|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
TÍTULO PRIMERO Disposiciones
preliminares |
|
CAPÍTULO PRIMERO Del
objeto, interpretación y definiciones |
|
Artículo 1. |
|
1 |
|
. |
|
El Reglamento tiene por
objeto establecer los
criterios, reglas y lineamientos que deberán observar los partidos políticos y coaliciones para la presentación de sus informes financieros al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, que den cuenta
del origen, monto,
uso, destino y aplicación del financiamiento que perciban
por cualquier modalidad. |
|
2 |
|
. |
|
Asimismo, este
Reglamento establece las facultades del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, respecto de las funciones de control, vigilancia, revisión y fiscalización de los recursos que reciben los partidos políticos y coaliciones, así como de los gastos de las precampañas y campañas electorales. |
|
Artículo 2. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos
políticos, coaliciones, candidatas, candidatos y personas físicas o morales deben
proporcionar los datos
y documentos oficiales autorizados que garanticen la veracidad de lo reportado en los informes
financieros de origen y el monto
de sus ingresos, así como la aplicación y empleo
de sus egresos, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento y demás disposiciones
legales aplicables. |
|
Artículo 3. |
|
1 |
|
. |
|
Para la interpretación de las
disposiciones del Reglamento, se estará a los criterios gramatical, sistemático y funcional, a falta de disposición expresa, se aplicará lo dispuesto en la Legislación Electoral del Estado de Zacatecas, en los principios generales del derecho, en la jurisprudencia, en las Normas
de Información Financiera, en las disposiciones fiscales aplicables, y en las normas y procedimientos
de auditoría. |
|
Artículo 4. .
Para los efectos del Reglamento, se entenderá: |
|
1 |
|
I. Por cuanto a los ordenamientos jurídicos: |
|
a) b) c) |
|
Constitución: Constitución Política
del Estado de Zacatecas; |
|
Ley
Electoral: Ley Electoral del Estado
de Zacatecas; |
|
Ley Orgánica: Ley Orgánica del Instituto Electoral del Estado de
Zacatecas; |
|
d) |
|
Ley de Medios: Ley de Medios
de Impugnación Electoral del Estado
de Zacatecas; y |
|
1 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
e) |
|
Reglamento: Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de los
Partidos Políticos y Coaliciones. |
|
II. Por cuanto a la autoridad electoral y sus
órganos: |
|
a) b) c) |
|
Instituto:
Instituto Electoral del Estado de Zacatecas; |
|
Consejo
General: Consejo General del Instituto; |
|
Presidenta: Consejera Presidenta del Consejo
General y de la Junta
Ejecutiva; |
|
d) e) |
|
Comisión: Comisión de Administración y Prerrogativas del Instituto
o Comisión Fiscalizadora; |
|
Presidente de la Comisión: Consejero Electoral que funge como
Presidente de la Comisión; |
|
f) |
|
Junta
Ejecutiva: Junta Ejecutiva del Instituto; |
|
g) |
|
Secretario Ejecutivo: Secretario Ejecutivo del Consejo General y de la Junta Ejecutiva; |
|
h) i) |
|
Dirección: Dirección Ejecutiva de Administración Prerrogativas
del Instituto; y |
|
y |
|
Secretario Técnico: El Titular de la Dirección Ejecutiva de Administración y Prerrogativas,
y |
|
j) |
|
Unidad de Fiscalización: Unidad de Fiscalización de los Recursos
de los partidos políticos del
Instituto. |
|
III. Por cuanto a los conceptos: |
|
a) b) |
|
Balanza de comprobación: Documento que el partido
político o |
|
coalición fórmula para comprobar que en la totalidad de los registros contables, la suma de los cargos es igual a la suma de
los abonos; |
|
Bitácora de Gastos
Menores: Documentos para acreditar gastos menores
o aquellos cuyos comprobantes no reúnan los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación. |
|
c) d) e) |
|
Catálogo de cuentas:
Guía en la que se clasifican las cuentas a utilizar en la contabilidad por clase,
subclase, cuenta, subcuenta
y denominación por partido político; |
|
Entes fiscalizados: Los partidos políticos y coaliciones, que serán sujetos de revisión por la autoridad electoral, respecto del
origen, monto y destino de sus recursos
financieros. |
|
Financiamiento proveniente de fuentes distintas al erario público estatal: Financiamiento proveniente de la militancia, de |
|
2 |
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Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
simpatizantes,
autofinanciamiento, y los
rendimientos, fondos y fideicomisos que se constituyan con los recursos antes citados. |
|
f) |
|
Informe de periodicidad anual:
Informe financiero anual
sobre el origen, monto, empleo y aplicación de los
recursos, en el que serán reportados la totalidad de los ingresos y de los gastos ordinarios que los partidos políticos hayan realizado durante el ejercicio fiscal
objeto del informe, debiendo incluir las relaciones analíticas correspondientes
y el estado de posición financiera que
indique el patrimonio del partido político, y que deberá corresponder a la fecha en que concluye el
período que se informa. |
|
g) h) |
|
Informe de periodicidad trimestral: Informe trimestral del origen y aplicación de recursos por la totalidad de los ingresos y egresos acaecidos en el período correspondiente de los partidos
políticos o coaliciones; |
|
Informe de campaña: Informe financiero de los gastos
de campaña por cada
una de las
elecciones de Gobernador, Diputados o Ayuntamientos, ya se trate
de elecciones ordinarias
o extraordinarias, especificando las
erogaciones que el partido
político o coalición y las personas candidatas, hayan realizado; y el reporte
acerca del origen
de los recursos que se hayan utilizado para financiar los gastos correspondientes a la campaña realizada, así como el monto y destino
de las erogaciones correspondientes. |
|
i) j) |
|
Informe de precampaña: Informe financiero referente al origen y aplicación del financiamiento en los procesos de selección interna de los partidos políticos, para elegir
sus candidaturas a cargos
de elección popular; |
|
Inventario: Relación pormenorizada de la existencia de materiales en almacén y bienes
muebles e inmuebles comprendidos en el activo
de los partidos políticos y coaliciones. Esta relación deberá consignar el tipo de material o bien, el número de unidades y el valor unitario y total; |
|
k) l) |
|
Fiscalización: Acción de revisar,
investigar, supervisar, y en su caso, sancionar conforme lo mandata la Legislación Electoral, el origen, destino y aplicación de los
recursos que por cualquier concepto de financiamiento reciban los partidos políticos o coaliciones; |
|
Guía contabilizadora: Modelo que sirve como directriz para el registro contable en el que se consignan las cuentas que se afectan y la documentación soporte de cada una
de las principales operaciones que puede realizar un partido político o coalición; |
|
3 |
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Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
m) |
|
Observaciones: Señalamientos a los partidos políticos o coaliciones de los errores, hechos u omisiones detectados por la
Comisión; |
|
n) |
|
Recomendación: Medidas sugeridas por la Comisión a los partidos políticos o coaliciones orientadas a promover el adecuado control interno en la administración de sus recursos; |
|
o) p) |
|
Órgano interno estatal: El órgano interno estatal
de cada partido político o coalición encargado de recibir, registrar, controlar y administrar su patrimonio, incluyendo los recursos que conforman su régimen de financiamiento; así como de establecer un sistema de contabilidad que permita
preparar la información relativa a los estados
financieros de periodicidad anual, trimestral, de precampaña y de campaña que deban presentar
al Consejo General; |
|
Prerrogativas de los partidos políticos: Derechos y recursos financieros que la ley otorga a los Institutos políticos para el ejercicio
de sus funciones; |
|
q) r) |
|
Representante: Representantes de los partidos políticos y coaliciones
acreditados ante el Instituto; |
|
Salario: Cantidad en efectivo que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos determina como Salario Mínimo General vigente en el área geográfica a la que pertenece el Estado de Zacatecas;
y |
|
s) |
|
Tope: Cantidad máxima que en efectivo o especie puede recibir o erogar un partido político o coalición, por alguno
de los
conceptos previstos por la Legislación Electoral. |
|
IV. Por cuanto a los formatos: |
|
a) |
|
APOM 1: Recibo de aportaciones de militantes |
|
y |
|
organizaciones
sociales de los partidos políticos o coaliciones; |
|
b) |
|
APOM 2: Control de folios de recibos de aportaciones de militantes y organizaciones sociales
de los partidos políticos o coaliciones; |
|
c) d) e) |
|
APOM 3: Detalle de montos aportados por los militantes y organizaciones
sociales a los partidos políticos o coaliciones; |
|
APOS 1: Recibo de aportaciones de simpatizantes de los partidos
políticos o coaliciones; |
|
APOS 2: Control de folios de recibos de aportaciones de simpatizantes
de los partidos políticos o
coaliciones; |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
f) |
|
APOS 3: Detalle de montos aportados por simpatizantes
de los partidos
políticos o coaliciones; |
|
g) h) i) |
|
AUTOFIN: Control de eventos de autofinanciamiento de los partidos
políticos o coaliciones; |
|
AUTOFIN 2:
Detalle de ingresos obtenidos por autofinanciamiento
de los partidos políticos o coaliciones; |
|
RENDIFIN: Detalle
de ingresos obtenidos por rendimientos financieros,
fondos y fideicomisos de los
partidos políticos; |
|
j) |
|
TRANSFER 1: Detalle de las transferencias internas efectuadas entre
el Comité Ejecutivo Nacional u órgano equivalente de cada partido
político a los Comités Estatales u órganos equivalentes; |
|
k) |
|
TRANSFER 2: Detalle de las transferencias internas efectuadas entre
el Comité Directivo Estatal u órgano equivalente de cada partido
político a los Comités Directivos Municipales u organizaciones adherentes o instituciones similares
u órganos equivalentes; |
|
l) |
|
REPAP:
Recibo de reconocimiento por actividades
políticas; |
|
m) |
|
CF-REPAP: Control
de folios de recibos de reconocimientos por
actividades políticas; |
|
n) o) |
|
ITRIM: Informe de periodicidad trimestral de ingresos y egresos
de los partidos políticos; |
|
CONBA: Conciliación Bancaria, es el documento en el que se detalla
el saldo en bancos, saldo
según en libros y los cargos y abonos
no correspondidos por el banco; |
|
p) q) r) |
|
RAAFI: Relación pormenorizada de las altas de activo
fijo de los
partidos políticos; |
|
BAFI: Relación pormenorizada
de
las bajas de activo fijo de
los partidos
políticos; |
|
INFANU: Informe
de periodicidad anual sobre el origen, monto, empleo y aplicación de los recursos, en el que serán reportados la totalidad de los ingresos y de los
gastos ordinarios que los partidos políticos hayan realizado durante
el ejercicio
fiscal objeto del informe; |
|
s) |
|
PRECAMPAÑA: Informe sobre
el origen, monto,
empleo y aplicación de los recursos, de precampañas del proceso de elección interna de los partidos políticos para elegir a sus candidatos
a cargos de elección popular; |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
t) |
|
CAMPAÑA: Informe financiero de los gastos de campaña por cada una de las elecciones de Gobernador, Diputados o Ayuntamientos; |
|
u) v) |
|
GAE-DIRECTOS: Informe
de comprobación de gasto
directos en
actividades específicas; |
|
GAE-INDIRECTOS: informe de comprobación de gastos indirectos
en actividades específicas; |
|
w) |
|
COMODATO: Contrato de comodato que sirve para
registrar las
aportaciones temporales de bienes que reciban los partidos políticos o la coalición; |
|
x) y) z) |
|
BITACOM: Bitácora para el control de combustible; |
|
BITACORA: De alimentos, viáticos, pasajes
y gastos menores. |
|
R-DRMI: Relación de inserciones en diarios, revistas y medios impresos; |
|
aa) ab) ac) |
|
R-CINE: Relación de propaganda exhibida en salas de cine; |
|
R-AEVP: Relación de anuncios espectaculares en vía pública; |
|
R-INT: Relación de propaganda contratada en páginas
de internet; |
|
ad) ae) |
|
R-UBBA: Relación de la ubicación y medidas de bardas; |
|
RP-IAF-BI: Relación pormenorizada del inventario de activo fijo de bienes
inmuebles, y |
|
af) |
|
RP-IAF-BM: Relación pormenorizada del
inventario de activo fijo
de bienes muebles. |
|
Artículo 5. |
|
1 |
|
. |
|
Son objeto del Reglamento, las siguientes actividades, que en materia
de financiamiento
se encuentran señaladas en la Ley
Electoral y Ley Orgánica: |
|
I. Obtención, administración y registro de los recursos que los partidos |
|
políticos |
|
y |
|
coaliciones, reciban
por cualquier modalidad de |
|
financiamiento; |
|
II. Presentación e integración de los informes financieros de los partidos políticos o coaliciones referentes al origen,
monto y destino
de sus ingresos,
así como el empleo y aplicación del gasto; |
|
III. La recepción, control, vigilancia, revisión y fiscalización, de los recursos que reciban
los partidos políticos y coaliciones, así como de los gastos |
|
6 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
de
las precampañas y campañas electorales,
por cualquier modalidad de financiamiento;
y |
|
IV. La elaboración de los
proyectos de dictámenes, acuerdos |
|
y |
|
resoluciones, respecto de los informes financieros de los partidos políticos y coaliciones. |
|
Articulo 6. |
|
1 |
|
. |
|
Tanto los informes de origen y monto de ingresos, como
los registros de ingresos y egresos correspondientes, son los documentos jurídicos y contables en los que se consignan las prerrogativas de financiamiento y de gastos que tienen
los partidos políticos y coaliciones. |
|
CAPÍTULO SEGUNDO Disposiciones
Generales |
|
Artículo 7. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos, las coaliciones, las candidatas y candidatos deberán ajustar su actuar con lo dispuesto en la Ley
Electoral, la Ley
Orgánica y el Reglamento. |
|
Artículo 8. |
|
1 |
|
. |
|
El registro del origen
y monto de los ingresos, así como el destino y su aplicación por los partidos políticos y coaliciones deberá realizarse con apego
a las Normas
de Información Financiera y al catálogo de cuentas
que forma parte de
este Reglamento. |
|
Artículo 9. |
|
1 |
|
. |
|
Está prohibido que
los partidos políticos o coaliciones: |
|
I. Reciban aportaciones, transferencias o donativos según lo dispuesto por |
|
el
artículo 71 de la Ley Electoral; |
|
II. Desvíen para fines
ajenos a los previstos por la Ley Electoral, el |
|
financiamiento
público que les ministre el Instituto, y |
|
III. Destinen a sus organizaciones sociales o instituciones adherentes o similares, más del diez por ciento (10%) del financiamiento público recibido. |
|
Artículo 10. |
|
1 |
|
. |
|
Cuando dos o más partidos políticos postulen candidatos comunes, |
|
establecerán en el convenio respectivo las aportaciones de recursos
que haga cada uno de ellos, para efecto de que la Comisión, al llevar
a cabo la revisión, verifique
el tope de gastos de campaña. |
|
2 |
|
. |
|
En su informe financiero deberán señalar de manera
precisa las aportaciones de cada uno de los partidos políticos para gastos de campaña, sujetándose a |
|
7 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
los límites y topes de gastos
de campaña determinados por el Consejo
General. Cada partido político será responsable, de la rendición de cuentas en los informes
financieros que se presenten respecto de los
gastos de campaña. |
|
Articulo 11. |
|
1 |
|
. |
|
El procedimiento para disolución y liquidación del patrimonio de los partidos políticos estará sujeto a lo previsto
en los artículos 52 y 55 de
la Ley Electoral así como en el Reglamento para la disolución, liquidación y destino
del Patrimonio adquirido por los partidos políticos estatales o nacionales, con recursos provenientes de financiamiento público local, que
pierdan o les
sea cancelado
su registro o acreditación como instituto político. |
|
Artículo 12. |
|
1 |
|
. |
|
Lo no previsto en el Reglamento será resuelto por la Comisión a petición |
|
formulada por escrito de los interesados y por el Consejo General. |
|
CAPÍTULO TERCERO De
los órganos fiscalizadores del Instituto |
|
Artículo 13. |
|
1 |
|
. |
|
La Comisión como órgano colegiado de naturaleza permanente integrada por Consejeros y Consejeras Electorales y una Secretaría Técnica, revisará, fiscalizará y emitirá el dictamen respecto de los informes financieros que presenten los entes fiscalizados respecto del
origen y destino de los recursos. |
|
Artículo 14. |
|
1 |
|
. |
|
El Consejo General emitirá el acuerdo
y la resolución, correspondiente, respecto al dictamen que presente la Comisión sobre los informes financieros que rindan los entes
fiscalizados, para ello previamente se auxiliará de la Comisión, la Dirección y la Unidad
de Fiscalización. |
|
Artículo 15. |
|
1 |
|
. |
|
La Unidad
de Fiscalización coadyuvará con la Comisión y el Consejo
General en las funciones de recepción, control, vigilancia, revisión y fiscalización, de los recursos que reciban los partidos políticos y coaliciones, así como de los gastos de las precampañas y campañas electorales, por cualquier modalidad de financiamiento. |
|
2 |
|
. |
|
Las atribuciones de la Unidad
de Fiscalización, de conformidad con la Ley |
|
Orgánica son, entre otras, las siguientes: |
|
I. |
|
Coadyuvar con el Consejo
General en los requerimientos de información complementaria respecto de los diversos apartados de los informes de |
|
8 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
ingresos y egresos o documentación comprobatoria de cualquier otro aspecto, relativa a los informes financieros de los
partidos políticos y coaliciones; |
|
II. |
|
Revisar los gastos de precampaña para determinar si existen violaciones a los topes de gasto establecidos, para cada tipo de elección; |
|
III. |
|
Realizar las visitas de verificación a los partidos políticos, con el fin de corroborar el cumplimiento de sus obligaciones y la veracidad de los informes
financieros que por Ley deben
presentar; |
|
IV. |
|
Presentar a la Comisión Fiscalizadora los informes de resultados y proyectos de resolución sobre las auditorías y verificaciones practicadas a los partidos políticos. Los informes especificarán las irregularidades en que hubieren
incurrido los partidos
políticos en el manejo
de los recursos; el incumplimiento de su obligación de informar
sobre la aplicación de los mismos y, en su caso, propondrá las sanciones que procedan conforme
a la
normatividad aplicable; |
|
V. |
|
Apoyar al Consejo General
en la revisión de los informes
de ingresos y gastos que le presenten los partidos políticos y coaliciones de conformidad
con lo previsto en este Reglamento; |
|
VI. |
|
Auxiliar al Consejo General
para formular los requerimientos a personas físicas o morales, públicas o privadas, en relación con las operaciones que realicen con partidos políticos, la información necesaria para
el cumplimiento de sus tareas,
respetando en todo momento las garantías del requerido. Quienes se nieguen a proporcionar la información que les sea requerida, o no la proporcionen, sin causa justificada, dentro de los plazos que se señalen, se harán acreedores a las sanciones establecidas en
la Ley Electoral y el Reglamento; y |
|
VII. |
|
Previo acuerdo del
Consejo General y por orden
de la Comisión Fiscalizadora, podrá practicar las auditorías y revisiones que estime pertinentes, a efecto de verificar los recursos que
los candidatos, partidos políticos y coaliciones destinen a las campañas electorales y que éstos no rebasen
los topes de gastos de campaña acordados por el Consejo General. La práctica de auditorías y revisiones sólo podrá realizarse treinta
días naturales posteriores al día de la elección. |
|
La información derivada de estas revisiones formará parte del proceso de revisión de estos gastos; |
|
VIII. |
|
Coadyuvar con la Comisión en la propuesta, promoción y aplicación de programas de modernización y simplificación para llevar a cabo la función fiscalizadora, y |
|
IX. |
|
Las demás que le confieran la Legislación Electoral y los Reglamentos |
|
aplicables. |
|
Artículo 16. |
|
9 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1. El personal de la Unidad de Fiscalización está obligado a guardar reserva
sobre el |
|
curso de las revisiones y auditorías en las que tenga
participación o sobre las que disponga de información. El Consejo General
conocerá de las violaciones en que incurran
y en su caso, impondrá las sanciones que correspondan conforme a la Ley. |
|
TÍTULO SEGUNDO De
los informes financieros, de su presentación y los términos |
|
CAPÍTULO PRIMERO De
la presentación de los informes financieros |
|
Artículo 17. |
|
1 |
|
. |
|
El órgano interno estatal de cada partido político conjuntamente con los informes financieros de gasto ordinario trimestrales o anuales,
deberán remitir al Instituto
lo siguiente: |
|
I. Los estados de cuenta bancarios debidamente conciliados con los registros
contables de todas las cuentas del partido político; |
|
II. La balanza de comprobación, los anexos y las relaciones analíticas de las cuentas reportadas en los informes, acompañadas de los formatos correspondientes que prevé este
Reglamento; |
|
III. Las
notas aclaratorias a sus estados financieros cuando así |
|
corresponda, y |
|
IV. El informe financiero anual deberá presentarse con el estado consolidado de situación patrimonial, en el que se manifiesten los activos,
pasivos y patrimonio, así como
un informe detallado de los bienes
inmuebles propiedad del respectivo
partido político. |
|
2 3 |
|
. . |
|
Adicionalmente a lo señalado en el numeral
anterior, el órgano interno estatal de cada partido político o coalición, deberán presentar un informe por cada una de las precampañas y campañas en que hayan participado, y especificarán los gastos que
el partido político, la coalición, los precandidatos y candidatos realizaron en el ámbito territorial correspondiente, así como el origen
de los recursos que se hubieren utilizado para financiar las precampaña y campañas. Para ello,
utilizarán los formatos correspondientes que se indican en este Reglamento. La entrega
de los informes financieros de ingresos y egresos que presenten los partidos políticos y coaliciones, será en medio impreso y magnético, conforme a las especificaciones que determine la Comisión, y en los formatos
incluidos en el
presente Reglamento. |
|
Articulo 18. |
|
1 |
|
0 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1 |
|
. |
|
Cuando la Comisión determine solicitar la presentación de informes complementarios, la Secretaría Técnica notificará a los
entes fiscalizados mediante
oficio, en el cual se señalará lo siguiente: |
|
I. Los
hechos o circunstancias que motiven la solicitud y las disposiciones
legales que la fundamenten; |
|
II. El rubro
o rubros de ingresos y/o de gastos
que serán objeto del alcance
de la revisión; |
|
III. El ámbito espacial y temporal de los ingresos y gastos que han de ser reportados en el informe; |
|
IV. El plazo para la presentación del informe, será dentro de los diez (10) días naturales siguientes, contados a partir del día siguiente a dicha notificación; |
|
V. El o los formatos en que deberá ser presentado el informe; VI. La documentación
que habrá de anexarse al informe; y |
|
VII. Los demás aspectos específicos, sustantivos y procedimentales, a los que deberán ajustarse los entes fiscalizados en la presentación de estos
informes. |
|
Artículo 19. Cuando un ente fiscalizado omita la presentación de cualquiera de los informes |
|
financieros a que hace referencia el artículo 20 del
presente Reglamento, la Comisión lo hará del conocimiento del Consejo General, quien resolverá lo conducente. En año de elecciones, el Consejo General deberá de resolver de manera inmediata, respecto a dicha omisión. |
|
CAPÍTULO SEGUNDO De
los términos para presentar
los informes financieros |
|
Articulo 20. |
|
1 |
|
. |
|
Los informes financieros a que se refiere
la Ley Electoral y el Reglamento, se presentarán en los
plazos siguientes: |
|
I. Informes de periodicidad anual,
se presentarán a más tardar dentro
de los sesenta
(60) días naturales siguientes a la conclusión del ejercicio fiscal
que se reporte; |
|
II. Informes de periodicidad trimestral, deberán presentarse a más tardar dentro de los treinta
(30) días naturales siguientes a la conclusión del trimestre que corresponda; y que contendrán el origen
y aplicación de recursos por la totalidad de los ingresos y egresos acaecidos en el periodo; |
|
III. Informes de precampaña, deberán ser presentados por los partidos políticos por cada uno de los precandidatos, registrados para cada tipo |
|
1 |
|
1 |
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Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
de precampaña, especificando el origen y monto de los ingresos, así como
los gastos realizados. En su presentación se aplicará
lo siguiente: |
|
a) Los
informes deberán presentarse a más tardar dentro
de los treinta (30) días naturales siguientes al de la conclusión de la precampaña. |
|
b) Los
gastos de organización de los procesos internos |
|
y |
|
precampañas para la selección de candidatos a cargos de elección popular, que realicen los
partidos políticos, serán reportados en el informe anual que corresponda. |
|
IV. Informes de campaña, deberán presentarse a más tardar dentro
de los sesenta (60)
días naturales siguientes a partir de aquel en que concluyan las campañas electorales. Éstos informes tendrán el siguiente contenido: |
|
a). Gastos
de campaña por cada
una de las elecciones de Gobernador, Diputados o Ayuntamientos, especificando las erogaciones que
el partido político y los candidatos hayan realizado; |
|
b). El reporte
acerca del origen de los recursos que se hayan
utilizado para financiar los gastos correspondientes a la campaña realizada, así
como el monto y destino de las erogaciones
correspondientes. |
|
2 |
|
. |
|
En caso de elecciones extraordinarias, los informes financieros deberán presentarse a más tardar dentro
de los sesenta
(60) días naturales siguientes de su
celebración. |
|
CAPÍTULO TERCERO Del
cómputo de los plazos |
|
Artículo 21. |
|
1 |
|
. |
|
El cómputo de los plazos cuando
no esté señalado en días naturales, se realizará en días hábiles, es decir, se computarán todos los días a excepción de los
sábados, los domingos y los inhábiles por
disposición de la Junta Ejecutiva o el
Consejo General. |
|
2 |
|
. |
|
Los plazos
se computarán de momento
a momento, y si están señalados por días, éstos se entenderán de veinticuatro (24) horas y empezarán a
correr al día siguiente
de que surta efecto la notificación del acto correspondiente. |
|
3 4 |
|
. . |
|
Las
notificaciones surten efecto al día siguiente en que se practican. |
|
Durante la celebración del proceso
electoral todos los días y horas
se consideran
hábiles. |
|
1 |
|
2 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 22. |
|
1 |
|
. |
|
La documentación comprobatoria que sustenta los estados financieros de actividades ordinarias o para actividades de campaña de los partidos políticos o de la coalición deberá ser conservada por el lapso
de cinco (5) años contados a partir de la fecha
en que se emita la resolución que apruebe el dictamen correspondiente. |
|
2 |
|
. |
|
Dicha documentación, deberá ser conservada por cada
uno de los partidos políticos. En el caso de la coalición le corresponderá al partido político designado
en el convenio. |
|
Artículo 23. |
|
1 |
|
. |
|
Los requisitos y plazos que establece este Reglamento para los partidos políticos y coaliciones sobre la conservación de los registros contables y de la documentación que los respalda, son independientes de lo que al efecto establezcan otras
disposiciones legales o reglas estatutarias de los propios partidos
o de la coalición. |
|
TÍTULO TERCERO |
|
Del
órgano interno estatal y de las obligaciones de los partidos políticos y
coaliciones |
|
CAPÍTULO PRIMERO Del
órgano interno estatal de los partidos políticos y coaliciones |
|
Artículo 24. |
|
1 |
|
. |
|
El órgano responsable de la administración de los
recursos financieros y del patrimonio
de los partidos políticos deberá presentar ante la
Comisión el manual de operaciones y normatividad que especifique las políticas de gasto que va a ejercer el partido político para cada ejercicio
fiscal correspondiente. |
|
2 |
|
. |
|
El registro o ratificación del titular
y demás integrantes del órgano interno estatal, responsable de la administración de los recursos financieros de los partidos políticos, se deberá hacer en el primer
mes de cada ejercicio fiscal
por sus
dirigencias estatales. |
|
Artículo 25. |
|
1 |
|
. |
|
El titular o integrantes del órgano interno estatal
del partido o del órgano de |
|
finanzas de la coalición, notificarán de manera
personal y por
escrito, a los |
|
1 |
|
3 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
precandidatos y candidatos postulados por el partido político o coalición, lo siguiente: |
|
I. |
|
La obligación de proporcionar relaciones de gastos
erogados e ingresos obtenidos para la realización de sus
precampañas y campañas, con sus respectivos informes de gastos; así como de recabar los soportes documentales correspondientes, dentro
de los plazos
legales señalados en la Ley Electoral y el Reglamento; |
|
II. |
|
La
obligación de remitir
a dichos órganos, los
informes de ingresos y gastos de precampaña y campaña, anexando la documentación comprobatoria correspondiente, de tal manera que el partido
o coalición esté en posibilidad de cumplir con la presentación de los citados
informes dentro del plazo establecido en la Ley Electoral; y |
|
III. |
|
Que en caso de omisión por parte de los precandidatos y candidatos, en el cumplimiento de estas obligaciones, será imputable al partido o coalición que los postula; y será sancionado en los
términos que establezca la Ley
Electoral. |
|
2 |
|
. |
|
Asimismo, deberán instruir a sus candidatos a cargos de elección popular, para que manejen
los ingresos y egresos de sus campañas políticas a través de una cuenta bancaria de cheques única a nombre
del partido político o partido responsable de administrar los recursos de la coalición y con firmas mancomunadas autorizadas en los términos del Reglamento que deberán registrarse en instituciones de crédito de la entidad para su debido
control. Lo anterior, para efectos de que el partido político o coalición esté en posibilidad de cumplir
en tiempo y forma con la entrega
de sus informes de campaña. |
|
Articulo 26. |
|
1 |
|
. |
|
Los informes financieros de gasto ordinario, de precampaña y campaña deberán ser suscritos por el titular
del órgano interno estatal. Asimismo, los partidos políticos, a través de sus dirigencias estatales, notificarán cualquier cambio que se efectúe en la integración del mismo,
dentro de los diez (10) días siguientes
a que ocurran. |
|
Articulo 27. . En el convenio
que suscriban los partidos
políticos que decidan
coaligarse |
|
1 |
|
de forma total para la elección de Gobernador del Estado,
o bien, de forma parcial o total para
las elecciones de Diputados y Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa, deberán acordar para
el manejo de los recursos: |
|
I. Que uno de los partidos políticos que integran
la coalición, sea el responsable de administrar y distribuir a las cuentas bancarias de la coalición y de los candidatos de ésta, los recursos que |
|
1 |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
todos los institutos políticos integrantes destinen a ese objeto, de conformidad con lo que determine el propio convenio, utilizando para ello, una cuenta
concentradora destinada |
|
exclusivamente para
recibir tales recursos |
|
y realizar las |
|
transferencias las
cuentas de Gobernador, Diputados, |
|
a |
|
Ayuntamientos, y de éstas realizar las transferencias a las cuentas de los candidatos de la coalición. Las citadas cuentas deberán aperturarse a nombre del
partido político que resulte designado como
responsable de la administración de los recursos. |
|
II. |
|
En el convenio de coalición, se deberá hacer constar
la integración de un órgano de finanzas de la coalición, quien tendrá las siguientes
obligaciones: |
|
a) Requerir la documentación comprobatoria de los egresos que realicen
los candidatos, verificar que cumplan con los requisitos que exigen
las disposiciones fiscales aplicables y que sea expedida a nombre del
partido político designado como responsable de la administración. |
|
b) Recibir los informes financieros de campaña y su soporte documental, la contabilidad, los
estados de cuenta |
|
bancarios |
|
y |
|
demás documentación relativa |
|
a |
|
las |
|
cuestiones financieras de la coalición |
|
y |
|
de sus |
|
candidatos, y entregarla al partido designado, quien deberá conservarla. |
|
c) Presentar ante la autoridad electoral: i. La documentación señalada en el inciso
b); ii. Los informes financieros de campaña; y |
|
iii. Las aclaraciones o rectificaciones que
le sean requeridas por la Comisión de Administración y Prerrogativas. |
|
CAPÍTULO SEGUNDO De
las obligaciones de los partidos políticos y coaliciones |
|
Artículo 28. |
|
1 |
|
. |
|
Para efectos
del Reglamento, los partidos políticos y coaliciones, tendrán, entre otras,
las siguientes obligaciones: |
|
I. Informar al Consejo General
sobre el origen, monto
y destino de sus recursos; |
|
II. Entregar la documentación que le solicite la Comisión respecto al origen, monto
y destino de sus recursos; |
|
1 |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
III. Permitir la práctica de verificaciones y auditorias por
los órganos del Instituto facultados por la Ley Electoral y la Ley
Orgánica, así como entregar la documentación que dichos
órganos electorales les requieran respecto
de sus ingresos y egresos; |
|
IV. Especificar en los informes financieros de gasto ordinario, los indicadores de la aplicación de las erogaciones que efectúen para el desarrollo de sus centros de formación política, fundaciones o Institutos de investigación, a través de los cuales se promoverá una cultura de equidad entre los géneros; así como para
la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, efectuando el registro en las cuentas destinadas para
ello, según el catálogo de cuentas
que forma parte
del Reglamento; |
|
V. Destinar anualmente el tres por ciento (3%)
que como financiamiento público reciban para
actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica, así como a las tareas editoriales para
el desarrollo de sus centros de formación política, fundaciones o institutos de investigación, a través de los cuales
se promoverá una cultura
de equidad entre los géneros; sin detrimento de lo establecido
en los documentos básicos de cada partido político; |
|
VI. Destinar anualmente, el 3% del financiamiento público ordinario, para la capacitación, promoción y el desarrollo del
liderazgo político de las mujeres; |
|
VII. Editar por lo menos una publicación cuatrimestral de divulgación y carácter teórico; |
|
VIII. Publicar trimestralmente su estado financiero de ingresos y egresos conforme a las normas
de información financiera, en su página de Internet y/o cualquier otro
medio de publicidad; |
|
IX. Aplicar el financiamiento de que dispongan, por cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley Electoral, exclusivamente para el sostenimiento de sus actividades ordinarias, específicas y para sufragar los
gastos de precampaña y campaña; |
|
X. Comprobar de manera
fehaciente tener domicilio propio y permanente en el
territorio del Estado; |
|
XI. Comunicar por conducto de su dirigencia estatal; al Consejo
General los cambios de domicilio social o de los integrantes de sus órganos directivos y demás comisiones, dentro de los diez (10) días siguientes a que ocurran; y |
|
XII. Las demás
que establezcan la Legislación Electoral y el Reglamento. |
|
Artículo 29. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos deberán sujetarse a las disposiciones fiscales y de seguridad
social a las que están obligados
de conformidad con lo previsto en
las leyes
de la materia. |
|
1 |
|
6 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
2 |
|
. |
|
El órgano de finanzas del partido
o de la coalición según corresponda, deberá registrar contablemente los impuestos retenidos y enterados. |
|
TÍTULO CUARTO De la contabilización de los ingresos que reciban u obtengan los
partidos políticos o coaliciones por
concepto de financiamiento |
|
CAPÍTULO PRIMERO De
los ingresos de los partidos políticos y coaliciones |
|
Articulo 30. |
|
1 |
|
. |
|
Todos los ingresos que obtengan los partidos políticos o coaliciones por cualquier modalidad de financiamiento, sean en dinero o en especie, deberán registrarse contablemente y serán respaldados con la documentación correspondiente y reportarse en los informes que se presenten al Instituto, en términos de lo
establecido en la Ley Electoral, la Ley Orgánica y el Reglamento. |
|
2 3 |
|
. . |
|
Los ingresos o aportaciones en dinero, es moneda de curso legal en efectivo, cheque
o depósito bancario que recibe un partido político
o coalición. |
|
Los ingresos
o aportaciones en especie es el monto
de los apoyos en bienes, servicios
o cesión de derechos
otorgados a un partido político o coalición. |
|
Se consideran aportaciones en especie: |
|
I. Las
donaciones de bienes muebles o
inmuebles; II. Los
comodatos de bienes muebles e
inmuebles, y |
|
III. Los servicios profesionales prestados a título gratuito por
personas físicas que tengan
actividades mercantiles, con
excepción de lo que establece
el artículo 39 numeral 3 del
presente Reglamento. |
|
Para determinar el valor de registro de los servicios profesionales prestados se tomará el valor
promedio de dos cotizaciones a valor de mercado solicitadas por el partido político o la coalición. |
|
Articulo 31. |
|
1 |
|
. |
|
Los ingresos
que reciban los partidos políticos o coaliciones, sean en dinero o en especie, deberán respaldarse con los formatos: APOM 1, APOM 2, APOM 3, APOS 1, APOS 2, APOS 3, AUTOFIN, AUTOFIN
2, RENDIFIN, TRANSFER
1 y TRANSFER 2. Cada formato deberá contener los datos y acompañarse de la documentación que se señala en el
respectivo instructivo de llenado. |
|
Artículo 32. |
|
1 |
|
7 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1 |
|
. |
|
El financiamiento público estatal en cualquiera de sus vertientes y el proveniente de fuentes distintas al erario público estatal que
cada partido político obtenga, deberá depositarse en cuentas bancarias en el Estado de Zacatecas, a nombre del partido político y serán controladas por el órgano interno estatal partidista. Con excepción del financiamiento proveniente de dirigencias partidistas nacionales, que podrá depositarse en cuentas bancarias
en el lugar del domicilio de la dirigencia nacional. |
|
2 3 |
|
. . |
|
Las cuentas
bancarias serán manejadas en forma mancomunada entre el dirigente
estatal del partido político y el titular del órgano interno estatal. |
|
Los partidos políticos depositarán los ingresos que reciban por cualquier modalidad de financiamiento en una cuenta concentradora y de ahí lo traspasarán a las cuentas bancarias que consideren convenientes, para atender a las necesidades de control interno
de sus recursos, con excepción del
financiamiento que se reciba de las
dirigencias partidistas nacionales. |
|
4 5 |
|
. . |
|
Los estados
de cuenta respectivos deberán conciliarse mensualmente y se remitirán con cada informe que los partidos políticos presenten al Instituto. |
|
Quedan exceptuados de observar lo dispuesto en el párrafo 1
de este artículo, los ingresos en dinero hasta
por un monto total de doscientos cincuenta (250) cuotas de salario mínimo que provengan de fuentes distintas al financiamiento proveniente del erario público que se reciban en los comités municipales en los lugares
donde no existan servicios bancarios. En este
caso, las aportaciones se ingresarán a caja
mediante la expedición de los recibos APOM-1, APOS-1
o AUTOFIN-2 según corresponda, y previo
registro contable del
ingreso que se podrá aplicar al gasto.
Para ello, estos
comités municipales
deberán contar con los recibos de ingresos correspondientes. |
|
6 |
|
. |
|
Cuando las aportaciones que reciban los partidos políticos de una sola persona en el transcurso de un mes, superen las doscientas cincuenta (250) cuotas
de salario mínimo, deberán ser realizadas mediante cheque expedido
a nombre del partido político y proveniente de una cuenta
personal del aportante, o bien a través de transferencia electrónica interbancaria en la que se utilice la clave bancaria estandarizada (CLABE), cuyos comprobantes impresos emitidos por cada banco
deberán incluir la información necesaria para identificar la transferencia, que podrá consistir en el número de cuenta
de origen, banco de origen, fecha, nombre completo
del titular y tipo de cuenta de origen, banco de destino,
nombre completo del beneficiario y número de cuenta de destino. |
|
Artículo 33. |
|
1 |
|
. |
|
Tratándose de ingresos en dinero para
el sostenimiento de precampañas políticas se deberá abrir una cuenta bancaria para cada tipo
de precampaña que se trate, las cuales
se utilizarán en el período que duren las mismas y deberán cancelarse quince
días naturales posteriores a su conclusión. |
|
1 |
|
8 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
2 |
|
. |
|
Los
estados de cuenta formarán parte
de la base documental de los informes de gastos
de precampaña |
|
Artículo 34. 1. |
|
Tratándose de ingresos
en dinero para el sostenimiento de campañas políticas se deberá abrir una cuenta
bancaria concentradora y una cuenta
bancaria para cada una de las elecciones de: Gobernador, Diputados y Ayuntamientos, se depositarán en la cuenta concentradora los recursos recibidos para gastos
de campaña y, posteriormente se efectuarán las transferencias hacia las otras
tres (3) cuentas. |
|
En el caso de ingresos en dinero para el sostenimiento de campañas de Diputados y Ayuntamientos se podrá abrir una cuenta bancaria para éstas elecciones, sólo si existiera alguna institución bancaria en el Municipio de que se trate,
y siempre y cuando los institutos políticos cuenten con un monto suficiente para
mantener el exigido como mínimo por la propia institución bancaria. |
|
2 |
|
. |
|
Estas cuentas, deberán abrirse a nombre del partido político con las firmas mancomunadas, que deberán estar autorizadas por el titular
del órgano interno estatal. |
|
3 4 |
|
. . |
|
Los
estados de cuenta formarán parte de la base documental de los informes de gastos
de campaña. |
|
La apertura de estas cuentas bancarias podrá realizarse hasta treinta (30) días naturales previos
al inicio de las campañas políticas. Su utilización será a partir
del inicio y hasta la conclusión de las
campañas y con posterioridad, exclusivamente para cubrir los pasivos contraídos. Su cancelación deberá realizarse dentro
de los treinta
(30) días naturales posteriores a la jornada electoral. |
|
5 |
|
. |
|
Al finalizar el plazo señalado, los remanentes que se encuentren depositados en las cuentas bancarias destinadas a erogaciones de campañas electorales, deberán ser reintegrados a la cuenta bancaria que corresponda al financiamiento público estatal. |
|
Artículo 35. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos
políticos y coaliciones deberán acreditar ante la Comisión el origen de
todos los recursos depositados en
sus cuentas bancarias. |
|
2 |
|
. |
|
Cuando en el desempeño de sus atribuciones y ejercicio de sus facultades, la Comisión, requiera superar
la limitación establecida por los secretos bancarios, fiscal o fiduciario, el Instituto a través de la Consejera Presidenta, solicitará la intervención de la Unidad de Fiscalización de los recursos
de los partidos políticos, órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal
Electoral, a fin de que ésta actúe ante las autoridades en la materia, para todos los efectos legales. |
|
1 |
|
9 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 36. |
|
1 |
|
. |
|
Los recursos en dinero de fuentes distintas al financiamiento proveniente del erario público que reciban
los candidatos y los rendimientos financieros que produzcan las cuentas de cheques en que se manejen los recursos de la campaña, deberán ser recibidos primeramente por el órgano interno estatal, incluyendo las cuotas
voluntarias y personales que cada candidato aporte exclusivamente
para su campaña. |
|
2 |
|
. |
|
Las aportaciones en especie que
reciban los candidatos se sujetarán a las reglas aplicables para la recepción de esta clase de aportaciones, quedando el candidato
obligado a cumplir con todas ellas. |
|
Artículo 37. |
|
1 |
|
. |
|
Los registros contables de los partidos políticos deben separar en forma clara los ingresos que reciban en especie, de aquellos que reciban en dinero, y efectuarán el registro en las cuentas
destinadas para ello,
según el catálogo de cuentas
que forma parte del Reglamento. |
|
Artículo 38. |
|
1 |
|
. . |
|
Todas las aportaciones en especie que de manera
temporal reciban los precandidatos y candidatos en sus precampaña y campañas, así como los recibidos por los partidos políticos en cualquier momento, se registrarán como ingreso y egreso, simultáneamente; y se llevarán al activo
fijo y patrimonio las que sean
definitivas. Asimismo, deberán reportarse en los informes de gastos de
precampaña, campaña y anuales
según sea el caso. |
|
2 |
|
Estas aportaciones deberán estar documentadas mediante un contrato de comodato o donación, en los formatos correspondientes que forman parte
de este
Reglamento. |
|
Artículo 39. 1. |
|
Las aportaciones, a que se refiere el artículo 67 de la Ley Electoral, que se reciban en especie deberán documentarse en contratos escritos que celebren conforme a los ordenamientos legales aplicables, los que contendrán: |
|
I.
Los datos de identificación
del aportante y del bien aportado; II.
El costo de mercado o estimado del bien, según el caso;
y III.
La fecha y lugar de entrega. |
|
Estos contratos cuando
sean requeridos, deberán
ser presentados al Instituto. |
|
2 |
|
. |
|
Todas las aportaciones o donativos en especie que reciban los precandidatos y candidatos, se registrarán como ingresos de los partidos políticos y, simultáneamente, se considerarán como un egreso para efectos de los topes de gasto
de precampaña y campaña. |
|
2 |
|
0 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
3 |
|
. |
|
No se computarán como aportaciones en especie los
servicios profesionales que reciban por apoyos de sus militantes; sin embargo, deberán registrarse y computarse las
aportaciones que no sean
de militantes y que se otorguen a título de servicios profesionales. En las coaliciones, se considerarán como militantes
a quienes lo sean, de los partidos coaligados. |
|
4 5 |
|
. . |
|
La valuación de este tipo de aportaciones de simpatizantes se hará de acuerdo al
salario en la fecha de prestación del
servicio personal correspondiente. |
|
En año electoral, a efecto de facilitar la determinación del costo de mercado, la Comisión elaborará la tabla
de costos aplicable a los vehículos o bienes inmuebles utilizados para casas de campaña recibidos en comodato por los partidos
políticos. |
|
6 7 |
|
. . |
|
El Consejo General, previo
al año de la elección de que se trate,
aprobará y publicará la tabla de costos
aplicables a los vehículos y bienes inmuebles dados en
comodato a los partidos políticos. |
|
En año no electoral, para determinar el valor de registro de las aportaciones de bienes muebles
o inmuebles otorgados en comodato a los partidos políticos, se tomará el valor
promedio de dos (2) cotizaciones solicitadas por los
propios partidos
políticos. |
|
Artículo 40. Los ingresos por donaciones de bienes muebles
a que se refieren los artículos 5, 66 y 67 de la Ley Electoral, deberán registrarse conforme a su valor comercial
de
mercado o estimado,
determinado de la siguiente forma: |
|
1 |
|
. |
|
6 |
|
I. |
|
Si el tiempo de uso del bien aportado es menor a un (1) año, a partir
del día de la celebración del contrato, y además se cuenta
con la factura correspondiente,
se registrará al valor consignado en tal documento; |
|
II. |
|
Si el bien aportado tiene un tiempo de uso mayor a un (1) año,
y además se cuenta
con la factura
correspondiente, se registrará el valor consignado en la factura,
y se aplicarán los índices de actualización así como los
porcentajes de depreciación dispuestos por la Ley del Impuesto
sobre la Renta. |
|
III. IV. |
|
Si no se cuenta
con la factura
del bien aportado, se determinará a través de tres (3) cotizaciones solicitadas por el partido político, de las cuales se
tomará el valor promedio. |
|
En toda donación de equipo
de transporte cualquiera que fuera su naturaleza, ya sea terrestre, aéreo o acuático, tales como automóviles, autobuses, aviones
y embarcaciones, entre otros, se deberá contar con el contrato y con la factura correspondiente a la operación por la que se haya
transferido al donante la propiedad previa de dicho
bien. |
|
2 |
|
1 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 41. |
|
1 |
|
. |
|
Los ingresos por donaciones de bienes inmuebles, a que se refieren los artículos 44 de la Constitución y 67, fracciones I y II de la Ley Electoral, deberán registrarse conforme a su valor
comercial de mercado
de acuerdo al avalúo que al efecto
se realice. |
|
2 |
|
. |
|
La donación deberá constar en escritura pública si el valor
de avalúo del inmueble excede
del equivalente de quinientas (500) cuotas de salario mínimo en el momento de la operación, en cuyo caso el partido político o la coalición, deberá presentar junto con el informe correspondiente el testimonio respectivo, debidamente inscrito ante el Registro Público de la Propiedad. Asimismo, deberá observarse lo dispuesto en el artículo 99, numerales 1 y 2 del presente Reglamento. |
|
Artículo 42. . En caso de que la Comisión tenga duda fundada sobre el valor de registro
de las |
|
1 |
|
aportaciones declaradas por los partidos políticos, podrá ordenar que se solicite una tercera
cotización a un perito
valuador, quien deberá ser nombrado y autorizado
por la Comisión. |
|
CAPÍTULO SEGUNDO De
la contabilización de los
ingresos que reciban los partidos políticos por
concepto de financiamiento por militantes y simpatizantes |
|
Artículo 43. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos deberán informar a la Comisión dentro de los
primeros treinta (30) días
de cada año,
los montos mínimos y máximos, la
periodicidad de las cuotas
de sus militantes así como de las aportaciones de sus organizaciones sociales, que hayan determinado. Asimismo, deberán informar de cualquiera de las modificaciones que realicen a los montos
y periodicidad, dentro de los
treinta (30) días siguientes a que
se produzcan. |
|
Artículo 44. |
|
1 |
|
. |
|
La Unidad
de Fiscalización llevará un registro de las organizaciones sociales o instituciones similares que cada partido declare como adherentes. Cualquier modificación al listado
deberá ser notificada por el partido
político dentro de los treinta (30) días
siguientes a que se produzca ésta. |
|
2 |
|
. |
|
Las organizaciones sociales o instituciones similares, que cada partido político declare como adherentes, serán las únicas facultadas para realizar aportaciones a dicho partido
en los términos de este artículo. Toda organización adherente de nuevo registro como tal en el partido, podrá realizar las aportaciones en la modalidad de financiamiento por la militancia a partir del
día siguiente a aquel en que el partido haya notificado a la Unidad
de Fiscalización dicha adhesión. |
|
2 |
|
2 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 45. |
|
1 |
|
. |
|
El órgano interno estatal
de cada partido
político deberá llevar un registro centralizado de las aportaciones en dinero que en un ejercicio fiscal
haga cada persona
física o moral. |
|
2 |
|
. |
|
Este registro permitirá conocer el monto acumulado de los donativos de cada persona y se remitirá a la Comisión en medio impreso
y magnético junto con el informe anual. |
|
Artículo 46. |
|
1 2 3 |
|
. . . |
|
En las aportaciones de militantes y simpatizantes deberán extenderse los recibos correspondientes a las personas que las realicen, los cuales serán el soporte
documental del registro contable de esta modalidad de financiamiento. |
|
Las aportaciones recibidas deberán ser depositadas en la cuenta
concentradora de los partidos políticos y de ahí podrá traspasarse a otra cuenta
bancaria de los
mismos. |
|
Las aportaciones de simpatizantes en dinero o en especie
no deberán exceder en su conjunto, el equivalente al diez por
ciento (10%) del total del monto establecido como tope de gastos establecido para la última campaña de Gobernador
del Estado. |
|
4 5 |
|
. . |
|
Las aportaciones que en un año realice cada simpatizante en dinero o en especie no deberá exceder al equivalente del cero punto
cinco por ciento (0.5%), del tope de gastos establecido para la última campaña
de Gobernador. |
|
Las aportaciones de militantes en dinero
o en especie no deberán exceder en su conjunto, el equivalente al diez por
ciento (10%) del total del monto establecido como tope de gastos establecido para la última campaña de Gobernador
del Estado. |
|
6 7 |
|
. . |
|
Las aportaciones que en un año realice cada militante en dinero o en especie no deberá exceder al equivalente del cero punto
cinco por ciento
(0.5%), del tope
de gastos establecido para la última campaña de Gobernador. |
|
Los partidos
políticos deberán cuidar que en la aplicación de sus estatutos no se rebasen
los límites establecidos para
las cuotas y aportaciones de sus militantes,
y en el caso de que un partido
político exceda los límites establecidos para tal efecto, se hará acreedor a alguna de las sanciones establecidas en el artículo 276 de la Ley Electoral. |
|
Artículo 47. |
|
1 |
|
. |
|
El órgano interno estatal
autorizará la impresión de los recibos foliados, que se expedirán para amparar
las cuotas o aportaciones recibidas, e informará, dentro de los veinte (20) días siguientes de su impresión a la Unidad de Fiscalización, del
número de folios de recibos impresos. Para ello,
utilizará los formatos
APOM |
|
1 |
|
y
APOS 1. |
|
2 |
|
3 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 48. |
|
1 |
|
. |
|
Las aportaciones de militantes y simpatizantes deberán estar soportadas por recibos foliados expedidos de forma
consecutiva (APOM-1,
APOS-1) y contendrán los requisitos de los formatos que se integran al presente Reglamento,
entre los que se encuentran: |
|
I. Nombre o razón social
del aportante; II. Domicilio y teléfono; |
|
III. Folio de la credencial para votar y/o número del
acta constitutiva; IV. El monto y la fecha de aportación; V. Firma del
aportante; y |
|
VI. Adicionalmente a efecto
de identificar plenamente al aportante, se deberá anexar copia fotostática legible de la
credencial para votar por ambos lados o copia del acta constitutiva. |
|
El recibo original (APOM-1, APOS-1) deberá entregarse a la persona
física o moral que
efectúe la aportación; una copia
será remitida al órgano interno estatal y otra copia
permanecerá en poder del comité estatal o municipal del partido
político que haya recibido la aportación, en su
caso. |
|
2 |
|
. . |
|
El órgano interno responsable del financiamiento de cada
partido político deberá expedir recibo
de las cuotas
o aportaciones recibidas, de los cuales
deberá conservar una copia
para acreditar el monto ingresado. |
|
3 |
|
Los recibos foliados deben ser llenados de manera que los datos
resulten legibles en todas las copias. Esta regla operará en todos los casos de recibos que se expidan por cualquier monto,
y en los que se harán constar el nombre completo, domicilio, clave de elector y, en su caso, el registro federal de contribuyentes
del aportante. |
|
Artículo 49. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos llevarán un control
de folios de los recibos que se impriman y expidan. Dichos
controles permitirán verificar el número total de recibos impresos, los recibos utilizados con su importe total, los recibos cancelados y los recibos
pendientes de utilizar los controles de folios deberán remitirse
junto con los informes anuales, con los
formatos APOM 2 y APOS 2. |
|
Artículo 50. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos
políticos deberán tener a disposición de la Unidad de Fiscalización, copia
o talones de los recibos foliados,
en los términos del Reglamento. |
|
2 |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
2 |
|
. |
|
A los recibos de aportaciones en especie provenientes de militantes, simpatizantes o candidatos, deberá anexarse el contrato de donación o comodato en el que se incluya
la información relativa al bien aportado y el criterio que se utilizó para su valuación. |
|
Artículo 51. 1. |
|
A partir del mes de febrero
y hasta dentro
de los diez (10) días previos al inicio de cada campaña política, los partidos políticos deberán informar a la Comisión sobre los límites que se hubieren fijado
a las cuotas voluntarias y personales que los candidatos podrán aportar exclusivamente para sus campañas. Lo anterior, para efectos de no sobrepasar los límites de financiamiento y los topes de gastos
de campaña, se deberá tomar en cuenta que la suma
de las aportaciones realizadas por todos los
candidatos de un mismo partido
político queda comprendida dentro de los límites establecidos para
tal efecto, en los artículos 65 numeral 2 y 67 de la Ley Electoral. |
|
2 |
|
. |
|
Para documentar las cuotas voluntarias y personales que los candidatos podrán aportar exclusivamente para sus campañas, deberá expedirse el recibo correspondiente de conformidad con los requisitos y los formatos señalados en este Reglamento. |
|
Artículo 52. |
|
1 |
|
. |
|
Los ingresos
que los partidos
políticos obtengan a través de colectas públicas, los
registrarán y reportarán en los
informes que correspondan, por el
monto total neto obtenido por cada uno de los eventos
en el año y tendrán a disposición de la
Unidad de Fiscalización la
documentación que ampare
estas operaciones. |
|
CAPÍTULO TERCERO De
la contabilización de los
ingresos que obtengan los partidos políticos o coaliciones por concepto de autofinanciamiento |
|
Artículo 53. |
|
1 |
|
. |
|
Los
ingresos por autofinanciamiento que los partidos políticos obtengan
a través de conferencias, espectáculos, rifas y sorteos, eventos culturales, ventas editoriales, ventas
de bienes y de propaganda utilitaria y otras
similares, los registrarán y reportarán en los
informes que correspondan, sean de gastos ordinarios o de campaña, por el monto total neto obtenido
por cada uno de los eventos
en el año. |
|
2 |
|
. |
|
Los partidos políticos podrán establecer en instituciones bancarias domiciliadas en el Estado, cuentas, fondos o fideicomisos para la inversión de sus recursos líquidos a fin de obtener
rendimientos financieros,
sujetos a lo siguiente: |
|
I. Deberán informar a la Unidad
de Fiscalización de la apertura de la cuenta, fondo o fideicomiso respectivo, a más tardar dentro
de los cinco (5) días siguientes a la firma
del contrato respectivo, acompañando copia fiel del |
|
2 |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
mismo, expedida
por la institución de banca privada
con la que haya sido establecido; |
|
II. Las cuentas, fondos
y fideicomisos que se constituyan serán manejados a través de las
operaciones bancarias y financieras que
el órgano responsable del financiamiento de cada partido
político considere conveniente, pero sólo podrán hacerlo en instrumentos de deuda emitidos por el gobierno mexicano
en moneda nacional
y a un plazo no mayor de un
(1) año; |
|
III. Los
rendimientos financieros obtenidos a través de esta modalidad deberán destinarse para
el cumplimiento de los objetivos del partido político; y |
|
IV. Las cuentas, fondos
o fideicomisos no estarán protegidos por los secretos bancario o fiduciario, por lo que
el Instituto Electoral podrá solicitar, en todo tiempo
a través de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal
Electoral, la información detallada sobre su
manejo y operaciones. |
|
Artículo 54. 1. |
|
Los ingresos por autofinanciamiento se consignarán en un reporte por cada evento,
que deberá contener lo siguiente: |
|
I. II. |
|
Número consecutivo; Tipo
de evento; |
|
III. IV. V. |
|
Forma de administrarlo; Fuente
de ingresos; Control
de folios; |
|
VI. |
|
Números y fechas
de las autorizaciones legales
para su celebración; |
|
VII. VIII. IX. |
|
Importe
total de los ingresos brutos obtenidos; Importe
desglosado de los gastos; Ingreso
neto obtenido; y |
|
X. |
|
Nombre
y firma del responsable del evento. |
|
2 |
|
. |
|
Este control formará parte del soporte documental del registro del ingreso
del evento y se reportará como autofinanciamiento en términos del formato AUTOFIN. En su caso, anexará al formato la solicitud presentada a las autoridades federales, estatales o municipales, para la celebración de cada evento. |
|
2 |
|
6 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
CAPÍTULO CUARTO De
la contabilización de los
ingresos que obtengan los partidos políticos por
concepto de rendimientos financieros derivados de fondos y fideicomisos |
|
Artículo 55. |
|
1 |
|
. |
|
Para obtener
financiamiento por rendimientos financieros, los partidos
políticos podrán crear fondos
y fideicomisos con su patrimonio o con las aportaciones que reciban, adicionalmente a las provenientes de las modalidades de financiamiento,
conforme con lo dispuesto en el artículo 69 de
la Ley Electoral. |
|
Artículo 56. |
|
1 |
|
. |
|
Para constituir un fondo o fideicomiso, los partidos políticos deberán sujetarse a las
siguientes reglas: |
|
I. |
|
Los fondos
y fideicomisos deberán constituirse para
el |
|
cumplimiento
de los fines de los partidos
políticos; |
|
II. |
|
El fondo o fideicomiso será manejado a través de las operaciones bancarias y financieras que el órgano interno estatal
de cada partido político considere conveniente, con excepción de la adquisición de acciones bursátiles; |
|
III. IV. |
|
Los fondos
y fideicomisos deberán ser registrados ante la Unidad de Fiscalización, y se remitirá un ejemplar
del contrato o convenio correspondiente, dentro
de los cinco
(5) días siguientes a su constitución; y |
|
La Unidad
de Fiscalización llevará el control
de tales contratos y |
|
verificará periódicamente que los fondos, fideicomisos |
|
y |
|
rendimientos financieros, que de aquellos se obtengan, se destinen
al cumplimiento de los objetivos del partido político. |
|
Articulo 57 |
|
1 |
|
. |
|
Los ingresos que perciban los partidos políticos por rendimientos financieros derivados de fondos o fideicomisos, deberán registrarse en su contabilidad y estar soportados con los estados de cuenta que
les remitan las
instituciones bancarias y financieras; a si como por los documentos que consten los actos constitutivos
o modificatorios de las operaciones
financieras. |
|
CAPÍTULO QUINTO De
la contabilización de los
ingresos que obtengan los partidos políticos por
concepto de transferencias recibidas de sus
dirigencias nacionales |
|
Artículo 58. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos
políticos que reciban financiamiento proveniente de sus dirigencias partidistas nacionales deberán llevar a detalle
el registro de las transferencias |
|
2 |
|
7 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
recibidas en el formato
TRANSFER 1, anexarán el estado
de cuenta bancario que será el soporte
documental del registro contable de esta
modalidad de financiamiento. |
|
Artículo 59. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos podrán llevar un registro contable separado por esta modalidad de financiamiento para efecto
de control y presentación de informes a sus dirigencias nacionales. Sin embargo, invariablemente deberán consolidar esta información con las demás modalidades de financiamiento a efecto de reportarlas en los
informes financieros presentados al Instituto. |
|
Artículo 60. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos, a fin de controlar y manejar separadamente el financiamiento público estatal del financiamiento recibido de sus órganos ejecutivos nacionales, podrán abrir una cuenta
de cheques específica para esta modalidad de financiamiento a nombre del partido político que será controlada por
el órgano estatal partidista. |
|
Artículo 61. |
|
1 |
|
. |
|
El partido político que reciba
transferencias será responsable de acreditar que todos los
recursos que hubieren ingresado a la cuenta bancaria de la que proviene la transferencia, se apeguen
a lo establecido en la Ley Electoral y este Reglamento. |
|
CAPÍTULO SEXTO De
los ingresos de las coaliciones |
|
Articulo 62. Los
ingresos de las coaliciones tendrán el siguiente tratamiento: |
|
1 |
|
. |
|
I. Todos
los recursos en dinero que sean utilizados por las coaliciones para sufragar sus gastos de campaña, deberán ingresar primeramente a cualquiera de los partidos políticos que la integren, con excepción de los referidos en la fracción V de este artículo, conforme a
lo siguiente: |
|
a) Los ingresos deberán ser registrados contablemente en las
cuentas de ingresos que para tal
efecto cada partido político maneja en su catálogo de cuentas;
y |
|
b) Estar sustentados con la documentación correspondiente expedida por el partido político, en términos de lo establecido en la Ley Electoral
y el Reglamento. |
|
2 |
|
8 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
II. |
|
Para la recepción de los
ingresos señalados en la fracción anterior, la Coalición deberá abrir en el Estado
una cuenta bancaria concentradora y una cuenta
bancaria para cada
una de las campañas de Gobernador, Diputados y Ayuntamiento, depositará en la cuenta concentradora los recursos que le entregue cada uno de los partidos coaligados y, posteriormente
efectuará las transferencias hacia las otras tres; |
|
III. |
|
Las cuentas
bancarias a que se refiere
este artículo deberán aperturarse a nombre del
partido político que conforme al convenio de coalición respectivo sea designado como responsable del manejo de los recursos, y serán manejadas mancomunadamente por los integrantes del órgano de finanzas de la coalición designados en el referido convenio. Los estados de cuenta
formarán parte de la base documental de los informes de gastos de
campaña. |
|
La apertura de estas cuentas bancarias podrá realizarse hasta treinta (30) días naturales previos al inicio de las campañas políticas. Su utilización será a partir
del inicio y hasta la conclusión de las campañas y con
posterioridad, exclusivamente para
cubrir los pasivos contraídos. Su cancelación deberá realizarse dentro
de los treinta (30) días naturales posteriores a la jornada electoral. Los estados de cuenta respectivos deberán conciliarse mensualmente y remitirse
al Instituto con el informe correspondiente; |
|
IV. |
|
Todos los
recursos que sean
erogados en campañas electorales de candidatos de la coalición, deberán provenir de la cuenta concentradora de los partidos políticos integrantes de la coalición, y serán entregados a quien sea responsable de administrarlos, para que a su vez los deposite en la cuenta concentradora de la Coalición y de ahí los transfiera a las cuentas relativas a las campañas de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos; |
|
V. |
|
De lo establecido en la fracción anterior se exceptúan las cuotas voluntarias y personales que los candidatos aporten exclusivamente para sus campañas y los ingresos obtenidos en colectas realizadas en mítines o en la vía pública, que serán depositados directamente en la cuenta bancaria de la campaña, así como los rendimientos financieros que produzca
cada cuenta bancaria de la campaña; |
|
VI. |
|
Si al final de las campañas electorales existen
remanentes en las cuentas bancarias utilizadas para el manejo
de los recursos de la coalición, o si existieran pasivos
documentados, estos deberán ser distribuidos entre los partidos políticos integrantes de la coalición, conforme a las reglas
que hayan establecido en el convenio de coalición correspondiente. En ausencia de una regla
específica, la distribución de los montos deberá hacerse conforme a las aportaciones de cada uno de ellos
para las campañas de los candidatos de la coalición, en cada uno de
los casos; |
|
VII. |
|
Las aportaciones en especie que se destinen a las campañas políticas de los candidatos de una coalición podrán ser recibidas por los partidos políticos que la integran, o bien por los
candidatos de la coalición, el |
|
2 |
|
9 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
candidato que las reciba
queda obligado a cumplir
con todas las reglas aplicables para la recepción de esta
clase de aportaciones. De conformidad
con lo establecido en los artículos 38 y 39 del
Reglamento. |
|
VIII. IX. |
|
Para la recepción de aportaciones en especie, el órgano interno de la coalición deberá de dotar a los candidatos de los formatos, señalados en los
artículos 47, 48, 49 y 50 del
Reglamento. |
|
A partir del mes de febrero
y hasta dentro
de los diez (10) días previos al inicio
de cada campaña política, la coalición deberá informar a la Comisión y a la Unidad
de Fiscalización, los límites que se hubieren fijado
a las cuotas voluntarias y personales que
los candidatos podrán aportar exclusivamente para
sus campañas. Lo anterior, para efectos
de no sobrepasar los
límites del financiamiento y los topes
de gastos de campaña, para ello, se tomará en cuenta que la suma
de las aportaciones realizadas por todos los
candidatos de la coalición queda comprendida dentro de los límites establecidos para
tal efecto, en los artículos 65 numeral 2 y 67 de la Ley Electoral. |
|
X. |
|
Para documentar las
cuotas voluntarias y personales que los candidatos de la coalición podrán aportar exclusivamente para sus campañas, deberá expedirse el recibo correspondiente de conformidad con
los requisitos y los formatos señalados en este Reglamento. |
|
XI. |
|
Los ingresos obtenidos mediante colectas realizadas en mítines o en la vía pública deberán registrarse y contabilizarse deduciendo los gastos
en que
se hubiere incurrido por cada una
de ellas; |
|
XII. |
|
Se consideran ingresos por rendimientos financieros los intereses que se obtengan de las cuentas
bancarias en las que se manejen los recursos de la
coalición, estos ingresos
estarán sustentados con los estados de cuenta que
emitan las instituciones bancarias; y |
|
XIII. |
|
Los partidos políticos que integren una coalición no podrán destinar los recursos de financiamiento público estatal ordinario, para financiar las campañas electorales de la
coalición. |
|
TÍTULO QUINTO De
los egresos y de las
transferencias de recursos de
los partidos políticos y coaliciones |
|
CAPÍTULO PRIMERO De
los egresos de los partidos políticos |
|
Artículo 63. |
|
1 |
|
. |
|
Las erogaciones que se efectúen con cargo
a los renglones de gasto de “servicios personales“, "materiales y suministros", "servicios generales” y “bienes muebles e inmuebles”, deberán ser agrupadas en subcuentas por partida de gasto según el |
|
3 |
|
0 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
catálogo de cuentas
y atendiendo a las necesidades específicas de los partidos políticos. Los comprobantes que amparen estas
erogaciones deberán cubrir los requisitos que establecen las Leyes Fiscales
y estar debidamente autorizados por la persona
facultada para ello y firmado
de conformidad por quien recibió el bien o el
servicio. |
|
Artículo 64. |
|
1 |
|
. |
|
Los comprobantes que amparen los egresos que
realicen los partidos políticos deberán constar en original, como soporte
a los informes financieros y estarán a disposición de la Comisión y de la Unidad
de Fiscalización para su revisión de conformidad
con lo dispuesto en la Legislación Electoral. |
|
2 |
|
. |
|
Lo dispuesto en el párrafo anterior, no será aplicable a los comprobantes de los gastos efectuados con recursos derivados de transferencias de las dirigencias partidistas
nacionales, comprobantes que podrán presentarse en fotocopia. |
|
Artículo 65. |
|
1 |
|
. |
|
Para el manejo de los egresos, los partidos políticos utilizarán las cuentas bancarias que consideren convenientes según las necesidades de control
interno de sus recursos, con atención a lo estipulado en el artículo 32, párrafo 3 del Reglamento. |
|
Artículo 66. |
|
1 |
|
. . |
|
Todo egreso
que rebase la cantidad equivalente a cien (100)
cuotas de salario mínimo, deberá cubrirse por medio de cheque
nominativo. En el caso
de los pagos por la prestación de bienes
o servicios, adicionalmente el cheque deberá contener la leyenda
“para abono a cuenta
del beneficiario”. Las pólizas de los cheques deberán conservarse anexas a la documentación comprobatoria junto con la copia del
cheque a que se hace referencia. |
|
2 |
|
Se exceptúa de lo dispuesto en el numeral
anterior, los pagos
realizados a través de transferencias electrónicas de fondos en los que se haya utilizado la clave bancaria estandarizada (CLABE) de las cuentas bancarias del partido o coalición. En este caso, se deberá requisitar correctamente el rubro denominado "leyenda", |
|
"motivo de pago", "referencia" u otro similar que tenga por objeto identificar el |
|
origen y el destino
de los fondos transferidos. Tales comprobantes deberán incluir, de conformidad con los datos
proporcionados por cada
banco, la información necesaria para identificar la transferencia; esta información podrá consistir en el número de cuenta
de origen, banco de origen, fecha,
nombre completo del titular y tipo de cuenta de origen, banco
de destino, nombre
completo del beneficiario, y número de cuenta de destino. |
|
3 |
|
. |
|
Los pagos correspondientes a sueldos y salarios deberán realizarse por medio de transferencia electrónica o cheque nominativo
a nombre del beneficiario. |
|
3 |
|
1 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 67. |
|
1 |
|
. |
|
Los egresos
de los partidos políticos deberán registrarse contablemente y estar soportados con la documentación que se expida a nombre del partido político, por la persona física o moral
a quien se efectuó el pago.
La documentación deberá cumplir con los requisitos que exigen las disposiciones fiscales aplicables,
con excepción del numeral 4 del presente artículo. |
|
2 |
|
. |
|
El órgano de finanzas del partido o de la coalición según corresponda, será responsable de verificar que los comprobantes que les expidan
los proveedores de bienes
o servicios, se ajusten
a lo dispuesto en el numeral anterior y en el artículo 64 numeral
1 del presente Reglamento. |
|
3 4 |
|
. . |
|
Tratándose de una coalición, el comprobante deberá ser expedido a nombre del partido
responsable de la administración de los
recursos. |
|
Además de lo señalado en el numeral 2 de este artículo, la documentación comprobatoria del
partido político o coalición relativa a la propaganda electoral y utilitaria deberá especificar invariablemente el nombre del candidato que aparece
en la misma o que resulta beneficiado; asimismo, el partido
político o coalición deberá presentar a la Comisión las muestras de propaganda que ésta determine, en su
caso. |
|
5 6 |
|
. . |
|
Tratándose de gastos en los renglones de alimentos, viáticos, pasajes y gastos menores que no rebasen
las cien (100)
cuotas de salario
mínimo previstas en el artículo anterior, los partidos políticos podrán comprobar a través de bitácora de gastos
menores el veinte por ciento (20%) de los
egresos que efectúen en gasto ordinario y el treinta
por ciento (30%) de los egresos que efectúen en gastos
de campaña. |
|
La bitácora referida deberá incluir con toda precisión los siguientes conceptos: fecha y lugar en que se efectuó la erogación, monto, concepto específico del gasto, nombre
y firma de la persona
que realizó el pago y firma de autorización, y deberán anexarse los comprobantes que se recaben
de tales gastos,
aun cuando no reúnan los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación o, en su caso,
recibos de gastos
menores que incluyan los datos mencionados. |
|
7 8 |
|
. . |
|
Queda prohibido realizar reclasificaciones de gastos reportados en los informes y comprobados con documentación que no reúna la totalidad de requisitos fiscales,
a las bitácoras de gastos menores. |
|
Estos egresos deberán registrarse en las cuentas
destinadas para ello, según el catálogo de cuentas
que forma parte del
Reglamento. |
|
Artículo 68. |
|
1 |
|
. |
|
En el caso de los procesos de selección interna de candidatos, los partidos políticos deberán sujetarse al tope de gastos de precampaña que será hasta el equivalente
al veinte por ciento (20%) del
monto del tope de gastos de campaña aprobado por el Consejo General para la elección de que se trate,
de |
|
3 |
|
2 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
conformidad con
los artículos 72, 73, 112 y demás disposiciones aplicables contenidas
en el Título Tercero, del Libro
Tercero de la Ley
Electoral. |
|
2 3 4 |
|
. . . |
|
Los partidos
políticos estarán obligados a notificar cualquier modificación a los términos de la
convocatoria remitida al
Instituto. |
|
Sólo se reconocerán como gastos de precampaña aquellos que se eroguen en los
plazos de duración de las mismas. |
|
Para efectos
de gastos de precampaña, los partidos políticos se sujetarán a las disposiciones de gasto ordinario, efectuando el registro en las cuentas destinadas para ello, según el catálogo de cuentas que forma
parte del Reglamento. |
|
Artículo 69. |
|
1 |
|
. |
|
Para llevar
a cabo sus actividades ordinarias, los partidos políticos podrán otorgar reconocimientos en efectivo a sus militantes o simpatizantes por su participación en actividades de apoyo político. En todo caso, las actividades deberán ser esporádicas, no podrá haber una relación contractual, y el beneficiario no podrá ser integrante de los órganos que integran los Comités Directivos Estatales, Municipales, Distritales, Seccionales u órganos equivalentes, de los partidos políticos. |
|
2 |
|
. |
|
Los reconocimientos deberán estar soportados por recibos foliados que |
|
contengan |
|
el |
|
nombre |
|
y |
|
firma |
|
de |
|
la |
|
persona |
|
a quien se efectúo el pago; su domicilio y teléfono; clave de elector; el monto y la fecha
de pago; el tipo de apoyo prestado al partido político; y el período de tiempo durante
el que se realizó el mismo.
Adicionalmente, se deberá anexar copia fotostática de la credencial para
votar por ambos lados,
a efecto de identificar plenamente al beneficiario. Los recibos deberán estar firmados
por el funcionario
que autorizó el pago. |
|
3 |
|
. |
|
Tratándose de menores de edad, en lugar de la clave
de elector, se deberá consignar algún otro dato
que permita identificar plenamente a quien
se le otorga el correspondiente recibo,
como puede ser la Clave
Única del Registro de Población (CURP), el número de Pasaporte vigente, los datos
de la credencial vigente expedida por alguna
Institución Educativa Oficial, o el número de credencial o identificación de alguna
Institución Pública de Seguridad Social.
En todo caso se deberá anexar copia
fotostática legible del documento correspondiente. En este supuesto, será responsabilidad del partido político aportar los elementos adicionales que le permitan a la autoridad
verificar la veracidad de la información asentada en los formatos REPAP que se encuentran
en tal supuesto. |
|
4 |
|
. |
|
Se eximirá del requisito de especificar la clave de elector hasta
en un diez por ciento (10%)
del total de lo que
un partido político puede erogar
por concepto de reconocimientos por actividades políticas en el año respectivo, identificándose el
beneficiario con alguno de los documentos señalados en el párrafo anterior. |
|
3 |
|
3 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 70. |
|
1 |
|
. |
|
Durante las precampañas y campañas electorales los partidos políticos o en su caso coaliciones, podrán otorgar reconocimientos en efectivo a sus militantes |
|
o |
|
simpatizantes por
su participación en actividades políticas. Estos |
|
reconocimientos deberán estar documentados con un recibo que deberá reunir los requisitos a que hace referencia el artículo anterior, y se agregará al tipo de precampaña y campaña electoral a
la que se otorgó el apoyo. |
|
2 3 |
|
. . |
|
En todo caso, las actividades en apoyo político deberán ser esporádicas, no podrá haber una relación contractual, y el beneficiario no podrá ser integrante de los órganos que integran los Comités Directivos Estatales, Municipales, Distritales, Seccionales u órganos equivalentes, de los partidos políticos. |
|
Estas erogaciones contarán para los efectos de los topes
de gasto de las precampañas y campañas correspondientes. |
|
Artículo 71. |
|
1 |
|
. |
|
Las erogaciones realizadas por los partidos
políticos como reconocimientos por participación en actividades políticas a una sola
persona física, no podrán exceder de dos mil cuatrocientos (2,400)
cuotas de salario mínimo, dentro del transcurso de un año, y de doscientos (200)
cuotas de salario
mínimo en el transcurso de un mes. En ambos casos,
tales erogaciones deberán estar soportadas de conformidad con
lo establecido en los artículos 69 y 70 del presente
Reglamento. |
|
Artículo 72. |
|
1. |
|
La suma total de las erogaciones por concepto de reconocimientos por participación en actividades políticas tendrá un límite máximo del veinte por ciento (20%)
del financiamiento público recibido por cada partido político en la anualidad
correspondiente. |
|
Artículo 73. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos
políticos deberán remitir junto con sus informes financieros anuales de actividades ordinarias o de campaña, reporte impreso y en medio magnético del
monto total anual otorgado a cada
persona por concepto de reconocimientos por
actividades políticas. |
|
Artículo 74. |
|
1 |
|
. |
|
El órgano interno estatal
de cada partido político deberá autorizar la impresión de los recibos foliados
que se expedirán para amparar los reconocimientos por participación en actividades políticas, e informará dentro de los treinta
(30) días siguientes
a la Comisión, del número de folios impresos. |
|
2 |
|
. |
|
Los recibos
se deberán expedir en forma consecutiva, el original permanecerá en poder del órgano del partido
político que haya otorgado
el reconocimiento y la copia
deberá entregarse a la persona a la que se otorga
el reconocimiento para ello
se utilizará el formato REPAP. |
|
3 |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 75. |
|
1 |
|
. |
|
Deberá llevarse un control de folios de los recibos
que se impriman y expidan por el partido político. Dichos controles permitirán verificar el número total de recibos impresos, los recibos utilizados con su importe total, los recibos cancelados
y los recibos pendientes de utilizar. |
|
2 |
|
. |
|
Los controles de folios deberán remitirse junto
con los informes anuales y se utilizará el formato
CF-REPAP. |
|
Artículo 76. |
|
1 |
|
. |
|
La documentación comprobatoria, que por concepto de combustible se presente,
deberá sujetarse a
lo siguiente: |
|
I. |
|
Invariablemente deberá ampararse con factura, todo
gasto que para pago de combustible se realice. Los pagos deberán realizarse mediante alguno
de los siguientes medios: |
|
a) Cheque nominativo del contribuyente; b) Transferencia electrónica; |
|
c) Tarjeta de servicios o monederos electrónicos. |
|
En el caso de consumo de combustible en lugares en los que el pago no se pueda
realizar a través de los medios señalados, éste podrá realizarse
en efectivo y se comprobará con
la factura correspondiente. |
|
II. |
|
El consumo de combustible deberá reportarse en bitácoras de gasto de cada uno de los vehículos a disposición de los partidos políticos para ello
se utilizará el formato BITACOM. |
|
III. |
|
La Comisión verificará que el gasto
total de combustible, con excepción del combustible utilizado en viáticos, reportado en los informes financieros corresponda con el consumo de combustible registrado en las bitácoras de la flotilla de vehículos de que disponen los partidos políticos. |
|
Artículo 77. |
|
1 |
|
. |
|
Los gastos
que por concepto de reparaciones o mantenimiento de vehículos se presenten, deberán señalar el vehículo al cual se realizó la reparación. Tratándose de vehículos que no sean propiedad del partido político, deberá anexarse
a la factura de gasto, la justificación correspondiente. |
|
Artículo 78. |
|
1 |
|
. |
|
Tratándose de pago de alimentos, toda comprobación que exceda
de la cantidad de cincuenta (50)
cuotas de salario
mínimo deberá acompañarse de un oficio
suscrito por el funcionario facultado para ello, en el que se justifique el gasto. |
|
3 |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 79. |
|
1 |
|
. |
|
Las erogaciones anticipadas por concepto
de adquisiciones de materiales y de propaganda
electoral y utilitaria, deberán registrarse en la cuenta “anticipos para gastos” como cuenta
de almacén, y llevar
un control de entradas y salidas de almacén debidamente autorizadas, señalando su destino,
así como el nombre de
la persona que recibe. |
|
2 |
|
. |
|
Los comités estatales de los partidos políticos podrán efectuar pagos
de consumibles, bienes
o servicios de manera centralizada, a efecto de optimizar su gasto
de operación ordinaria. Para ello, tendrán que llevar
un control de la entrega de esos consumibles o bienes a efecto de repartir el gasto entre
los municipios beneficiados. En el caso de servicios, establecerán un criterio que harán del conocimiento de la Comisión, para repartir
el gasto entre los comités municipales beneficiados, además anexarán la factura
correspondiente el prorrateo del gasto. |
|
3 |
|
. |
|
En las campañas electorales los partidos políticos podrán efectuar pagos
de consumibles, bienes
o servicios de manera centralizada por tipo de campaña, a efecto de optimizar su gasto. Para
ello, tendrán que llevar
un control de la entrega de esos consumibles o bienes, a efecto de repartir el gasto por cada una de las campañas de diputados o de ayuntamientos. En el caso de servicios, establecerán un criterio que harán del conocimiento de la Comisión y de la Unidad de Fiscalización, para repartir el gasto entre
las diferentes campañas de diputados o de ayuntamientos beneficiados y anexarán a la factura correspondiente, el prorrateo del gasto
que contará para efecto
de topes de campaña. |
|
4 |
|
. |
|
Los controles para la entrega de los bienes
o servicios señalados en los párrafos 2 y 3 del presente artículo deberán estar debidamente autorizados por la persona
facultada para ello y firmado
de conformidad por el responsable del comité municipal o el candidato que recibió el bien o el servicio. |
|
Artículo 80. |
|
1 |
|
. |
|
Se consideran gastos
de campaña los bienes
y servicios que sean contratados, utilizados o aplicados dentro
del periodo que comprende las campañas electorales y además cumplan cualquiera de los criterios siguientes: |
|
I. Con fines
tendientes a la obtención del voto
en las elecciones |
|
locales; |
|
II. Con el propósito de presentar a la ciudadanía las candidaturas |
|
registradas por el partido o coalición y su respectiva promoción; |
|
III. Con la finalidad de propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante el público, de los programas, acciones y plataforma electoral, de los
candidatos registrados; y |
|
3 |
|
6 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
IV. Cuyo provecho sea exclusivamente para
la campaña electoral, |
|
aunque la justificación de los gastos se realice posteriormente. |
|
2 |
|
. |
|
Para efectos de gastos de campaña, los partidos políticos y coaliciones deberán acreditar con los comprobantes de gasto que las erogaciones se realizaron
en el ámbito territorial en que se llevó a cabo la campaña electoral. |
|
3 |
|
. |
|
Los comprobantes que los partidos políticos y coaliciones presenten como sustento de sus gastos, que indiquen que se trató de erogaciones realizadas fuera del territorio estatal o municipal en su
caso, así como los comprobantes
de alimentos, viáticos y pasajes correspondientes a viajes
realizados a destinos fuera de territorio estatal
o municipal en su caso,
deberán estar acompañados de los documentos que justifiquen razonablemente el objeto partidista de la actividad
realizada. |
|
4 5 |
|
. |
|
El Consejo General
podrá ordenar a la comisión fiscalizadora, la realización de auditorías de propaganda, auditorías contables y revisiones a los gastos de campaña, treinta días naturales posteriores al día de la elección, la información derivada de estas revisiones formará parte del proceso de revisión de estos gastos. |
|
. |
|
Durante el proceso electoral, en ningún caso y por ninguna
circunstancia los partidos políticos y en su caso coaliciones, utilizarán recursos provenientes de financiamiento público o privado, en cualquiera de sus modalidades, para
financiar actividades ordinarias, de precampaña o campaña en el extranjero. |
|
Artículo 81. |
|
1 |
|
. |
|
La Comisión tomará en cuenta
los gastos preparativos que los partidos
políticos o coaliciones realicen con el objeto
de organizar el inicio de las campañas electorales siempre que el órgano interno estatal de los Institutos políticos lo notifiquen
de manera expresa. |
|
2 |
|
. |
|
Las erogaciones que por este concepto se hayan realizado, se informarán en forma específica y separada de los gastos
originados dentro del período de campaña electoral. |
|
Artículo 82. . Los egresos que deberán ser reportados por los partidos políticos y |
|
1 |
|
coaliciones en los informes de campaña, serán los efectuados durante período comprendido de las campañas electorales, dentro de los siguientes rubros: |
|
3 |
|
7 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
I. |
|
Gastos de propaganda: Entendiéndose por éstos, los ejercidos en bardas, pintura, mantas, volantes o pancartas que hayan de utilizarse, colocarse para permanecer en la vía pública o distribuirse durante el período de las campañas; renta de equipos de sonido
o locales para la realización de eventos políticos durante el periodo de campañas; propaganda utilitaria que haya de utilizarse o distribuirse durante el período de las campañas; así como los aplicados en anuncios espectaculares en la vía pública, salas de cine, |
