión diseñada específicamente para personas sordas donde

la traducción a Lengua de Señas Mexicana sea un elemento

preponderante.

3

. Después de la transmisión de cada uno de los foros de debates se

difundirá en las redes sociales del Instituto Electoral y canales

institucionales una versión subtitulada de los mismos.

f. Criterios de producción

1

. Tomando en cuenta el tipo de candidatura, se incluirán elementos que

distingan los foros de debates, de tal forma que se les otorgue su propia

identidad visual.

2

3

4

. Se realizará la difusión de los foros de debates en redes sociales del

Instituto Electoral.

. De acuerdo a las condiciones presupuestales, se diseñarán escenografías

que contengan elementos alusivos a los foros de debates.

. El equipo de producción realizará el manejo de cámaras para la

transmisión. Se utilizarán planos generales para mostrar la ubicación de

las candidaturas en el set, así como de las personas que fungirán como

moderadoras.

5

. Se colocará en pantalla un gráfico con el nombre de la persona candidata,

el cargo por el que contiende, así como el número con el que aparecerá

en la boleta.

6

7

. Se citará a las candidaturas una hora antes del foro de debate para realizar

las pruebas de audio y cámara.

. La producción actuará con base en los principios de imparcialidad y

equidad que rigen a la autoridad electoral, asegurando un trato igualitario

para las candidaturas.

8

. El acceso al recinto el día del foro de debate se limitará a las candidaturas,

la persona moderadora, al staff de producción indispensable para su

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0


 

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realización, lo anterior, debido a las limitaciones del espacio.

9

. El Instituto Electoral garantizará el uso exclusivo para la sede de los foros

de debates el día en que se realice el evento, con el objetivo de evitar

interferencias en la instalación de elementos escenográficos, técnicos y de

producción.

V.

Organización de los foros de debates

1

. El Instituto Electoral organizará por lo menos un foro de debate entre las

distintas candidaturas a los cargos de Magistraturas, Juezas y Jueces

durante el periodo de las campañas electorales, conforme a su

disponibilidad presupuestal, así como a su capacidad de recursos

humanos, materiales y tecnológicos disponibles.

2

3

4

5

. El Instituto Electoral organizará los foros de debate conforme a las

candidaturas registradas, por lo que deberá promover y difundir la

celebración de dichos foros a través de los medios a su alcance.

. El número de los foros de debates se determinará por las candidaturas

registradas a cada uno de los cargos de Magistraturas, Juezas y Jueces

de conformidad con el Anexo Único.

. En los supuestos en donde el número de candidaturas registradas sea

superior a 9 personas, se formarán grupos para determinar el número de

foros de debates a realizar.

. Para conformar los grupos, primero se determinará el número de

candidaturas que confirmen su participación en el foro de debate. Con

base en esta lista, se convocará a una reunión de trabajo virtual en la que

se realizará el sorteo para asignar los grupos y las fechas de los foros.

Una vez definidos, se organizará cada foro conforme a las Reglas

Generales establecidas.

6

. La Unidad de Comunicación Social, conjuntamente con las candidaturas

a Magistraturas, Juezas y Jueces, o bien con sus representantes

designados por estas, se reunirá por lo menos cinco días antes de la

realización del foro de debate para determinar:

I.

En su caso, el lugar o espacio propuesto para la celebración de

los foros de debates, deberá contar con las herramientas

tecnológicas y de infraestructura para la transmisión en vivo que

realizará el Instituto Electoral.

II.

El día y hora para la celebración de foros de debates.

III. La persona que fungirá en la moderación, de acuerdo a las

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propuestas dadas por la Comisión.

IV.

V.

Las etapas que conformarán los foros de debates, según lo

previsto en estas Reglas Generales.

La duración, los tiempos, el orden de intervención y ubicación de

los participantes, mediante el sorteo establecido en estas Reglas

Generales; definir los temas a debatir.

VI.

La prohibición de dispositivos electrónicos y de comunicación.

VII. El lugar que ocupará la persona que modera; las reglas básicas

de comportamiento y expresión que deberán mantener las

candidaturas durante el foro de debate; y en su caso, las

personas autorizadas para ingresar al recinto en el que se

celebrará el foro de debate.

7

8

. En caso de que se autorice, la asistencia de personas invitadas al interior

del recinto donde se realizará el foro de debate, deberán de guardar

absoluto silencio dentro y fuera del recinto donde se celebra el foro de

debate; evitaran, entre otras cosas, propiciar mítines fuera o dentro del

recinto; y fijar en el interior propaganda electoral, realizar actos de

campaña o proselitismo a favor o en contra de las candidaturas.

. La Comisión podrá suspender los foros de debates por causa justificada,

en casos de fuerza mayor, contingencia, condiciones de inseguridad, que

pongan en riesgo a las y los participantes, a quienes asisten, así como

por fenómenos naturales, que impidan su realización.

a. Foros de debates no organizados por el Instituto Electoral del Estado

de Zacatecas

Los foros de debates no organizados por el Instituto Electoral se sujetarán a las

disposiciones establecidas en el artículo 314 del Reglamento de Elecciones:

a) Los medios de comunicación, las instituciones académicas, la sociedad

civil, así como cualquier otra persona física o moral que desee hacerlo,

podrán organizar foros de debates con motivo del Proceso Electoral

Extraordinario, sin que para ello resulte indispensable la colaboración del

Instituto Electoral.

b) Los foros de debates a que se refiere este apartado, estarán sujetos a

las disposiciones en materia de Radio y Televisión contenidas en el

artículo 41, de la Constitución Política, la LGIPE y el Reglamento de

Radio y Televisión.