|
propaganda exhibida páginas de internet |
|
y eventos |
|
efectuados en beneficio de los candidatos; |
|
II. |
|
Gastos operativos de campaña: Comprenden los sueldos y salarios del personal eventual; arrendamiento de bienes
muebles e inmuebles; combustibles, gastos
en servicios de
transporte de personas
y materiales, viáticos, logísticas de planeación de campaña y otros similares, que hayan
de ser utilizados o aplicados durante el periodo de las campañas electorales; |
|
III. |
|
Gastos de propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos: Comprenden los realizados en cualquiera de estos medios, tales
como anuncios publicitarios y sus similares, tendientes a la obtención del sufragio popular. En todo
caso, tanto el partido político y candidato contratante, como el medio impreso, deberán identificar con toda claridad que se trata
de propaganda
o inserción pagada; y |
|
IV. |
|
Gastos de producción de los mensajes para radio y televisión, que comprenden los realizados para
el pago de servicios profesionales; uso
de equipo técnico, locaciones o estudios de grabación y producción, así como los demás inherentes al mismo objetivo. |
|
2 3 |
|
. . |
|
No se incluirán en los informes de campaña los gastos
que realicen los partidos políticos para su operación ordinaria y para el sostenimiento de sus órganos directivos y organizaciones de ciudadanos. |
|
Para efectos de lo establecido en las fracciones I y III,
del numeral 1, del presente artículo, se considera que se dirigen
a la obtención del voto, los anuncios espectaculares colocados en la vía pública, la publicidad en diarios, revistas y otros
medios impresos y la propaganda en salas de cine o páginas de internet, exhibida, transmitida, publicada o colocada durante las campañas electorales, independientemente de la fecha de contratación y pago, que presenten
cuando menos una de las características siguientes: |
|
I. Las palabras "voto" o "votar", "sufragio" o "sufragar", "elección" o |
|
"elegir" y sus sinónimos, en cualquiera de sus derivados y |
|
conjugaciones, ya sea
verbalmente o por escrito; |
|
3 |
|
8 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
II. La aparición de la imagen de alguno de los candidatos del partido, o la utilización de su voz o de su nombre, apellidos, apelativo o sobrenombre, sea
verbalmente o por escrito; |
|
III. La invitación a participar en actos organizados por el partido o por |
|
los candidatos por él postulados; |
|
IV. La mención de la fecha de la jornada electoral local, sea |
|
verbalmente o
por escrito; |
|
V. La difusión de la plataforma electoral del partido, o de su posición |
|
ante los
temas de interés municipal, estatal o nacional; |
|
VI. Cualquier referencia verbal o escrita, o producida a través de imágenes o sonidos, a cualquier gobierno, sea emanado de las filas del mismo partido, o de otro partido; |
|
VII. Cualquier referencia verbal o escrita, o producida a través de imágenes o sonidos, a cualquier partido
político distinto, o a cualquier candidato postulado por un partido político distinto; y |
|
VIII. La presentación de la imagen del líder o líderes del partido; la aparición de su emblema; o la mención de sus slogans, frases de campaña o de cualquier lema con el
que se identifique al partido o a cualquiera de sus candidatos. |
|
Artículo 83. |
|
1. |
|
Los comprobantes de los gastos efectuados por los partidos políticos o coaliciones en propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos, deberán incluir una relación de cada una de las inserciones que ampara
la factura, las fechas de publicación, el tamaño de cada
inserción o publicación, el valor unitario de cada inserción o publicación y el nombre del candidato beneficiado con cada una de ellas.
Dicha relación se elaborará de conformidad con el formato anexo al presente Reglamento. |
|
2. |
|
Los partidos políticos deberán conservar la página completa de un ejemplar original de las publicaciones que contengan las inserciones en diarios, revistas y otros
medios impresos que realicen en cada una de las campañas electorales, así como todos
aquellos que realicen durante los periodos que comprenden las campañas electorales, aún cuando no se refieran directamente a dichas
campañas. Cada una de las inserciones deberá contener la leyenda
"inserción pagada" seguida
del nombre de la persona responsable del pago.
La página con la inserción deberá anexarse a la documentación comprobatoria y presentarse junto con ésta en los informes de campaña. |
|
Artículo 84. |
|
1. |
|
Los comprobantes de los gastos
efectuados por los partidos políticos o coaliciones en producción de mensajes para radio y televisión, deberán especificar el concepto del
servicio prestado, sean pagos de servicios |
|
3 |
|
9 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
profesionales, uso de equipo
técnico, locaciones o estudios de grabación y producción, así como los demás inherentes al mismo objetivo. Asimismo, estos comprobantes deberán ser emitidos a nombre del partido político o partido responsable
de administrar los
recursos de la coalición y deberán cumplir con lo dispuesto en los artículos 64 y 67 del presente Reglamento. |
|
2 |
|
. . |
|
En los informes
de campaña deberán incluirse los contratos de servicios firmados entre
los partidos y los proveedores o prestadores de bienes y servicios participantes en el diseño y producción de los mensajes para radio y televisión. |
|
3 |
|
En los casos
en que los partidos políticos o coaliciones diseñen y produzcan directamente los promociónales para radio
y televisión, no será necesario que cumplan con la obligación establecida en el numeral anterior. En este
supuesto, los partidos políticos o coaliciones deberán señalar de manera expresa en el informe
de campañas dicha circunstancia y acreditar que el diseño y producción de esos mensajes fue realizado con recursos propios. |
|
4. |
|
Los partidos políticos y coaliciones deberán anexar a la documentación comprobatoria
correspondiente, las muestras de las
distintas versiones de promocionales en radio y televisión, y deberán presentarlas a la Comisión en el informe financiero de campañas. |
|
Artículo 85 Los partidos políticos y coaliciones podrán contratar publicidad |
|
1. |
|
considerada como
anuncios espectaculares en la vía pública para sus campañas electorales, ajustándose a las disposiciones siguientes: |
|
I. Se entiende por anuncios espectaculares en la vía pública, toda propaganda que se contrate y difunda en carteleras, mantas,
mamparas, pendones, marquesinas, muebles urbanos de publicidad con o sin
movimiento, panorámicos, vehículos de transporte privado de pasajeros; así como la que se coloque en cualquier espacio físico en lugares donde
se celebren eventos |
|
públicos, de espectáculos |
|
o deportivos, así sea |
|
solamente durante
la celebración de éstos y cualquier otro medio similar; |
|
II. Los anuncios espectaculares en la vía pública con la imagen o el nombre
de candidatos o militantes de un partido político o en su caso coalición, su logotipo, lemas o slogans que identifiquen a dicho partido o coalición, o bien,
a cualquiera de sus militantes o |
|
4 |
|
0 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
candidatos, podrán ser contratados solamente a través del partido político o coalición; |
|
2. |
|
Durante las campañas electorales, cada partido político y coalición deberá realizar un informe pormenorizado de toda contratación hecha con
las empresas propietarias o concesionarias dedicadas a la renta
de espacios y colocación de anuncios
espectaculares en la vía pública, así como con las empresas dedicadas a la producción, diseño y manufactura de toda publicidad que se
utilice para dichos
anuncios. |
|
Este informe deberá ser entregado a la Comisión, anexando copia
del contrato respectivo y las facturas originales correspondientes, a más tardar el día de la presentación de los informes de campaña, con la información siguiente: |
|
I. Nombre de la empresa; |
|
II. Condiciones y tipo de servicio; |
|
III. Ubicación (dirección completa) y características de la |
|
publicidad; |
|
IV. Precio total y unitario; V. Duración de la publicidad
y del contrato; VI. Condiciones de pago,
y VII. Fotografías. |
|
3. |
|
Cualquier modificación a dichos
contratos deberá ser notificada a la Comisión en el periodo y con las motivaciones señaladas en el numeral anterior para los mismos
efectos, remitiendo copia de la modificación respectiva. |
|
Artículo 86 1. |
|
Los comprobantes de los gastos
efectuados en anuncios espectaculares en la vía pública, deberán incluir, en hojas membretadas de la empresa que se anexen a cada factura,
una relación de cada uno de los anuncios que ampara
la factura y el periodo
en el que permanecieron colocados. En dichas hojas deberá incluirse el valor unitario
de todos y cada uno de los anuncios; asimismo, el importe y el número total de los anuncios detallados, deben
coincidir con el valor y número de anuncios
que ampare la factura respectiva. |
|
2. |
|
Cada partido político y coalición, deberá presentar en medio magnético y en hoja impresa, un resumen
con la información de las hojas |
|
4 |
|
1 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
membretadas en hoja de cálculo electrónica, la cual
se elaborará de conformidad con
el formato anexo
al presente Reglamento y deberá contener cada uno de los anuncios espectaculares que amparan las facturas de sus proveedores con los datos
señalados en este artículo. Adicionalmente, tales hojas del proveedor deberán contener: |
|
I. II. |
|
Nombre
del partido que contrata; |
|
Nombre
del candidato que aparece en cada
espectacular; Número de espectaculares
que ampara; |
|
III. IV. |
|
Valor unitario de cada espectacular, así como el Impuesto al Valor Agregado de cada
uno de ellos; |
|
V. |
|
Periodo de permanencia de cada espectacular rentado
y colocado; |
|
VI. |
|
Ubicación exacta de cada espectacular: nombre de la calle principal, número, calles aledañas, colonia y municipio, en el que
se colocó la propaganda; |
|
VII. |
|
Municipio en donde se rentaron espectaculares; |
|
y |
|
colocaron los |
|
VIII. IX. X. |
|
Medidas
de cada espectacular; |
|
Detalle
del contenido de cada espectacular,
y Muestras
y/o
fotografías de la publicidad utilizada. |
|
3. |
|
La información a que hacen referencia los numerales 1 y 2 de este artículo, deberá ser reportada en los informes
de campaña, junto con los registros contables que correspondan. |
|
4 |
|
. . |
|
El partido político o coalición deberá conservar las muestras
y/o fotografías de la publicidad utilizada en anuncios espectaculares
en la vía pública. |
|
5 |
|
Las mantas cuyas dimensiones aproximadas sean inferiores a dos metros cuadrados, no se considerarán como espectaculares, en términos de lo dispuesto en el artículo 85 numeral
1, fracción I del presente Reglamento. |
|
Artículo 87. |
|
1. |
|
Los partidos políticos y coaliciones llevarán una relación que detalle la ubicación y las medidas exactas de las bardas
utilizadas en cada campaña para la pinta de propaganda electoral, especificando los datos
de la autorización para su fijación en inmuebles de propiedad privada
o lugares de uso común, la descripción de los costos, el detalle
de los materiales y mano de obra utilizados, la identificación del candidato, y la fórmula o campaña beneficiada con este tipo de propaganda, debiendo cumplir, en su caso, con lo dispuesto en el artículo 79 numeral 3 de este Reglamento respecto de los criterios de prorrateo. |
|
4 |
|
2 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
2 |
|
. . |
|
La relación de referencia se elaborará de conformidad con el formato anexo al presente Reglamento y deberá conservarse anexa a las pólizas y documentación soporte correspondiente, a efecto de se adjunte en los informes de campaña con las fotografías de la publicidad utilizada en bardas, indicando su ubicación exacta. |
|
3 |
|
El partido político o coalición en su caso, deberá conservar las fotografías de la publicidad utilizada en bardas. |
|
Artículo 88. 1. Los partidos políticos y coaliciones deberán contar con los contratos reportados en los informes de campaña, correspondientes la |
|
a |
|
propaganda que se exhiba
en salas de cine y con las facturas respectivas. Asimismo, deberán elaborar una relación impresa y en medio magnético, en el formato anexo al presente Reglamento, que detalle lo siguiente: |
|
I. II. |
|
La empresa con la que se contrató la exhibición; Las fechas en las que se exhibió la propaganda; |
|
III. |
|
La ubicación de las salas de cine en las que se exhibió la propaganda; |
|
IV. V. |
|
El valor unitario
de cada tipo de propaganda exhibida, así como el Impuesto al Valor Agregado de cada uno de ellos, y |
|
El candidato y la campaña beneficiada con la propaganda exhibida. |
|
2. |
|
El partido político o coalición en su caso, deberá conservar y presentar junto con el informe
de campaña, la información a que hace referencia el numeral 1 del presente artículo, las muestras del contenido de la propaganda proyectada en las salas de cine, así como las cintas específicas para su reproducción. |
|
Artículo 89. Los partidos políticos y coaliciones deberán contar con los contratos reportados en los informes de campaña, correspondientes la |
|
1. |
|
a |
|
propaganda colocada en las páginas de Internet y con las facturas respectivas. Asimismo, deberán elaborar una relación impresa y en medio magnético, en el formato anexo
al presente Reglamento, que detalle
lo siguiente: |
|
I. II. |
|
La empresa con la que se contrató la colocación; Las fechas en las que se colocó la propaganda; |
|
III. |
|
Las direcciones electrónicas y los dominios en los que se colocó la propaganda; |
|
4 |
|
3 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
IV. |
|
El valor unitario de cada tipo de propaganda contratada, así como el Impuesto al Valor Agregado de cada uno
de ellos, y |
|
V. |
|
El candidato, y la campaña beneficiada con la propaganda colocada. |
|
2. |
|
El partido político o coalición deberá conservar y presentar junto
con el informe de campaña, la información a que hace referencia el numeral 1 del presente artículo, el material y muestras del contenido de la propaganda colocada en las
páginas de internet,
tales como: El banner o testigo. |
|
Artículo 90. |
|
1. |
|
Todos los gastos que
los partidos y coaliciones realicen en: |
|
I. Diarios, revistas y otros medios impresos; |
|
II. Gastos de producción de mensajes para radio y |
|
televisión; |
|
III. Anuncios espectaculares; IV. Bardas; |
|
V. Salas de cine,
y |
|
VI. Páginas de internet. |
|
Deberán tenerse claramente registrados e identificados en las cuentas contables, de conformidad con el catálogo de cuentas previsto en este Reglamento. Las subcuentas se clasificarán por proveedor y por campaña electoral. |
|
2 |
|
. . |
|
Tales gastos computarán para efectos
de los topes de campaña referidos en el artículo 72 numeral 4, de la Ley Electoral. |
|
3 |
|
Cuando una aportación en especie implique un beneficio directo
o indirecto a una o más campañas electorales, el partido u órgano responsable de las finanzas del partido
o coalición, deberán reportar el ingreso correspondiente en el informe
o los informes de campaña que correspondan. Asimismo, el beneficio obtenido por tal aportación en especie, computará como gasto
en la campaña o las
campañas beneficiadas, lo cual el partido también deberá reportar en el o los informes de campaña correspondientes, resultando aplicable, en su caso, lo establecido en el artículo 79 numeral 3, de este Reglamento. |
|
Artículo 91. |
|
1. |
|
La Comisión de Administración y Prerrogativas, en ejercicio de la facultad que le otorga la Ley
Electoral, para proponer, promover y aplicar |
|
4 |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
programas de modernización y simplificación de la función fiscalizadora, podrá: |
|
I. |
|
Ordenar a la Unidad de Fiscalización que realice las gestiones necesarias para llevar a cabo un
sistema de monitoreo en diarios, |
|
revistas |
|
y otros medios impresos, así como anuncios |
|
espectaculares colocados en la vía pública, durante el periodo de campaña. |
|
II. |
|
El sistema de monitoreo, se constituirá como una
herramienta complementaria de compulsa, para
verificar y fiscalizar los recursos que los partidos políticos, coaliciones, candidatas y candidatos destinen a sus campañas electorales y, en todo momento, se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. |
|
III. IV. |
|
El monitoreo de espectaculares se realizará por conducto del personal, que para tal efecto designe
la Comisión. El monitoreo de medios impresos, se efectuará con apoyo
de la Unidad de Comunicación Social del Instituto. |
|
Los resultados que emita el sistema de monitoreo, serán conciliados con lo reportado por los partidos políticos, coaliciones, candidatas y candidatos en los informes
de ingresos y gastos
de campañas. |
|
V. |
|
El sistema de monitoreo, dará cuenta de la contratación de los espacios referidos, en los que aparezcan las candidatas y candidatos. |
|
VI. |
|
El sistema de monitoreo de espectaculares y medios impresos, se aplicará conforme a lo dispuesto en este
artículo y en el procedimiento que para tal efecto expida
el Instituto. |
|
Artículo 92. |
|
1 |
|
. |
|
Los
recibos de pagos de energía eléctrica, agua y teléfono, deberán expedirse a nombre del partido político que realice
el gasto; salvo
en aquellos casos en que el inmueble
del que se deriven dichos
gastos sea arrendado o se tenga bajo la modalidad
de comodato. |
|
2 3 |
|
. . |
|
La Comisión y la Unidad de Fiscalización podrán solicitar, cuando
lo consideren conveniente fotocopia de los contratos de los inmuebles que los partidos políticos tengan en arrendamiento o comodato. |
|
Las erogaciones que por concepto de pagos de arrendamientos se realicen, podrán ser comprobadas mediante recibos simples
al que acompañaran copia del contrato de arrendamiento y copia de la credencial de elector del arrendador, siempre
y cuando el costo
mensual por este concepto
no exceda de cincuenta (50) cuotas
de salario mínimo. |
|
Artículo 93. |
|
4 |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1 |
|
. |
|
A efecto
de que los partidos políticos estén en condiciones de reportar en sus informes financieros los gastos
efectuados en prensa,
con cargo a sus prerrogativas, el órgano electoral una vez contratados los espacios
solicitados por los institutos políticos, proporcionará la información sobre el monto de sus gastos a efecto de que el órgano de control
interno estatal pueda incorporarla en
los informes financieros
correspondientes. |
|
Artículo 94. |
|
1 2 3 |
|
. . . |
|
Tratándose de la entrega de recursos registrados como gastos a comprobar, en la comprobación no se aceptarán facturas expedidas con anterioridad al otorgamiento del recurso. |
|
Para efectos de cubrir el pago de facturas con fecha de expedición correspondiente a otros ejercicios fiscales, es necesario que previamente se haya
creado el pasivo correspondiente. |
|
Los gastos
a comprobar por concepto de viáticos deberán ir acompañados de un pliego de Comisión, en el que se especifique el destino, tiempo de estancia, gasto autorizado por hospedaje, alimentación y combustible. La documentación comprobatoria deberá tener relación con la comisión encomendada. |
|
4 5 |
|
. . |
|
Las operaciones o transacciones económicas que lleven
a cabo los partidos políticos o coaliciones, por enajenaciones, otorgamiento de préstamos, o cualquier otro concepto análogo y que generen un derecho exigible
a su favor, deberán estar respaldadas en un contrato de préstamo que conste
por escrito en instrumento público o privado, o bien, en un título de crédito, que garanticen y demuestren la existencia del
derecho de cobro
para el partido
político o coalición y, la obligación de pago a cargo del deudor. |
|
Los recursos
entregados a los miembros de los partidos
políticos y registrados en las cuentas por cobrar tales como
“Deudores Diversos”, “Prestamos al Personal” “Gastos por Comprobar”, “Anticipo a Proveedores” o cualquier otra, deberán de ser recuperados o comprobados dentro
del mismo ejercicio fiscal; con excepción de aquellas disposiciones de dinero
que se hayan realizado en el cuarto
(4°) trimestre, caso en el cual el
plazo establecido se podrá ampliar hasta la
presentación del primer (1°)
trimestre del ejercicio fiscal inmediato posterior. |
|
6 7 |
|
. . |
|
Las
cuentas mencionadas, deberán
de llevar un registro y control anualizado. |
|
Si los partidos políticos al cierre
del ejercicio, presentan en su contabilidad |
|
saldos positivos en las cuentas por cobrar tales
como “Deudores Diversos”, |
|
“ |
|
Prestamos al Personal”, “Gastos por Comprobar”, “Anticipo a Proveedores” o |
|
cualquier otra
y que correspondan al cuarto trimestre del ejercicio inmediato anterior y hasta el tercer trimestre del ejercicio objeto de revisión, serán considerados
como no comprobados. |
|
Artículo 95. |
|
4 |
|
6 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1 2 |
|
. . |
|
En caso de que se obtenga
un saldo acreedor, los partidos políticos deberán: integrar detalladamente el pasivo generado, especificar los montos,
nombre del proveedor, concepto del gasto y fecha de origen. Dicha
integración deberá presentarse en medio magnético y de forma
impresa. |
|
La contratación de bienes
y servicios que
deriven en pasivos
deberán estar autorizados por los funcionarios partidistas facultados para ello. Estos pasivos deberán estar registrados contablemente y soportados con la documentación que
les dio origen. |
|
Artículo 96. |
|
1 |
|
. |
|
En el caso
de bienes muebles o inmuebles recibidos en comodato para su uso o goce temporal sin que se transfiera su propiedad, se registrarán como ingreso y egreso simultáneamente, de acuerdo
al sistema de valuación establecido en el artículo 39 de este Reglamento para ser reportados en los informes
respectivos, debiendo formularse las notas correspondientes en los estados
financieros, con montos
y procedencias. |
|
Artículo 97. |
|
1. |
|
Al inicio de las campañas electorales los partidos políticos y coaliciones deberán remitir a la Comisión y la Unidad de Fiscalización un listado
de los inmuebles que sus
candidatos utilicen como
casas de campaña, asimismo, indicarán la ubicación precisa de éstos, si los inmuebles son propiedad del partido, se arriendan o se tienen
en comodato. De existir algún cambio de domicilio, lo harán del conocimiento de la Comisión dentro de los diez (10) días siguientes a que
ocurra. |
|
Artículo 98. |
|
1 |
|
. |
|
Los bienes
muebles e inmuebles que se adquieran o reciban en donación, deberán contabilizarse como activo fijo.
La propiedad de los bienes muebles
e inmuebles de los partidos políticos se acreditará, para efectos
de su registro, con
las facturas o los títulos de
propiedad respectivos. |
|
2 3 |
|
. . |
|
Los bienes
muebles e inmuebles que estén en posesión del partido
político, de los cuales
no se cuente
con la factura
o título de propiedad respectivo, se presumirán propiedad del partido, salvo prueba en contrario. |
|
Los bienes
inmuebles de los que no se tenga el título de propiedad respectivo, deberán registrarse inicialmente en cuentas de orden hasta
en tanto no se acredite su propiedad. Los bienes inmuebles registrados en cuentas
de orden, deberán ser valuados
y posteriormente incorporados a la
cuenta de activo fijo. |
|
4 |
|
. |
|
Los bienes
muebles e inmuebles deberán ser valuados de acuerdo al sistema de valuación establecido respectivamente en los artículos 40 y 41 del Reglamento para
su registro en la cuenta de activo fijo. |
|
4 |
|
7 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
5 6 |
|
. . |
|
Los partidos políticos presentarán al órgano electoral la información que se señala en los párrafos anteriores, anexando copia del inventario físico levantado. |
|
Las aportaciones de bienes muebles
o inmuebles, deberán destinarse única y exclusivamente para el cumplimiento del objeto del partido político o coalición, en
su caso. |
|
Artículo 99. |
|
1 |
|
. |
|
El control de inventarios de activo fijo se llevará a cabo mediante un sistema de asignación de números de inventario y listados para registrar altas
y bajas, practicando una toma de inventarios físicos cuando menos
una vez al año, dentro del trimestre más próximo al cierre del ejercicio, sirviendo estos listados como soporte
contable de la cuenta de activo fijo. Las cifras reportadas en los listados
deberán coincidir con los saldos de las cuentas de activo fijo registrados en
contabilidad. |
|
2 3 |
|
. . |
|
Dicho inventario deberá estar clasificado por tipo de cuenta de activo fijo y sub |
|
clasificado por año de adquisición |
|
y deberá incluir las siguientes |
|
especificaciones: fecha
de adquisición; descripción del bien; importe; y resguardo,
indicando el nombre del responsable. |
|
Los partidos políticos podrán dar de baja sus activos fijos,
con causa justificada de
obsolescencia, extravío o caso fortuito. |
|
Notificarán por escrito
a la Comisión, en la que especificarán las características del bien,
lo identificarán en el inventario físico por número, ubicación exacta y resguardo. |
|
4 |
|
. |
|
Una vez que la Comisión haya sido notificada de la baja de los activos fijos,
los partidos
políticos deberán presentar: |
|
I. |
|
El procedimiento que se llevó a
cabo para la desincorporación; |
|
II. Relación pormenorizada de
las bajas de activo fijo (Formato BAFI); |
|
III. La documentación contable en la que se refleje las bajas
de activos fijos;
y |
|
IV. La documentación que acredite la causa justificada de la baja de dichos
activos. |
|
5. |
|
Cuando los partidos políticos registren altas
de activo fijo
deberán adjuntar: |
|
4 |
|
8 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
I. |
|
En el caso
de bienes inmuebles: Escrituras; contrato de compraventa; planos; avalúo catastral; cuenta
catastral del Registro Público de la Propiedad y en su caso, constancia del pago de impuestos; así como señalar su ubicación. Si los incrementos se generan con motivo de mejoras
a los bienes inmuebles, se deberá adjuntar fotocopia de las facturas que acrediten el importe efectuado por este concepto. |
|
II. |
|
En el caso de altas
de equipo de transporte: Fotocopia de la factura que ampare
la compra; fotocopia de la tarjeta
de circulación y fotocopia del pago
de tenencia o refrendo en su caso. |
|
III. |
|
En los casos
de mobiliario y equipo de oficina; equipo
de cómputo; equipo telefónico; equipo fotográfico; equipo de sonido y video; equipo
de impresión; equipo de comunicación; entre otros: Las facturas que amparen las compras. |
|
CAPÍTULO SEGUNDO De
los egresos de las coaliciones |
|
Artículo 100. |
|
1. |
|
Para
el manejo de los egresos, las coaliciones
deberán realizar lo siguiente: |
|
I. El órgano interno de la coalición se hará responsable de administrar y distribuir a las cuentas
bancarias de la coalición, los recursos que todos los partidos políticos integrantes de la coalición destinen a este objeto, según lo determine el convenio de coalición y de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Reglamento. El órgano interno de la coalición deberá recabar la documentación comprobatoria de los egresos que se realicen, la cual será expedida a nombre del partido político designado. El órgano interno de la coalición deberá reunir todos los comprobantes, los estados de cuenta y demás documentación necesaria para efectuar los registros contables y preparar los estados financieros. El órgano interno de la coalición será responsable de la presentación de los informes financieros ante el Instituto, así como de atender las aclaraciones o rectificaciones que le sean requeridas; y |
|
II. Respecto del manejo de los egresos
resultarán aplicables las reglas de |
|
comprobación establecidas Reglamento. |
|
y los límites dispuestos por
este |
|
Artículo 101. |
|
1 |
|
. |
|
Los activos
fijos que sean adquiridos por los candidatos de una coalición y que al término de estas se destinen
para el uso ordinario de alguno de los partidos políticos que la hayan integrado, deberán ser registrados en cuentas
de orden. |
|
4 |
|
9 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
La coalición determinará como se distribuirán tales bienes
entre los partidos políticos. |
|
CAPÍTULO TERCERO De
las transferencias de los recursos |
|
Artículo 102. |
|
1 |
|
. |
|
El financiamiento por aportaciones de las dirigencias partidistas nacionales u órgano equivalente de cada partido
político a sus comités estatales, podrá ser utilizado para
sufragar los gastos
generados por las actividades ordinarias permanentes que realicen los partidos políticos, para las precampañas o para campañas electorales, siempre
y cuando dichas
asignaciones no rebasen
el tope
de gastos que para estas actividades determina la Ley Electoral. |
|
Artículo 103. |
|
1 |
|
. |
|
Las transferencias que realicen los partidos políticos a sus organizaciones sociales o similares adherentes serán controladas por el órgano interno estatal que llevará a detalle
el registro de las transferencias efectuadas en el formato TRANSFER
2. |
|
2 3 |
|
. . |
|
Sólo podrán realizarse transferencias de esta clase
una vez que se hayan incorporado las organizaciones sociales adherentes o instituciones similares al registro,
en los términos del artículo
44 del Reglamento. |
|
Los partidos políticos no podrán realizar transferencias de recursos provenientes del financiamiento público estatal a los órganos del partido
político ubicados
fuera del estado. |
|
Artículo 104. |
|
1 |
|
. |
|
En el manejo de los recursos recibidos por transferencias, los partidos políticos aplicarán las reglas de comprobación establecidas y los límites dispuestos por la
Ley Electoral y el Reglamento. |
|
Artículo 105. |
|
1 |
|
. |
|
La Comisión y la Unidad de Fiscalización tendrán acceso a la documentación comprobatoria de la aplicación de los recursos recibidos por los partidos políticos por concepto de transferencias de sus dirigencias partidistas nacionales
u órgano equivalente. |
|
Artículo 106. |
|
1 |
|
. |
|
Los remanentes sobre transferencias que se encuentren depositados en las cuentas destinadas a erogaciones en campañas podrán ser reintegradas a la cuenta bancaria de las dirigencias partidistas nacionales u órgano equivalente, una
vez concluido el plazo para efectuar gastos de campaña. |
|
2 |
|
. |
|
Los partidos políticos deberán informar acerca
del destino de dichos
recursos en
el informe anual del ejercicio
fiscal inmediato siguiente. |
|
5 |
|
0 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
CAPÍTULO CUARTO De
los Gastos por Actividades Específicas y por Actividades para la capacitación, promoción y el
desarrollo del liderazgo político de las mujeres |
|
Artículo 107. |
|
1 |
|
. |
|
El presente capítulo establece el procedimiento conforme al cual se erogará y |
|
comprobará el equivalente al tres por ciento (3%) del
monto total del financiamiento público ordinario que reciben
los partidos políticos para apoyo de las actividades especificas que realicen en los términos del artículo 51, numeral |
|
1, fracción X, de la
Ley Electoral. |
|
2 |
|
. |
|
Respecto del 3% del financiamiento público ordinario que los partidos políticos destinarán a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político, que se estipula
en el párrafo segundo de la fracción X señalada en el numeral
que antecede, se estará a lo que se establezca en los Lineamientos que para tal efecto
expida el Consejo General. |
|
Artículo 108. . Serán objeto de financiamiento público las actividades específicas realizadas por |
|
1 |
|
los partidos
políticos que tengan como fines primordiales fomentar la educación y capacitación, equidad entre
los géneros, la investigación socioeconómica y política, así como las tareas editoriales, relativas a editar por
lo menos una publicación cuatrimestral de divulgación y de carácter teórico, todas ellas destinadas a la promoción de la cultura de equidad entre
los géneros, como las siguientes: |
|
I. |
|
Educación y capacitación política; en este rubro se entenderán aquellas actividades
que tengan por objeto: |
|
a) b) |
|
Inculcar en la población los valores democráticos e instruir a los ciudadanos
en sus derechos y obligaciones; y |
|
La formación ideológica y política de sus afiliados, que infunda en ellos el respeto al adversario y a sus derechos en la participación política; así como preparar
la participación activa de sus militantes en los
procesos electorales fortaleciendo el régimen de partidos políticos. |
|
II. Investigación socioeconómica y política; estas actividades deben orientarse a la realización de análisis, diagnósticos y estudios comparados, entre
otros, relativos a los problemas estatales y/o regionales de carácter socioeconómico o político. Tales trabajos, deben contribuir directa o indirectamente en la elaboración de propuestas para la solución de las problemáticas detectadas, además de cumplir con los requisitos siguientes: |
|
5 |
|
1 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
a) Ser de autoría propia y original; y |
|
b) Elaborarse conforme a normas y prácticas comúnmente |
|
aceptadas por la
comunidad científica y profesional. |
|
III. |
|
Tareas editoriales; estas tareas deberán estar destinadas a la edición y producción de impresos, video grabaciones, medios electrónicos, medios ópticos, medios magnéticos y nuevas tecnologías de la información, a través de los
cuales se difundan materiales o contenidos que promuevan la participación de la ciudadanía en la vida democrática y la
cultura política, en
este rubro, se incluyen: |
|
a) Las publicaciones que los partidos políticos están obligados |
|
a realizar
en términos de los artículos 39, numerales 1 y 4 y |
|
51 fracción VIII de la Ley
Electoral. |
|
b) La edición de las actividades descritas en las fracciones
I y II |
|
de este
artículo. |
|
c) Las ediciones de los documentos básicos del partido, entendiéndose por tales su declaración de principios, su programa de acción, sus estatutos, Reglamentos y demás disposiciones que de éstos deriven; |
|
d) Series y colecciones de artículos y materiales de divulgación |
|
del interés del partido y de su militancia; |
|
e) Materiales de divulgación tales como folletos, trípticos, dípticos y otros que se realicen por única ocasión y con un objetivo determinado; |
|
f) Textos legislativos, reglamentarios, administrativos |
|
o |
|
judiciales, siempre
y cuando formen
parte de concordancias, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que entrañen la creación de una obra original, y |
|
g) Otros materiales de análisis sobre problemas estatales y/o |
|
regionales y sus
eventuales soluciones. |
|
2. |
|
El ámbito territorial en el cual deberán desarrollarse las actividades a |
|
que se refiere el párrafo anterior, será el territorio estatal y procurará beneficiar al
mayor número de personas. |
|
Artículo 109. |
|
1 |
|
. |
|
Para los efectos del presente capítulo los gastos
realizados por los partidos políticos por concepto de la realización de actividades específicas susceptibles de
financiamiento público se clasificarán en directos
e indirectos. |
|
5 |
|
2 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
2 3 |
|
. . |
|
Por gastos directos se entienden aquellos
que se vinculan o relacionan con la realización de una actividad, que se considerarán como gastos
en actividades específicas en lo particular. |
|
En términos del párrafo anterior,
se consideran como gastos directos: |
|
I. |
|
Gastos
directos por actividades de educación y capacitación política: |
|
a) Gastos
por difusión de la convocatoria o realización del evento específico; |
|
b) Honorarios del personal encargado de la realización organización del evento específico; |
|
y |
|
c) Gastos
por viáticos, tales como transporte, hospedaje y alimentación del personal encargado de la organización y realización del evento específico; |
|
d) Gastos
por renta del
local y mobiliario para la realización del evento
específico; |
|
e) Gastos
por renta de equipo técnico en general
para la realización del
evento específico; |
|
f) Gastos
por adquisición de papelería para la realización del evento
específico; |
|
g) Honorarios de expositores, capacitadores, conferencistas o equivalentes
que participen en el evento específico; |
|
h) Gastos
por viáticos, tales como por transporte, hospedaje y alimentación de expositores, capacitadores, conferencistas o equivalentes, así como de los asistentes que participen en el evento
específico; |
|
i) Honorarios del personal encargado de auxiliar en las labores para la
realización del evento específico; |
|
j) Gastos
erogados con motivo de premiaciones, siempre y cuando éstas se eroguen en especie; |
|
k) Gastos
para la producción de materiales audiovisuales destinados
a actividades de educación y capacitación política; y |
|
l) Gastos para la producción
de material didáctico. |
|
II. |
|
Gastos directos por actividades de investigación socioeconómica y política: |
|
5 |
|
3 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
a) Gastos
por difusión de la convocatoria para
la realización de la investigación específica; |
|
b) Honorarios de los investigadores por concepto de la realización de
la investigación específica; |
|
c) Honorarios del personal auxiliar de la
investigación específica; |
|
d) Gastos
para la realización de las actividades de investigación específica de campo
o de gabinete; |
|
e) Gastos
de adquisición de papelería para la realización de la investigación específica; |
|
f) Gastos de adquisición de material bibliográfico y hemerográfico referente
al tema de la investigación específica; |
|
g) Honorarios del personal encargado de coordinar las tareas de la investigación específica;
y |
|
h) Gastos
por renta de equipo técnico necesario para la realización de
la investigación específica. |
|
III. |
|
Gastos
directos por tareas editoriales: |
|
a) Gastos
para la producción de la publicación específica como: la formación, diseño, fotografía y
edición de la publicación; |
|
b) Gastos por impresión o reproducción
para la actividad editorial; |
|
c) Pagos
por el derecho
de autor, así como del número internacional normalizado del libro y del
número internacional normalizado para
publicaciones periódicas; |
|
d) Gastos por distribución de la
actividad editorial específica; y |
|
e) Los gastos que implica la elaboración y mantenimiento de una página web. Dichos
gastos serán: el diseño y elaboración de la página web, el pago a la empresa
que mantendrá la página web en su servidor, el costo por inscripción de la página web en buscadores,
el pago por actualización de la página. |
|
4 5 |
|
. . |
|
Por gastos indirectos, se entienden aquellos
que se vinculan o relacionan con la realización de actividades específicas, en lo general, pero que no se vinculan con una actividad en particular y solo se aceptarán cuando se acredite que son estrictamente
necesarios para realizar las
actividades específicas. |
|
En términos de lo señalado en el numeral anterior, se considerarán como gastos
indirectos los siguientes: |
|
I. |
|
Honorarios, nómina o gratificaciones a colaboradores cuya
labor esté vinculada
a más de una de las
actividades específicas; |
|
5 |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
II. |
|
Gastos por renta, reparación y mantenimiento, servicios de agua, energía eléctrica, teléfono, seguridad y limpieza, y pago del impuesto predial de locales y oficinas del partido político, en los que se realicen labores
relacionadas con algunas actividades
especificas; |
|
III. |
|
Gastos por renta de espacios publicitarios y por servicios de publicidad en
medios impresos vinculados a más de una
actividad específica; |
|
IV. Pagos por servicios de mensajería vinculados a más de una actividad |
|
específica; |
|
V. |
|
Gastos por adquisición de artículos de papelería y servicios de oficina, vinculados
a más de una actividad específica; |
|
VI. Pagos por concepto de nómina de integrantes de los institutos de investigación o de las fundaciones a que hace referencia el artículo 51, fracción X, de la
Ley Electoral; y VII. Pago por honorarios a técnicos encargados de la página web vinculados a más de una actividad específica. |
|
Los gastos
indirectos se considerarán como gastos
en actividades específicas hasta por un diez por ciento (10%) del gasto total
que efectúe cada partido político en este rubro. |
|
Artículo 110. |
|
1 |
|
. |
|
Con relación a los activos fijos
que adquieran los partidos políticos para |
|
destinarlos a la realización de actividades específicas, sólo se tomarán en cuenta para efectos del financiamiento a que se refiere este capítulo, la adquisición de mobiliario y equipo de oficina, equipo
audiovisual, así como equipo
de cómputo. |
|
2 |
|
. |
|
Para el caso de los activos
fijos se considerará como gasto
en actividades específicas, la cantidad que resulte de multiplicar el porcentaje para depreciación de activos
fijos establecido en la Ley de Impuesto
Sobre la Renta, por el monto total
erogado en adquisiciones de activo fijo.
La acreditación de dicho gasto
sólo se aplicará en las erogaciones destinadas a la adquisición de activo
fijo en el año
inmediato anterior. |
|
3 |
|
. |
|
Una vez realizado el cálculo a que se refiere el párrafo anterior, el resultado se sumará a la cantidad que
el partido político compruebe como
gastos por actividades
específicas, dicha cantidad
no podrá ser superior al treinta y tres
por ciento (33%)
de la cantidad total comprobada por el partido
político en los tres (3) tipos
de actividades específicas. |
|
Artículo 111. .
No se considerarán como gastos en actividades
específicas las siguientes: |
|
1 |
|
I. |
|
Actividades
ordinarias permanentes de los partidos políticos; |
|
II. |
|
Actividades de propaganda electoral de los partidos políticos para las precampañas y campañas de sus candidatos a puestos de elección |
|
5 |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
popular, y los gastos
operativos de precampaña y campaña, en cualquiera
de las elecciones en que participen
ni los gastos de eventos
o propaganda que tengan como fin promover alguna candidatura o precandidatura a puestos de elección popular, o bien busquen
alcanzar la
celebración de un acuerdo
de participación política
electoral; |
|
III. |
|
Encuestas
que contengan reactivos sobre preferencias electorales; |
|
IV. Actividades que tengan
por objeto primordial la promoción del partido político, o de su posicionamiento frente a problemas nacionales o estatales
en medios masivos de comunicación; |
|
V. |
|
Gastos para la celebración de las reuniones por aniversarios, congresos y reuniones internas que tengan
fines administrativos o de organización interna
de partidos; |
|
VI. Gastos por la compra de tiempos y espacios en medios electrónicos de comunicación, que no estén relacionados con
la actividad específica; y VII. Erogaciones por concepto de hipotecas de oficinas, institutos y/o fundaciones de los partidos políticos encargadas de realizar las actividades
a que se refiere este capítulo. |
|
Artículo 112. |
|
1 |
|
. |
|
Cada una
de las actividades que realicen los partidos políticos, deberá ser presentada en un formato
único de gastos directos, es decir, por cada actividad realizada habrá un formato, en los términos del formato anexo al presente Reglamento y que forman
parte integral del mismo. Los formatos deberán presentarse debidamente foliados, autorizados por el responsable y agrupados por
tipo de actividad y en medios
magnéticos. |
|
2 3 |
|
. . |
|
Los comprobantes de gastos indirectos deberán ser requisitados en un solo formato para
gastos indirectos, en los términos del formato anexo a este Reglamento y que forman
parte integral del mismo.
La Dirección, pondrá a disposición de los partidos políticos los
formatos en medios magnéticos. |
|
Cada uno de los formatos únicos de gastos
directos y de los formatos
de gastos indirectos, deberán acompañarse de las muestras con que prueben
que las actividades se realizaron y de la documentación que acredite que se efectuó el gasto. Todos
los documentos adjuntos a los formatos mencionados deberán estar
foliados. |
|
4 5 |
|
. . |
|
Los comprobantes y muestras que presenten los partidos políticos, deberán estar
agrupados por tipo de
actividad. |
|
Los partidos políticos deberán presentar los comprobantes invariablemente en original, ser emitidos a nombre del partido
político, y reunir todos los requisitos que señalen las disposiciones fiscales aplicables para considerarlos deducibles del impuesto sobre la renta
de personas morales. Además, los documentos comprobatorios deberán incluir información que describa
la actividad retribuida, los costos
unitarios y la fecha de su realización. Cada gasto
deberá ir acompañado de copia
fotostática del cheque con el que
fue pagado y de la |
|
5 |
|
6 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
copia de los estados
de cuenta del partido político que demuestre que dicho cheque ha sido cobrado. Los gastos que realice el partido político por más de cien (100)
cuotas de salario mínimo, deberán ser cubiertos mediante cheque expedido a nombre del prestador del bien o servicio. Tratándose de gastos efectuados por un monto
menor al señalado, los mismos
podrán pagarse en efectivo. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos mencionados, traerá como consecuencia que los comprobantes presentados no tengan validez para efectos
de la acreditación del gasto. |
|
6 |
|
. |
|
En el caso de actividades realizadas en zonas rurales, el gasto por concepto de viáticos, es decir, de transporte, alimentos y hospedaje, podrá ser comprobado por medio de una bitácora, en la que
se señale con toda precisión los siguientes datos: fecha
y lugar en el que se efectuó la erogación, monto, concepto específico del gasto,
nombre y firma de la persona
que realizó el pago y firma de autorización. Invariablemente deberán anexarse a tales bitácoras los comprobantes que se recaben
de tales gastos,
aun cuando éstos no reúnan los requisitos que
exigen las disposiciones fiscales aplicables. Dichos
gastos por concepto de viáticos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del total
del gasto erogado por el evento en cuestión. |
|
7 |
|
. |
|
Los partidos
políticos deberán presentar a la Secretaría Técnica de la Comisión, junto con la documentación comprobatoria de los gastos, una evidencia que demuestre que
la actividad se realizó, y que podrá consistir, preferentemente, en el producto elaborado con la actividad o, en su defecto, con otros documentos en los que se acredite la realización de la misma. La muestra deberá señalar invariablemente, las circunstancias de tiempo, modo y lugar que la vinculen con la actividad, la falta
de esta muestra, de las referencias circunstanciales mencionadas, o de la citada documentación, traerá como consecuencia que los comprobantes de gasto presentados no tengan validez para efectos de comprobación del gasto. |
|
Artículo 113. |
|
1 |
|
. |
|
A efecto
de comprobar las actividades de educación y capacitación política se deberá adjuntar las siguientes muestras: |
|
I. |
|
Convocatoria
al evento, en su caso; Programa
del evento; |
|
II. |
|
III. IV. V. |
|
Lista
de asistentes con nombre y firma
autógrafa; Fotografías, video o reporte de prensa del evento; |
|
El material didáctico utilizado en medio impreso
y la proyección de la presentación en medio magnético; |
|
VI. |
|
Publicidad
del evento en caso de existir; |
|
VII. Documento en el cual se señalen los
resultados obtenidos; |
|
5 |
|
7 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
VIII. Ficha curricular del expositor, cédula profesional en su caso y fotocopia |
|
legible
de la credencial de elector; y |
|
IX. |
|
En caso de que el prestador de servicios sea una persona
moral deberá anexar: Registro Federal de Contribuyentes, comprobante de domicilio fiscal
e indicar su actividad
preponderante. |
|
La presentación de la muestra de las fotografías, video o reporte de prensa del evento señalada en la fracción III, del numeral 1, presente artículo, podrá ser sustituida por el reporte
o informe correspondiente que rinda el personal que asista
y sea comisionado por el Secretario Ejecutivo, mismo que servirá para los efectos
de lo dispuesto en el párrafo anterior. El partido
político deberá notificar del evento
mediante oficio al Secretario Ejecutivo, con un mínimo de diez (10) días hábiles de anticipación. |
|
2 |
|
. |
|
Para comprobar las actividades de investigación socioeconómica y política se deberá adjuntar lo siguiente: |
|
I. |
|
El programa de investigación o el avance de la investigación realizada, que siempre deberá contener la metodología científica aplicada, en los términos del artículo 108 numeral
1, fracción II de este Reglamento. Si del análisis de una investigación se concluye
que toda o partes
de la misma han sido presuntamente plagiadas, el trabajo presentado no será considerado como un gasto
en actividades específicas, y |
|
II. |
|
Cuando la investigación sea realizada por una persona
física o moral distinta al partido político, deberá presentarse copia
simple del contrato de prestación de servicios, que deberá cumplir con los requisitos que para este
tipo de contratos se señalen en
el Código Civil aplicable. |
|
3. |
|
Para comprobar las actividades de tareas editoriales se deberá adjuntar lo siguiente: |
|
I. |
|
El producto de la impresión. En este, invariablemente deberán aparecer los
siguientes datos: |
|
a) Nombre, denominación o razón
social y domicilio del
editor; b) Año de la edición o reimpresión; |
|
c) Número ordinal que corresponda a la edición o reimpresión; d) Fecha en que
se terminó de imprimir; |
|
e) Número de ejemplares impresos, excepto en los casos
de las |
|
publicaciones
periódicas; |
|
f) En todos los casos
en los que la edición impresa o su reimpresión tenga un costo mayor
de mil doscientos cincuenta (1250)
cuotas de salario mínimo vigente en el Estado de Zacatecas, un funcionario designado por la |
|
5 |
|
8 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Secretaría Ejecutiva del Instituto corroborará la existencia del tiraje.
Para ello, el partido
deberá notificar mediante oficio al Secretario Ejecutivo, con un mínimo de diez
días hábiles de anticipación, el lugar, fecha
y hora, para poder verificar el mencionado
tiraje; |
|
g) Para determinar si se debe
llevar a cabo la verificación del |
|
tiraje, el partido tendrá en cuenta
el valor total
de cada |
|
edición impresa |
|
o reimpresa, incluso cuando dicha |
|
impresión o reimpresión se haya
realizado en fragmentos cuyo costo
individual sea menor al previsto en el inciso anterior. |
|
II. En caso de las publicaciones literarias y de revistas deberán contener las características editoriales emitidas
al respecto por el Sistema
Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (LATINDEX) de la Universidad Nacional Autónoma de México, entre las
cuales se encuentran: |
|
a) Cabezal: Es la indicación del nombre de la obra, autor, capítulo o fragmento ubicado en la parte superior de cada página correspondiente al texto principal. |
|
b) Lugar y fecha
de edición: Deberá hacerse constar
en lugar visible, |
|
el
lugar y fecha de edición de la publicación. |
|
c) Entidad editora: Deberá hacerse constar
en lugar visible, la |
|
entidad
o institución editora de la publicación. |
|
d) Mención del director: En la publicación deberá constar el nombre |
|
del
director, responsable editorial o
equivalente. |
|
e) Mención de periodicidad: La publicación debe expresar o |
|
mencionar
su periodicidad. |
|
f) Tabla de contenidos (Índice). |
|
g) Definición de la publicación: Deberá mencionarse el objetivo, |
|
cobertura temática y/o público
al que va dirigida. |
|
h) Forma de distribución: Definir la forma y canales
de distribución de la publicación, sobre todo cuando son volúmenes de un alto tiraje. |
|
i) Dirección, teléfono y en su caso,
correo electrónico del partido |
|
político responsable de la
edición. |
|
4 |
|
. |
|
Los partidos políticos podrán invitar al Secretario Ejecutivo a presenciar el desarrollo de cualquier actividad específica, excepto la relativa a educación y capacitación política en la cual tendrán la obligación de realizar
dicha invitación. Para lo anterior, deberán notificar mediante oficio al Secretario Ejecutivo la |
|
5 |
|
9 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
fecha, lugar y hora del evento
por lo menos con diez (10) días de anticipación, quien deberá actuar por sí mismo o por conducto
del personal del Instituto que designe
para ello. |
|
5 |
|
. |
|
Las constancias que levante
el personal del Instituto que asista a presenciar las actividades específicas de educación y capacitación política, deberán contener como mínimo la
siguiente información: |
|
I. Identificación clara y precisa de la actividad objeto de observación; |
|
II. Fecha
de la realización de la actividad; III. Duración de la
actividad: |
|
IV. Lugar en la
que se efectuó; |
|
V. Descripción pormenorizada de la forma
en que se desarrolló la actividad y de los productos o artículos que de ésta hubieran resultado;
y |
|
VI. Cualquier otro elemento que, a juicio del
funcionario electoral del Instituto, pueda ser de utilidad a la Comisión, para generar convicción de las circunstancias de tiempo, modo y lugar
en que se
llevó a efecto la actividad de que se
trate. |
|
6. |
|
De las constancias que se levanten
con motivo de la observación a que se hace referencia en el presente
artículo, el Secretario Ejecutivo expedirá una copia al partido político interesado, a más tardar dentro de los siete
(7) días hábiles siguientes
a la fecha en que se
realizó la actividad. |
|
Artículo 114. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos deberán destinar el tres por ciento (3%) de su financiamiento público ordinario que reciban, para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres en los términos de lo establecido en el artículo 51, numeral
1, fracción X, párrafo segundo de la Ley Electoral
y en los Lineamientos que para tal efecto se expidan. |
|
2 |
|
. |
|
Dichas actividades deberán sujetarse a lo establecido en el artículo 45 Bis fracciones
III, V, VI, VIII y IX de la Ley Orgánica. |
|
Artículo 115. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos deberán presentar ante la Secretaría Técnica de la Comisión, a más tardar dentro
de los treinta (30) días naturales a la conclusión del trimestre que corresponda, la totalidad de los formatos únicos de gastos directos e indirectos, los documentos y muestras que comprueben los gastos erogados en el trimestre por cualquiera de las actividades que se señalan en el artículo 109 de este Reglamento con que cuente.
Ningún documento o |
|
6 |
|
0 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
comprobante de gasto o muestra de la actividad correspondiente a un ejercicio fiscal
podrá ser presentada en
otro distinto. |
|
2 3 |
|
. . |
|
La
Comisión, contará con un plazo de cincuenta días
naturales contados a partir de la presentación de la documentación correspondiente a cada trimestre, para solicitar las aclaraciones correspondientes y precisará los montos
y las actividades
específicas susceptibles de aclaración. |
|
Si al momento de la revisión de los informes financieros la Comisión, la Unidad de Fiscalización y la Dirección detectan la existencia de errores u omisiones en el formato o en la comprobación de los gastos que
presenten los partidos políticos, realizarán las observaciones correspondientes y notificarán a los partidos políticos que hubieren incurrido en ellos a efecto
de que en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente a dicha notificación, presenten las rectificaciones o aclaraciones que estimen pertinentes para acreditar las actividades
específicas a que se refiere este capítulo. |
|
4 5 |
|
. . |
|
La Comisión notificará al partido
político correspondiente, si las aclaraciones o rectificaciones hechas
por éste subsanan los errores u omisiones encontrados, otorgándole, en su caso,
un plazo improrrogable de cinco días contados a partir del día siguiente a dicha notificación para que los subsane. |
|
La Comisión notificará al partido político respectivo, del resultado de las aclaraciones o rectificaciones formuladas, antes del vencimiento del plazo de treinta días que la Comisión tiene para elaborar
el dictamen consolidado que someterá a
la consideración del Consejo General. |
|
6 7 |
|
. . |
|
En caso, de que el partido político de que se trate,
sea omiso en informar o no manifieste lo que a su interés convenga en el término señalado, se tendrá por incumplido
el requerimiento formulado. |
|
En caso de existir
errores u omisiones en el formato
o en la comprobación de los gastos que presenten los partidos políticos en los plazos establecidos en el párrafo anterior del presente artículo, la Secretaría Técnica de la Comisión, contará con un plazo de cincuenta (50) días naturales contados a partir de la presentación de la documentación correspondiente a cada trimestre, para solicitar las aclaraciones correspondientes y precisará los montos
y las actividades
específicas susceptibles de aclaración. |
|
8 9 |
|
. . |
|
La Secretaría Técnica de la Comisión, podrá solicitar elementos y documentación adicional, para
acreditar las actividades específicas a que se refiere este capítulo. |
|
Los partidos
políticos contarán con un plazo
de diez (10) días hábiles a partir
de la notificación, para manifestar lo que a su derecho convenga, respecto de los requerimientos que se les realicen en los términos de lo establecido en los dos párrafos anteriores. |
|
6 |
|
1 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1 |
|
0. Si a pesar de los requerimientos formulados al partido político persisten deficiencias en la comprobación de los gastos erogados, o en las muestras para la acreditación de las actividades realizadas, o si persiste la falta de vinculación entre los
gastos y la actividad específica, tales gastos
no serán considerados como
gastos en actividades específicas. |
|
1 1 1 |
|
1. La documentación comprobatoria, muestras, formatos y en general todo elemento o documento adicional que sea presentado por los partidos políticos ante la Oficialía de Partes del Instituto, deberá ser debidamente sellada y razonada
de su recepción. |
|
2. Con base en el artículo 4 de la Ley Electoral, y cuando la Comisión lo juzgue pertinente, el Secretario Ejecutivo enviará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público copia certificada de los comprobantes señalados, a fin de asegurar la autenticidad
de la documentación. |
|
3. Con la documentación comprobatoria, las muestras y los formatos presentados por los partidos políticos se integrará un expediente único y anual por partido político, debidamente foliado, incluyendo una relación de los documentos que lo conforman. A dicho expediente se incorporará todo elemento
o documentación adicional que sea remitida
por los partidos políticos, así como la que se recabe en
los términos del párrafo
anterior. |
|
1 1 |
|
4. Los documentos comprobatorios se podrán regresar a solicitud de los partidos políticos; el Instituto podrá conservar copia de dichos documentos, previa certificación que efectué el Secretario Ejecutivo en los términos del artículo 39 fracción XVI de la
Ley Orgánica. |
|
5. En caso
de que la Comisión, considere que
el precio del bien o servicio está notoriamente fuera
de mercado, solicitará a la Secretaría Técnica tres (3) cotizaciones diferentes para el tipo
de actividad en cuestión, con lo cual la comisión determinará el porcentaje del gasto que aceptará como erogación por dicha
actividad. |
|
Artículo 116. |
|
1 |
|
. |
|
En el dictamen consolidado que se elabore de los informes anuales, la Secretaría Técnica de la Comisión, consolidará las comprobaciones de gastos presentados, así como la comprobación de los gastos por actividades específicas y por actividades para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo de las mujeres, de conformidad con
lo establecido en el presente capítulo y el procedimiento que se establezca en los Lineamientos específicos de la materia, e informará a la Comisión del importe al que ascendieron los gastos que los partidos políticos comprobaron haber erogado
en dicha anualidad para la realización de esas actividades, en términos de lo previsto en la
fracción X, numeral
1 del artículo 51 de la
Ley Electoral. |
|
Artículo 117. |
|
6 |
|
2 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1 2 |
|
. . |
|
Los partidos
políticos estatales o nacionales que hubiesen obtenido
su registro con posterioridad al último proceso ordinario de elecciones locales, tendrán derecho a que se les otorgue financiamiento público a partir
del año fiscal siguiente al de su registro, y participarán del financiamiento público para actividades
específicas sólo en la parte
que se distribuya en forma igualitaria. |
|
La educación y capacitación política, equidad entre
los géneros, investigación socioeconómica y política, así como las tareas editoriales de los
partidos políticos, equivaldrá al tres
por ciento (3%) del monto total
del financiamiento público que corresponda en cada año para las actividades ordinarias; el monto total
será distribuido en los
términos siguientes: |
|
I. El treinta por ciento (30%)
de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado en el artículo 63 de la Ley Electoral, se distribuirá entre los partidos
políticos en forma
igualitaria; y |
|
II. El setenta
por ciento (70%) restante de acuerdo con
el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior. |
|
3 4 5 |
|
. . . |
|
Las cantidades que, en su caso, se determinen para cada partido
político, serán entregadas en ministraciones mensuales conforme al calendario presupuestal que
se apruebe anualmente. |
|
El Consejo General, a través de la Unidad de Fiscalización, vigilará que los partidos políticos destinen el financiamiento, exclusivamente a las actividades señaladas. |
|
Derivado de la revisión de los informes financieros anuales, a los
partidos políticos que no comprueben la erogación de por
lo menos el tres por ciento (3%) del financiamiento público ordinario para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las
mujeres, establecido en el artículo 51, numeral 1, fracción X, párrafo segundo de la Ley
Electoral, el Instituto les aplicará las sanciones correspondientes. |
|
TÍTULO SEXTO |
|
De
la revisión de los informes financieros de los
partidos políticos y coaliciones |
|
6 |
|
3 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
CAPÍTULO PRIMERO De
la revisión y fiscalización de los informes de los partidos políticos |
|
Artículo 118. |
|
1. |
|
Para revisar
y fiscalizar los informes financieros que los partidos políticos deben
presentar, se estará a lo siguiente: |
|
I. |
|
Los informes
financieros que se presenten al Instituto, serán revisados por
la Comisión, la Unidad de
Fiscalización y la Dirección; |
|
II. |
|
Si al momento de la revisión de los informes financieros la Comisión, la Unidad
de Fiscalización y la Dirección detectan la existencia de errores u omisiones en los mismos, realizarán las observaciones correspondientes y notificarán a los
partidos políticos que hubiere incurrido en ellos a efecto de que en el plazo
de diez (10) días contados a partir del día siguiente a dicha notificación, presenten la documentación solicitada así como las rectificaciones o aclaraciones que
estimen pertinentes; |
|
III. IV. V. |
|
La Comisión notificará al partido político correspondiente, si las aclaraciones o rectificaciones hechas por éste subsanan los errores
u omisiones encontrados, otorgándole, en su caso,
un plazo improrrogable de cinco (5) días contados a partir del día siguiente a dicha notificación para que los subsane; |
|
La Comisión notificará al partido
político respectivo, del resultado de las aclaraciones o rectificaciones formuladas, antes del vencimiento del plazo
de treinta (30) días que la Comisión tiene para
elaborar el dictamen consolidado que someterá a la consideración del Consejo General;
y |
|
Concluida la revisión de los informes financieros la Comisión, con el apoyo de la Unidad
de Fiscalización y la Dirección elaborará el proyecto de dictamen que someterá a la consideración del Consejo General. |
|
2. |
|
Los escritos de aclaraciones o rectificaciones que presenten los partidos políticos, deberán ser firmados por el titular
del órgano interno de finanzas
y presentarse tanto
en medio impreso
como magnético a la Comisión, se señalará de manera pormenorizada la documentación que se entrega, con la finalidad de facilitar el cotejo correspondiente. |
|
3 |
|
. . |
|
En caso, de que el partido
político de que se trate, sea omiso en informar
o no manifieste lo que a su interés convenga en el término señalado, se tendrá por incumplido
el requerimiento formulado. |
|
4 |
|
Para revisar
los informes que los partidos políticos presenten sobre el origen y destino de los recursos que por cualquier concepto reciban, la Comisión se asesorará del
personal necesario para ello. |
|
6 |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Articulo 119. Recibidos
los informes financieros por el Instituto se procederá a: |
|
1. |
|
I. |
|
Sellar de recibido
cada uno de los formatos que contienen los informes; |
|
II. |
|
En caso de que el partido
político o coalición anexe a los formatos los comprobantes respectivos, se procederá a sellar
y foliar todos
y cada uno
de los comprobantes remitidos; y |
|
III. |
|
En la recepción de los informes, se hará constar la fecha y hora de presentación del informe
de que se trate,
así como la documentación que
se acompañe. |
|
Artículo 120. |
|
1. |
|
Al recibir los informes financieros la Comisión por conducto de la Dirección, llevará a cabo las siguientes acciones: |
|
I. |
|
Efectuar la revisión de gabinete de los informes financieros y anexos contables y documentales que los partidos políticos presenten sobre el origen, empleo
y aplicación de los recursos
destinados para actividades ordinarias, de precampaña y de campaña, según
corresponda; |
|
II. III. IV. |
|
Requerir al órganos interno estatal de los partidos políticos la información complementaria, documentos y datos necesarios para comprobar la veracidad de lo reportado; |
|
Realizar visitas
de verificación a los partidos
políticos, para llevar a cabo la revisión de la documentación comprobatoria y justificativa que respalda
sus informes; |
|
Elaborar durante la revisión de los informes los oficios de
observaciones, los cuales
se comunicarán oportunamente al partido político o coalición, para que dentro del plazo legal
concedido realice las rectificaciones o aclaraciones
que considere pertinentes; y |
|
V. |
|
La Comisión notificará al partido político correspondiente, si las aclaraciones o rectificaciones hechas
por éste subsanan los
errores u omisiones encontrados, otorgándole, en su caso, un plazo improrrogable de cinco
(5) días contados a partir del día siguiente a dicha notificación para que los subsane. De igual manera se le notificará del resultado antes
del vencimiento del plazo de treinta (30)
días para la |
|
elaboración del dictamen consolidado que se someterá consideración del Consejo General del Instituto. |
|
a la |
|
Articulo 121. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos o coaliciones no podrán ampliar o modificar total
o parcialmente los informes financieros una vez presentados, sólo podrán hacer las reclasificaciones derivadas de las observaciones u omisiones, que
la Comisión les hubiere realizado. |
|
6 |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
2 |
|
. |
|
Cuando de la notificación de observaciones se deriven cambios
y ajustes a los informes financieros, los partidos políticos o coaliciones deberán presentar una cédula donde se concilie el informe originalmente presentado con las correcciones
realizadas. |
|
Artículo 122. |
|
1 |
|
. |
|
Para comprobar la veracidad de lo reportado, los partidos políticos o coaliciones podrán elegir entre recibir en sus oficinas al personal del Instituto para revisar la |
|
documentación que sustenta sus informes financieros |
|
o enviar
la |
|
documentación a las oficinas del Instituto; informando sobre la modalidad por la que hubiere
optado a más tardar en la fecha
de la presentación de los informes correspondientes. |
|
2 |
|
. |
|
Los partidos políticos deberán presentar en original la documentación comprobatoria y justificativa que
respalda sus informes, con excepción de la documentación comprobatoria de los recursos provenientes de sus dirigencias partidistas
nacionales, que podrán presentarse en fotocopia. |
|
Artículo 123. |
|
1 |
|
. |
|
Cuando el partido político opte por que la revisión se realice
en sus oficinas, la Secretaría Técnica comunicará los nombres del personal del Instituto que asistirá a la revisión, así como el día y la hora en que se realizará la comparecencia. |
|
2 |
|
. |
|
El personal comisionado del Instituto que asista a dicha revisión se identificará debidamente, ante los responsables del órgano interno estatal
de los partidos políticos. Los partidos
políticos deberán proporcionar al personal del Instituto un espacio
adecuado para llevar a cabo los
trabajos de revisión. |
|
Artículo 124. |
|
1 |
|
. |
|
Cuando los partidos políticos opten por entregar la documentación que sustenta sus informes financieros en el Instituto, se levantará el acta de entrega- recepción de la documentación, la que firmarán, la Secretaría Técnica y el titular del
órgano interno estatal. |
|
Artículo 125. |
|
1 2 |
|
. . |
|
La Comisión a través de la Unidad de Fiscalización en todo momento y hasta el vencimiento del plazo para la revisión de los informes, podrán solicitar al órgano interno de los partidos políticos información detallada y complementaria, así como ordenar
y practicar visitas
de verificación a fin de comprobar la veracidad de
sus informes. |
|
La notificación a los partidos políticos o coaliciones de los errores
y omisiones que se hayan encontrado durante la revisión de los informes, deberá formularse dentro del plazo de revisión. |
|
6 |
|
6 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
3 |
|
. |
|
La
notificación no interrumpe el plazo
de revisión que la Ley
señala. |
|
Artículo 126. |
|
1 |
|
. |
|
Durante el período de revisión de los informes, los partidos políticos o coaliciones tendrán la obligación de permitir al órgano electoral el acceso a la documentación comprobatoria y justificativa que
respalda sus informes financieros. |
|
Artículo 127. |
|
1 |
|
. |
|
Cuando exista
duda fundada de que la información aportada por los partidos políticos o coaliciones sea inconsistente o ésta se presuma simulada, la Comisión podrá solicitar, a los partidos políticos o coaliciones, a través de la Secretaría Técnica
la documentación probatoria respectiva. |
|
2 |
|
. |
|
En todo caso, en los términos y condiciones legales aplicables, los partidos políticos o coaliciones tendrán la oportunidad de demostrar la veracidad de la información presentada al Instituto. |
|
Artículo 128. |
|
1 |
|
. |
|
La Comisión podrá determinar la realización de verificaciones selectivas de la documentación comprobatoria de los ingresos y gastos de los partidos políticos o coaliciones, previo estudio del control interno
que los partidos políticos tienen establecido y cuyo resultado determinará el alcance y oportunidad de las pruebas selectivas. También, la Comisión podrá determinar la necesidad de que las
verificaciones sean totales. |
|
Artículo 129. |
|
1 |
|
. |
|
Del desarrollo de la verificación documental, se levantará un acta que firmarán los responsables de la revisión, designados por la Comisión a través la Secretaría Técnica y dos (2) testigos
nombrados por el responsable del órgano interno estatal. En caso
de negativa de este último, los responsables de la revisión designarán
dos (2) testigos de asistencia. |
|
Artículo 130. |
|
1 |
|
. |
|
El personal del Instituto comisionado para llevar
a cabo la visita de verificación, deberá asentar en el anverso
de los comprobantes presentados por el partido político como soporte
documental de sus informes financieros, el ejercicio fiscal, la
fecha de revisión, firma y sello. |
|
2 |
|
. |
|
En los comprobantes de gastos de campaña se asentará, adicionalmente, la campaña a la cual corresponde el ingreso o egreso. |
|
Artículo 131. |
|
1 |
|
. |
|
Durante el procedimiento de revisión de los informes financieros de los partidos políticos o coaliciones, la Comisión, a través del Secretario Técnico podrá solicitar por oficio a las personas que hayan extendido comprobantes de ingresos o egresos a los partidos políticos, que confirmen las operaciones amparadas en dichos
comprobantes. |
|
6 |
|
7 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Artículo 132. |
|
1. |
|
En los escritos en los que se de respuesta a las solicitudes de observaciones o aclaraciones de la Comisión, los partidos
políticos podrán exponer lo que a su derecho
convenga para: |
|
I. |
|
Aclarar y rectificar lo solicitado; |
|
II. III. |
|
Aportar la información que se
les solicite; |
|
Ofrecer
y adjuntar las pruebas que
respalden sus afirmaciones; y |
|
IV. Presentar alegatos. |
|
2 |
|
. |
|
En caso de que un partido
político ofrezca la prueba
pericial contable, remitirá junto
con su escrito de respuesta: |
|
I. |
|
El dictamen de su
perito; |
|
II. |
|
Copia certificada ante Fedatario Público de la Cédula Profesional que lo acredite como Profesional Titulado en Contaduría Pública, Certificado;
y |
|
III. |
|
Escrito por el cual el perito
haya aceptado el cargo y rendido protesta de
su legal desempeño. |
|
3 4 5 |
|
. . . |
|
Los partidos
políticos que no cumplan
con los requisitos señalados en el párrafo que
antecede, les será desechada la prueba
pericial contable. |
|
La Comisión, a través del Secretario Técnico, podrá llamar al perito
para solicitarle
todas las aclaraciones que estime conducentes. |
|
Los
gastos que se generen con motivo de la prueba pericial correrán a cargo del oferente. |
|
Artículo 133. |
|
1 |
|
. |
|
Para la valoración de las pruebas aportadas por los partidos políticos, se estará a lo dispuesto por la Legislación Electoral. |
|
Artículo 134. |
|
1 |
|
. |
|
Para llevar
a cabo las actividades de revisión y fiscalización, la Comisión, coordinará los trabajos a través de la Unidad
de Fiscalización, la Dirección y del personal
de
apoyo que se le asigne. |
|
6 |
|
8 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
CAPÍTULO SEGUNDO De
la revisión y fiscalización de los informes de las coaliciones |
|
Artículo 135. |
|
1 |
|
. |
|
La Comisión podrá solicitar a las coaliciones, cuando lo considere conveniente, rindan informes detallados respecto de sus ingresos y egresos, conforme a lo establecido
en el Reglamento. |
|
2 |
|
. |
|
De conformidad con lo establecido en el Reglamento, la Comisión a través del Secretario Técnico, tendrá en todo
momento la facultad de solicitar a los órganos responsables del
financiamiento de cada coalición y de los partidos políticos que la integren, la documentación necesaria para
comprobar la veracidad
de lo reportado en los
informes. |
|
3 4 |
|
. . |
|
La Comisión de igual manera, podrá solicitar las aclaraciones o rectificaciones que
se estimen pertinentes durante el período de revisión de los informes. |
|
Toda omisión en el cumplimiento de la Ley y del Reglamento por parte de los candidatos será imputable a la coalición que los postula, y en última instancia a los
partidos políticos que la integran. |
|
5 |
|
. |
|
Si de los informes de campaña presentados por una coalición, o de su revisión, se desprenden irregularidades que constituyan una falta prevista en la Ley, en el dictamen de la Comisión que someta a la consideración del Consejo
General, se propondrán las sanciones correspondientes para los partidos políticos que hayan integrado la coalición, se tomará en cuenta las circunstancias de tiempo, modo y lugar, así como la gravedad de la falta,
de conformidad con lo dispuesto en
la Legislación Electoral. |
|
6 7 |
|
. . |
|
Si se trata de infracciones cometidas por dos o más partidos que integran o integraron una coalición, deberán ser sancionados de manera
individual, atendiendo al grado de responsabilidad de cada uno de dichos entes políticos, a sus respectivas circunstancias y condiciones y se tomará en cuenta el porcentaje de aportación de cada uno de los partidos en términos del convenio de coalición. |
|
Si se trata
de infracciones relacionadas con la violación a los topes de gasto de campaña, se impondrán sanciones equivalentes a todos los partidos políticos integrantes de la coalición. |
|
6 |
|
9 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
Articulo 136. |
|
1 |
|
. |
|
Para la revisión y fiscalización de los informes financieros presentados por la coalición se aplicará lo dispuesto en el
Reglamento. |
|
CAPÍTULO TERCERO De
los errores u omisiones en los informes financieros |
|
Artículo 137. |
|
1 |
|
. |
|
Serán considerados como errores u omisiones de naturaleza técnica sólo cuestiones
de forma, entre otras las siguientes: |
|
I. Errores en operaciones aritméticas; |
|
II. Equivocaciones en la clasificación de los registros contables; III. Errores en el llenado de los reportes; y |
|
IV. Comprobación de gastos
emitidos en una fecha que no corresponde al período de comprobación. |
|
Artículo 138. |
|
1 |
|
. |
|
Serán considerados errores o irregularidades de fondo, entre otros,
los siguientes: |
|
I. |
|
Aquellos que no acrediten el origen, monto,
uso, destino y aplicación de los ingresos o egresos; |
|
II. III. IV. V. |
|
La
falta de comprobación de gastos; |
|
Excesos en los topes de los gastos de precampaña y campaña; Comprobación con documentos apócrifos o
duplicados; |
|
Aquellos casos
donde se detecte dolo, intencionalidad ocultamiento
en la documentación presentada; |
|
u |
|
VI. |
|
Comprobación de gastos
realizados en rubros
no contemplados por
la Legislación Electoral y el Reglamento;
y |
|
VII. |
|
Omisiones, actos,
hechos o faltas
que infrinjan las
Normas de Información Financiera, las Leyes Fiscales, la Legislación Electoral o el Reglamento. |
|
CAPÍTULO CUARTO De
los plazos para la revisión de los informes financieros |
|
Artículo 139. |
|
1 |
|
. |
|
La revisión de los informes que
presenten los partidos políticos o coalición, se |
|
sujetará a los plazos establecidos en el artículo 78 de
la Ley Electoral. |
|
7 |
|
0 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
TÍTULO SÉPTIMO De
la elaboración de los dictámenes y su presentación al Consejo General |
|
CAPÍTULO ÚNICO De
la elaboración de los Dictámenes y presentación al Consejo General |
|
Artículo 140. |
|
1 |
|
. |
|
Transcurridos los plazos señalados en la Ley Electoral, la Comisión dispondrá de treinta (30) días para elaborar el dictamen consolidado que someterá a la consideración del Consejo
General, dentro de los tres (3) días siguientes
a su aprobación. |
|
2 |
|
. |
|
El dictamen emitido por la Comisión, deberá contener por lo menos
los siguientes
elementos: |
|
I. |
|
Los
procedimientos y formas de revisión aplicados; |
|
II. |
|
Los datos
generales de identificación del partido
político o coalición y una síntesis que incluya montos, circunstancias y demás antecedentes que permitan acotar
el contenido del informe que se dictamina; |
|
III. |
|
La
revisión y análisis de estados
financieros básicos,
que incluya posición financiera e informe de origen y aplicación de recursos; |
|
IV. La mención de los errores, omisiones o deficiencias encontradas |
|
en
los informes; |
|
V. |
|
El señalamiento de las aclaraciones o rectificaciones que presentaron los partidos políticos, después de haberles notificado
para ese fin; y |
|
VI. El resultado de la revisión, la conclusión y la opinión fundada y |
|
motivada
que sustente el dictamen. |
|
Artículo 141. |
|
1 |
|
. Aprobado el dictamen consolidado por la Comisión, lo someterá a consideración del
Consejo General para los efectos legales conducentes. |
|
2 |
|
. El dictamen consolidado se presentará con el respectivo Proyecto de Acuerdo, para que el Consejo
General conozca y en su caso, apruebe
dicho dictamen, para efectos de que sean remitidos el Acuerdo y el Dictamen a la Comisión, para la |
|
7 |
|
1 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
elaboración del Proyecto de Resolución correspondiente y en su momento se presente
al Consejo General para los efectos legales correspondientes. |
|
3 |
|
. La Comisión presentará ante el Consejo
General el Proyecto de Resolución respecto del Dictamen Consolidado de los informes financieros presentados por los institutos políticos, para que en ejercicio de sus atribuciones resuelva lo conducente. |
|
Artículo 142. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos podrán impugnar, el dictamen y la Resolución, que en su caso, se emita por
el Consejo General, mediante el Recurso
de Revisión en términos de lo previsto por la Ley
del Sistema de Medios de Impugnación Electoral
del Estado de Zacatecas. |
|
TÍTULO OCTAVO De
las sanciones |
|
CAPÍTULO ÚNICO De
las sanciones |
|
Artículo 143. |
|
1. |
|
Los partidos políticos, coaliciones, dirigentes, miembros, simpatizantes, aspirantes, precandidatos, candidatos, ciudadanos o cualquier persona
física o moral que incumplan o infrinjan las disposiciones contenidas en la Legislación Electoral, serán sancionados por el Consejo
General en los términos establecidos
en la propia normatividad
electoral. |
|
Artículo 144. |
|
1 |
|
. |
|
Los partidos políticos o coaliciones incurren en infracción, cuando dejen
de cumplir,
por actos u omisiones, aquello a
que estén obligados por
mandato de la Legislación Electoral. |
|
2 |
|
. |
|
Sin perjuicio de observar la disposición de carácter general prevista en el párrafo anterior, los partidos políticos y coaliciones incurren en infracción que sancionará el Consejo General, en los
supuestos siguientes: |
|
I. |
|
El incumplimiento de las obligaciones de los partidos políticos establecidas
en la Legislación Electoral; |
|
II. |
|
El incumplimiento de las obligaciones o la infracción de las prohibiciones y topes que
en materia de financiamiento y fiscalización les
impone la Ley Electoral; |
|
III. |
|
Exceder los
topes de gastos
de precampaña o campaña fijados por
el Consejo General; |
|
7 |
|
2 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
IV. V. |
|
No presentar los informes trimestrales, anuales, de precampaña o de
campaña; |
|
No atender los requerimientos de información de la Unidad de Fiscalización, en los términos y plazos previstos en la Legislación Electoral; |
|
VI. VII. VIII. IX. |
|
La omisión o el incumplimiento de la obligación de proporcionar en tiempo y forma, la información que les
sea solicitada por
los órganos del
Instituto; |
|
El incumplimiento de las reglas establecidas para el manejo
y comprobación de sus recursos o para la entrega de la información sobre
el origen, monto y destino de los mismos; |
|
El incumplimiento en la aplicación de recursos
determinados para actividades específicas o para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres; y |
|
La comisión de cualquiera otra falta de las previstas en la Legislación Electoral. |
|
Artículo 145. |
|
1 |
|
. |
|
Los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, incurren en
infracción que sancionará el Consejo General, en los supuestos siguientes: |
|
I. II. |
|
Solicitar o recibir recursos, en dinero
o en especie, de personas no
autorizadas por la Ley Electoral; |
|
Omitir información de los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a su precampaña o campaña; |
|
III. |
|
No proporcionar, en tiempo y forma, la información necesaria para que los partidos políticos o coaliciones puedan
presentar el informe de gastos de precampaña o campaña señalados en la Ley
Electoral; |
|
IV. V. |
|
Exceder el tope de gastos de precampaña o campaña que haya acordado
el Consejo General; y |
|
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en
la Legislación Electoral. |
|
Artículo 146. |
|
1 |
|
. |
|
Los dirigentes y afiliados a partidos políticos, los ciudadanos, así como las personas físicas o morales, incurren en infracción que sancionará el Consejo General,
en los supuestos siguientes: |
|
I. |
|
La negativa a entregar la información requerida por el Instituto, entregarla en forma incompleta o con datos falsos, o fuera
de los |
|
7 |
|
3 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
plazos que señale el requerimiento, respecto de las operaciones mercantiles, los contratos que celebren, los donativos o aportaciones que realicen, o cualquiera otro acto que los vincule con los partidos políticos, los aspirantes, precandidatos o candidatos
a cargos de elección popular; y |
|
II. |
|
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en
la Legislación Electoral. |
|
Artículo 147. |
|
1 |
|
. |
|
Cuando los partidos políticos o coaliciones incurran
en conductas violatorias de la normatividad electoral, serán sancionados por el Consejo
General conforme al
catálogo de sanciones señalado en el artículo 276 de la Ley Electoral. |
|
2 |
|
. |
|
Las sanciones administrativas se aplicarán por el Consejo General, con independencia de las responsabilidades civil o penal
que, en su caso, pudieran exigirse a las personas físicas o morales, en los términos de la Legislación Electoral. |
|
Artículo 148. |
|
1. |
|
Para la individualización de las posibles
sanciones a que se hagan acreedores los
presuntos infractores, y previa
acreditación de la existencia de una infracción y su imputación, se tomarán en cuenta
las circunstancias que rodean la infracción de la Legislación Electoral. |
|
2. |
|
Las personas físicas o morales que sean reincidentes se les aplicará una sanción más severa, tomando
en cuenta las circunstancias y la gravedad de la falta,
conforme a lo establecido en la
Legislación Electoral. |
|
Artículo 149. |
|
1 2 3 |
|
. . . |
|
Las multas
que aplique el Consejo General, que no hubiesen
sido recurridas, o respecto de las cuales
constituyan resolución firme e inatacable, deberán ser pagadas en la Dirección, en un plazo improrrogable de quince (15) días hábiles contados
a partir de la notificación. |
|
Transcurrido el plazo sin que el pago se hubiere efectuado, por los partidos políticos, el Instituto podrá deducir el monto de la multa,
de la siguiente ministración del financiamiento público que corresponda, en términos de lo que se
determine en la resolución correspondiente. |
|
En caso de que el infractor no cumpla voluntariamente con el pago de la multa impuesta, el Instituto dará vista a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, a efecto de que proceda
a su cobro conforme al procedimiento económico coactivo previsto en la Legislación Fiscal local. |
|
7 |
|
4 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
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|
Reglamento para la Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
ARTÍCULOS TRANSITORIOS |
|
Artículo Primero.- Las presentes reformas y adiciones al Reglamento entrarán en vigor
a partir
del ejercicio fiscal del año dos mil trece. |
|
Artículo Segundo.- Se derogan las disposiciones que contravengan las presentes reformas y adiciones. |
|
7 |
|
5 |
|
Reglamento
aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral mediante Acuerdo
ACG-IEEZ-046/IV/2012 de fecha 21 de diciembre de 2012 |
![]()
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|
Descripción del procedimiento: Elaboración del anteproyecto anual
de presupuesto de remuneraciones al personal |
|
Anexo 1 |
|
Responsables |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Coordinación de Recursos Humanos |
|
Proceso |
|
(CRH) |
|
Solicita mediante oficio
a las UA los
requerimientos de personal. |
|
Inicio |
|
Revisa la estructura ocupacional del Instituto contemplada en el Manual
de Organización y el Catálogo de Cargos
y Puestos del Instituto. |
|
Recibe el oficio
remitido por la DA y proporciona sus requerimientos de personal. |
|
1 2 |
|
Recibe los requerimientos de personal de las UA y los remite junto con la estructura ocupacional del Instituto a la CRH, para que realice las estimaciones respectivas. |
|
Realiza la estimación del incremento salarial, tomando como base el tabulador de salarios vigente. |
|
3 |
|
Realiza la estimación de los recursos necesarios para: |
|
• |
|
El pago de prestaciones económicas y de seguridad social. |
|
• • |
|
Para el pago de contratación de personal. Para el pago de
promociones y estímulos a los servidores electorales, durante el año que se presupuesta. |
|
Remite las estimaciones realizadas a la DA. |
|
Recibe y elabora
el anteproyecto Anual de Presupuesto de Remuneraciones al Personal, con base a las estimaciones realizadas por la CRH. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Del Ingreso del personal |
|
Anexo 2 1/2 |
|
Responsables |
|
Unidad del Servicio Profesional Electoral (USPE) |
|
Dirección de Asuntos |
|
Coordinación de Recursos Humanos |
|
Personal Contratado (PC) |
|
Consejero Presidente
(CP) y Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Sistemas (DS) |
|
Proceso |
|
Jurídicos (DAJ) |
|
(CRH) |
|
Remite a la CRH y a la |
|
Inicio |
|
DAJ, |
|
el |
|
nombre |
|
completo de la persona contratada, domicilio, periodo de contratación, área de adscripción, puesto, cargo y nivel a desempeñar, |
|
percepción salarial. |
|
Remite a la CRH copia de los documentos |
|
necesarios |
|
para |
|
efectuar el trámite administrativo correspondiente. |
|
Recibe la información de Recibe la información y la persona contratada, documentación de la elabora el contrato de persona contratada, le prestación de servicios asigna
su número de profesionales y lo remite empleado, y lo da de alta |
|
1 |
|
al PC. |
|
en |
|
los |
|
sistemas |
|
correspondientes. |
|
Reciben el contrato de prestación de servicios profesionales, lo revisan, lo firman y lo remite
a la DAJ. |
|
2 1 |
|
Acude a la DS para que le tomen la foto para la |
|
credencial |
|
de |
|
identificación y a la CRH para registrar su huella dactilar en el sistema de control de asistencia. |

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|
Descripción del procedimiento: Del Ingreso del personal |
|
Anexo 2 2/2 |
|
Responsables |
|
Unidad del Servicio Profesional Electoral (USPE) |
|
Coordinación de Recursos Humanos (CRH) |
|
Dirección de Asuntos Personal
Contratado |
|
Consejero Presidente (CP) y Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Sistemas (DS) |
|
Proceso |
|
Jurídicos (DAJ) |
|
(PC) |
|
Registra la huella
dactilar de la persona
contratada en el sistema de control de asistencia. |
|
Toma la foto al PC. Elabora la credencial y la remite al PC. |
|
1 3 |
|
Recibe el contrato de Recibe
credencial prestación de servicios |
|
4 5 |
|
profesionales, |
|
y |
|
lo |
|
remite al CP y SE para su firma. |
|
Reciben el contrato de prestación de servicios profesionales, lo firman
y lo remiten a la DAJ. |
|
Recibe el contrato de prestación de servicios |
|
6 |
|
profesionales |
|
y |
|
le |
|
entrega copia al PC. |
|
Recibe copia del contrato de prestación |
|
Fin |
|
de |
|
servicios |
|
profesionales. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Baja de personal |
|
Anexo 3 |
|
Responsable |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Humanos |
|
Proceso |
|
(CRH) |
|
Inicio |
|
Comunica a la DA la baja del |
|
servidor electoral |
|
Ordena a la CRH, realice la baja del servidor electoral. |
|
1 |
|
• • |
|
Elabora movimiento de baja ante el sistema de nómina del Instituto. |
|
Fin |
|
Realiza |
|
la de |
|
cuantificación |
|
prestaciones y genera pago de finiquito. |
|
• |
|
Da aviso de baja ante |
|
la |
|
institución |
|
de |
|
seguridad social. |
|
• |
|
Archiva documentación. |