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c) Las o los organizadores de los foros de debates deberán informar al

Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral los detalles de su realización,

el formato y tiempos de intervención acordados, la fecha para la

celebración, el lugar, el nombre de la persona o personas que actuarán

como moderadores y los temas a tratar. Lo anterior, hasta tres días

antes de la fecha propuesta para la celebración del foro de debate.

d) Los organizadores de los foros debates a que se refiere este apartado,

deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 218, numeral 6, de la

LGIPE. Para la realización de los foros de debates es obligatorio que se

convoque a todas las candidaturas.

e) Los programas que contengan foros de debates en ejercicio de la libertad

periodística, podrán ser difundidos en la cobertura noticiosa de las

campañas electorales, por cualquier medio de comunicación.

f) Las estaciones de Radio y canales de Televisión que transmitan o

difundan los foros de debates, podrán mencionar o insertar en las

intervenciones de las personas candidatas los nombres de estas para

que la ciudadanía los conozca.

g) Para lograr la mayor audiencia posible, los medios de comunicación que

organicen o transmitan los foros de debates, podrán difundir los

promocionales respectivos sin que la promoción del foro de debate se

convierta en propaganda en favor o en contra de una candidatura en

particular.

h) Los medios de comunicación local podrán organizar libremente foros de

debates entre las y los candidatos a cualquier cargo de elección judicial

del ámbito estatal, en términos del artículo 77, numerales 1 y 2 del

Reglamento de Radio y Televisión. En caso de presentarse este

supuesto, una vez que el Instituto Electoral tenga conocimiento de ello,

deberá informarlo de manera inmediata a la Dirección Ejecutiva de

Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral.

b. De las condiciones mínimas para la celebración de los foros de

debates

1

. Que se invite de manera formal a la totalidad de las candidaturas, que

correspondan al mismo puesto de elección judicial a la celebración del

foro de debate; de igual manera, la manifestación formal de participar en

el foro de debate por parte de las candidaturas.

2

. Que los foros de debates se realicen entre personas candidatas a un

mismo cargo de elección judicial y materia o rama del derecho por el que

contienden.

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Jueces del Poder Judicial del Estado

3

4

. Que acepten participar en el foro de debate correspondiente, por lo

menos dos candidaturas del mismo cargo de elección judicial.

. Quien desee participar en el foro de debate deberá presentar al Instituto

Electoral, un escrito en el que confirme su asistencia al foro de debate y

manifestación expresa de sujetarse a las disposiciones de las Reglas

Generales.

5

. En caso de no remitir un escrito de respuesta por parte de la persona

candidata, dentro del término señalado, se entenderá que la invitación fue

declinada.

6

7

. Que existan las condiciones sociales y de seguridad que permitan el

desarrollo del foro de debate.

. Para el caso de que algún contendiente decida participar posterior a la

reunión virtual donde se hayan tomado los acuerdos, éste podrá

incorporarse si acepta el formato y reglas acordadas por los demás

participantes; siempre y cuando, técnica y materialmente, sea posible su

incorporación al foro de debate.

8

. La ubicación de las y los candidatos participantes y el orden de su

intervención en cada una de las rondas se determinará mediante un

sorteo, que se llevará a cabo el día de la reunión virtual, en presencia de

las personas candidatas y/o las personas que designen como sus

representantes. En caso de que ya se haya realizado ese sorteo, su

participación ocupará el último lugar.

c. Bloques Temáticos

1

. El foro de debate contará con tres bloques temáticos en los cuales cada

candidatura contará con una intervención de hasta tres minutos en cada

bloque temático. El orden de intervención para los bloques temáticos será

de acuerdo al sorteo realizado de manera previa, de conformidad con

estas Reglas Generales.

2

. Exposición, quien o quienes moderen harán el planteamiento del tema,

para que cada una de las personas candidatas -en el orden

correspondiente al sorteo previo-, realicen su exposición.

3

4

. Mensaje final de las candidaturas, hasta por un minuto y medio.

. Cierre, concluidos los mensajes finales, una de las o la persona que

modera realizará la despedida y agradecimientos.

5

. La propuesta de temas a debatir es enunciativa más no limitativa, por lo

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Reglas Generales para la celebración de los Foros de Debates entre las candidaturas a Magistraturas, Juezas y

Jueces del Poder Judicial del Estado

que la definición de los temas será consensada por la Comisión.

VI.

Otras previsiones para los foros de debates

1

. La Unidad de Comunicación Social deberá solicitar los servicios y

materiales indispensables para el evento, tales como sonido, energía

eléctrica, entre otros. En su caso, aquellas otras estimaciones que se

consideren pertinentes para la realización de los foros de debates.

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3

. Una vez determinada la lista de asistentes al foro de debate, incluidos los

medios de comunicación, la Unidad de Comunicación Social expedirá las

acreditaciones correspondientes.

. Las personas asistentes al foro de debates deberán cumplir con las

Reglas Generales. Quienes no se apeguen a ellas serán invitadas por la

moderación a abandonar el recinto. En caso de ser necesario, se podrá

solicitar el apoyo de la fuerza pública para restablecer el orden.

4

5

. El Consejo General, por conducto de la Presidencia del Consejo General,

podrá solicitar, el apoyo de las autoridades Federales, Estatales y

Municipales, que en su caso se requieran, con motivo de la organización

de los foros de debates, conforme a lo establecido en los artículos 300,

de la LGIPE; y 239, de Ley Electoral del Estado de Zacatecas.

. Cualquier caso no previsto en las presentes Reglas Generales será

resuelto por la Comisión, y en su caso, por el Consejo General del Instituto

Electoral en el ámbito de sus atribuciones.

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