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|
Descripción del procedimiento: Cambio de adscripción |
|
Anexo 4 |
|
Responsables Dirección de Administración (DA) |
|
Junta (J) |
|
Comisión del Servicio Profesional Electoral (CSP) |
|
Coordinación de Recursos Humanos |
|
Proceso |
|
(CRH) |
|
Elabora propuesta |
|
Inicio |
|
de adscripción turna a la CSP. |
|
cambio |
|
de la |
|
y |
|
Recibe, |
|
analiza |
|
y |
|
aprueba, en su caso, el cambio de adscripción. |
|
1 |
|
Informa a la DA para los efectos conducentes. |
|
Ordena |
|
a |
|
la CRH, |
|
realice la actualización de la plantilla. |
|
2 |
|
Actualiza la plantilla de personal de acuerdo
a los movimientos realizados. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Pago de salarios, dietas
y prestaciones |
|
Anexo 5 |
|
Responsables Dirección de Administración Consejero Presidente
(CP) |
|
Coordinación de Recursos Humanos (CRH) |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Proceso |
|
(DA) |
|
o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Aplica el tabulador vigente, |
|
Inicio |
|
calcula las prestaciones |
|
y |
|
dietas, efectúa las retenciones y descuentos correspondientes a cada S. |
|
Revisa y autoriza la pre nómina y las dietas. |
|
1 2 |
|
Autoriza, la transferencia electrónica. |
|
Realiza el pago
de nómina y dieta vía transferencia bancaria al S y emite los comprobantes fiscales digitales por
internet (CFDI). |
|
3 4 |
|
Recibe el pago de nómina o dieta, su CFDI
y firma el |
|
recibo |
|
impreso |
|
correspondiente. |
|
Timbra la nómina. |
|
Elabora |
|
las |
|
pólizas |
|
Fin |
|
correspondientes y las entrega a la Coordinación de Recursos Financieros. |
|
Archiva la documentación. |


|
Descripción del procedimiento: Control de descuentos |
|
Anexo 6 |
|
Responsable Coordinación de Recursos Humanos |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Proceso |
|
(CRH) |
|
Calcula y efectúa las retenciones, en su caso, realiza los descuentos que correspondan, sobre salarios y dietas del servidor electoral, al elaborar el pago de nómina. |
|
Inicio |
|
Efectúa el entero mensual
de las retenciones a las instituciones correspondientes. |
|
Elabora conciliación de descuentos. |
|
Revisan la conciliación de descuentos, en caso de existir
diferencias se realizan los ajustes correspondientes. |
|
1 |
|
Archiva la documentación. |
|
Clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas, afectando el sistema contable y presupuestal. |
|
Fin |
|
Entrega al cierre
del ejercicio fiscal, constancia de retenciones a los servidores electorales. |

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|
Descripción del procedimiento: Integración del anteproyecto de presupuesto |
|
Anexo 7 1/2 |
|
Responsables Junta Ejecutiva (JE) Consejero Presidente (CP) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comisión de Administración (CA) |
|
Consejo General (CG) |
|
Proceso |
|
Elabora oficio que contiene |
|
Inicio |
|
los |
|
requerimientos |
|
humanos, materiales |
|
y |
|
financieros, y lo remite a la DA. |
|
Recibe oficio; solicita cotizaciones; cuantifica los costos de cada requerimiento; asigna la partida presupuestal que |
|
1 |
|
corresponda requerimiento; integra los costos de bienes servicios por UA al anteproyecto de presupuesto; considera las actividades |
|
a |
|
cada |
|
y |
|
a |
|
desempeñar en el año que se presupuesta; anexa el anteproyecto anual de presupuesto de |
|
remuneraciones |
|
al |
|
personal y consolida la información. |
|
Analiza el anteproyecto de presupuesto anual de egresos del Instituto. |
|
2 |
|
Remite el proyecto de presupuesto anual de egresos del Instituto al CP. |
|
3 1 |

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|
Descripción del procedimiento: Integración del anteproyecto de presupuesto |
|
Anexo 7 2/2 |
|
Responsables Junta Ejecutiva (JE) Consejero Presidente (CP) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comisión de Administración (CA) |
|
Consejo General (CG) |
|
Proceso |
|
Recibe |
|
el |
|
proyecto |
|
de |
|
1 4 |
|
presupuesto anual de egresos del Instituto, lo analiza y lo turma a la CA. |
|
Recibe el proyecto de presupuesto anual de egresos del Instituto, lo analiza, emite el dictamen correspondiente y lo somete a la aprobación del CG. |
|
5 |
|
Revisa y aprueba
en su caso, el Proyecto de |
|
6 |
|
Presupuesto |
|
de |
|
Egresos del Instituto, para el ejercicio fiscal que corresponda, con base en el dictamen que le presentó la CA e instruye al CP para que remita el proyecto de presupuesto aprobado al Titular del Poder Ejecutivo Estatal y a la Legislatura del Estado. |
|
Remite |
|
el |
|
proyecto |
|
de |
|
presupuesto aprobado al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, para su inclusión en el Presupuesto de Egresos del Estado
de Zacatecas y a la Legislatura del Estado, para su conocimiento. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Aplicación presupuestal |
|
Anexo 8 |
|
Responsable |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Proceso |
|
Solicita a la DA, verifique si existe techo
presupuestal para adquirir bienes o
contratar servicios. |
|
Inicio |
|
Revisa que exista
suficiencia presupuestal en las partidas de gasto correspondiente. |
|
1 2 3 |
|
Elabora solicitud de adquisición de bienes o contratación de servicios. |
|
Recibe solicitud, revisa:
que la adquisición o contratación del servicio se sustente en el programa operativo que contendrá las políticas y programas generales del Instituto, y que las adquisiciones se efectúen dentro del calendario autorizado. |
|
Determina e inicia
el procedimiento de adquisición que corresponda dependiendo del monto de los bienes a adquirir o de los servicios. |
|
Lleva a cabo la adquisición de bienes o
servicios. |
|
4 |
|
Afecta el ejercido programático presupuestal en el sistema contable y presupuestal, emite reporte actualizado para comparar el presupuesto autorizado con el gasto ejercido. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Transferencias presupuestarias |
|
Anexo 9 |
|
Responsables |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Junta Ejecutiva (JE) |
|
Consejero Presidente (CP) |
|
Comisión de Administración (CA) |
|
Consejo General (CG) |
|
Proceso |
|
Detecta la necesidad de |
|
Inicio |
|
efectuar |
|
transferencias |
|
presupuestarias, elabora la propuesta correspondiente e informa a la JE. |
|
Recibe la propuesta de transferencias |
|
presupuestarias, evalúa, determina su factibilidad y en su caso,
propone ajustes a la propuesta de transferencias e instruye a la DA para que realice |
|
1 |
|
las |
|
adecuaciones |
|
correspondientes. |
|
Realiza las adecuaciones correspondientes, en su caso, y turna al CP. |
|
2 |
|
Recibe la propuesta de transferencias |
|
3 4 |
|
presupuestarias, valida y turna a la DA. |
|
evalúa, |
|
Remite la propuesta de transferencias presupuestarias a la CA. |
|
Recibe propuesta, emite
el dictamen correspondiente y lo somete a aprobación del CG |
|
5 |
|
Revisa, aprueba, en su caso el dictamen de |
|
analiza |
|
y |
|
transferencias internas y externas. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Pago a proveedores.
Cheque |
|
Anexo 10 1/2 |
|
Responsables |
|
Proveedor (P ) |
|
Coordinación de Recursos |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Consejero Presidente
(CP) o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Proceso |
|
Financieros (CRF) |
|
Presenta la solicitud de pago, anexando facturas o recibos. |
|
Inicio 1 |
|
Recibe solicitud, revisa
que la factura cumpla con los requisitos fiscales, elabora el contra
recibo, entregando el original al P, elabora póliza y cheque, envía a revisión a la DA. |
|
Revisa y envía a firma. |
|
2 3 4 5 |
|
Recibe, firma cheque respectivamente, remite a la DA. |
|
y póliza, |
|
Recibe cheque y póliza, los firma y remite a la CRF. |
|
Recibe y entrega al P. |
|
Recibe cheque, firma
de recibido en póliza de cheque y entrega póliza a la CRF. |
|
6 |
|
Recibe póliza de cheque, clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas afectando el sistema |
|
Fin |
|
contable |
|
y |
|
presupuestal. Archiva |
|
documentación. |

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|
Descripción del procedimiento: Pago a proveedores.
Transferencia Electrónica |
|
Anexo 11 2/2 |
|
Responsables |
|
Proveedor (P ) |
|
Coordinación de Recursos |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Consejero Presidente
(CP) o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Proceso |
|
Financieros (CRF) |
|
Presenta la solicitud de pago, anexando facturas o recibos. |
|
Inicio 1 |
|
Recibe solicitud, revisa
que la factura cumpla con los requisitos fiscales, elabora el contra
recibo, entregando el original al P y envía a revisión a la DA. |
|
Revisa y envía a firma, para su autorización. |
|
2 3 |
|
Recibe, firma autorización de pago a P por transferencia electrónica y remite a la DA. |
|
Recibe autorización y remite a la CRF. |
|
4 |
|
Recibe |
|
y realiza la transferencia |
|
electrónica, clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas |
|
afectando el sistema contable presupuestal. Archiva documentación. |
|
y |
|
5 |
|
Recibe copia fotostática de transferencia bancaria. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento:
Solicitud, pago y comprobación de viáticos. Solicitud y pago Responsables |
|
Anexo 12 |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Consejero Presidente
(CP) o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Comisionado (C) |
|
Proceso |
|
Elabora la solicitud de |
|
Inicio 1 |
|
viáticos, turna al SE. |
|
Recibe solicitud, en su caso, autoriza y remite a la DA. |
|
Recibe solicitud, revisa los datos, verifica la disponibilidad presupuestal y remite
a la CRF. |
|
2 3 |
|
Elabora hoja de comisión, calcula gastos, elabora cheque, entrega el dinero en efectivo al C o en su |
|
caso |
|
solicitud |
|
autorización al CP o SE para realizar transferencia electrónica. |
|
Recibe hoja de comisión y cheque, firman y remite a la CRF o en su caso autoriza la transferencia electrónica. |
|
4 |
|
Recibe hoja de comisión, cheque y lo entrega al C, o en su caso realiza la transferencia electrónica. |
|
5 |
|
Recibe cheque o dinero en efectivo, firma hoja de comisión y entrega a la DA. |
|
6 |
|
Recibe hoja de comisión, afecta el sistema
contable y presupuestal,
archiva. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Solicitud, pago y comprobación de viáticos. Comprobación |
|
Anexo 13 |
|
Responsables |
|
Comisionado (C) |
|
Coordinación de Recursos Financieros(CRF) |
|
Proceso |
|
Presenta la documentación comprobatoria, original y copia de la hoja de comisión. |
|
Inicio |
|
Recibe documentación comprobatoria, revisa que cumpla con los requisitos fiscales, sella la hoja de comisión, especificando si la comprobación es total o parcial, y la
entrega al C. |
|
1 2 |
|
Recibe copia sellada, en caso
de que la comprobación sea parcial, indica
a la DA si el recurso no comprobado lo deposita en la cuenta
del Instituto o desea que se le descuente en la
próxima quincena. |
|
De acuerdo a lo manifestado
por el C, turna reporte a la Coordinación de Recursos
Humanos para que realice el descuento de los recursos no comprobados vía nómina al C o en su caso recibe ficha de depósito y verifica que el monto
coincida con la cantidad pendiente de comprobar. |
|
3 |
|
Clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas afectando el sistema contable y presupuestal, archiva documentación. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento:
Solicitud y comprobación de recursos. Solicitud |
|
Anexo 14 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Consejero Presidente
(CP) o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Proceso |
|
Elabora la solicitud de |
|
Inicio 1 |
|
recursos de gastos comprobar, turna al SE. |
|
a |
|
Recibe solicitud, en su caso, autoriza y remite a la DA. |
|
Recibe solicitud, verifica que se cuente
con suficiencia presupuestal en la partida
de gastos prevista en la solicitud y remite a la CRF. |
|
2 3 |
|
Elabora cheque, entrega el dinero en efectivo al S o en su caso solicitud autorización al CP o SE para realizar transferencia electrónica. |
|
Recibe cheque, firman remite a la CRF o en su caso autoriza la transferencia electrónica. |
|
y |
|
4 5 |
|
Recibe cheque |
|
y |
|
lo |
|
entrega al S, o en su caso realiza la transferencia electrónica. |
|
Recibe cheque o dinero |
|
6 |
|
en efectivo, firma |
|
y |
|
entrega a la DA. |
|
Afecta |
|
el |
|
sistema |
|
contable y presupuestal, |
|
archiva. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento:
Solicitud y comprobación de recursos. Comprobación |
|
Anexo 15 |
|
Responsables |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Coordinación de Recursos Financieros(CRF) |
|
Proceso |
|
Presenta la documentación comprobatoria en original. |
|
Inicio |
|
Recibe documentación comprobatoria, revisa que cumpla con los requisitos fiscales y especifica si la comprobación es total o parcial, y la entrega al S. |
|
1 2 |
|
Recibe copia sellada, en caso
de que la comprobación sea parcial, indica
a la DA si el recurso no comprobado lo deposita en la cuenta
del Instituto o desea que se le descuente en la
próxima quincena. |
|
De acuerdo a lo manifestado por el S, turna reporte a la Coordinación de Recursos
Humanos para que realice el descuento de los recursos no comprobados vía nómina al S o en su caso recibe ficha de depósito y verifica que el monto
coincida con la cantidad pendiente de comprobar. |
|
3 |
|
Clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas afectando el sistema contable y presupuestal, archiva documentación. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento:
Reposición de gastos |
|
Anexo 16 |
|
Responsables Dirección de Administración (DA) |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Consejero Presidente
(CP) o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Proceso |
|
Realiza gastos con
recursos propios en el desarrollo de actividades relacionadas con
el Instituto e informa
al titular de la UA. |
|
Inicio |
|
Solicita la reposición de gastos justificando el motivo |
|
1 |
|
del gasto documentación comprobatoria a la DA. |
|
y presenta la |
|
Recibe solicitud |
|
y |
|
la |
|
2 3 |
|
documentación soporte del gasto y remite a la CRF. |
|
Revisa los datos,
verifica que |
|
cumpla |
|
con |
|
las |
|
políticas |
|
establecidas, elabora póliza |
|
y |
|
cheque, los envía a firma, o en su caso, entrega el dinero en efectivo al S o solicitud autorización al CP o SE |
|
para |
|
realizar |
|
transferencia |
|
electrónica. |
|
Recibe póliza y cheque, firma,
remite a la CRF o en su caso autoriza la transferencia electrónica. |
|
4 |
|
Recibe y entrega al S el cheque o en su caso
realiza la transferencia electrónica. |
|
5 6 |
|
Recibe cheque o en su caso dinero en efectivo, firma recibo y entrega a la CRF. |
|
Clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas afectando el sistema contable y |
|
Fin |
|
presupuestal, |
|
archiva |
|
documentación. |

![]()

|
Descripción del procedimiento:
Apertura, reposición y cancelación del fondo revolvente. Apertura |
|
Anexo 17 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Consejero Presidente
(CP) o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Proceso |
|
y Dirección de |
|
Administración (DA) |
|
Elabora solicitud para la |
|
Inicio |
|
apertura |
|
de |
|
fondo |
|
revolvente y remite a SE. |
|
Recibe solicitud, revisa, |
|
1 2 |
|
autoriza y remite a
la DA. |
|
Recibe solicitud y remite a la CRF. |
|
Revisa los datos,
elabora póliza y cheque, envía a firma. |
|
3 |
|
Recibe póliza y cheque, los |
|
firma y remite a la CRF. |
|
4 5 |
|
Recibe y entrega
a la UA el cheque. |
|
Recibe cheque, firma pagaré y póliza de cheque, entrega a la CRF. |
|
6 |
|
Recaba pagaré y póliza de |
|
cheque, movimiento en el sistema contable presupuestal, archiva documentación. |
|
registra |
|
el |
|
Fin |
|
y |

![]()

|
Descripción del procedimiento:
Apertura, reposición y cancelación del fondo revolvente. Reposición |
|
Anexo 18 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Consejero Presidente
(CP) o Secretario Ejecutivo (SE) y |
|
Proceso |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Presenta el formato de reposición de fondo revolvente, acompañado de la documentación comprobatoria a la CRF. |
|
Inicio |
|
Recibe formato y documentación, revisa que cumpla
con las políticas, clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas, elabora póliza y cheque, envía a firma. |
|
1 2 |
|
Recibe póliza y cheque, los
firma y remite a la CRF. |
|
Recibe y entrega a la UA el cheque. |
|
3 4 |
|
Recibe cheque, firma pagaré y póliza de cheque, entrega a la CRF. |
|
Recaba pagaré y póliza de cheque, registra el movimiento en el sistema |
|
contable |
|
y presupuestal, archiva |
|
Fin |
|
documentación. |

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|
Descripción del procedimiento:
Apertura, reposición y cancelación del fondo revolvente. Cancelación |
|
Anexo 19 |
|
Responsables |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Proceso |
|
Elabora oficio informando a la UA la |
|
Inicio |
|
cancelación del fondo revolvente. |
|
Recibe oficio y presenta el formato de cancelación de fondo revolvente |
|
anexando |
|
la |
|
documentación |
|
1 |
|
comprobatoria, y en su caso, la ficha de depósito de los recursos que complementen el importe
del referido fondo a la CRF. |
|
Recibe formato |
|
y |
|
documentación, |
|
revisa que cumpla
con las políticas, clasifica la documentación de acuerdo al catálogo de cuentas y entrega pagaré. |
|
2 |
|
Recibe pagaré. |
|
3 |
|
Cancela fondo revolvente afectando al |
|
sistema contable |
|
y presupuestal, |
|
archiva documentación. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento:
Manejo de cuentas bancarias |
|
Anexo 20 |
|
Responsables |
|
Secretaria de Finanzas (SF) |
|
Coordinación de Recursos Financieros (CRF) |
|
Institución Bancaria (IB) |
|
Proceso |
|
Transfiere recursos presupuestales y prerrogativas para partidos políticos. |
|
Inicio |
|
Recibe transferencia de recursos en |
|
cuenta |
|
concentradora, |
|
realiza |
|
traspasos a las cuentas de operación ordinaria, de nómina y a la de |
|
1 |
|
prerrogativas |
|
a partidos políticos, |
|
transfiere el saldo
disponible a la cuenta de inversión. |
|
Opera los movimientos en las cuentas bancarias. |
|
2 3 |
|
Efectúa los pagos mediante cheque o transferencia electrónica autorizada previamente por el
Consejero Presidente o el Secretario Ejecutivo y realiza los registros contables. |
|
Emite los estados de cuenta y los envía al Instituto. |
|
4 |
|
Recibe estados de cuenta bancarios, elabora conciliaciones, las anexa a la |
|
Fin |
|
información financiera documentación. |
|
y archiva |

![]()

|
Descripción del procedimiento:
Registro contable y presentación de informes financieros |
|
Anexo 21 |
|
Responsables Comisión de Administración (CA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Consejo General (CG) |
|
Proceso |
|
• |
|
Clasifica diariamente las operaciones financieras de ingresos, egresos y diario de acuerdo al catálogo de cuentas. Captura los movimientos en el sistema contable y presupuestal. |
|
Inicio |
|
• • |
|
Emite las pólizas de ingresos, egresos
y |
|
diario anexando |
|
a |
|
cada una la |
|
documentación soporte. |
|
• • |
|
Archiva. |
|
Elabora las conciliaciones una vez recibidos los estados
de cuenta bancarios con auxiliares contables de bancos. |
|
• |
|
Imprime movimientos auxiliares |
|
por |
|
cuenta al final de mes, los revisa,
analiza y verifica que sean
consistentes. Emite reporte de gasto por partida y captura en el sistema. Genera el estado del ejercicio presupuestal por mes y acumulado, el de estado de situación financiera, el de ingresos y egresos
y formula las notas a los mismos. |
|
• • |
|
• • |
|
Integra el informe mensual con las relaciones analíticas. |
|
Remite |
|
y |
|
presenta los informes |
|
financieros a la CA. |
|
Recibe financieros. |
|
y |
|
revisa los informes |
|
1 |
|
Revisa y en su caso,
aprueba los informes financieros. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Entrega del financiamiento público a partidos políticos |
|
Anexo 22 |
|
Responsables |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Consejero Presidente
(CP) y Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Órgano Interno del Partido
encargado |
|
Proceso |
|
de recibir, registrar, controlar administrar su patrimonio (OIPP) |
|
y |
|
Realiza la transferencia electrónica de las prerrogativas a los partidos políticos en base a la distribución y calendario de ministraciones aprobado por el Consejo General, elabora las pólizas, las remite a firma y realiza los
registros contables. |
|
Inicio |
|
Recibe y firma póliza, remite a la DA. |
|
1 2 |
|
Recibe póliza, elabora la bitácora de control de las transferencias efectuadas por concepto de prerrogativas. |
|
Firma bitácora. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Entrega del financiamiento público a candidatos independientes |
|
Anexo 23 |
|
Responsables |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Consejero Presidente
(CP) y Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Encargado de la administración de los recursos de la candidatura |
|
Proceso |
|
independiente (ERCI) |
|
Realiza la transferencia electrónica de las |
|
Inicio |
|
prerrogativas |
|
a |
|
los |
|
candidatos |
|
independientes, elabora las pólizas, las remite a firma
y realiza los
registros contables. |
|
Recibe y firma póliza, remite a la DA. |
|
1 2 |
|
Recibe póliza, elabora la bitácora de control de las transferencias efectuadas por concepto de prerrogativas. |
|
Firma bitácora. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Suministro de materiales y útiles de oficina |
|
Anexo 24 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Servicios Generales (SG) |
|
Secretaria Ejecutiva (SE)
y Dirección de |
|
Proceso |
|
Administración (DA) |
|
Elabora |
|
y remite el requerimiento de materiales |
|
Inicio |
|
consumibles. |
|
Recibe requerimiento y turna para su autorización. |
|
1 |
|
Verifican el requerimiento y en su caso, lo autorizan. |
|
2 3 |
|
Recibe requisición autorizada requerimiento: |
|
y |
|
atiende |
|
• |
|
Si tiene en existencia los materiales |
|
solicitados, efectúa la entrega del material, previa firma de recibido en el formato de bitácora de salida de materiales y útiles de oficina. |
|
• |
|
Si no cuenta
con la existencia de los materiales solicitados, efectúa la adquisición del bien, previa autorización de la DA. Una vez adquirido, procede a la asignación de número de inventario, en su caso, a la colocación de la etiqueta de código de barras y alta en el inventario de bienes, registra la salida
del mismo y genera el
documento de resguardo. |
|
Recibe, revisa el material y firma formato de bitácora de salida de materiales y útiles de oficina. |
|
4 |
|
Registra en las tarjetas de almacén las salidas de materiales. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Asignación y uso de bienes muebles |
|
Anexo 25 |
|
Responsables Dirección de Administración (DA) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Proceso |
|
Elabora y remite
la solicitud de bienes |
|
Inicio |
|
muebles que requiera especificando las características técnicas de los mismos. |
|
a la DA, |
|
Recibe solicitud, revisa, autoriza y gira instrucciones a la CRM, para |
|
1 2 |
|
que entregue el bien solicitado. |
|
Recibe las instrucciones de la DA y procede a verificar la solicitud considerando las características técnicas y existencia de bienes disponibles en el almacén: |
|
• |
|
Si hay en existencia en el almacén, registra la salida
del mismo y genera
el documento de resguardo. |
|
• |
|
Si no tiene
en existencia, efectúa la adquisición del bien, previa autorización de la DA. Una vez adquirido, procede a la asignación de número de inventario, en su caso a la colocación de la etiqueta del código de barras y alta en el inventario de bienes,
registra la salida del mismo
y genera el documento de resguardo. |
|
Recibe los bienes
muebles, revisa firma el resguardo correspondiente. |
|
y |
|
3 |
|
Entrega copia del resguardo al S y archiva. |
|
4 |
|
Recibe copia del
resguardo. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Alta de bienes muebles |
|
Anexo 26 |
|
Responsables |
|
Proveedor |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Dirección de Sistemas (DS) |
|
Proceso |
|
Entrega los bienes adquiridos. |
|
Inicio |
|
Recibe adquiridos. |
|
y |
|
revisa los bienes
muebles Recibe, revisa
los bienes informáticos adquiridos e informa
a la CRM para que los dé de alta en el Sistema Informático de Inventario de Bienes Muebles y les asigne número de inventario. |
|
1 |
|
Da de alta
en el Sistema Informático de Inventario de Bienes
Muebles, los bienes que se adquieran y les asigna
número de inventario. |
|
2 |
|
Resguarda y lleva
el control de los bienes
Resguarda y lleva
el control de los bienes |
|
muebles adquiridos. |
|
informáticos adquiridos. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Baja de bienes muebles |
|
Anexo 27 1/2 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Comité (C) |
|
Consejo General (CG) |
|
Proceso |
|
Solicita la baja
del bien o de los bienes no útiles mediante el formato para
bajas de bienes de activo fijo. |
|
Inicio |
|
Recibe las solicitudes |
|
y |
|
cuantifica el costo
del bien de los bienes desincorporarse. |
|
o |
|
a |
|
1 |
|
Solicita mediante oficio
al |
|
SE dé fe de las |
|
características |
|
y |
|
condiciones en las que
se encuentra el bien o los bienes que se solicitan sean desincorporados. |
|
En el caso de bienes |
|
extraviados |
|
o |
|
robados |
|
levanta |
|
el |
|
acta |
|
circunstanciada correspondiente. |
|
Recibe el oficio, da fe de las características y condiciones en las que
se encuentra el bien o los bienes muebles, levanta el acta circunstanciada |
|
2 |
|
y |
|
remite a la DA mediante |
|
oficio. |
|
Recibe oficio y remite al C la relación del bien o bienes que se solicita sean desincorporados. |
|
3 1 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Baja de bienes muebles |
|
Anexo 27 |
|
2/2 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Comité (C) |
|
Consejo General (CG) |
|
Proceso |
|
(UA) |
|
Recibe la relación del bien o |
|
de desincorporar, revisa, analiza determina la |
|
los |
|
bienes |
|
a |
|
y |
|
4 |
|
desincorporación del bien o de los bienes
así como el procedimiento que se llevará a cabo para tal efecto. |
|
Aprueba el bien o los bienes muebles listados para su desincorporación del inventario del Instituto, |
|
5 |
|
así |
|
como |
|
el |
|
procedimiento para tal efecto con base
en el dictamen del C. |
|
Lleva |
|
a cabo los
actos |
|
inherentes al procedimiento de desincorporación del bien o de los bienes muebles. |
|
6 |
|
Instruye a la Coordinación de Recursos Materiales para que dé de baja del inventario el bien
o los bienes muebles que fueron desincorporados y realiza los registros contables |
|
Fin |
|
correspondientes. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Devolución de bienes muebles |
|
Anexo 28 |
|
Responsables |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Unidad Administrativa |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Dirección de Sistemas (DS) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Proceso |
|
(UA) |
|
Informa a la persona titular de la UA de los
bienes muebles que ya no utiliza
y |
|
Inicio |
|
que |
|
tiene |
|
bajo |
|
su |
|
resguardo. |
|
Informa por escrito
a la DA o en su caso de la DS de los bienes
muebles que no utiliza, para que |
|
1 |
|
sean devueltos |
|
a |
|
la |
|
bodega del Instituto. |
|
Recibe el informe
e instruye Recibe
el informe e instruye a |
|
a la CRM para que recoja el su personal para que acuda
a |
|
2 |
|
bien mueble. |
|
la UA a recoger el bien informático. |
|
Recoge y envía a la bodega
Recoge |
|
y envía a la |
|
3 4 |
|
el bien informático. bodega el bien mueble. |
|
Devuelve el original del Devuelve el original del resguardo al S que tenía en resguardo al S que tenía custodia el bien informático y en custodia el bien |
|
actualiza el resguardo. |
|
mueble. |
|
Recibe |
|
el |
|
resguardo |
|
original. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Cambio de adscripción de bienes muebles |
|
Anexo 29 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales |
|
Proceso |
|
(CRM) |
|
Informa por escrito a la DA sobre los cambios de |
|
Inicio 1 |
|
adscripción de bienes muebles,
internos o externos. |
|
Recibe el escrito,
autoriza la reasignación del bien mueble, ordena a la CRM recoja el bien mueble
de la UA y regrese el resguardo original al servidor electoral que tenía el bien. |
|
Solicita el bien mueble a la UA. |
|
2 3 4 |
|
Entrega el bien mueble y recibe el original de resguardo. |
|
Llena el Formato para Cambios de Adscripción de Bienes
de Activo Fijo. |
|
Entrega el bien mueble a la UA o al Servidor Electoral al que se le va a asignar el referido bien. |
|
Recibe el bien mueble. |
|
5 6 |
|
Llena la hoja de resguardo y
firma. Entrega copia de la hoja de resguardo. Archiva la hoja de resguardo. |
|
Firma la hoja de
resguardo. Recibe copia de la hoja de
resguardo. |
|
7 |
|
8 |
|
9 |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Levantamiento físico de inventario de bienes muebles |
|
Anexo 30 |
|
Responsables |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Proceso |
|
Elabora la propuesta de calendario para el levantamiento del inventario físico de bienes muebles. |
|
Inicio |
|
Aprueba el calendario y comunica por escrito a las unidades administrativas la fecha en que se realizará el levantamiento físico de inventario de bienes muebles. |
|
1 2 |
|
Imprime los resguardos. |
|
Inicia la revisión física de los bienes a cada uno
de los resguardantes. |
|
Proporciona su apoyo para la localización de los bienes bajo su resguardo. |
|
3 4 |
|
Actualiza la información en el Sistema Informático de Inventario de Bienes Muebles. |
|
Actualiza y entrega
los resguardos a los S o a las unidades |
|
administrativas. |
|
Recibe copia del resguardo actualizado. |
|
5 |
|
Archiva el resguardo. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Asignación del parque vehicular |
|
Anexo 31 |
|
Responsables Dirección de Administración (DA) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Proceso |
|
Elabora y remite
solicitud de unidad automotriz a la DA. |
|
Inicio |
|
Recibe solicitud, autoriza y la turna a |
|
la CRM. |
|
1 2 |
|
Revisa la disponibilidad de vehículos. |
|
Asigna vehículo |
|
y |
|
elabora |
|
resguardo, en el cual se señalará el kilometraje inicial, el nivel
de combustible y si la unidad
cuenta |
|
con llanta de refacción |
|
y |
|
herramientas. |
|
Verifica que el S cuente con licencia para conducir vigente. |
|
Recibe el vehículo, revisa que cuente con la tarjeta de circulación y póliza del seguro. |
|
3 |
|
Firma el resguardo. |
|
Recibe el resguardo. |
|
4 5 |
|
Hace entrega del vehículo una vez, concluida la comisión a la CRM. |
|
Recibe, verifica las condiciones en que se recibe
el vehículo. En su |
|
caso, |
|
levanta |
|
el |
|
reporte |
|
correspondiente y remite
a la DA, |
|
para los efectos conducentes. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Asignación de combustible. Solicitud |
|
Anexo 32 |
|
Responsables Dirección de Administración (DA) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Proceso |
|
Elabora y remite
solicitud por escrito de combustible a la DA. |
|
Inicio |
|
Recibe, revisa la solicitud, autoriza
y la turna al CRM. |
|
1 2 |
|
Verifica el recorrido que realizará el S en la comisión. |
|
Determina con base en el recorrido que realizará, la cantidad de kilómetros a recorrer. |
|
Con base a lo estimado en el kilometraje y al rendimiento del vehículo, determina la cantidad en vales que corresponde. |
|
Registra en la bitácora de combustible. |
|
Entrega los vales al S. |
|
Recibe y verifica la cantidad en los vales recibidos. |
|
3 |
|
Firma de recibido en la bitácora de combustible. |
|
Archiva la bitácora de combustible. |
|
Fin |

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|
Descripción del procedimiento: Asignación de combustible. Dotaciones Fijas |
|
Anexo 33 |
|
Responsables |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Proceso |
|
Presupuesta los vales de
combustible. |
|
Inicio |
|
Indica al CRM registre en la bitácora de combustible. |
|
Recaba los datos
del kilometraje de las unidades automotrices. |
|
Integra los vales que corresponda a cada UA. |
|
1 |
|
Elabora bitácora de combustible. |
|
Remite el referido formato a la DA para su validación. |
|
Valida la bitácora de combustible. |
|
2 3 |
|
Ordena al CRM entregue los vales
de combustible a las UA. |
|
Entrega los vales de combustible a las UA. |
|
Recibe los vales de
combustible. |
|
Firma de recibido la bitácora de combustible. |
|
4 |
|
Registra la bitácora de combustible. Archiva la bitácora. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Mantenimiento preventivo y correctivo del parque
vehicular |
|
Anexo 34 |
|
1/2 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Elabora solicitud de servicio de mantenimiento y remite a la DA. |
|
Inicio |
|
Recibe solicitud y solicita a la CRM verifique las condiciones del vehículo y solicite
cotizaciones. |
|
1 |
|
Verifica las condiciones del vehículo, solicita cotizaciones e informa a la DA. |
|
2 3 |
|
Recibe el informe
de la CRM y lo remite al SE junto con la solicitud. |
|
Revisa la solicitud así como el informe y da el visto bueno. |
|
4 5 |
|
Contrata los servicios de una agencia o taller y ordena se envíe el vehículo a la agencia
o taller. |
|
Lleva el vehículo al P. |
|
6 7 |
|
Repara mantenimiento correspondiente |
|
o |
|
le da el |
|
al |
|
vehículo, entrega y da factura. |
|
Recibe el vehículo factura. |
|
y la |
|
8 1 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Mantenimiento preventivo y correctivo del parque
vehicular |
|
Anexo 34 |
|
2/2 |
|
Responsables Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Verifica que se le haya proporcionado al vehículo el servicio requerido. |
|
1 9 |
|
Entrega el vehículo a la UA correspondiente. |
|
Recibe el vehículo y verifica su funcionamiento. |
|
1 |
|
0 1 |
|
Informa a la DA que fue entregado el vehículo a la UA y remite factura. |
|
1 |
|
Recibe la factura e inicia tramité de pago. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Mantenimiento de bienes
muebles |
|
Anexo 35 |
|
1/2 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Elabora solicitud de servicio de mantenimiento y remite a la DA. |
|
Inicio |
|
Recibe solicitud y ordena a la CRM verifique las condiciones del bien mueble y en su caso, solicite cotizaciones. |
|
1 2 |
|
Verifica las condiciones del |
|
bien |
|
mueble, |
|
solicita |
|
cotizaciones e informa a la DA. |
|
Recibe el informe
de la CRM y lo remite al SE junto con la solicitud. |
|
3 4 |
|
Revisa la solicitud así como el informe y da el visto bueno. |
|
Contrata los servicios de un P. |
|
5 6 |
|
Recibe la orden
de servicio, proporciona el mantenimiento solicitado, factura y entrega el bien mueble. |
|
Recibe el bien mueble y la factura. |
|
7 1 |
|
Verifica que se le haya proporcionado al bien mueble el servicio requerido. |
|
Entrega el bien mueble
a la |
|
UA correspondiente. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Mantenimiento de bienes
muebles |
|
Anexo 35 |
|
2/2 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Proveedor |
|
Proceso |
|
Recibe el bien mueble y verifica su funcionamiento. |
|
1 8 |
|
Informa a la DA que fue entregado el bien mueble a la UA y remite factura. |
|
9 |
|
Recibe la factura e inicia tramité de pago. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Arrendamiento de bienes
inmuebles |
|
Anexo 36 |
|
1/2 |
|
Responsables Consejero Presidente (CP), Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comité (C) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
Arrendador (A) |
|
Proceso |
|
Elabora |
|
solicitud arrendamiento de inmueble y remite a la DA. |
|
de |
|
Inicio |
|
Recibe solicitud e informa al C. |
|
En caso de la solicitud de |
|
arrendamiento |
|
de |
|
1 |
|
inmueble para oficinas centrales del Instituto remitirá la solicitud al C. |
|
Resuelve |
|
sobre |
|
la |
|
procedencia de la solicitud de arrendamiento de inmueble de la UA o para
oficinas centrales del Instituto. |
|
2 |
|
Localiza inmuebles a través de la Coordinación de |
|
bienes |
|
3 |
|
Recursos Materiales o en su caso de la Dirección de Organización, que se |
|
ajusten al monto |
|
y |
|
características requeridas por la UA. |
|
Presenta propuestas al C. |
|
4 1 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Arrendamiento de bienes
inmuebles |
|
Anexo 36 |
|
2/2 |
|
Responsables Consejero Presidente (CP) o Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comité (C) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
Arrendador (A) |
|
Proceso |
|
Selecciona el bien inmueble y autoriza la elaboración del contrato. |
|
1 5 |
|
Elabora el contrato de arrendamiento y lo turna para firma al CP y SE. |
|
6 7 |
|
Revisan el contrato de arrendamiento, lo firman
y lo remiten a la DA. |
|
Recibe el contrato |
|
y |
|
procede firma del A. |
|
a recabar la |
|
8 9 |
|
Firma el contrato de arrendamiento. |
|
Entrega un tanto
del contrato al A y archiva el otro tanto. |
|
1 |
|
0 1 |
|
Recibe copia del contrato |
|
1 |
|
y |
|
entrega el bien |
|
inmueble. |
|
Recibe el bien inmueble. |
|
1 |
|
2 3 |
|
Elabora el recibo
de arrendamiento y entrega a la DA. |
|
1 |
|
Recaba recibo e inicia |
|
trámite de pago proveedores. |
|
a |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Mantenimiento y adecuación de bienes inmuebles |
|
Anexo 37 |
|
1/2 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Elabora mantenimiento adecuación |
|
solicitud |
|
de o bien |
|
Inicio |
|
del |
|
inmueble y la remite
al SE. |
|
Recibe solicitud, revisa justificación, tipo de servicio requerido y la turna a la DA para su trámite. |
|
1 |
|
Recibe la solicitud, verifica suficiencia presupuestal y ordena a la CRM realice la verificación física de los espacios que requieren de |
|
2 |
|
adecuación |
|
o |
|
mantenimiento |
|
y |
|
presupueste el trabajo
a realizar. |
|
Verifica los espacios que requieren de adecuación o |
|
mantenimiento, cotizaciones e informa a la |
|
solicita |
|
3 |
|
DA. |
|
Analiza la mejor
propuesta del mercado e instruye su ejecución a la CRM. |
|
4 1 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Mantenimiento y adecuación de bienes inmuebles |
|
Anexo 37 |
|
2/2 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Coordinación de Recursos Materiales (CRM) |
|
Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Contrata al P o en su caso |
|
1 5 |
|
comisiona a personal del Instituto para que
lleve a cabo el trabajo. |
|
Recibe la orden
de servicio, realiza el |
|
trabajo solicitado. |
|
6 |
|
Verifica |
|
el |
|
trabajo |
|
proporcionado. |
|
7 8 |
|
Elabora factura entrega a la DA. |
|
y |
|
la |
|
Recibe la factura e Inicia tramité de pago. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Control y servicio de fotocopiado |
|
Anexo 38 |
|
Responsables |
|
Servidor Electoral (S) |
|
Servicios Generales (SG) |
|
Coordinación de Recursos Materiales |
|
Proceso |
|
(CRM) |
|
Solicita el servicio de reproducción de documentos. |
|
Inicio |
|
Recibe solicitud, revisa documentos. |
|
y |
|
reproduce los |
|
1 2 |
|
Registra en el formato de bitácora de fotocopiado el número de copias que
se sacaron. |
|
Recibe el documento original y las copias del mismo. |
|
Registra en el formato
de bitácora de fotocopiado, la unidad administrativa a la que pertenece, su nombre y firma. |
|
Imprime de manera semanal el reporte de número de copias emitidas por cada equipo
de fotocopiado y remite a la CRM. |
|
3 |
|
Recibe el reporte y concilia el número de copia emitidas por cada equipo
de fotocopiado contra registros en el formato
de bitácora de fotocopiado. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Adjudicación directa |
|
Anexo 39 1/3 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
Proceso |
|
(SE) |
|
Elabora requerimiento de bienes
y servicios, la remite al SE. |
|
solicitud |
|
de |
|
Inicio |
|
Recibe la solicitud, la |
|
analiza, autoriza remite a la DA. |
|
y la |
|
1 2 |
|
Recibe solicitud, verifica que los requerimientos |
|
cuenten |
|
con |
|
la |
|
correspondiente |
|
disponibilidad presupuestal y se ajusten
a las partidas y montos autorizados así |
|
como |
|
al |
|
programa |
|
operativo. |
|
Solicita cotizaciones cuando menos tres P. |
|
a y |
|
Recibe proporciona cotización. |
|
solicitud |
|
y |
|
3 |
|
Recibe cotizaciones |
|
determina el procedimiento a seguir: |
|
a) Si el monto
de los |
|
bienes requeridos, no excede la cantidad de 250,000.00 pesos, sin incluir el impuesto al |
|
o |
|
servicios |
|
4 1 |
|
$ |
|
valor |
|
agregado, |
|
procede adjudicación |
|
a |
|
la |
|
directa, |
|
seleccionando la mejor propuesta. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Adjudicación directa |
|
Anexo 39 |
|
2/3 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
Proceso |
|
b) Si el monto
de los |
|
1 |
|
bienes |
|
o |
|
servicios |
|
requeridos, excede la cantidad de $250, 000.00 pesos sin incluir el impuesto al valor |
|
5 |
|
agregado, procede |
|
a |
|
remitir la solicitud de requerimiento así como cuadro comparativo de precios y características de cuando menos
tres cotizaciones al C. |
|
Recibe, dictamina. |
|
analiza |
|
y |
|
6 |
|
Instruye a la DA, elabore pedido al P seleccionado y, en su caso le solicite documentación para la elaboración del contrato. |
|
Ejecuta lo ordenado por el |
|
C |
|
y solicita a la DAJ |
|
7 8 |
|
elabore el contrato, en su caso. |
|
Elabora |
|
y entrega el |
|
contrato. |
|
Recibe el contrato y lo |
|
remite al P. |
|
9 2 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Adjudicación directa |
|
Anexo 39 3/3 |
|
Responsables |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
Proceso |
|
Firma el contrato Entrega el bien
o servicio solicitado presenta la factura a la DA. |
|
2 |
|
1 |
|
0 1 |
|
y |
|
Recibe el bien
o servicio solicitado y la
factura. |
|
1 |
|
Entrega el bien
o servicio solicitado a la UA. |
|
Recibe el bien o servicio |
|
solicitado recibido. |
|
y |
|
firma de |
|
12 |
|
Inicia trámite de pago a proveedores. |
|
Fin |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Invitación |
|
Anexo 40 |
|
1/5 |
|
Responsables |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
(UA) |
|
(DA) |
|
Elabora solicitud de |
|
Inicio |
|
requerimiento |
|
de |
|
bienes y servicios, la remite al SE. |
|
Recibe la solicitud, la analiza, autoriza y la remite a la DA. |
|
1 |
|
Recibe |
|
solicitud, |
|
verifica que los requerimientos |
|
2 |
|
cuenten |
|
con |
|
la |
|
correspondiente disponibilidad presupuestal, |
|
se |
|
ajusten a las partidas |
|
y |
|
montos |
|
autorizados, |
|
así |
|
como al programa operativo |
|
Solicita cotizaciones a cuando menos
tres P. |
|
Recibe solicitud proporciona |
|
y |
|
cotización por escrito especificando precio, calidad y tiempo
de entrega. |
|
3 1 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Invitación |
|
Anexo 40 |
|
2/5 |
|
Responsables |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
(UA) |
|
(DA) |
|
Recibe cotizaciones |
|
1 |
|
y |
|
verifica que el |
|
procedimiento |
|
a |
|
seguir sea el de invitación por el monto. |
|
4 |
|
Elabora bases de la convocatoria, |
|
calendario |
|
y |
|
los |
|
remite al C para su revisión. |
|
Recibe bases así |
|
como |
|
calendario, |
|
5 |
|
revisa y en su caso propone |
|
adecuaciones. |
|
Acuerda |
|
la del de |
|
realización procedimiento invitación. |
|
Elabora oficio de invitación a cuando menos tres P, el cual deberá detallar el plazo límite para la adquisición de las bases. |
|
6 |
|
2 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Invitación |
|
Anexo 40 |
|
3/5 |
|
Responsables |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
(UA) |
|
(DA) |
|
Recibe realiza el pago de las bases remite |
|
invitación, |
|
2 |
|
y |
|
7 |
|
comprobante de pago |
|
a la STC. |
|
Recibe comprobante de pago y entrega las |
|
bases participante, |
|
al |
|
P |
|
8 |
|
especificando |
|
en |
|
ellas la fecha
en que se llevará a cabo la junta de aclaraciones, |
|
apertura |
|
técnica, |
|
apertura económica y fallo. |
|
Recibe bases y en su |
|
9 |
|
caso, realiza a la |
|
STC |
|
cuestionamientos sobre las mismas. |
|
Recibe |
|
los |
|
1 |
|
0 1 2 |
|
cuestionamientos sobre las bases. |
|
Celebra junta de aclaraciones. |
|
1 |
|
Elabora y entrega copia de la minuta de la junta
de aclaraciones a los |
|
1 |
|
participantes |
|
y |
|
3 |
|
archiva original. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Invitación |
|
Anexo 40 |
|
4/5 |
|
Responsables |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
(UA) |
|
(DA) |
|
Presenta propuestas |
|
3 1 |
|
técnicas |
|
y |
|
económicas. |
|
3 |
|
Celebra acto de |
|
presentación |
|
y |
|
apertura de ofertas |
|
técnicas |
|
y |
|
14 |
|
económicas. |
|
Elabora |
|
cuadro |
|
comparativo de las propuestas. |
|
Analiza, evalúa las |
|
ofertas conforme |
|
a |
|
las bases de la |
|
invitación dictamen. |
|
y |
|
emite |
|
Emite fallo de la invitación con base al dictamen y lo valida |
|
con |
|
las |
|
firmas |
|
respectivas. |
|
Solicita |
|
a |
|
la DAJ |
|
elabore el contrato respectivo. |
|
Notifica el fallo
a los participantes, |
|
15 |
|
entregándoles copia |
|
del |
|
mismo |
|
y |
|
4 |
|
archivando el original. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Invitación |
|
Anexo 40 |
|
5/5 |
|
Responsables |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración |
|
Proveedor (P) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) |
|
(UA) |
|
(DA) |
|
Entrega el bien |
|
o |
|
4 1 |
|
servicio solicitado y presenta factura a la DA. |
|
6 |
|
Recibe el bien |
|
o |
|
servicio y verifica que cumpla con las especificaciones del contrato. |
|
17 |
|
Recibe factura inicia trámite de pago |
|
e |
|
Fin |
|
a P. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Licitación pública |
|
Anexo 41 |
|
1/5 |
|
Proceso |
|
Responsables Proveedor (P) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Consejo General (CG) |
|
Elabora solicitud de |
|
Inicio |
|
requerimiento |
|
de |
|
bienes y servicios, la remite al SE. |
|
Recibe solicitud, |
|
la la |
|
1 |
|
analiza, autoriza y la remite a la DA. |
|
Recibe |
|
solicitud, verifica que los requerimientos |
|
2 |
|
cuenten con la correspondiente disponibilidad |
|
presupuestal, |
|
se |
|
ajusten |
|
a |
|
las |
|
partidas y montos autorizados así como al programa |
|
operativo |
|
del |
|
Instituto. |
|
Elabora bases de la convocatoria, |
|
calendario remite al C para su |
|
y |
|
los |
|
3 |
|
revisión. |
|
Recibe bases |
|
así calendario, revisa y en su caso propone adecuaciones. |
|
como |
|
4 1 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Licitación pública |
|
Anexo 41 |
|
2/5 |
|
Responsables Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Consejo General |
|
(CG) |
|
Acuerda realización del procedimiento |
|
la |
|
1 |
|
de pública. |
|
licitación |
|
5 |
|
Somete |
|
a |
|
consideración del CG convocatoria |
|
la y |
|
las bases de la licitación pública. |
|
. |
|
Aprueba, en su |
|
caso convocatoria |
|
la y |
|
6 |
|
bases de la licitación |
|
e |
|
instruye al C para su realización. |
|
Pública |
|
la |
|
convocatoria en un diario de mayor circulación en la entidad o en su |
|
7 |
|
caso |
|
de |
|
circulación |
|
nacional y en la página de internet www.ieez.org.mex. |
|
Conoce publicación y paga las bases. |
|
8 |
|
2 |

![]()

![]()
|
Descripción del procedimiento: Licitación pública |
|
Anexo 41 |
|
3/5 |
|
Responsables Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica Consejo General |
|
del Comité (STC) |
|
(CG) |
|
Entrega las bases al |
|
2 |
|
P |
|
participante, |
|
especificando en ellas la fecha
en que se llevará a cabo la junta
de aclaraciones, |
|
9 |
|
apertura técnica, apertura económica y fallo. |
|
Recibe bases y en su caso, realiza
a la STC cuestionamientos sobre las mismas. |
|
1 |
|
0 1 |
|
. |
|
Recibe |
|
los |
|
cuestionamientos sobre las bases. |
|
1 |
|
Celebra junta de aclaraciones. |
|
1 |
|
2 3 |
|
Elabora y entrega copia de la minuta de la junta
de aclaraciones a los |
|
1 |
|
participantes archiva original. |
|
y |
|
3 |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Licitación pública |
|
Anexo 41 |
|
4/5 |
|
Responsables Proveedor (P) |
|
Proceso |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Consejo General (CG) |
|
Presenta propuestas técnicas y económicas. |
|
3 |
|
14 |
|
Celebra acto de |
|
presentación |
|
y |
|
apertura |
|
de |
|
ofertas técnicas y económicas. |
|
Elabora cuadro comparativo de las propuestas. |
|
15 |
|
Analiza, evalúa |
|
las |
|
ofertas |
|
4 |
|
conforme a las bases de la |
|
invitación |
|
y |
|
emite dictamen. |
|
Emite fallo de la invitación con base al dictamen y lo valida con las firmas |
|
respectivas. |
|
Solicita |
|
a |
|
la |
|
Dirección Asuntos Jurídicos elabore contrato |
|
de |
|
el |
|
respectivo. |

![]()

|
Descripción del procedimiento: Licitación pública |
|
Anexo 41 |
|
5/5 |
|
Responsables Proveedor (P) |
|
Unidad Administrativa (UA) |
|
Secretario Ejecutivo (SE) |
|
Dirección de Administración (DA) |
|
Comité (C) |
|
Secretaria Técnica del Comité (STC) |
|
Consejo General (CG) |
|
Proceso |
|
Notifica el fallo a los participantes, entregándoles copia del mismo y archivando el original. |
|
4 |
|
1 |
|
6 |
|
Entrega el bien
o servicio solicitado y presenta factura a la DA. |
|
1 |
|
7 1 |
|
Recibe el bien servicio y verifica que |
|
o |
|
2 |
|
cumpla |
|
con |
|
las |
|
especificaciones del contrato. |
|
Recibe factura |
|
e |
|
Fin |
|
inicia trámite de |
|
pago a P. |

![]()

|
ANEXOS |

|
FORMATOS PARA TRÁMITES ADMINISTRATIVOS |
|
1 2 3 4 5 6 7 8 9 1 1 1 1 1 1 1 |
|
. Hoja de comisión. |
|
. Solicitud de Recursos a Comprobar |
|
. Formato de Comprobación de Gastos de
Viaje. . Formato de Reposición de Fondo Revolvente . Formato de Cancelación de Fondo Revolvente . Formato de Requisición de Bienes Materiales
y Útiles de Oficina . Formato Bitácora de Salida
de Materiales y Útiles de Oficina . Tarjeta de
Movimiento de Almacén |
|
. Formato General de
Pedido |
|
0.Formato para Cambios de
Adscripción de Bienes de Activo Fijo 1.Formato para Bajas de
Bienes de Activo Fijo 2.Bitácora de Suministro de Combustible |
|
3.Control de Entrega de
Combustible |
|
4.Formato de Solicitud de
Servicio de Mantenimiento 5.Formato de Bitácora de Fotocopiado |
|
6.Formato Informe de Comisión |

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: HC |
|
HOJA DE COMISIÓN |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de
________ de 20___. |
|
No. de oficio: __________________________. |
|
Importe Total: $_____________________. |
|
Datos del Personal Comisionado |
|
Nombre: |
|
Unidad administrativa |
|
a la |
|
que se encuentra adscrito: |
|
Número de Empleado: |
|
Puesto o Cargo: |
|
Datos de la Comisión |
|
Lugar en que se llevará cabo : |
|
a |
|
Periodo: |
|
Concepto o motivo: |
|
Estimación del Gasto Tarifa por día |
|
Días sin pernocta |
|
Días con pernocta |
|
Tarifa por día |
|
Total de días de comisión |
|
Total: |
|
Forma de traslado para realizar la Comisión Autobús |
|
Vehículo oficial |
|
Kilometraje a recorrer Precio del combustible |
|
Taxis |
|
Vales de combustible Peaje |
|
Monto |
|
en |
|
vales |
|
de |
|
combustible |
|
Total de gastos en transporte |
|
$ |
|
____________________________ |
|
Firma del Comisionado |
|
_ |
|
______________________ |
|
_______________________ Revisó: |
|
_______________________ Autorizó: Presidente del
Instituto Electoral |
|
Elaboró: Titular de la
Dirección de Administración |
|
Secretario Ejecutivo |

![]()

![]()

![]()

![]()

![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: SRC |
|
SOLICITUD DE RECURSOS A COMPROBAR |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de
________ de 20___. |
|
Unidad |
|
Administrativa |
|
Solicitante: |
|
Nombre |
|
del |
|
servidor |
|
electoral responsable de ejecutar el gasto: |
|
Concepto de Gasto: |
|
Importe: |
|
Importe total |
|
_ |
|
_____________________________________ |
|
_______________________________ Nombre y firma del Titular de
la
Dirección de Administración |
|
Nombre y firma del Titular de
la
Unidad Administrativa |
|
Nota: Los importes de gasto
no comprobado, dentro
de los quince
días hábiles siguientes a la recepción de los recursos, serán descontados con cargo al salario del servidor electoral. |

![]()
![]()

![]()
![]()

![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FCGV |
|
FORMATO DE COMPROBACIÓN DE GASTOS DE VIAJE |
|
Unidad Administrativa: |
|
NO. DE FACTURA |
|
FECHA |
|
PROVEEDOR HOSPEDAJE |
|
CONCEPTO |
|
IMPORTE |
|
ALIMENTACIÓN |
|
COMBUSTIBLE |
|
PEAJE |
|
PASAJES Y TAXI |
|
SUMA |
|
_ |
|
______________________ |
|
_______________________ Nombre y firma del Titular de
la Dirección de Administración |
|
Nombre y firma del Titular de
la Unidad Administrativa |
|
Nombre y firma del responsable del gasto |

![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()

![]()

![]()
![]()
|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FRFR |
|
FORMATO DE REPOSICIÓN DE FONDO REVOLVENTE |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de ________ de 20___. |
|
No. de |
|
Fecha: |
|
Proveedor: |
|
Concepto: |
|
Importe: |
|
Unidad |
|
Factura: |
|
Administrativa: |
|
Total |
|
_ |
|
______________________ Nombre y firma del responsable Nombre y firma del Titular de la Nombre
y firma del Titular
de la del fondo revolvente Unidad Administrativa Dirección de Administración |
|
__________________________ __________________________ |

![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FCFR |
|
FORMATO DE CANCELACIÓN DE FONDO REVOLVENTE |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de ________ de 20___. |
|
No. de |
|
Fecha: |
|
Proveedor: |
|
Concepto: |
|
Importe: |
|
Unidad |
|
Factura: |
|
Administrativa: |
|
Total |
|
_ |
|
______________________ Nombre y firma del responsable Nombre y firma del Titular de la Nombre
y firma del Titular
de la del fondo revolvente Unidad Administrativa Dirección de Administración |
|
__________________________ __________________________ |

![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FRBMUO |
|
FORMATO DE REQUISICIÓN DE BIENES MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de ________ de 20___. |
|
Unidad |
|
Administrativa |
|
Solicitante: |
|
Cantidad: |
|
Características Técnicas de los Materiales y Útiles de Oficina: |
|
Precio Unitario: |
|
Importe: |
|
IVA: |
|
Importe Total: |
|
Observaciones:_____________________________________________________________________ |
|
_________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ |
|
_ |
|
______________________ |
|
_______________________ Autorizó: |
|
_______________________ Autorizó: |
|
Solicitante: |
|
Nombre, cargo y firma |
|
Secretario Ejecutivo |
|
Titular de la Dirección de Administración |

![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FBSMYUO |
|
FORMATO BITACORA DE SALIDA
DE MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA |
|
Unidad |
|
Administrativa |
|
Solicitante: |
|
Fecha: |
|
Cantidad: |
|
Descripción del material y útiles de oficina entregado: |
|
Nombre y firma de quien recibe: |

![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: TMA |
|
TARJETA DE MOVIMIENTO DE ALMACÉN Número de clave: |
|
Nombre artículo: |
|
del |
|
Fecha |
|
de |
|
Cantidades del artículo en almacén |
|
realización último inventario: |
|
del |
|
Mínimo: |
|
Máximo: |
|
Fecha de |
|
Remisión Número: |
|
Unidades |
|
Observaciones: |
|
Adquisición: |
|
Entrada: |
|
Salida: |
|
_____________________________________________ |
|
Nombre y firma del Encargado
del Almacén |

![]()
![]()
![]()
![]()

![]()
![]()
![]()
![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FGP |
|
FORMATO GENERAL DE PEDIDO |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de ________ de 20___. |
|
Cantidad: |
|
Artículo: |
|
Características: |
|
Proveedor: |
|
Costo: |
|
Subtotal |
|
IVA |
|
Total |
|
________________________________________________ |
|
Nombre y firma del Titular de
la
Dirección de Administración |

![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()


|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FCABAF |
|
FORMATO PARA CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DE BIENES DE ACTIVO FIJO |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de ________ de 20___. |
|
Resguardante Cedente: |
|
Unidad Administrativa a la que pertenece: |
|
Resguardante Receptor: |
|
Unidad Administrativa a la que pertenece: |
|
Descripción del bien: |
|
Marca: |
|
Modelo: |
|
Número de serie: |
|
Número de inventario: |
|
Observaciones:_____________________________________________________________________ |
|
_________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________ |
|
_ |
|
______________________________ |
|
______________________________ Nombre, cargo y firma
de quien recibe |
|
Nombre, cargo y firma
de quien entrega |
|
Llénese por duplicado |

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![]()

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|
Instituto Electoral del Estado
de Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FBBAF |
|
FORMATO PARA BAJAS DE BIENES DE ACTIVO FIJO |
|
Guadalupe, Zacatecas, a ____ de
________ de 20___. |
|
Nombre del resguardante Solicitante: |
|
Unidad Administrativa a la que pertenece: |
|
Descripción del bien: |
|
Marca: |
|
Modelo: |
|
Número |
|
Número de |
|
Motivo por el cual se reporta la baja |
|
de serie: inventario: |
|
Dañado |
|
Obsolescencia |
|
Grado de deterioro |
|
Robo o extravió* |
|
Observaciones:_________________________________________________________________________________________ |
|
_ |
|
____________________________________________________________________________________________________ ____ _______________________________________________________________________________________________ |
|
_ |
|
_ |
|
______________________________ |
|
______________________________ Firma del Titular de la Coordinación de Recursos Materiales |
|
______________________________ Firma del Titular de la Dirección de Administración |
|
Firma del resguardante |
|
* |
|
En caso de robo o extravió se deberá adjuntar el acta correspondiente. |
|
Llénese por duplicado |
![]()

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|
Instituto Electoral del Estado
de Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: BSC |
|
BITÁCORA DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE |
|
Vehículo: Fecha: |
|
Modelo: |
|
Número de placas: |
|
Número económico: |
|
Folios: |
|
Cantidad: |
|
Entregado a: |
|
Concepto: |
|
KM: |
|
Firma de recibido: |
|
Del: |
|
Al: |

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|
Instituto Electoral del Estado
de Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: CEC |
|
CONTROL DE ENTREGA
DE COMBUSTIBLE |
|
Total de Vales comprados: |
|
Con denominación de: |
|
Número de factura: |
|
Fecha: |
|
Número de cuenta: |
|
Medio de pago: |
|
Folios: |
|
Concepto: |
|
Fecha: |
|
Folios: |
|
Cantidad: |
|
Entregado a: |
|
Concepto: |
|
No. Eco. |
|
KM: |
|
Firma de recibido: |
|
Del: |
|
Al: |

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|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FSSM |
|
FORMATO DE SOLICITUD DE SERVICIO
DE MANTENIMIENTO |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de ________ de 20___. |
|
Unidad Administrativa solicitante: |
|
Marque con una x la opción |
|
Vehículos |
|
Mobiliario Inmuebles |
|
Bienes Informáticos |
|
Equipo de Administración Equipo Educativo y Recreativo Equipo de Oficina |
|
Sistema Telefónico Fotocopiadora |
|
Equipo de Aire Acondicionado |
|
Equipo de Comunicación |
|
Características del bien: |
|
Número de inventario: |
|
Marca: |
|
Modelo: |
|
Descripción mantenimiento realizar: |
|
del a |
|
Observaciones: |
|
_ |
|
______________________ |
|
_______________________ Visto Bueno: |
|
_______________________ Firma del Titular de la
Dirección de Administración |
|
Solicitante: Nombre y firma |
|
Firma del Secretario Ejecutivo |

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![]()

|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: FBF |
|
FORMATO DE BITACORA DE FOTOCOPIADO |
|
Fecha: |
|
Cantidad: |
|
Documento a fotocopiar: |
|
Unidad Administrativa a la que pertenece la persona que solicita el fotocopiado: |
|
Nombre y firma de quien solicitó el fotocopiado: |

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|
Instituto Electoral del Estado
de
Zacatecas |
|
Dirección Ejecutiva de Administración |
|
Clave: IC |
|
FORMATO INFORME DE COMISIÓN |
|
Guadalupe,
Zacatecas, a ____ de
________ de 20___. |
|
Unidad Administrativa: |
|
Nombre y cargo del servidor electoral responsable de rendir el informe: |
|
Lugar y fecha
de comisión: Comisión (objeto): |
|
Informe de la comisión realizada (descripción de las actividades realizadas con
motivo de la comisión) |
|
______________________________________ |
|
Nombre y firma del servidor
electoral responsable de rendir el informe |

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|
Formatos y anexos
del |
|
Reglamento para la
Presentación y Revisión de los Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos y Coaliciones |
|
1 |

|
Formatos y anexos del Reglamento para la Presentación y Revisión de los
Informes Financieros y Fiscalización de los Recursos de los Partidos
Políticos y Coaliciones |
|
Formatos: |
|
Clave |
|
Recibo de aportaciones de militantes y organizaciones sociales de los
partidos políticos Control de folios de recibos de aportaciones de militantes y organizaciones sociales de los partidos políticos |
|
1 2 |
|
APOM
1 |
|
APOM
2 |
|
Detalle de montos
aportados por los militantes y organizaciones sociales a los partidos políticos |
|
3 4 5 |
|
APOM
3 APOS
1 APOS
2 |
|
Recibo de aportaciones de simpatizantes de
los partidos políticos |
|
Control de folios
de recibos de aportaciones de simpatizantes de los partidos políticos |
|
6 7 8 |
|
Detalle de montos
aportados por simpatizantes de los partidos políticos Control de eventos de autofinanciamiento de los partidos políticos Detalle de ingresos
obtenidos por autofinanciamiento de
los partidos políticos |
|
APOS
3 AUTOFIN AUTOFIN 2 |
|
Detalle de ingresos
obtenidos por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos de los partidos políticos |
|
9 |
|
RENDIFIN |
|
Detalle de las transferencias efectuadas del Comité Ejecutivo Nacional u órgano equivalente de cada
partido político a su Comités Ejecutivo Estatal
u órgano equivalente Detalle de las transferencias efectuadas entre el Comité Ejecutivo del Estado u órgano equivalente de cada partido político a los Comités Distritales, Municipales, Organizaciones adherentes, Instituciones similares u órganos equivalentes. |
|
1 |
|
0 1 |
|
TRANSFER 1 |
|
1 |
|
TRANSFER 2 |
|
1 1 1 |
|
2 3 4 |
|
Recibo de reconocimiento por actividades políticas |
|
REPAP CF - REPAP ITRIM |
|
Control de folios de recibos
de reconocimientos por actividades políticas Informe de periodicidad trimestral de ingresos
y egresos de
los partidos políticos |
|
Conciliación Bancaria, para detallar el saldo en bancos, saldo según en libros y los cargos y abonos
no correspondidos por
el banco. |
|
1 |
|
5 |
|
CONBA |
|
1 1 |
|
6 7 |
|
Relación pormenorizada de
las altas de activo fijo
de los partidos políticos. Relación pormenorizada de
las bajas de activo fijo
de los partidos políticos. |
|
RAAFI BAFI |
|
Informe de periodicidad anual sobre el origen,
monto, empleo y aplicación de los recursos, en el que serán reportados la totalidad de los ingresos y de los gastos ordinarios que los partidos políticos hayan realizado durante el ejercicio fiscal
objeto del informe |
|
1 |
|
8 |
|
INFANU |
|
Informe sobre
el origen, monto,
empleo y aplicación de los recursos, de precampañas del proceso
de elección interno de los partidos políticos para elegir
a sus candidatos a cargos de elección popular Informe financiero de los gastos
de campaña por cada una de las elecciones de Gobernador, Diputados o Ayuntamientos |
|
1 2 |
|
9 0 |
|
PRECAMPAÑA CAMPAÑA |
|
2 2 2 2 2 2 |
|
1 2 3 4 5 6 |
|
Bitácora para el registro de alimentos, viáticos, pasajes y gastos menores. Gastos en Actividades especificas (Gastos Directos) Gastos en Actividades especificas (Gastos Indirectos) Bitácora De Combustible |
|
BITÁCORA GAE DIRECTOS GAE INDIRECTOS BITACOM |
|
Contratos de comodato |
|
COMODATO |
|
Catalogo de
cuentas a utilizar en la contabilidad de los partidos políticos |
|
CATALOGO |
|
2 |

|
RECIBO DE APORTACIONES DE MILITANTES Y ORGANIZACIONES
SOCIALES |
|
FORMATO APOM 1 |
|
N°. DE FOLIO ___________________ (1) LUGAR
________________________ (2) |
|
FECHA DE EXPEDICIÓN
________________________ (3) BUENO POR $ ___________________ (4) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
EL COMITÉ ____________________________________________________________________________ (5) DEL PARTIDO __________________________________________________________________________ (6) ACUSA RECIBO DE: |
|
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL MILITANTE: _______________________________________________ (7) POR
LA CANTIDAD DE: __________________________________________________________________ (8) DOMICILIO DEL APORTANTE: ____________________________________________________________ (9) FOLIO DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR
Y/O N° ACTA CONSTITUTIVA (SE ANEXA
COPIA) |
|
_ |
|
____________________________________________________________________________________ (10) |
|
TELÉFONO _______________________________ (11) R.F.C.
_______________________________ (12) |
|
EFECTIVO ESPECIE |
|
(13) (14) |
|
AVALUÓ DEL BIEN APORTADO POR PERITO VALUADOR _______ (14A) |
|
BIEN APORTADO (EN SU CASO)
_________________________________________________________ (15) CRITERIO DE VALUACIÓN (EN SU CASO) __________________________________________________ (16) CONCEPTO (17) |
|
_________________________________________________________________________________________ |
|
CUOTAS
ORDINARIAS |
|
APORTACIONES DE |
|
ORGANIZACIONES SOCIALES |
|
_________________________________________________________________________________________ |
|
CUOTAS
EXTRAORDINARIAS CUOTAS
CAMPAÑA INTERNA |
|
CUOTAS
VOLUNTARIAS DEL CANDIDATO PARA
SU
CAMPAÑA |
|
NOMBRE Y FIRMA DEL MILITANTE
APORTANTE (18) |
|
NOMBRE Y FIRMA AUTORIZADA POR EL PARTIDO POLÍTICO (19) |
|
3 |
![]()

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|
INSTRUCTIVO DE LLENADO
DEL FORMATO APOM 1 |
|
Se deberá llenar un formato por
cada ocasión en que un militante haga alguna aportación en efectivo o en especie |
|
(1) N°. DE FOLIO (2) LUGAR |
|
Número consecutivo de aportación |
|
Localidad de recepción de la aportación del militante Fecha (día, mes y año) en que se recibió la aportación Monto de la aportación |
|
(3) FECHA |
|
(4) BUENO POR (5) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal,
Distrital o Municipal |
|
u |
|
órgano equivalente del partido político, según |
|
corresponda |
|
(6) PARTIDO |
|
Nombre completo del partido
político que recibe
la aportación |
|
(7) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL MILITANTE |
|
Nombre completo de la persona u organización social que realiza
la aportación |
|
(8) CANTIDAD |
|
Cantidad aportada con número y letra |
|
(9) DOMICILIO DEL APORTANTE |
|
Domicilio completo, (calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad,
entidad federativa, etc.)
de la
persona que realiza la aportación |
|
(10) FOLIO DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR Y/O N° Folio de la credencial para votar y/o el número del acta |
|
ACTA CONSTITUTIVA |
|
constitutiva, debiéndose anexar copia fotostática. |
|
(11) TELÉFONO |
|
Número telefónico de localización de la persona u organización social |
|
(12) R.F.C. |
|
Registro Federal
de Contribuyentes con homoclave |
|
(13) EFECTIVO |
|
Señalar el recuadro en caso de que la aportación sea en efectivo |
|
(14) ESPECIE |
|
Señalar el recuadro en caso de que la aportación sea en especie |
|
(14A) AVALUÓ DEL BIEN APORTADO POR PERITO Exhibir avaluó del bien aportado, emitido por perito |
|
VALUADOR |
|
valuador |
|
(15) BIEN APORTADO |
|
En caso de que la aportación sea en especie describir el bien de que se trata |
|
(16) CRITERIO DE VALUACIÓN |
|
Describir el criterio bajo el cual se realizó la valuación del bien |
|
(17) CONCEPTO |
|
Señalar el tipo de aportación |
|
(18) NOMBRE Y FIRMA DEL MILITANTE APORTANTE (19) NOMBRE Y FIRMA DEL FUNCIONARIO |
|
Nombre y firma de quien realice
la aportación |
|
Nombre y firma de la persona autorizada por el partido político para recibir
aportaciones en efectivo y en especie de los militantes. |
|
4 |
![]()

|
CONTROL DE FOLIOS
DE RECIBOS DE APORTACIONES DE MILITANTES Y ORGANIZACIONES SOCIALES |
|
FORMATO APOM 2 |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
CONTROL
DE FOLIOS EXPEDIDOS POR EL COMITÉ _________________________________________ (1) DEL PARTIDO __________________________________________________________________________ (2) DE LOS RECIBOS DE APORTACIONES DE MILITANTES Y ORGANIZACIONES SOCIALES |
|
TOTAL DE RECIBOS IMPRESOS ___________________________________________________________ (3) DEL FOLIO __________________________________ AL FOLIO
_________________________________ (4) |
|
N°. DE FOLIO (5) |
|
FECHA (6) |
|
MILITANTE U ORGANIZACIÓN QUE REALIZA LA APORTACIÓN (7) |
|
MONTO (8) |
|
TOTAL DE RECIBOS
EXPEDIDOS |
|
(9) (10) (11) |
|
TOTAL DE RECIBOS
CANCELADOS TOTAL DE RECIBOS
PENDIENTES DE UTILIZAR |
|
_ |
|
_____________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (12) |
|
5 |




|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO APOM 2 |
|
Deberá presentarse un formato
general que resuma
todas las aportaciones |
|
(1) CONTROL
DE FOLIOS EXPEDIDOS POR
EL Nombre del Comité Directivo Estatal,
Distrital o Municipal |
|
COMITÉ |
|
u órgano equivalente del partido político que recibió las aportaciones |
|
(2) PARTIDO |
|
Nombre completo del partido político |
|
(3) TOTAL
DE RECIBOS IMPRESOS |
|
Total de recibos
impresos durante el ejercicio que se reporta, de acuerdo
a la numeración correspondiente al órgano del partido político que recibió las aportaciones |
|
(4) FOLIO |
|
Número inicial y número final de los folios impresos durante el ejercicio que se reporta, de acuerdo a la numeración correspondiente al
órgano del partido
político que recibió las aportaciones |
|
(5) No. DE FOLIO (6) FECHA |
|
Deberá listarse, uno por uno los números consecutivos de folio, incluidos los cancelados y los pendientes de utilizar |
|
Fecha (día, mes y año), en que se realiza
la aportación |
|
(7) MILITANTE U ORGANIZACIÓN
SOCIAL QUE REALIZA LA APORTACIÓN |
|
Deberá expresarse el nombre
del militante u organización social que realizó la aportación. |
|
En el caso de recibos
cancelados, deberá escribirse la palabra “CANCELADO“. |
|
En el caso de recibos pendientes de utilizar, deberá expresarse la palabra “PENDIENTE” |
|
(8) MONTO |
|
En el caso de los recibos
expedidos, deberá expresarse el monto de
la aportación que amparan
la cantidad. En el caso de los recibos cancelados y los pendientes de utilizar, deberá ponerse una línea transversal en el recuadro correspondiente |
|
(9) TOTAL
DE RECIBOS EXPEDIDOS |
|
Total de recibos
utilizados durante el ejercicio que se reporta |
|
(10) TOTAL DE RECIBOS CANCELADOS (11) TOTAL DE RECIBOS PENDIENTES DE UTILIZAR |
|
Total de recibos cancelados durante el ejercicio que se reporta |
|
Total de recibos
pendientes de utilizar que se encuentran en poder del órgano del partido correspondiente |
|
(12) NOMBRE Y FIRMA DEL
TITULAR DEL ÓRGANO Nombre y firma del Titular del órgano interno del partido INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO
político. |
|
6 |
![]()

|
DETALLE DE MONTOS
APORTADOS POR LOS MILITANTES Y ORGANIZACIONES SOCIALES AL PARTIDO POLÍTICO |
|
FORMATO APOM 3 |
|
NOMBRE DEL PARTIDO POLÍTICO: ______________________________________________________ (1) COMITÉ: _____________________________________________________________________________ (2) |
|
I. INFORMACIÓN SOBRE LAS APORTACIONES |
|
TIPO DE INGRESOS |
|
N°. DE APORTACIONES |
|
MONTO TOTAL
POR APORTACIONES |
|
CUOTAS |
|
ORDINARIAS |
|
(3) (3) (5) (7) |
|
(4) |
|
EXTRAORDINARIAS CAMPAÑA INTERNA |
|
(4) (6) (8) |
|
APORTACIONES |
|
DE |
|
ORGANIZACIONES SOCIALES |
|
APORTACIONES CANDIDATOS CAMPAÑAS |
|
DE |
|
LOS SUS |
|
PARA |
|
(9) |
|
(10) (12) |
|
TOTALES |
|
(11) |
|
II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
______________________________________________________________________ NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (13) |
|
FIRMA
_____________________ (14) FECHA ____________________ (15) |
|
7 |


![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO APOM 3 |
|
Deberá presentarse un formato
general que resuma
todas las aportaciones Nombre completo del partido político |
|
(1) PARTIDO POLÍTICO (2) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político |
|
APARTADO I. INFORMACIÓN SOBRE LAS APORTACIONES |
|
(3) N°. DE APORTACIONES |
|
Número total de aportaciones para cada uno de los
tipos de cuota que maneje el partido
político |
|
(4) MONTO TOTAL
DE APORTACIONES |
|
Monto total
de las aportaciones |
|
(5) NUMERO DE APORTACIONES PARA CAMPAÑA INTERNA (6) MONTO TOTAL
DE APORTACIONES PARA CAMPAÑA INTERNA (7) NÚMERO DE APORTACIONES DE ORGANIZACIONES SOCIALES (8) MONTO TOTAL
DE APORTACIONES DE ORGANIZACIONES SOCIALES |
|
Número de aportaciones para
campañas internas Monto total
de las aportaciones para campañas internas Total de aportaciones por organizaciones sociales Monto total
de aportaciones de organizaciones sociales |
|
(9) APORTACIONES DE LOS CANDIDATOS |
|
Total de candidatos que hicieron aportaciones a sus campañas |
|
(10) MONTO TOTAL DE APORTACIONES (11) Y (12)
TOTALES |
|
Monto total
de las aportaciones en pesos |
|
Sumas totales, tanto del
número de
aportantes, como de los ingresos obtenidos por el partido
político derivado de las aportaciones de sus militantes |
|
APARTADO II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(11) NOMBRE DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO
POLÍTICO (12) FIRMA |
|
Nombre del titular del
órgano interno del partido político Firma del titular
del órgano interno del partido político Fecha (día, mes, y año) en que se requisita el formato |
|
(13) FECHA |
|
8 |
![]()



|
RECIBO DE APORTACIONES DE SIMPATIZANTES |
|
FORMATO APOS 1 |
|
N°. DE FOLIO ___________________ (1) LUGAR
________________________ (2) |
|
FECHA DE EXPEDICIÓN
________________________ (3) BUENO POR $ ___________________ (4) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
POR EL COMITÉ _______________________________________________________________________ (5) DEL PARTIDO __________________________________________________________________________ (6) ACUSE RECIBO DE: |
|
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL SIMPATIZANTE _____________________________________________ |
|
______________________________________________________________________________________ (7) |
|
POR
LA CANTIDAD DE: __________________________________________________________________ (8) DOMICILIO DEL SIMPATIZANTE _____________________________________________________________ |
|
______________________________________________________________________________________ (9) |
|
FOLIO DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR
Y/O N° ACTA CONSTITUTIVA (SE
ANEXA COPIA) _____________________________________________________________________________________
(10) |
|
TELÉFONO _______________________________ (11) R.F.C.
_______________________________ (12) CONCEPTO (13) |
|
APORTACIÓN OPERACIÓN ORDINARIA EFECTIVO (14)
ESPECIE |
|
APORTACIÓN CAMPAÑA INTERNA |
|
(14) |
|
AVALUÓ DEL BIEN APORTADO POR PERITO
VALUADOR ____________________________________(14A) BIEN APORTADO (EN SU CASO)
_________________________________________________________ (15) CRITERIO DE VALUACIÓN (EN SU CASO) __________________________________________________ (16) COPIA DE CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN
FISCAL DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
_ |
|
________________________________ |
|
_________________________________ NOMBRE Y FIRMA AUTORIZADA POR EL PARTIDO POLÍTICO (18) |
|
NOMBRE Y FIRMA DEL SIMPATIZANTE (17) |
|
9 |
![]()

![]()
![]()
![]()
![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO APOS 1 |
|
Deberá presentarse un formato
por cada aportación que haga cada simpatizante Número consecutivo de aportación |
|
(1) N°. DE FOLIO (2) LUGAR |
|
Localidad de recepción de la aportación del simpatizante Fecha (Día, mes y año) en que se recibió la aportación Monto de la aportación |
|
(3) FECHA
DE EXPEDICIÓN (4) BUENO POR |
|
(5) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal,
Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político |
|
(6) PARTIDO |
|
Nombre completo del partido
político que recibe
la aportación |
|
(7) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL SIMPATIZANTE |
|
Nombre completo de la persona u organización social que realiza
la aportación |
|
(8) CANTIDAD |
|
Cantidad aportada con número y letra |
|
(9) DOMICILIO DEL SIMPATIZANTE |
|
Domicilio completo, (calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad,
entidad federativa, etc.)
de la
persona u organización que realiza
la aportación |
|
(10) FOLIO DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR Y/O N° Folio de la credencial para votar y/o el número del acta |
|
ACTA CONSTITUTIVA |
|
constitutiva, debiéndose anexar copia fotostática. |
|
(11) TELÉFONO |
|
Número telefónico de localización de la persona u organización social |
|
(12) R.F.C. |
|
Registro Federal
de Contribuyentes |
|
(13) CONCEPTO |
|
Marcar la viñeta en caso de que la aportación sea destinada para
operación ordinaria o para campaña interna de algún precandidato. |
|
(14) EFECTIVO Y ESPECIE |
|
Marcar la viñeta en caso de que la aportación sea en efectivo o en especie. |
|
(14A) AVALUÓ DEL BIEN APORTADO POR PERITO Exhibir
avaluó del bien aportado, emitido por perito |
|
VALUADOR |
|
valuador |
|
(15) BIEN APORTADO |
|
En caso de que la aportación sea en especie describir el bien de que se trata |
|
(16) CRITERIO DE VALUACIÓN |
|
Describir el criterio bajo el cual se realizó la valuación del bien |
|
(17) NOMBRE Y FIRMA DEL SIMPATIZANTE |
|
Nombre y firma de quien realice
la aportación |
|
(18) NOMBRE PARTIDO
POLÍTICO |
|
Y |
|
FIRMA AUTORIZADA POR EL Nombre y firma de la persona
autorizada por el partido político para recibir
aportaciones en efectivo y en especie de los simpatizantes. |
|
1 |
|
0 |
![]()

|
CONTROL DE FOLIOS
DE RECIBOS DE APORTACIONES DE SIMPATIZANTES FORMATO APOS 2 |
|
EMBLEMA
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
CONTROL
DE FOLIOS EXPEDIDOS POR EL COMITÉ _________________________________________ (1) DEL PARTIDO __________________________________________________________________________ (2) TOTAL
DE RECIBOS DE APORTACIONES DE SIMPATIZANTES IMPRESOS: _______________________ (3) DEL FOLIO: _________________________________ AL FOLIO: _________________________________ (4) |
|
N°. DE FOLIO (5) |
|
FECHA (6) |
|
NOMBRE DE QUIEN |
|
MONTO (8) |
|
REALIZA LA APORTACIÓN (7) |
|
TOTAL DE RECIBOS
EXPEDIDOS |
|
(9) (10) (11) |
|
TOTAL DE RECIBOS
CANCELADOS TOTAL DE RECIBOS
PENDIENTES DE UTILIZAR |
|
_ |
|
_____________________________________________________________________ |
|
NOMBRE Y FIRMA
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (12) |
|
1 |
|
1 |
![]()



|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO APOS 2 |
|
Deberá presentarse un formato
de concentración general de todos los simpatizantes |
|
(1) CONTROL
DE FOLIOS EXPEDIDOS POR
EL Nombre del Comité Directivo Estatal,
Distrital o Municipal |
|
COMITÉ |
|
u órgano equivalente del partido político |
|
(2) PARTIDO |
|
Denominación completa del partido político |
|
(3) TOTAL
DE RECIBOS IMPRESOS |
|
Total de recibos
impresos durante el ejercicio que se reporta, de acuerdo
a la numeración correspondiente al órgano del partido político que recibió las aportaciones |
|
(4) FOLIO |
|
Número inicial y número final de los folios impresos durante el ejercicio que se reporta, de acuerdo a la numeración correspondiente al
órgano del partido
político que recibió las aportaciones |
|
(5) N°. DE FOLIO (6) FECHA |
|
Deberá listarse, uno por uno, los números consecutivos de folio, incluidos los cancelados y los pendientes de utilizar |
|
Día, mes y año, en que se realiza la aportación |
|
(7) SIMPATIZANTE U ORGANIZACIÓN QUE REALIZA
LA APORTACIÓN |
|
Deberá expresarse el nombre
o denominación del simpatizante u organización que realizó la aportación. |
|
En el caso de recibos
cancelados, deberá escribirse la palabra “CANCELADO “. |
|
En el caso de recibos pendientes de utilizar, deberá expresarse la palabra “PENDIENTE” |
|
(8) MONTO |
|
En el caso de los recibos
expedidos, deberá expresarse el monto de
la aportación que amparan. |
|
En el caso de los recibos cancelados y los pendientes de utilizar, deberá ponerse una línea transversal en el recuadro correspondiente |
|
(9) TOTAL
DE RECIBOS EXPEDIDOS |
|
Total de recibos
utilizados durante el ejercicio que se reporta |
|
(10) TOTAL DE RECIBOS CANCELADOS (11) TOTAL DE RECIBOS PENDIENTES DE UTILIZAR |
|
Total de recibos cancelados durante el ejercicio que se reporta |
|
Total de recibos
pendientes de utilizar que se encuentran en poder del órgano del partido político. |
|
Nombre y firma del titular del órgano interno del partido político |
|
(12) NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
1 |
|
2 |
![]()

|
DETALLE DE MONTOS
APORTADOS POR SIMPATIZANTES DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
FORMATO APOS 3 |
|
NOMBRE DEL PARTIDO POLÍTICO: _______________________________________________________ (1) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (2) |
|
I. DETALLE SOBRE LAS APORTACIONES EN EFECTIVO |
|
TIPO DE INGRESOS |
|
NUMERO DE APORTACIONES RECIBIDAS |
|
MONTO TOTAL
POR APORTACIONES |
|
APORTACIONES DE PERSONAS FÍSICAS APORTACIONES DE PERSONAS MORALES APORTACIONES RECIBIDAS EN COLECTA |
|
(3) (5) (7) (9) |
|
$ |
|
(4) (6) |
|
$ $ $ |
|
(8) |
|
TOTAL |
|
(10) |
|
II. DETALLE SOBRE
LAS APORTACIONES EN ESPECIE |
|
TIPO DE INGRESOS |
|
NUMERO DE APORTACIONES RECIBIDAS |
|
MONTO TOTAL
POR APORTACIONES (12) |
|
APORTACIONES DE PERSONAS |
|
(11) (13) (15) |
|
FÍSICAS |
|
APORTACIONES DE PERSONAS MORALES |
|
(14) (16) |
|
TOTAL |
|
III. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________________ |
|
NOMBRE Y FIRMA
DEL TITULAR DEL ÓRGANO
INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (17) |
|
FECHA ___________________ (18) |
|
1 |
|
3 |



|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO APOS 3 |
|
(1) PARTIDO POLÍTICO (2) COMITÉ |
|
Nombre completo del partido político que informa |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político |
|
APARTADO I. DETALLE SOBRE
LAS APORTACIONES EN EFECTIVO |
|
(3) N° DE APORTACIONES DE PERSONAS FÍSICAS |
|
Total de personas
físicas que realizaron aportaciones en |
|
efectivo al partido político durante el ejercicio que se reporta. |
|
(4) MONTO TOTAL
POR APORTACIONES |
|
Monto total
de aportaciones de personas físicas en efectivo |
|
(5) N° DE APORTACIONES DE PERSONAS MORALES |
|
Total de personas morales que realizaron aportaciones en efectivo al partido
político durante el ejercicio que se reporta. |
|
(6) MONTO TOTAL
POR APORTACIONES |
|
Monto total
de aportaciones en efectivo de personas morales |
|
(7) APORTACIONES RECIBIDAS EN COLECTA |
|
Total de colectas
realizadas durante el ejercicio que se reporta |
|
(8) MONTO TOTAL
OBTENIDO EN COLECTAS (9) TOTAL
DE APORTACIONES RECIBIDAS (10) TOTAL DEL MONTO RECIBIDO |
|
Monto total
obtenido por la realización de
las colectas Total de
las aportaciones recibidas por el partido político. |
|
Total de los ingresos obtenidos en efectivo
por el partido político en el periodo que se informa |
|
APARTADO II. DETALLE SOBRE
LAS APORTACIONES EN ESPECIE |
|
(11) N° DE APORTACIONES DE PERSONAS
FÍSICAS |
|
Total de personas
físicas que realizaron aportaciones en especie al partido político durante el ejercicio que se |
|
reporta. |
|
(12) MONTO TOTAL POR APORTACIONES |
|
Monto total
de aportaciones de personas físicas en especie |
|
(13) N° DE APORTACIONES DE PERSONAS
MORALES Total de personas morales que realizaron aportaciones |
|
en especie al partido
político durante el ejercicio que se reporta. |
|
(14) MONTO TOTAL POR APORTACIONES |
|
Monto total
de aportaciones en especie de personas morales |
|
(15) TOTAL DE APORTACIONES RECIBIDAS (16) TOTAL DEL MONTO RECIBIDO |
|
Total de
las aportaciones recibidas por el partido político. |
|
Total de las aportaciones en especie
por el partido político en el periodo que se informa |
|
APARTADO III.
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN (17) NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Nombre y firma del titular
del órgano interno del partido político |
|
(18) FECHA |
|
Fecha (día, mes y año) en que se requisita el formato |
|
Nota: En caso de que el espacio
para el detalle de la información sea insuficiente, podrán llenarse las hojas que se consideren necesarias. |
|
1 |
|
4 |
![]()
![]()


![]()
|
CONTROL DE EVENTOS
DE AUTOFINANCIAMIENTO |
|
FORMATO AUTOFIN |
|
FORMATO DE CONTROL: __________ (1) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
PARTIDO: _____________________________________________________________________________ (2) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (3) |
|
TIPO DE EVENTO: |
|
CONFERENCIAS
(___); ESPECTÁCULOS (___); JUEGOS Y SORTEOS (___); VENTAS
EDITORIALES (___); VENTA DE BIENES (___); |
|
EVENTOS
CULTURALES (___); |
|
VENTA
DE PROPAGANDA UTILITARIA
(___) OTROS _________________________________________________ (4) EJECUCIÓN: |
|
ADMINISTRACIÓN |
|
CONTRATO |
|
(5) |
|
CONTRATADO CON (6) |
|
________________________________________________________________________________ |
|
_________________________________________________________________________________ |
|
INGRESOS: _______________ VENTA DE BOLETOS |
|
EXPEDICIÓN DE RECIBOS _________ |
|
OTROS ________________________ (INDICAR) |
|
(7) (8) |
|
CONTROL
DE FOLIOS |
|
TOTAL DE FOLIOS
IMPRESOS |
|
UTILIZADOS |
|
DEL N° DEL N° DEL N° |
|
AL N°. AL N°. AL N°. |
|
CANCELADOS POR UTILIZAR |
|
INGRESO
BRUTO OBTENIDO |
|
$ $ $ |
|
(9) (10) (11) |
|
DESGLOSE: |
|
GASTOS
EFECTUADOS RELACIÓN |
|
INGRESO
NETO |
|
_ |
|
________________________________________________ |
|
NOMBRE
Y FIRMA DEL RESPONSABLE DEL EVENTO
(12) |
|
1 |
|
5 |
![]()



![]()
![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO AUTOFIN |
|
Deberá presentarse un formato
de control por cada evento Número consecutivo del evento |
|
(1) FORMATO DE CONTROL (2) PARTIDO |
|
Denominación completa del partido político |
|
(3) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido
político |
|
(4) TIPO DE EVENTO |
|
Puede ser
conferencias, espectáculos, juegos y sorteos, eventos
culturales, ventas
editoriales, venta de bienes, venta de propaganda utilitaria, así como cualquier otra similar que realicen para allegarse fondos. |
|
(5) EJECUCIÓN |
|
Anotar si lo administra el partido político o se contrata la celebración del evento |
|
(6) CONTRATADO CON (7) INGRESOS |
|
Nombre del prestador de
servicios, en su caso. |
|
Forma en que se obtuvo el ingreso (venta de boletos, expedición de recibos u otros) |
|
(8) CONTROL DE FOLIOS |
|
Control de folios: |
|
Total de impresos utilizados, cancelados o por utilizar, utilizando en su caso relaciones anexas |
|
(9) INGRESO BRUTO OBTENIDO (10) GASTOS EFECTUADOS (11) INGRESO NETO |
|
Resultado de la venta de boletos
o de expedición de boletos: debe
desglosarse el total
obtenido |
|
Total erogado
en la celebración del evento
y relacionar los mismos |
|
Deduciendo al ingreso bruto el total de gastos erogados en el evento |
|
(12) NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DEL EVENTO Nombre
y firma del responsable
del evento |
|
1 |
|
6 |
![]()

|
DETALLE DE INGRESOS
OBTENIDOS POR AUTOFINANCIAMIENTO DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
FORMATO AUTOFIN 2 |
|
PARTIDO: _____________________________________________________________________________ (1) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (2) |
|
I.
DETALLE DE LOS
MONTOS OBTENIDOS |
|
TIPO DE EVENTO |
|
NUMERO DE EVENTOS |
|
MONTO $ |
|
CONFERENCIAS |
|
(3) |
|
(4) (4) (4) (4) (4) (4) (4) (4) (4) (4) (4) (4) (5) |
|
ESPECTÁCULOS |
|
(3) (3) (3) (3) (3) (3) (3) (3) (3) (3) (3) |
|
JUEGOS |
|
SORTEOS |
|
EVENTOS CULTURALES VENTAS
EDITORIALES |
|
VENTAS
DE BIENES PROMOCIONALES VENTA DE PROPAGANDA UTILITARIA VENTA BIENES INMUEBLES VENTA DE BIENES MUEBLES VENTA DE ARTÍCULOS DE DESECHO INGRESOS POR OTROS EVENTOS |
|
TOTAL |
|
II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
__________________________________________________________________________ NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (6) |
|
FIRMA
____________________________ (7) FECHA ___________________________ (8) |
|
1 |
|
7 |


|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO AUTOFIN 2 |
|
APARTADO I. DETALLE DE LOS MONTOS OBTENIDOS |
|
(1) PARTIDO (2) COMITÉ |
|
Denominación completa del partido político |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido
político |
|
(3) NÚMERO DE EVENTOS |
|
Cantidad total
de eventos realizados por el partido político para la obtención de recursos, por cada uno de ellos. |
|
(4) MONTOS (5) TOTAL |
|
Importe total
obtenido de los eventos
realizados |
|
Suma total
de los ingresos obtenidos por el partido político en el periodo que se informa |
|
APARTADO II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(6) NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO Nombre
del titular del
órgano interno del partido político DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
(7) FIRMA |
|
Firma del titular
del órgano interno del partido político |
|
(8) FECHA |
|
Fecha (día, mes y año) en el que se requisita el formato |
|
Nota: en caso de que el espacio para el detalle
de la información sea insuficiente, podrán llenarse las hojas que se consideren necesarias. |
|
1 |
|
8 |
![]()


|
DETALLE DE INGRESOS
OBTENIDOS POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS, FONDOS Y FIDEICOMISOS |
|
FORMATO RENDIFIN |
|
PARTIDO: _____________________________________________________________________________ (1) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (2) |
|
I. DETALLE DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS |
|
INSTITUCIÓN FINANCIERA (3) |
|
OPERACIÓN FINANCIERA (3A) |
|
PERIODO DE LA OPERACIÓN (3B) |
|
MONTO DE LA OPERACIÓN (3C) |
|
MONTO DEL RENDIMIENTO (3D) |
|
FONDOS |
|
$ $ $ $ $ |
|
FIDEICOMISOS PAGARES CETES |
|
OTROS |
|
TOTAL |
|
(4) |
|
Anexar detalle de las instrucciones y fechas de
los contratos en que se realicen cualquiera de estas
inversiones. |
|
II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
_____________________________________________________________________________ NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (5) |
|
FIRMA
___________________________ (6) FECHA
___________________________ (7) |
|
1 |
|
9 |


|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO RENDIFIN |
|
APARTADO I. DETALLE DE LOS RENDIMIENTOS OBTENIDOS |
|
(1) PARTIDO (2) COMITÉ |
|
Denominación completa del partido político |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido
político |
|
(3) INSTITUCIÓN FINANCIERA (3A) OPERACIÓN FINANCIERA (3B) PERIODO DE LA OPERACIÓN (3C) MONTO DE LA OPERACIÓN (3D) MONTO DEL RENDIMIENTO |
|
Institución financiera o de crédito Tipo de operación financiera |
|
Periodo de la operación financiera Monto de la operación financiera |
|
Importe total obtenido por rendimientos de cada uno de los tipos
de inversión con que cuenta el partido
político |
|
(4) TOTAL |
|
Suma total
de los rendimientos obtenidos por el partido político en el periodo que se informa |
|
Anexar: Detalle de las instituciones bancarias y detalle de las instrucciones y fechas
de los contratos en que se realicen cualquiera de estas inversiones. |
|
APARTADO II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(5) NOMBRE (6) FIRMA |
|
Nombre del titular del
órgano interno del partido político Firma del titular
del órgano interno del partido político Fecha (día, mes y año) en el que se requisita el formato |
|
(7) FECHA |
|
Nota: en caso de que el espacio para el detalle de la información sea insuficiente podrán llenarse las hojas que se consideren necesarias. |
|
2 |
|
0 |
![]()


|
TRANSFERENCIAS DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL U ÓRGANO EQUIVALENTE DEL PARTIDO POLÍTICO AL COMITÉ EJECUTIVO DEL ESTADO
U ÓRGANO EQUIVALENTE |
|
FORMATO TRANSFER 1 |
|
PARTIDO: ________________________________________________________ |
|
TRANSFERENCIA RECIBIDA
DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL U ÓRGANO EQUIVALENTE |
|
MONTO DE LA TRANSFERENCIA |
|
EN EFECTIVO AL COMITÉ EJECUTIVO DEL ESTADO U ÓRGANO EQUIVALENTE DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
$ $ $ |
|
(1) (2) (3) |
|
EN ESPECIE AL COMITÉ EJECUTIVO DEL ESTADO U ÓRGANO EQUIVALENTE DEL PARTIDO POLÍTICO
* |
|
TOTAL |
|
* |
|
Anexar el detalle
de las transferencias de los bienes
o productos, en
su caso, el reporte de la salida de almacén. |
|
II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (4) |
|
FIRMA ___________________________ (5) |
|
FECHA ___________________________ (6) |
|
2 |
|
1 |


|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO TRANSFER 1 |
|
APARTADO I. DETALLE DE LAS OPERACIONES REALIZADAS |
|
(1) EN EFECTIVO AL COMITÉ EJECUTIVO DEL
Anotar el total de las transferencias de recursos en ESTADO U ÓRGANO EQUIVALENTE DEL PARTIDO efectivo efectuadas por el Comité Ejecutivo Nacional u |
|
POLÍTICO |
|
órgano equivalente del
partido político al Comité Ejecutivo u órgano equivalente del partido político de esta entidad, durante el periodo que se reporte. |
|
(2) EN ESPECIE
AL COMITÉ EJECUTIVO DEL
Anotar el total de las transferencias de recursos en ESTADO U ÓRGANO EQUIVALENTE DEL PARTIDO especie efectuadas por el Comité Ejecutivo Nacional u |
|
POLÍTICO |
|
órgano equivalente del
partido político al Comité Ejecutivo u órgano equivalente del partido político de esta entidad, durante el periodo que se reporte. |
|
(3) TOTAL |
|
Anotar la suma total
de las transferencias recibidas en efectivo y en especie. |
|
APARTADO II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(4) NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO Nombre
del titular del
órgano interno del partido político DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
(5) FIRMA |
|
Firma del titular
del órgano interno del partido político |
|
(6) FECHA |
|
Fecha (día, mes y año) en el que se requisita el formato |
|
Nota: En caso de que el espacio para el detalle de la información sea insuficiente podrán llenarse las hojas que se consideren necesarias. |
|
2 |
|
2 |
![]()


|
TRANSFERENCIAS DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL ESTADO A ORGANIZACIONES |
|
ADHERENTES U ÓRGANOS EQUIVALENTES. |
|
FORMATO TRANSFER 2 |
|
NOMBRE DEL PARTIDO POLÍTICO: ________________________________________________________ |
|
TRANSFERENCIAS
A ORGANIZACIONES ADHERENTES, U ÓRGANOS EQUIVALENTES. |
|
MONTO DE LA TRANSFERENCIA |
|
EN EFECTIVO |
|
$ |
|
(1) (2) |
|
EN ESPECIE * |
|
$ |
|
EN EFECTIVO EN ESPECIE * EN EFECTIVO EN ESPECIE * |
|
$ $ $ $ |
|
(1) (2) (1) (2) (3) |
|
TOTAL |
|
$ |
|
* |
|
Anexar el detalle
de las transferencias de los bienes
o productos, en
su caso, el reporte de la salida de almacén. |
|
II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (4) |
|
FIRMA ___________________________ (5) FECHA ___________________________ (6) |
|
2 |
|
3 |


![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO TRANSFER 2 |
|
APARTADO I. DETALLE DE LAS OPERACIONES REALIZADAS |
|
(1) |
|
EN |
|
EFECTIVO |
|
A |
|
ORGANIZACIONES Anotar
el total de las transferencias de recursos en |
|
ADHERENTES, U ÓRGANOS EQUIVALENTES. |
|
efectivo efectuadas por el Comité Ejecutivo Estatal
a las organizaciones adherentes, u órganos equivalentes del partido político, durante el periodo que se reporte |
|
(2) EN ESPECIE
A ORGANIZACIONES ADHERENTES, Anotar el total de las transferencias de recursos en |
|
U ÓRGANOS EQUIVALENTES * |
|
especie efectuadas por el Comité Ejecutivo Estatal
a las organizaciones adherentes, u órganos equivalentes del partido político, durante el periodo que se reporte |
|
(3) TOTAL |
|
Anotar la suma total
de las transferencias recibidas en efectivo y en especie. |
|
APARTADO II. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(4) NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO Nombre
del titular del
órgano interno del partido político DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
(5) FIRMA |
|
Firma del titular
del órgano interno del partido político |
|
(6) FECHA |
|
Fecha (día, mes y año) en el que se requisita el formato |
|
Nota: En caso de que el espacio para el detalle de la información sea insuficiente podrán llenarse las hojas
que se consideren necesarias. |
|
2 |
|
4 |
![]()


|
RECIBO DE RECONOCIMIENTOS POR ACTIVIDADES POLÍTICAS |
|
FORMATO REPAP |
|
N°. DE FOLIO ___________________ (1) LUGAR
________________________ (2) FECHA ________________________ (3) BUENO POR $
___________________ (4) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
NOMBRE: _____________________________________________________________________________ (5) NUMERO. DE FOLIO
DE CREDENCIAL PARA VOTAR:
_______________________________________ (6) NUMERO DE OTRO TIPO DE IDENTIFICACIÓN_____________________________________________ (6A) DOMICILIO: ____________________________________________________________________________ |
|
______________________________________________________________________________________ (7) |
|
TELÉFONO: ___________________________________________________________________________ (8) ACUSE RECIBO DE: |
|
EL COMITÉ ____________________________________________________________________________ (9) DEL PARTIDO _________________________________________________________________________ (10) POR
LA CANTIDAD DE $
________________________________________________________________ (11) POR HABER REALIZADO ACTIVIDADES CONSISTENTES
EN:
____________________________________ |
|
_____________________________________________________________________________________
(12) |
|
DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO: (13) DEL |
|
AL |
|
(13) |
|
POR ACTIVIDADES ORDINARIAS POR ACTIVIDADES DE CAMPAÑA |
|
POR ACTIVIDADES DE PRECAMPAÑA (14) |
|
DE LA CAMPAÑA
ELECTORAL PARA ______________________________________________
(15) |
|
NOMBRE
Y FIRMA DE QUIEN RECIBE
EL PAGO (16) |
|
NOMBRE
Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO (17) |
|
2 |
|
5 |
![]()

![]()

![]()
![]()
![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO REPAP |
|
(1) N°. DE FOLIO (2) LUGAR |
|
Número consecutivo de reconocimiento |
|
Localidad de recepción del reconocimiento Día, mes y año en que se otorga
el reconocimiento Monto del reconocimiento en pesos |
|
(3) FECHA |
|
(4) BUENO POR (5) NOMBRE |
|
Nombre completo de la persona a quien se otorga
el reconocimiento |
|
(6) NUMERO. DE FOLIO DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR |
|
Número de folio de la credencial para votar, anexándose copia fotostática legible de la credencial por ambos lados |
|
(6A) OTRO TIPO DE IDENTIFICACIÓN (7) DOMICILIO |
|
Pasaporte, CURP,
Credencial de Seguridad Social, Credencial de Institución Educativa Anexando copia fotostática del documento |
|
Domicilio
completo (calle, número, exterior e interior, colonia, código postal, ciudad
y entidad federativa) de la persona a quien se otorga
el reconocimiento |
|
(8) TELÉFONO (9) EL
COMITÉ |
|
Número telefónico de localización de la persona |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido
político, según corresponda |
|
(10) PARTIDO |
|
Nombre completo del partido político que otorga
el reconocimiento |
|
(11) CANTIDAD |
|
Cantidad con número y letra |
|
(12) POR HABER REALIZADO ACTIVIDADES |
|
Especificación de la actividad que
realizó la persona como proselitismo, propaganda electoral, promoción del voto, etc. |
|
(13) DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO |
|
Señalar la fecha
de inicio y conclusión de la actividad realizada |
|
(14) ACTIVIDADES ORDINARIAS, DE PRECAMPAÑA Señalar para qué tipo de actividad fue otorgado
el |
|
Y DE CAMPAÑA |
|
reconocimiento |
|
(15) EN LA CAMPAÑA ELECTORAL |
|
Señalar la campaña de que se trate (Gobernador, Diputados o Ayuntamientos) |
|
(16) NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBE EL PAGO |
|
Nombre y firma del beneficiario del reconocimiento |
|
(17) NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Nombre y firma del titular del órgano interno del partido político |
|
2 |
|
6 |
![]()

|
CONTROL DE FOLIOS
DE RECIBOS DE RECONOCIMIENTOS POR ACTIVIDADES POLÍTICAS |
|
FORMATO CF-REPAP |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
CONTROL
DE FOLIOS EXPEDIDOS POR EL COMITÉ _________________________________________ (1) DEL PARTIDO: __________________________________________________________________________ (2) |
|
TOTAL DE LOS RECIBOS DE RECONOCIMIENTO DE ACTIVIDADES POLÍTICAS |
|
RECIBOS IMPRESOS ____________________________________________________________________ (3) DEL FOLIO __________________________ AL FOLIO
____________________________ ____________ (4) |
|
N°. DE FOLIO (5) |
|
FECHA (6) |
|
PERSONA
QUE RECIBE EL RECONOCIMIENTO (7) |
|
MONTO (8) |
|
TOTAL DE RECIBOS
EXPEDIDOS |
|
(9) (10) (11) |
|
TOTAL DE RECIBOS
CANCELADOS TOTAL DE RECIBOS
PENDIENTES DE UTILIZAR |
|
_ |
|
_____________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (12) |
|
2 |
|
7 |




|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO CF-REPAP |
|
(1) CONTROL DE FOLIOS
EXPEDIDOS POR EL COMITÉ |
|
Control de folios
expedidos por el Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido
político, según corresponda, que otorgó los reconocimientos |
|
(2) PARTIDO |
|
Denominación completa del partido político |
|
(3) TOTAL
DE RECIBOS IMPRESOS |
|
Total de
recibos impresos durante el ejercicio que se reporta,
de acuerdo a la numeración correspondiente al órgano del partido político que otorgó los reconocimientos |
|
(4) FOLIO |
|
Número inicial y número final de los folio impresos durante el |
|
ejercicio que
se reporta, de acuerdo |
|
a la numeración |
|
correspondiente al órgano del partido político que otorgó los reconocimientos |
|
(5) N°. DE FOLIO (6) FECHA |
|
Deberá listarse, uno por uno, los
números consecutivos de folio, así como
la numeración de los cancelados y de aquellos por utilizar |
|
Fecha en la que el recibo fue expedido
o cancelado Nombre de quien recibió el reconocimiento. |
|
(7) PERSONA QUE RECIBE EL RECONOCIMIENTO |
|
En el caso de los recibos cancelados, deberá expresarse la palabra "CANCELADO". |
|
En el caso de los recibos pendientes de utilizar, deberá expresarse la palabra "PENDIENTE" |
|
(8) MONTO |
|
En el caso de los recibos expedidos, deberá expresarse el monto de la aportación que amparan. |
|
En el caso de los recibos cancelados y los pendientes de utilizar, deberá ponerse una línea transversal en el cuadro correspondiente |
|
(9) TOTAL
DE RECIBOS EXPEDIDOS (10) TOTAL DE RECIBOS CANCELADOS |
|
Total de
recibos utilizados durante el ejercicio que se reporta Total de
recibos cancelados durante
el ejercicio que se reporta |
|
(11) TOTAL DE RECIBOS PENDIENTES POR UTILIZAR |
|
Total de recibos
pendientes de utilizar que se encuentran en poder del órgano del partido político correspondiente |
|
(12) NOMBRE |
|
Y FIRMA
DEL TITULAR DEL Nombre y firma del titular del órgano interno del partido
político |
|
ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
2 |
|
8 |
![]()

|
INFORME TRIMESTRAL DE INGRESOS Y EGRESOS |
|
FORMATO ITRIM |
|
FORMATO DE CONTROL: _________ (1) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN |
|
PARTIDO: _____________________________________________________________________________ (2) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (3) DOMICILIO: _______________________________________ (4) TELÉFONO: ______________________ (5) |
|
INGRESOS |
|
MONTO |
|
FINANCIAMIENTO PÚBLICO |
|
Actividades Ordinarias Permanentes |
|
$ $ |
|
(6) (7) |
|
Actividades Específicas |
|
APORTACIONES DE MILITANTES OPERACIÓN ORDINARIA |
|
En Efectivo |
|
$ $ |
|
(8) (8) |
|
En Especie |
|
APORTACIONES DE MILITANTES CAMPAÑA INTERNA |
|
En efectivo |
|
$ $ |
|
(8a) (8a) |
|
En Especie |
|
APORTACIONES SIMPATIZANTES OPERACIÓN ORDINARIA |
|
En Efectivo |
|
$ $ |
|
(9) (9) |
|
En Especie |
|
APORTACIONES DE SIMPATIZANTES CAMPAÑA INTERNA En Efectivo |
|
$ $ $ |
|
(9a) (9a) (10) |
|
En Especie |
|
AUTOFINANCIAMIENTO |
|
RENDIMIENTOS FINANCIEROS, FONDOS Y FIDEICOMISOS Operación Ordinaria |
|
$ $ $ |
|
(11) (11) (12) |
|
Campaña Interna |
|
OTROS APOYOS FINANCIEROS IEEZ |
|
Transferencias de Recursos
de Dirigencias Partidistas Nacionales |
|
En Efectivo |
|
$ $ $ |
|
(13) (13) (14) |
|
En Especie |
|
Transferencias de Remanentes de las Campañas Locales. |
|
TOTAL |
|
$ |
|
(15) |
|
2 |
|
9 |
![]()


|
EGRESOS |
|
MONTO |
|
GASTOS EN ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Directos en Educación y Capacitación Política. Directos en
Investigación Socioeconómica y Política Directos en Tareas
Editoriales. |
|
$ $ $ $ |
|
(16) (16) (16) (16) |
|
Indirectos en Actividades Específicas GASTOS DE OPERACIÓN ORDINARIA Servicios Personales |
|
$ $ $ $ $ $ |
|
(17) (17) (17) (17) (18) (19) |
|
Materiales y Suministros |
|
Servicios Generales |
|
Bienes Muebles
e Inmuebles |
|
GASTOS DE PROMOCIÓN EN CAMPAÑAS INTERNAS TRANSFERENCIAS A ORGANIZACIONES ADHERENTES |
|
TOTAL |
|
$ |
|
(20) |
|
RESUMEN |
|
SALDO
INICIAL INGRESOS EGRESOS SALDO |
|
$ $ $ $ |
|
(21) (22) (23) (24) |
|
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________________ |
|
NOMBRE Y FIRMA
DEL TITULAR DEL ÓRGANO
INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (25) |
|
_ |
|
__________________________ (26) FECHA |
|
3 |
|
0 |


|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO ITRIM |
|
(1) FORMATO DE CONTROL (2) PARTIDO |
|
Número consecutivo del evento |
|
Denominación completa del partido político |
|
(3) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político |
|
(4) DOMICILIO |
|
Domicilio completo donde se ubique el Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político, según corresponda. |
|
(5) TELÉFONO |
|
Número telefónico de localización del partido político. |
|
(6) FINANCIAMIENTO PÚBLICO ACTIVIDADES ORDINARIAS PERMANENTES |
|
Cantidad por concepto de financiamiento público para actividades ordinarias permanentes. |
|
(7) FINANCIAMIENTO PÚBLICO PARA ACTIVIDADES ESPECÍFICAS |
|
Cantidad por concepto de financiamiento público para actividades especificas. |
|
(8) FINANCIAMIENTO POR MILITANTES OPERACIÓN ORDINARIA. |
|
Cantidad por concepto de militantes para operación ordinaria en efectivo y en especie. |
|
(8a) FINANCIAMIENTO POR MILITANTES PARA CAMPAÑAS
INTERNAS. |
|
Cantidad por concepto de militantes para campañas internas en efectivo y en especie. |
|
(9) FINANCIAMIENTO POR SIMPATIZANTES OPERACIÓN ORDINARIA |
|
Cantidad por concepto de simpatizantes, para operación ordinaria en efectivo y en especie.. |
|
(9a) FINANCIAMIENTO POR SIMPATIZANTES CAMPAÑAS
INTERNAS |
|
Cantidad por concepto de simpatizantes, para campañas internas en efectivo y en especie.. |
|
(10) AUTOFINANCIAMIENTO |
|
Cantidad por concepto de autofinanciamiento rifas,
sorteos, conferencias ventas
editoriales, espectáculos, etc. |
|
(11) RENDIMIENTOS FINANCIEROS, FONDOS Y Cantidad por concepto
de financiamiento por rendimientos de |
|
FIDEICOMISOS |
|
fondos y fideicomisos de operación ordinaria y campañas internas. |
|
(12) OTROS APOYOS FINANCIEROS IEEZ |
|
Cantidad recibida por otros conceptos. |
|
(13) TRANSFERENCIAS DE RECURSOS DE DIRIGENCIAS PARTIDISTAS NACIONALES |
|
Cantidad por concepto de transferencias del Comité Ejecutivo Nacional en efectivo y en especie. |
|
(14) TRANSFERENCIAS DE REMANENTES EN CAMPAÑAS LOCALES |
|
Cantidad por concepto de transferencias de Campañas Locales. |
|
(15) TOTAL DE INGRESOS |
|
Suma de
todos los ingresos percibidos del
partido político. |
|
3 |
|
1 |
![]()

|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO ITRIM |
|
(16) GASTOS EN ACTIVIDADES ESPECÍFICAS (17) GASTOS DE OPERACIÓN ORDINARIA |
|
Anotar los egresos originados por los conceptos de gastos directos en actividades específicas de Educación Capacitación Política, Investigación Socioeconómica y política |
|
y |
|
y Tareas Editoriales, así como los Gastos Indirectos. |
|
Anotar todos
los egresos que se originen por gastos en operaciones ordinarias servicios personales, materiales y suministros, servicios generales etc. |
|
(18) GASTOS DE PROMOCIÓN EN CAMPAÑAS INTERNAS |
|
Anotar los Egresos por concepto de gastos
originados con motivos de los procesos de selección interna de sus candidatos para campañas locales. |
|
(19) TRANSFERENCIAS (20) TOTAL DE EGRESOS (21) SALDO
INICIAL (22) INGRESOS |
|
Anotar si es el caso
el gasto por transferencias Suma de
todos los egresos realizados por el partido político Anotar el saldo
inicial del periodo que se informa Anotar el total
de ingresos del
partido |
|
(23) EGRESOS |
|
Anotar el total
de egresos del partido |
|
(24) SALDO |
|
Anotar la diferencia
entre los ingresos y los egresos |
|
(25) NOMBRE |
|
Y FIRMA
DEL TITULAR DEL Nombre y firma del
titular del órgano interno del
partido |
|
ÓRGANO
INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
político |
|
(26) FECHA |
|
Fecha (días, mes y año) en que se requisita la información |
|
3 |
|
2 |
![]()

|
CONCILIACIÓN BANCARIA, PARA
DETALLAR EL SALDO EN
BANCOS, SALDO SEGÚN EN LIBROS Y LOS CARGOS Y ABONOS NO CORRESPONDIDOS POR EL BANCO |
|
FORMATO CONBA |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
PARTIDO ______________________________________________________________________________ (1) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (2) |
|
CONCILIACIÓN BANCARIA AL DÍA |
|
(3) |
|
SALDO EN BANCOS: |
|
(*) |
|
$ |
|
(4) |
|
MÁS: CARGOS DEL
BANCO NO CORRESPONDIDOS POR
EL PARTIDO POLÍTICO MÁS: CARGOS DEL PARTIDO POLÍTICO NO CORRESPONDIDOS POR EL |
|
$ $ |
|
(5) |
|
(6) |
|
BANCO |
|
MENOS: ABONOS DEL BANCO NO CORRESPONDIDOS POR EL PARTIDO POLÍTICO MENOS: ABONOS DEL PARTIDO NO CORRESPONDIDOS POR EL BANCO |
|
$ $ $ |
|
(7) (8) (9) |
|
IGUAL: |
|
SALDO EN LIBROS AL DÍA: |
|
$ |
|
(10) |
|
(*) Deberá acompañar copia fotostática del o de los estados
de cuenta bancarios correspondientes al trimestre, así como del contrato y del registro de firmas respectivo cuando se trate
de cuentas nuevas. |
|
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (11) |
|
FIRMA
___________________________ (12) |
|
FECHA ___________________________ (13) |
|
3 |
|
3 |


![]()
![]()

![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO CONBA |
|
(1) PARTIDO (2) COMITÉ |
|
Denominación completa del partido político |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido
político |
|
(3) CONCILIACIÓN BANCARIA AL DÍA (4) SALDO EN BANCOS |
|
Deberá expresarse el día, mes y año al que corresponda la
conciliación. |
|
Deberá enunciarse el
saldo que aparece en el estado de cuenta que se concilia, cuya fecha deberá coincidir con la
señalada en el punto número (1) de este formato |
|
(5) |
|
MÁS: |
|
CARGOS |
|
DEL |
|
BANCO |
|
NO Cheques pagados según el banco y comisiones más IVA cargadas por el banco que
aún no han sido consideradas en contabilidad. |
|
CORRESPONDIDOS POR EL PARTIDO POLÍTICO |
|
(6) MÁS: CARGOS DEL PARTIDO POLÍTICO NO Depósitos según contabilidad que aún no han sido |
|
CORRESPONDIDOS POR EL BANCO |
|
operados por el banco,
o no localizados como depósito en el estado de cuenta
bancario. |
|
(7) MENOS:
ABONOS DEL BANCO
NO Depósitos según el banco |
|
e intereses generados |
|
CORRESPONDIDOS POR EL PARTIDO POLÍTICO |
|
abonados por la institución bancaria que no han sido considerados en contabilidad. |
|
(8) MENOS:
ABONOS DEL PARTIDO NO Cheques pagados según contabilidad que
aún no han |
|
CORRESPONDIDOS POR EL BANCO |
|
sido pagados
por el banco. (Cheques en tránsito). |
|
Traspasos entre
cuentas, según contabilidad, que
no fueron realizados por el banco. |
|
(9) IGUAL |
|
Se deberá anotar el resultado que se obtenga de sumar al punto número (4), los puntos
números (5) y (6),
y restar los puntos
números (7) y (8) del presente formato. |
|
(10) SALDO EN LIBROS AL DÍA |
|
Se deberá anotar el saldo que registra en libros
la cuenta de bancos
que se concilia, cuyo saldo
debe coincidir con el saldo registrado en el punto número (9), y cuya fecha debe coincidir con la señalada en el punto número (3) de este formato. |
|
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN (11) NOMBRE DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO Nombre
del titular del
órgano interno del partido político DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
(12) FIRMA (13) FECHA |
|
Firma del titular
del órgano interno del partido político Fecha (día, mes y año) en el que se requisita el formato |
|
Nota: En caso de que el espacio para el detalle de la información sea insuficiente podrán llenarse las hojas que se consideren necesarias. |
|
3 |
|
4 |
![]()


|
RELACIÓN PORMENORIZADA DE LAS ALTAS DE ACTIVO
FIJO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. |
|
FORMATO ALTAS DE ACTIVO
FIJO (RAAFI) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
PARTIDO ______________________________________________________________________________ (1) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (2) CUENTA
O RUBRO:______________________________________________________________________ (3) ALTAS AL ACTIVO FIJO DURANTE EL
PERIODO COMPRENDIDO DEL _____________ AL __________ (4) |
|
TOTAL (14) |
|
$ |
|
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN ___________________________________________________________________ |
|
_ |
|
NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (15) |
|
FIRMA
____________________________ (16) |
|
FECHA ___________________________ (17) |
|
3 |
|
5 |
![]()
![]()

![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
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![]()
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![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()

|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO ALTAS DE ACTIVO
FIJO (RAAFI) |
|
(1) PARTIDO (2) COMITÉ |
|
Denominación completa del partido político |
|
Nombre del
Comité Directivo Estatal, Distrital Municipal u órgano equivalente del partido
político |
|
o |
|
(3) CUENTA
O RUBRO |
|
Rubro o cuenta de que se trate (mobiliario, equipo de cómputo, equipo de transporte, inmuebles, etcétera) |
|
(4) ALTAS
AL ACTIVO FIJO (5) N° DE INVENTARIO (6) FECHA
DE ADQUISICIÓN (7) ORIGEN |
|
Periodo que comprende el informe Número de inventario asignado |
|
Fecha de adquisición del bien |
|
Forma de adquisición (compra, donación, etcétera) |
|
(8) DESCRIPCIÓN |
|
Descripción que permita
la identificación plena del bien, definiendo sus características principales |
|
(9) N° DE SERIE |
|
Aplicable a bienes
como equipo de cómputo, |
|
electrodomésticos, automóviles, etcétera |
|
(10) VALOR DE FACTURA Y/O VALOR COMERCIAL (11) CRITERIO DE EVALUACIÓN |
|
Valor consignado en la factura
y/o el valor
estimado por corredor público o perito
valuador. |
|
Criterio de valuación del bien por un corredor público o perito valuador. |
|
(12) ÁREA DE UBICACIÓN Y NOMBRE
DEL RESGUARDANTE |
|
Lugar donde se encuentran físicamente los bienes, para su verificación y nombre
de la persona responsable de la custodia de los bienes. |
|
(13) NÚMERO DE PÓLIZA DEL REGISTRO DE LA ALTA |
|
Número de la póliza registrada y emitida por el sistema contable |
|
(14) TOTAL |
|
Suma
total de las altas registradas |
|
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(15) NOMBRE DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO Nombre
del titular del
órgano interno del partido político DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
(16) FIRMA (17) FECHA |
|
Firma del titular
del órgano interno del partido político Fecha (día, mes y año) en el que se requisita el formato |
|
Nota: En caso de que el espacio para el detalle de la información sea insuficiente podrán llenarse las hojas que se consideren necesarias. |
|
3 |
|
6 |
![]()


|
RELACIÓN PORMENORIZADA DE LAS BAJAS DE ACTIVO
FIJO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. |
|
FORMATO BAJAS DE ACTIVO
FIJO (BAFI) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
PARTIDO ______________________________________________________________________________ (1) COMITÉ: ______________________________________________________________________________ (2) CUENTA
O RUBRO: _____________________________________________________________________ (3) BAJAS AL ACTIVO FIJO DURANTE EL PERIODO
COMPRENDIDO DEL ____________ AL __________ (4) |
|
N° DE INVENTARIO (5) |
|
DESCRIPCIÓN (6) |
|
N° DE SERIE (7) |
|
VALOR Y/O COSTO (8) |
|
CAUSA DE LA BAJA (9) |
|
NÚMERO DE PÓLIZA
Y REGISTRO DE LA BAJA (10) |
|
TOTAL |
|
$ |
|
(11) |
|
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO
POLÍTICO (12) |
|
FIRMA
___________________________ (13) FECHA ___________________________ (14) |
|
3 |
|
7 |
![]()


|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO BAJAS DE ACTIVO FIJO (BAFI) |
|
(1) PARTIDO (2) COMITÉ |
|
Denominación completa del partido político |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido
político |
|
(3) CUENTA
O RUBRO |
|
Rubro o cuenta de que se trate (mobiliario, equipo de cómputo, equipo de transporte, inmuebles, etcétera) |
|
(4) BAJAS
AL ACTIVO FIJO (5) N° DE INVENTARIO (6) DESCRIPCIÓN |
|
Periodo que comprende el informe Número de inventario asignado |
|
Descripción que permita
la identificación plena del bien, definiendo sus características principales |
|
(7) N° DE SERIE |
|
Aplicable a bienes como equipo
de cómputo, electrodomésticos, automóviles, etcétera |
|
(8) VALOR
Y/O COSTO (9) CAUSA
DE LA BAJA |
|
Valor asignado a esta baja. |
|
Causa o motivo por la que se da de baja el bien (uso, pérdida, robo, etcétera) |
|
(10) NÚMERO DE PÓLIZA Y REGISTRO DE LA BAJA (11) TOTAL |
|
Número de póliza registrada y emitida por el sistema contable |
|
Suma
total de las bajas registradas |
|
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(12) NOMBRE DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO Nombre
del titular del
órgano interno del partido político DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
(13) FIRMA (14) FECHA |
|
Firma del titular
del órgano interno del partido político Fecha (día, mes y año) en el que se requisita el formato |
|
Nota: En caso de que el espacio para el detalle de la información sea insuficiente podrán llenarse las hojas que se consideren necesarias. |
|
3 |
|
8 |


|
INFORME ANUAL SOBRE
EL ORIGEN Y DESTINO
DE LOS RECURSOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS |
|
FORMATO INFANU |
|
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL: __________________________________________
(1) I. IDENTIFICACIÓN |
|
PARTIDO ___________________________________________________________________________ (2) COMITÉ: ___________________________________________________________________________ (3) DOMICILIO __________________________________________________________________________ (4) TELÉFONO __________________________ (4) |
|
II. INGRESOS |
|
INGRESOS |
|
IMPORTE
PARCIAL |
|
IMPORTE
TOTAL |
|
Saldo inicial Financiamiento público |
|
$ $ |
|
(5) (6) |
|
Actividades Ordinarias Actividades Especificas |
|
$ $ |
|
Aportaciones de Militantes Operación |
|
$ |
|
(7) |
|
Ordinaria |
|
Efectivo Especie |
|
$ $ |
|
Aportación Militantes Campaña Interna Efectivo Especie |
|
$ $ |
|
(7) (8) |
|
$ $ |
|
Aportaciones de Simpatizantes Operación |
|
Ordinaria |
|
Efectivo Especie |
|
$ $ |
|
Aportación de Simpatizantes Campaña Interna |
|
$ |
|
(8) |
|
Efectivo Especie |
|
$ $ |
|
Autofinanciamiento Rendimientos financieros, fondos y fideicomisos |
|
$ $ |
|
(9) (10) |
|
Otros Apoyos Financieros del IEEZ |
|
$ $ |
|
(10A) (11) |
|
Transferencia de Recursos de Dirigencias |
|
Partidistas Nacionales |
|
Efectivo Especie |
|
$ $ |
|
Transferencias de Remanentes de las Campañas Locales. TOTAL |
|
$ $ |
|
(12) (13) |
|
3 |
|
9 |



![]()
|
III. EGRESOS |
|
EGRESOS |
|
IMPORTE PARCIAL |
|
IMPORTE TOTAL |
|
GASTOS EN ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Directos en Educación y Capacitación Política Directos en
Investigación Socioeconómica y Política Directos en Tareas
Editoriales. Indirectos en Actividades Específicas GASTOS DE OPERACIÓN ORDINARIA Servicios Personales Materiales y Suministros Servicios Generales Bienes Muebles
e Inmuebles GASTOS DE PROMOCIÓN EN CAMPAÑAS INTERNAS TRANSFERENCIAS A ORGANIZACIONES ADHERENTES. |
|
$ $ |
|
(14) (15) |
|
$ $ |
|
$ $ |
|
$ $ $ $ |
|
$ $ $ |
|
(16) (17) (18) |
|
TOTALES |
|
IV. RESUMEN |
|
INGRESOS |
|
$ $ $ |
|
(19) (20) (21) |
|
EGRESOS SALDO |
|
V. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (22) |
|
FECHA ___________________________ (23) |
|
4 |
|
0 |



|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO INFANU |
|
(1) CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL |
|
Año fiscal que comprende el informe |
|
APARTADO I.
IDENTIFICACIÓN |
|
(2) PARTIDO |
|
Denominación completa del partido político |
|
(3) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político |
|
(4) DOMICILIO/ TELÉFONO |
|
Domicilio completo (calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad
y entidad federativa), en donde se ubiquen las oficinas del partido político, así como el o los teléfonos. |
|
APARTADO II. INGRESOS |
|
(5) SALDO INICIAL |
|
Anotar el monto total de los
recursos monetarios con que se inicia
el
año que comprende el informe. |
|
(6) FINANCIAMIENTO PÚBLICO |
|
Anotar los fondos recibidos por financiamiento público por sus diferentes tipos, es decir, tanto para actividades ordinarias como actividades especificas. |
|
(7) FINANCIAMIENTO DE MILITANTES OPERACIÓN ORDINARIA Y CAMPAÑA INTERNA |
|
Monto total
de los ingresos obtenidos por el partido político, por las cuotas
y aportaciones de sus militantes debidamente registrados y aportaciones de militantes para campañas internas, separando efectivo y especie. |
|
(8) FINANCIAMIENTO DE SIMPATIZANTES OPERACIÓN ORDINARIA Y CAMPAÑA INTERNA |
|
Monto total
de los ingresos obtenidos por concepto de aportaciones en efectivo y en especie recibidas por el |
|
partido político, de parte de sus simpatizantes |
|
y |
|
aportaciones de simpatizantes para campañas internas, separando efectivo y especie. |
|
(9) AUTOFINANCIAMIENTO |
|
Monto total de ingresos obtenidos por el partido
político derivado de sus
actividades promociónales: conferencias, espectáculos, juegos, sorteos, eventos culturales, ventas
editoriales, venta de bienes y de propaganda utilitaria. |
|
(10) RENDIMIENTOS FINANCIEROS, FONDOS Y FIDEICOMISOS |
|
Monto total de los ingresos obtenidos por los rendimientos de los fondos o fideicomisos creados con su patrimonio o con las
aportaciones que reciban, así como los derivados de otras
operaciones con instituciones financieras. |
|
4 |
|
1 |
![]()
![]()

|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO INFANU |
|
(10
A)
OTROS APOYOS
FINANCIEROS DEL IEEZ |
|
Monto total
de otros ingresos obtenidos por prerrogativas |
|
en medios: Prensa, Programas de Radio y Televisión |
|
(11) TRANSFERENCIA DE RECURSOS DE DIRIGENCIAS PARTIDISTAS NACIONALES |
|
Aportaciones recibidas en efectivo o en especie por el partido de otros
comités, por ejemplo el Comité Ejecutivo Nacional |
|
(12) TRANSFERENCIA DE REMANENTES DE CAMPAÑAS LOCALES. |
|
Aportaciones recibidas como resultado de los remanentes de
campañas locales. |
|
(13) TOTAL |
|
Suma total
de los ingresos obtenidos por el partido político en el período que se informa. |
|
APARTADO III. EGRESOS |
|
(14) GASTOS EN ACTIVIDADES ESPECÍFICAS |
|
El total de gastos directos que por concepto de actividades específicas en educación y capacitación |
|
política, en investigación socioeconómica |
|
y tareas |
|
editoriales, así como gastos indirectos en actividades especificas en el año de que se trate. |
|
(15) GASTOS DE OPERACIÓN ORDINARIA |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por el partido político por cada uno de los conceptos involucrados en su operación ordinaria: Servicios Personales, Materiales y Suministros, Servicios Generales y Bienes Muebles
e Inmuebles etc. |
|
(16) GASTOS DE PROMOCIÓN EN CAMPAÑAS INTERNAS. |
|
En su caso, monto
total de los egresos efectuados por |
|
los diversos conceptos aplicables |
|
a las
campañas |
|
internas que hubiese realizado el partido
político, |
|
(17) TRANSFERENCIAS (18) TOTALES |
|
Monto total de los recursos transferidos por el partido
a sus comités según sea el caso. |
|
La suma de
los montos anteriores |
|
APARTADO IV. RESUMEN |
|
(19) INGRESOS |
|
Suma total
de los ingresos obtenidos por el partido político durante el periodo
que se informa |
|
(20) EGRESOS (21) SALDO |
|
Suma total
de los egresos efectuados por el partido político durante el periodo
que se informa. |
|
El balance de los rubros anteriores o el neto incluyendo los pasivos, los que se relacionarán por separado. |
|
APARTADO V. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN (22) NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO Nombre y firma del titular
del órgano interno del partido |
|
INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
político |
|
(23) FECHA |
|
Fecha (día, mes y año) en que se requisita el formato. |
|
4 |
|
2 |
![]()

|
INFORME SOBRE EL ORIGEN, MONTO
Y DESTINO DE LOS RECURSOS PARA LAS PRECAMPAÑAS DEL PARTIDO
POLÍTICO |
|
FORMATO PRECAMPAÑA |
|
I. IDENTIFICACIÓN |
|
PARTIDO ___________________________________________________________________________ (1) COMITÉ: ___________________________________________________________________________ (2) DOMICILIO __________________________________________________________________________ (3) TELÉFONO __________________________ (3) |
|
II.
IDENTIFICACIÓN DE LA PRECAMPAÑA TIPO DE PRECAMPAÑA: |
|
GOBERNADOR |
|
DIPUTADO |
|
AYUNTAMIENTO |
|
(4) |
|
FECHAS: De inicio _______________________ De término
______________________ |
|
(5) |
|
III.- IDENTIFICACIÓN DEL PRECANDIDATO |
|
NOMBRE: __________________________________________________________________________ (6) DOMICILIO: _________________________________________________________________________ (7) TELÉFONO: PARTICULAR
________________________ OFICINA ____________________________ (8) |
|
IV.- ORIGEN Y MONTO DE LOS RECURSOS DE LA PRECAMPAÑA (INGRESOS) APORTACIONES DEL ÓRGANO INTERNO |
|
MONTO |
|
(9) |
|
En efectivo En especie |
|
$ $ |
|
(9) (9) |
|
(10) |
|
APORTACIONES DEL PRECANDIDATO |
|
En efectivo En especie |
|
$ $ |
|
(10) (10) (11) |
|
APORTACIONES DE MILITANTES En efectivo En especie |
|
$ $ |
|
(11) (11) |
|
APORTACIONES DE SIMPATIZANTES |
|
En efectivo En especie |
|
$ $ |
|
(12) (12) |
|
4 |
|
3 |





|
AUTOFINANCIAMIENTO Por eventos |
|
(13) (13) (13) (14) |
|
$ $ $ |
|
Por colectas |
|
RENDIMIENTOS FINANCIEROS FONDOS Y FIDEICOMISOS TOTAL |
|
$ |
|
(15) |
|
V.- DESTINO DE LOS RECURSOS DE PRECAMPAÑA (EGRESOS) |
|
MONTO |
|
GASTOS
DE PROPAGANDA GASTOS
OPERATIVOS DE PRECAMPAÑA GASTOS
EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Gastos en Prensa Gastos en Radio Gastos en Televisión Gastos en Espectaculares Gastos de Propaganda en salas de cine Gastos de Propaganda en Páginas de Internet OTROS GASTOS |
|
$ $ |
|
(16) (17) |
|
$ $ $ $ $ $ $ $ |
|
(18) (19) (20) (21) (22) (23) (24) (25) |
|
TOTAL |
|
VI.- RESUMEN |
|
MONTO |
|
INGRESOS EGRESOS SALDO |
|
$ $ $ |
|
(26) (27) (28) |
|
VII. RESPONSABLES DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
______________________________________ |
|
NOMBRE Y FIRMA
DEL TITULAR DEL ÓRGANO
INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (29) |
|
_ |
|
___________________________________________________________________________ NOMBRE
Y FIRMA DEL PRECANDIDATO (30) |
|
FECHA ___________________________ (31) |
|
4 |
|
4 |




|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE PRECAMPAÑA |
|
APARTADO I. IDENTIFICACIÓN |
|
(1) PARTIDO |
|
Denominación completa del partido político |
|
(2) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político |
|
(3) DOMICILIO/ TELÉFONO |
|
Domicilio completo (calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad
y entidad federativa), en donde se ubiquen las oficinas del partido político, así como el o los teléfonos. |
|
APARTADO II. IDENTIFICACIÓN DE LA
PRECAMPAÑA |
|
(4) TIPO DE PRECAMPAÑA |
|
Señalar el tipo de precampaña cuyo informe se va a presentar |
|
(5) FECHA |
|
Día, mes y año de
inicio y término de la precampaña |
|
APARTADO III. IDENTIFICACIÓN DEL PRECANDIDATO |
|
(6) NOMBRE |
|
Nombre (s), apellido paterno y apellido materno del precandidato, sin abreviaturas |
|
(7) DOMICILIO (8) TELÉFONO |
|
Domicilio
completo (calle, número exterior e Interior, colonia, código postal, ciudad
y entidad Federativa) del precandidato |
|
Números telefónicos, tanto de su domicilio particular como el de sus oficinas |
|
APARTADO IV. ORIGEN Y MONTO DE RECURSOS DE PRECAMPAÑA (INGRESOS) |
|
(9) APORTACIONES DEL ÓRGANO INTERNO |
|
Monto total
de los recursos destinados por el órgano |
|
interno del
partido político a la precampaña que se reporta, tanto
en efectivo como en especie |
|
(10) APORTACIONES DEL PRECANDIDATO |
|
Monto total
de los recursos aportados por el propio precandidato exclusivamente para la realización de la precampaña, desglosado en su caso efectivo y especie |
|
(11) APORTACIONES DE MILITANTES |
|
Monto total
de los recursos aportados por los militantes a la
precampaña, tanto en efectivo como en especie |
|
(12) APORTACIONES DE SIMPATIZANTES |
|
Monto total
de los recursos aportados por los simpatizantes a la precampaña, tanto en efectivo como en especie |
|
4 |
|
5 |
![]()

|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE PRECAMPAÑA |
|
(13) AUTOFINANCIAMIENTO |
|
Monto total
de los ingresos obtenidos por el partido |
|
político por actividades promociónales: conferencias, juegos, espectáculos, sorteos, eventos culturales, ventas editoriales, venta
de bienes y propaganda utilitaria |
|
(14) RENDIMIENTOS FINANCIEROS FONDOS Y FIDEICOMISOS |
|
Monto total
de los intereses generados por
las cuentas bancarias en las que hubieren depositado los recursos destinados a la precampaña |
|
(15) TOTAL |
|
El total de la
suma de los recursos aplicados a la precampaña. |
|
APARTADO V. DESTINO DE LOS RECURSOS
DE PRECAMPAÑA (EGRESOS) |
|
(16) GASTOS DE PROPAGANDA |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por |
|
propaganda realizada en bardas,
mantas, volantes, pancartas, por la renta de equipo
de sonido, propaganda utilitaria
y otros similares |
|
(17) GASTOS OPERATIVOS DE PRECAMPAÑA |
|
Montos totales de los
egresos efectuados durante
la |
|
precampaña por concepto de sueldos |
|
y salarios, |
|
arrendamiento eventual
de bienes muebles
e inmuebles, gastos de transporte de material y personal, viáticos y similares |
|
(18) GASTOS EN PRENSA |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por concepto de anuncios publicidad en prensa
escrita periódicos locales o nacionales tendientes a la obtención del voto en precampaña. |
|
(19) GASTOS DE PROPAGANDA EN RADIO |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por concepto de spot y mensajes en radio
tendientes a la obtención del voto en precampaña. |
|
(20) GASTOS DE PROPAGANDA EN TELEVISIÓN |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por concepto de mensajes, anuncios, cápsulas, publicidad en |
|
televisión tendientes |
|
a la obtención del voto en |
|
precampaña. |
|
(21) GASTOS DE PROPAGANDA EN ESPECTACULARES |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por concepto de propaganda en anuncios luminosos, espectaculares, templetes o torres en espacio aéreo tendientes a la obtención del voto
en precampaña. |
|
(22) GASTOS DE PROPAGANDA EN SALAS
DE CINE Montos totales
de los egresos efectuados por concepto de propaganda y publicidad de anuncios en Salas
de |
|
cine tendientes a la obtención del voto en
precampaña. |
|
4 |
|
6 |
![]()

|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE PRECAMPAÑA |
|
(23) GASTOS DE PROPAGANDA EN PÁGINAS DE INTERNET |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por concepto de mensajes, anuncios publicitarios y sus similares, en páginas de Internet, tendientes a la obtención del voto en precampañas. |
|
(24) OTROS GASTOS (25) TOTAL |
|
Montos totales
de los egresos
efectuados por concepto de otros gastos con motivo
del proceso de selección interna. |
|
El total de la suma
de los egresos
efectuados en la precampaña |
|
APARTADO VI. RESUMEN |
|
(26) INGRESOS |
|
Suma
total de los recursos aplicados a la precampaña de que se trate. |
|
(27) EGRESOS |
|
Suma
total de los egresos efectuados durante la precampaña |
|
(28) SALDO |
|
El balance de los rubros anteriores |
|
APARTADO VII. RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN |
|
(29) NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Nombre y firma del titular del órgano interno del partido político. |
|
(30) NOMBRE Y FIRMA DEL PRECANDIDATO (31) FECHA |
|
Nombre y firma del precandidato |
|
Fecha de presentación del informe de precampaña |
|
4 |
|
7 |
![]()

|
INFORME SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y DESTINO DE LOS RECURSOS PARA LAS CAMPAÑAS ELECTORALES DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
FORMATO CAMPAÑA |
|
I. IDENTIFICACIÓN |
|
PARTIDO ___________________________________________________________________________ (1) COMITÉ: ___________________________________________________________________________ (2) DOMICILIO ________________________________________________________________________ (3) TELÉFONO __________________________ (3) |
|
II. IDENTIFICACIÓN DE LA CAMPAÑA TIPO DE CAMPAÑA ELECTORAL: |
|
GOBERNADOR |
|
DIPUTADO |
|
AYUNTAMIENTO |
|
(4) (5) |
|
FECHAS: De inicio _______________________ De
término ______________________ |
|
III.- IDENTIFICACIÓN DEL CANDIDATO |
|
NOMBRE _______________________________________________________________________ (6) DOMICILIO: _______________________________________________________________________ (7) TELÉFONO: PARTICULAR ________________________ OFICINA: ____________________________
(8) NOMBRE
DEL CANDIDATO SUPLENTE: __________________________________________________ (9) |
|
IV.- ORIGEN Y MONTO DE LOS RECURSOS DE LA CAMPAÑA (INGRESOS) |
|
MONTO |
|
GASTOS DE CAMPAÑA |
|
$ |
|
(10) |
|
APORTACIONES DEL CANDIDATO |
|
En efectivo En especie |
|
$ $ |
|
(11) (11) |
|
APORTACIONES DE MILITANTES CAMPAÑA |
|
En efectivo En especie |
|
$ $ |
|
(12) (12) |
|
APORTACIONES DE SIMPATIZANTES CAMPAÑA |
|
En efectivo En especie AUTOFINANCIAMIENTO |
|
$ $ $ |
|
(13) (13) (14) |
|
4 |
|
8 |





|
INFORME SOBRE EL ORIGEN, MONTO
Y DESTINO DE LOS RECURSOS PARA LAS CAMPAÑAS ELECTORALES DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
RENDIMIENTOS FINANCIEROS, FONDOS Y FIDEICOMISOS |
|
$ |
|
(15) |
|
TRANSFERENCIAS DE RECURSOS
DE DIRIGENCIAS PARTIDISTAS NACIONALES |
|
en efectivo |
|
$ $ $ |
|
(16) (16) (17) |
|
en especie |
|
TOTAL |
|
V.- DESTINO DE LOS RECURSOS DE CAMPAÑA ELECTORALES (EGRESOS) |
|
MONTO (18) |
|
GASTOS DE PROPAGANDA VOLANTES GALLARDETES |
|
$ $ $ |
|
(18) (18) |
|
PINTA
DE BARDAS |
|
GASTOS OPERATIVOS DE CAMPAÑA SERVICIOS PERSONALES MATERIALES Y SUMINISTROS SERVICIOS GENERALES BIENES MUEBLES
E INMUEBLES GASTOS DE PROPAGANDA EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN GASTOS
EN PRENSA GASTOS
EN RADIO GASTOS
EN TELEVISIÓN GASTOS
EN ESPECTACULARES GASTOS
DE PROPAGANDA EXHIBIDA EN SALAS DE CINE GASTOS
DE PROPAGANDA EN PAGINAS DE INTERNET OTROS GASTOS |
|
$ $ $ $ |
|
(19) (19) (19) (19) |
|
$ $ $ $ $ $ $ $ |
|
(20) (20) (20) (20) (20) (20) (21) (22) |
|
TOTAL |
|
VI.- RESUMEN |
|
MONTO (23) |
|
INGRESOS EGRESOS SALDO |
|
$ $ $ |
|
(24) (25) |
|
VII. RESPONSABLES DE LA INFORMACIÓN |
|
_ |
|
___________________________________________________________________________ |
|
NOMBRE
Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DEL PARTIDO POLÍTICO (26) |
|
_ |
|
___________________________________________________________________________ NOMBRE
Y FIRMA DEL CANDIDATO (OPCIONAL) (27) |
|
FECHA ___________________________ (28) |
|
4 |
|
9 |





|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE CAMPAÑA |
|
APARTADO I.
IDENTIFICACIÓN |
|
(1) PARTIDO |
|
Denominación completa del partido político |
|
(2) COMITÉ |
|
Nombre del Comité Directivo Estatal, Distrital o Municipal u órgano equivalente del partido político |
|
(3) DOMICILIO/ TELÉFONO |
|
Domicilio completo (calle, número exterior e interior, colonia, código postal, ciudad
y entidad federativa), en donde se ubiquen las oficinas del partido político, así como el o los teléfonos. |
|
APARTADO
II. IDENTIFICACIÓN DE LA
CAMPAÑA |
|
(4) TIPO DE CAMPAÑA ELECTORAL |
|
Señalar el tipo de
campaña electoral cuyo
informe se va a presentar |
|
(5) FECHAS |
|
Día, mes y año de
inicio y término de la campaña |
|
APARTADO III. IDENTIFICACIÓN DEL CANDIDATO |
|
(6) NOMBRE |
|
Nombre (s), apellido paterno y apellido materno del candidato |
|
(7) DOMICILIO |
|
Domicilio
completo (calle, número exterior e Interior, colonia, código postal, ciudad
y entidad Federativa del candidato |
|
(8) TELÉFONOS |
|
Números telefónicos, tanto de su domicilio particular como el de sus oficinas |
|
(9) NOMBRE DEL CANDIDATO SUPLENTE |
|
Nombre (s),
apellido paterno y apellido materno
del candidato suplentes |
|
APARTADO IV. ORIGEN Y MONTO DE RECURSOS DE CAMPAÑA (INGRESOS) |
|
(10) GASTOS DE CAMPAÑA |
|
Monto total
de los recursos destinados por el órgano |
|
interno del partido
político a la campaña que se reporta, tanto en efectivo como en especie |
|
(11) APORTACIONES DEL CANDIDATO |
|
Monto total de los recursos aportados por el candidato a la
campaña, tanto en efectivo como en especie |
|
(12) APORTACIONES DE MILITANTES CAMPAÑA |
|
Monto total de los
recursos aportados por los
militantes a la
campaña, tanto en efectivo como en especie |
|
(13) APORTACIONES DE SIMPATIZANTES CAMPAÑA Monto total
de los recursos aportados por los |
|
simpatizantes a la campaña, tanto en efectivo
como en especie |
|
(14) AUTOFINANCIAMIENTO |
|
Monto total
de los ingresos obtenidos por el partido político por actividades promocionales: conferencias, juegos, espectáculos, sorteos, eventos
culturales, ventas editoriales, venta
de bienes y propaganda utilitaria |
|
5 |
|
0 |
![]()

|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DE CAMPAÑA |
|
(15) RENDIMIENTOS FINANCIEROS FONDOS Y FIDEICOMISOS. |
|
Monto total
de los intereses generados por
las cuentas bancarias en las que hubieren depositado los recursos destinados a la campaña |
|
(16) TRANSFERENCIAS DE RECURSOS DE SUS DIRIGENCIAS PARTIDISTAS NACIONALES (17) TOTAL |
|
Monto total
de los recursos recibidos por transferencias. |
|
El total de la suma de los recursos aplicados a la campaña electoral. |
|
APARTADO V. DESTINO DE LOS RECURSOS
DE CAMPAÑA
(EGRESOS) |
|
(18) GASTOS DE PROPAGANDA |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por |
|
propaganda realizada en bardas,
mantas, volantes, pancartas, por la renta de equipo
de sonido, propaganda utilitaria
y otros similares |
|
(19) GASTOS OPERATIVOS DE CAMPAÑA |
|
Montos totales de los
egresos efectuados durante
la campaña electoral por
concepto de sueldos y salarios, arrendamiento eventual
de bienes muebles
e inmuebles, gastos de transporte de material y personal, viáticos y similares |
|
(20) GASTOS EN
MEDIOS DE COMUNICACIÓN |
|
Montos totales
de los egresos efectuados por concepto de mensajes, anuncios publicitarios y sus similares, |
|
tendientes |
|
a la obtención del voto,
realizados en |
|
cualquiera de estos
medios prensa, radio,
televisión, espectaculares propaganda exhibida en salas de cine, paginas de
Internet y otros. |
|
(21) OTROS GASTOS (22) TOTAL |
|
Montos totales
de otros gastos
utilizados en las campañas electorales. |
|
El total de la suma
de los egresos
efectuados en la campaña electoral |
|
APARTADO VI. RESUMEN |
|
(23) INGRESOS |
|
Suma total
de los recursos obtenidos para la campaña electoral de que se trate. |
|
(24) EGRESOS (25) SALDO |
|
Suma total
de los egresos efectuados durante la campaña electoral |
|
El balance de los rubros anteriores |
|
APARTADO VII. RESPONSABLE
DE LA INFORMACIÓN (26) NOMBRE Y FIRMA DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Nombre y firma del titular del órgano interno del partido político. |
|
(27) NOMBRE Y FIRMA DEL CANDIDATO |
|
Nombre y firma del candidato siempre
y cuando el partido político así lo
haya determinado |
|
(28) FECHA |
|
Fecha de presentación del informe de campaña |
|
5 |
|
1 |
![]()

|
BITÁCORA PARA EL REGISTRO DE ALIMENTOS, VIÁTICOS, PASAJES Y GASTOS MENORES. FORMATO BITÁCORA |
|
BUENO
POR $ ___________________ (1) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Fecha (2) |
|
Lugar (3) |
|
Concepto del Gasto (4) |
|
Monto (5) |
|
NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA
QUE REALIZÓ EL PAGO
(6) |
|
NOMBRE Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADO DEL PARTIDO POLÍTICO (7). |
|
Nota: En el caso de viáticos y pasajes anexar
el pliego de comisión |
|
5 |
|
2 |
![]()



|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO BITÁCORA |
|
(1) BUENO POR (2) FECHA |
|
cantidad que ampara el recibo
de bitácora |
|
Fecha en que se efectuó el gasto |
|
(3) LUGAR |
|
Especificar el lugar donde se efectuó el gasto |
|
(4) CONCEPTO DEL GASTO |
|
Especificar el tipo de gasto que se comprueba a través de este medio |
|
(5) MONTO |
|
Integrar el importe
parcial en alimentos, viáticos, pasajes o gastos
menores |
|
(6) NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA
QUE REALIZÓ Nombre y firma de la persona
quien realizó el pago EL PAGO |
|
(7) NOMBRE Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADO DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Nombre y firma del funcionario autorizado del partido político |
|
5 |
|
3 |
![]()

|
COMPROBACIÓN DE GASTOS DIRECTOS EN ACTIVIDADES ESPECIFICAS |
|
FORMATO GAE DIRECTOS |
|
LUGAR Y FECHA
________________ (1) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
PARTIDO_______________________________________________________________________________
2) |
|
3) NOMBRE DE LA ACTIVIDAD |
|
4) RUBRO AL QUE PERTENECE LA ACTIVIDAD |
|
5) NUMERO DE ACTIVIDAD |
|
a) EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN POLÍTICA b) INVESTIGACIÓN SOCIOECONÓMICA
Y POLÍTICA (_____) c)
TAREAS EDITORIALES (_____) |
|
(_____) |
|
6 7 8 |
|
)
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD: |
|
)
FECHA Y LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD |
|
)
DESCRIPCIÓN DE LOS GASTOS DIRECTOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD: a), b) o c) |
|
NUMERO DE FACTURA, RECIBO
O PÓLIZA |
|
FECHA |
|
IMPORTE |
|
CONCEPTO |
|
CUENTA
REGISTRO CONTABLE |
|
9) LISTADO DE LAS MUESTRAS QUE SE PRESENTAN PARA COMPROBAR LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD, INDICANDO |
|
LA VINCULACIÓN CON LOS GASTOS Y CON
LA ACTIVIDAD REALIZADA |
|
10) NOMBRE, FIRMA
Y CARGO |
|
5 |
|
4 |
![]()

![]()
![]()


![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO GAE DIRECTOS |
|
(1) LUGAR
Y FECHA |
|
Lugar así como el día, mes y año en que se requisita el |
|
formato. |
|
(2)PARTIDO |
|
Nombre del partido que se trate Nombre del tipo de actividad realizada |
|
(3) NOMBRE
DE LA ACTIVIDAD (4) RUBRO AL QUE PERTENECE LA ACTIVIDAD |
|
Especificar el tipo de gasto que se comprueba a través de esta actividad |
|
(5) NUMERO DE ACTIVIDAD |
|
Número de eventos realizados Descripción de la actividad Fecha y lugar de los eventos |
|
(6) DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD |
|
(7) FECHA
Y LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD |
|
(8)DESCRIPCIÓN DE LOS GASTOS |
|
Descripción de los gastos que se utilizaron para llevar a cabo la actividad |
|
(9)LISTADO DE MUESTRAS DE LA ACTIVIDAD REALIZADA |
|
Indicadores de
la Actividad Realizada |
|
(10) NOMBRE Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADO DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Nombre y firma del funcionario autorizado del partido político |
|
5 |
|
5 |
![]()

|
COMPROBACIÓN DE GASTOS
INDIRECTOS DE ACTIVIDADES ESPECIFICAS |
|
FORMATO GAE INDIRECTOS |
|
LUGAR Y FECHA
________________ (1) |
|
EMBLEMA DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
PARTIDO_______________________________________________________________________________ 2) |
|
3 4 5 6 |
|
) NOMBRE
DE LA ACTIVIDAD |
|
) DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD: |
|
) FECHA
Y LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD |
|
) DESCRIPCIÓN DE LOS GASTOS
INDIRECTOS (Aquellos que se vinculan o relacionan con la realización de |
|
actividades especificas en lo general, pero
que no se vinculan
con una actividad en lo particular.) EROGADOS |
|
PARA LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD: |
|
REFERENCIA |
|
FECHA |
|
IMPORTE |
|
CONCEPTO |
|
CUENTA |
|
REGISTRO CONTABLE |
|
7 |
|
) LISTADO DE LAS MUESTRAS QUE SE PRESENTAN PARA COMPROBAR LA REALIZACIÓN DE LA |
|
ACTIVIDAD, INDICANDO LA VINCULACIÓN CON LOS GASTOS Y CON LA ACTIVIDAD REALIZADA |
|
8 |
|
) NOMBRE, FIRMA Y CARGO |
|
5 |
|
6 |
![]()

![]()


![]()
|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO GAE INDIRECTOS |
|
(1) LUGAR
Y FECHA |
|
Lugar así como el día, mes y año en que se requisita el |
|
formato. |
|
(2)PARTIDO |
|
Nombre del partido que se trate Nombre del tipo de actividad realizada Descripción pormenorizada de la actividad Fecha y lugar de los eventos |
|
(3) NOMBRE DE LA ACTIVIDAD |
|
(4) DESCRIPCIÓN PORMENORIZADA DE LA ACTIVIDAD (5) FECHA
Y LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD |
|
(6)DESCRIPCIÓN DE LOS GASTOS |
|
Descripción de los gastos indirectos que se utilizaron para llevar
a cabo la actividad |
|
(7)LISTADO DE MUESTRAS DE LA ACTIVIDAD REALIZADA |
|
Indicadores de
la Actividad Realizada |
|
(8) NOMBRE Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADO DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
Nombre y firma del funcionario autorizado del partido político |
|
5 |
|
7 |
![]()

|
COMPROBACIÓN DE CONSUMO DE COMBUSTIBLE BITÁCORA DE COMBUSTIBLE FORMATO BITACOM |
|
EMBLEMA
DEL PARTIDO POLÍTICO |
|
PARTIDO_______________________________________________________________________________
1) )
VEHÍCULO______________________________3) PLACAS_______________________________4) ASIGNADO____________________________ |
|
2 |
|
5 |
|
) |
|
6) |
|
7) CANTIDAD $ |
|
8) ENTREGADO A |
|
9) CONCEPTO |
|
10) |
|
11) FIRMA DE RECIBIDO |
|
FECHA |
|
FOLIOS |
|
KILOMETRAJE |
|
5 |
|
8 |
![]()


|
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO BITACOM |
|
(1)PARTIDO (2) VEHÍCULO (3) PLACAS |
|
Nombre del partido que se trate |
|
Vehículo al que se le suministra la gasolina |
|
Especificar número de placas del
vehículo |
|
(4) ASIGNADO |
|
Nombre de la Persona al que esta asignado el vehículo o área, secretaria o dirección al que esta asignado el vehículo |
|
(5) FECHA (6) FOLIOS |
|
Fecha de entrega
del combustible |
|
En su caso si
se entregan vales especificar número de folios de
los vales. |
|
(7)CANTIDAD $ (8)ENTREGADO
A (9) CONCEPTO |
|
Cantidad suministrada |
|
Indicar nombre
de la Persona que recibe |
|
Breve descripción de la actividad que se va a realizar lugar a donde se traslado. |
|
1 1 |
|
0) KILOMETRAJE |
|
Indicar numero
de kilometraje en que se encuentra en ese momento
el vehículo |
|
1) FIRMA DE RECIBIDO |
|
Firma de
recibido por quien recibe este
recurso. |
|
5 |
|
9 |
![]()

|
CONTRATO DE COMODATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SR. ________________________________ POR SUS PROPIOS
DERECHOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL COMODANTE”; Y POR |
|
LA OTRA |
|
_______________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA |
|
COMODATARIA”, EL CUAL SUJETAN
AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: |
|
DECLARACIONES |
|
PRIMERA.- Declara “EL COMODANTE”: |
|
1 2 |
|
.-
Bajo protesta de decir
verdad. Estar en posibilidad de conceder
el uso del bien
materia del presente contrato .-Que cuenta
con la capacidad para
celebración del presente contrato, ser mayor de edad,
con domicilio en |
|
calle____________________________________________y que se exhibe copia
de la credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal
Electoral y el cual señala para todos
los efectos legales
a que haya lugar |
|
3 |
|
.-Que es propietario
y se encuentra en posesión y pleno
dominio del bien inmueble que a continuación se
describen: |
|
a) Local Comercial, ubicado
en _______________________________________________ ciudad de ___________________________________________________ |
|
b) Finca urbana
ubicada en ___________________________________________________ ciudad de ____________________________________________________ |
|
SEGUNDA.- Declara “EL COMODATARIO”: Declara “El Comodatario”: |
|
1 |
|
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 41, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 43, de la Constitución Política del Estado
de Zacatecas, El Partido ______________________ es una entidad de interés público, que cuenta
con registro de Partido
Político |
|
y |
|
_ |
|
Nacional ante
el Instituto Federal
Electoral y con acreditación ante el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas. |
|
2 |
|
Que la representación legal del
Partido __________________ en el Estado
de Zacatecas, recae en |
|
_ |
|
___________________________ quien
funge como _____________________ de dicho
instituto político, en |
|
términos de los dispuesto por los artículos ____________________ del Estatuto y quien acredita su personalidad con _________________. |
|
3 |
|
Que para los efectos de este contrato “El Comodatario” señala como su domicilio legal ubicado en |
|
_ |
|
________________________________________. En razón de
lo anterior, las partes otorgan las siguientes: CLÁUSULAS |
|
PRIMERA: OBJETO
DEL CONTRATO.- “EL COMODANTE” entrega a “EL COMODATARIO”, y este
recibe de conformidad, para
su uso los bienes inmuebles descritos en la Declaración primera de este instrumento. |
|
SEGUNDA: DESTINO
Y USO DEL BIEN OBJETO
DEL COMODATO.- “EL COMODATARIO” se obliga a destinar los bienes inmuebles que se le proporcionen en comodato, exclusivamente para el fin para los que fueron diseñados (Local Comercial).TERCERA: OBLIGACIONES DE “EL COMODATARIO”.- |
|
- |
|
---a) Durante el tiempo en que los mencionados bienes
inmuebles permanezcan en comodato “EL |
|
COMODATARIO”, se obliga a cuidar de su mantenimiento y conservación y a responder de todo deterioro que estos sufrieran por su culpa, así como dar aviso
a “LA COMODANTE” de cualquier novedad
que pudiese ser dañosa o perjudicial para los bienes
objeto de este contrato; |
|
----b) “EL COMODATARIO” podrá conceder a terceros el uso o goce temporal de los |
|
inmuebles entregados en comodato; |
|
6 |
|
0 |
|
----c) “EL COMODATARIO” no podrá destinar los bienes
entregados en comodato
a un uso |
|
diverso del que se menciona en la cláusula anterior. |
|
- |
|
---d) “EL COMODATARIO”, tendrá la obligación de cubrir por cuenta
propia los gastos
y contribuciones |
|
originados por el uso, goce
o disfrute de
los bienes inmuebles entregados en comodato, aun y que |
|
intervengan una tercera persona
en el uso de los mismos. En caso
de que el comodato origine
ingresos para |
|
“EL COMODATARIO”, este deberá cubrir las contribuciones inherentes a estos ingresos, acumulando la base |
|
gravable a sus demás ingresos y enterando estas
mismas según las leyes respectivas vigentes en ese momento. |
|
----e) “EL COMODATARIO” tendrá plena libertad de utilizar
los rendimientos y/o ingresos que origine este |
|
comodato en lo que juzgue conveniente, ya sea para uso personal o de terceros. |
|
- |
|
---f) “EL COMODATARIO” a la terminación del presente contrato devolverá los bienes objeto
del mismo a “LA |
|
COMODANTE”, en las mismas condiciones en que los recibe, salvo
su deterioro normal. |
|
CUARTA: DURACIÓN.- La duración del presente contrato será por ________________________ contados a partir del ______________________, por
lo que concluirá consecuentemente el día ___________________ pudiendo cualquiera de las partes
darlo por terminado anticipadamente, mediante aviso por escrito que de una a la otra con |
|
_ |
|
___________________ días de anticipación. |
|
QUINTA: COMPETENCIA.- En caso de surgir
alguna controversia para la interpretación o cumplimiento del presente contrato las
partes se someten lo que determinen los Tribunales competentes de la ciudad de ___________________________________, renunciando expresamente a sus domicilios presentes o futuros. |
|
a |
|
_ |
|
SEXTA: DOMICILIOS.- Las
partes señalan como sus domicilios los siguientes: |
|
- |
|
---a) “EL COMODANTE”: ---b) “EL COMODATARIO” |
|
- |
|
Para constancia y efectos legales, las partes en unión de los testigos que al final
aparecen, suscriben el presente contrato en
la ciudad de ____________________
el
día ___________________ de _______ |
|
“EL COMODANTE” |
|
“EL COMODATARIO” |
|
_ |
|
__________________________________ |
|
____________________________________ TESTIGO |
|
TESTIGO |
|
_ |
|
__________________________________ |
|
____________________________________ |
|
6 |
|
1 |
![]()

|
CONTRATO DE COMODATO DEL BIEN MUEBLE DE_____________________________________, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
EL C. _______________________________________________ EN
SU CARÁCTER DE COMODANTE, Y POR LA OTRA _______________________________________________ EN
SU CARÁCTER COMODATARIO, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES. |
|
DECLARACIONES |
|
I. Declara el comodante: |
|
1 |
|
. Bajo
protesta de decir verdad. Estar en
posibilidad de conceder el uso del bien materia del presente contrato. |
|
2 |
|
. Que cuenta con la capacidad para celebración del presente contrato, ser mayor
de edad, con domicilio en |
|
C. _______________________________________________ y que se exhibe copia
de la credencial para votar con fotografía expedida por el Instituto Federal
Electoral y el cual señala para todos
los efectos legales
a que haya lugar. |
|
II.- Declara el comodatario: |
|
1 |
|
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 41, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 43, de la Constitución Política del Estado
de Zacatecas, El Partido ______________________ es una entidad de interés público, que cuenta
con registro de Partido Político |
|
y |
|
_ |
|
Nacional ante
el Instituto Federal
Electoral y con acreditación ante el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas. |
|
2 |
|
Que la representación legal del
Partido __________________ en el Estado
de Zacatecas, recae en |
|
_ |
|
___________________________ quien
funge como _____________________ de dicho
instituto político, en |
|
términos de los dispuesto por los artículos ____________________ del Estatuto y quien acredita su personalidad con _________________. |
|
3 |
|
Que para los efectos de este contrato “El Comodatario” señala como su domicilio legal en ubicado en |
|
_ |
|
________________________________. |
|
EXPUESTO LO ANTERIOR OTORGAN LO QUE SE CONTIENE
EN LAS SIGUIENTES: |
|
CLÁUSULAS |
|
PRIMERA.- OBJETO
DEL CONTRATO. El comodante entrega en este
acto al comodatario el mueble______________________________________________________________________________, al tenor
del inventario:____________________________________________________________________se encuentran en buen estado ,que se incluye en el presente contrato de manera gratuita, quien lo acepta en las actuales
condiciones físicas en que se encuentra y obligándose a devolverla en el mismo
estado en que se encuentra, así mismo se obliga
a usarlo a la propia naturaleza del mismo, por lo que el comentario se obliga
a utilizar el mueble
únicamente para sus Actividades políticas, de proselitismo y transportación y operaciones consistente en la Campaña Electoral __________ |
|
SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO. El comodatario se obliga
a restituir el bien
que ha sido
entregado en plazo no mayor a ________ días contados a partir de
la fecha de firma del presente contrato. |
|
TERCERA.- CESIÓN. El comodatario no puede conceder a un tercero el uso del bien
materia del presente contrato. |
|
CUARTA.- FRUTOS DEL BIEN. Los frutos que genere
el bien entregado en este momento al comodatario, serán de exclusiva propiedad del comodante, obligándose el
comodatario a entregarlos al comodante en el momento que estos se generen, derivándose la facultadle comodante de exigir en cualquier momento de la entrega
de los frutos generados. |
|
QUINTA.- RESPONSABILIDAD DEL COMODATARIO. El comodatario se obliga
a cuidar y proteger el bien entregado, y a responder por su culpa de cualquier deterioro que esta
sufra si se emplea en uso
distinto a la naturaleza del mismo, o si se excediese en el plazo convenido, consecuentemente, el deterioro natural por el uso del bien, no
implica responsabilidad para el COMODATARIO. |
|
6 |
|
2 |
|
SEXTA.- VALOR DEL USO. Ambas partes
acuerdan para efectos
de lo establecido en el articulo
1878 del Código Civil para el Estado de Zacatecas y su correlativo de las demás Entidades Federativas de la Republica Mexicana, como valor del uso del bien la cantidad de $ _______________ misma
que será indexada en términos del Índice Nacional de Precios
del consumidor en la entidad, al momento
del plazo establecido para su devolución, o bien si se excediere en el plazo, al momento en que este sea cumplido. |
|
SÉPTIMA.- PÉRDIDA DEL BIEN.- El comodatario responde
de la pérdida del bien, aun cuando la pérdida se derive de caso fortuito o fuerza mayor,
únicamente durante la vigencia del presente contrato. |
|
OCTAVA.- DOMICILIO. El comodatario se obliga a notificar al comodante en un plazo no mayor de cinco días y en forma fehaciente en caso
de que tuviera un cambio de domicilio distinto por lo que señala nuevamente como domicilio para oír cualquier notificación y recibir documentos para todos
los efectos legales a que haya
lugar el siguiente: |
|
_ |
|
______________________________________________ |
|
Por “COMODANTE”:
__________________________________________________________ |
|
Por “COMODATARIO”_________________________________________________________ |
|
NOVENA.- LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN.-Todo lo no previsto expresamente en el presente
contrato, se regirá por las disposiciones relativas contenidas en el Código Civil del Estado
de Zacatecas, y en caso de controversia para su interpretación y cumplimiento, las partes se someten
a la jurisdicción de los Tribunales Competentes de la Ciudad de Zacatecas, renunciando a cualquier otra
jurisdicción que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente, o futuro o por cualquier otra causa. |
|
LAS PARTES
MANIFIESTAN QUE PARA LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO NO EXISTIÓ DOLO, ERROR, LESIÓN, VIOLENCIA MALA
FE, NI VICIO ALGUNO,
QUE AFECTARA SU VOLUNTAD, POR
LO QUE CONFORMES CON SU CONTENIDO LO FIRMAN
POR TRIPLICADO ANTE LA PRESENCIA DE DOS TESTIGOS EN LA CIUDAD DE____________________________DEL DIA_____________DEL AÑO__________________. |
|
Por “EL COMODANTE” ____________________________________________ EL COMODATARIO” |
|
_ |
|
_______________________________ |
|
________________________________ |
|
TESTIGOS |
|
_ |
|
______________________________________ |
|
____________________________________ |
|
6 |
|
3 |
|
CATÁLOGO DE
CUENTAS |
|
A.- CATÁLOGO DE CUENTAS APLICABLE EN LA CONTABILIDAD DEL GASTO
ORDINARIO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. |
|
CLASE |
|
SUB- |
|
CUENTA |
|
SUB- |
|
DENOMINACIÓN |
|
CLASE |
|
CUENTA |
|
1 |
|
ACTIVO |
|
1 |
|
0 |
|
ACTIVO CIRCULANTE CAJA BANCOS |
|
1 1 1 1 |
|
00 01 02 03 |
|
DOCUMENTOS
POR COBRAR CUENTAS
POR COBRAR DEUDORES DIVERSOS PRESTAMOS
AL PERSONAL GASTOS POR COMPROBAR PRESTAMOS
A COMITÉS INVERSIONES
Y FIDEICOMISOS ANTICIPOS
PARA GASTOS ACTIVO FIJO |
|
1030 1031 1032 1033 |
|
104 05 |
|
1 |
|
11 |
|
111 112 113 114 115 116 |
|
TERRENOS EDIFICIOS |
|
MOBILIARIO Y EQUIPO EQUIPO DE TRANSPORTE EQUIPO DE CÓMPUTO EQUIPO SONIDO
Y VIDEO ACTIVO DIFERIDO |
|
1 |
|
2 0 |
|
120 |
|
GASTOS DE INSTALACIÓN |
|
2 3 4 |
|
PASIVO PASIVO A CORTO PLAZO PROVEEDORES CUENTAS
POR PAGAR ACREEDORES DIVERSOS IMPUESTOS
POR PAGAR |
|
2 |
|
2 2 2 2 |
|
00 01 02 03 |
|
PATRIMONIO PATRIMONIO DEL PARTIDO PATRIMONIO DEL PARTIDO DÉFICIT O REMANENTE DÉFICIT O REMANENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES DÉFICIT O REMANENTE DEL EJERCICIO |
|
3 |
|
0 |
|
300 |
|
31 |
|
3 3 |
|
10 11 |
|
INGRESOS |
|
4 |
|
0 1 |
|
FINANCIAMIENTO PUBLICO ACTIVIDADES
ORDINARIAS PERMANENTES ACTIVIDADES
ESPECÍFICAS |
|
4 4 |
|
00 02 |
|
4 |
|
FINANCIAMIENTO PRIVADO |
|
410 411 412 413 |
|
APORTACIONES
MILITANTES OPERACIÓN ORDINARIA APORTACIONES
EN
EFECTIVO APORTACIONES
EN
ESPECIE APORTACIONES
SIMPATIZANTES OPERACIÓN ORDINARIA APORTACIONES
EN
EFECTIVO APORTACIONES
EN
ESPECIE APORTACIONES
MILITANTES CAMPAÑA INTERNA APORTACIONES
EN
EFECTIVO APORTACIONES
EN
ESPECIE APORTACIONES
SIMPATIZANTES CAMPAÑA INTERNA APORTACIONES
EN
EFECTIVO |
|
4 4 |
|
100 101 |
|
4 4 |
|
110 111 |
|
4 4 |
|
120 121 |
|
4 4 |
|
130 131 |
|
APORTACIONES
EN
ESPECIE |
|
6 |
|
4 |

|
CLASE |
|
SUB- CLASE |
|
CUENTA |
|
SUB- CUENTA |
|
DENOMINACIÓN OTROS FINANCIAMIENTOS |
|
42 |
|
420 |
|
AUTOFINANCIAMIENTO |
|
4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 |
|
200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 |
|
CONFERENCIAS ESPECTÁCULOS JUEGOS SORTEOS EVENTOS
CULTURALES VENTAS
EDITORIALES VENTAS
DE BIENES PROMOCIONALES VENTAS
DE PROPAGANDA UTILITARIA VENTAS
DE BIENES INMUEBLES VENTAS
DE BIENES MUEBLES VENTAS
DE ARTÍCULOS DE DESECHO INGRESOS
POR OTROS EVENTOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, FONDOS Y FIDEICOMISOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS OPERACIÓN ORDINARIA. RENDIMIENTOS FINANCIEROS CAMPAÑA INTERNA |
|
4 |
|
21 30 |
|
4210 211 |
|
4 |
|
4 |
|
3 4 |
|
OTROS APOYOS FINANCIEROS DEL IEEZ PRERROGATIVAS
EN
MEDIOS |
|
4 |
|
4 |
|
440 |
|
TRANSFERENCIAS DE RECURSOS DE DIRIGENCIAS |
|
PARTIDISTAS NACIONALES |
|
4 4 |
|
400 401 |
|
EN EFECTIVO EN ESPECIE |
|
450 |
|
TRANSFERENCIAS DE REMANENTES DE LAS CAMPAÑAS LOCALES |
|
5 |
|
EGRESOS |
|
5 |
|
0 1 |
|
GASTOS EN ACTIVIDADES ESPECÍFICAS GASTOS DIRECTOS EN EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN POLÍTICA GASTOS DIRECTOS EN INVESTIGACIÓN SOCIOECONÓMICA Y POLÍTICA |
|
5 |
|
00 01 |
|
5 |
|
5 5 |
|
02 03 |
|
GASTOS DIRECTOS EN TAREAS
EDITORIALES GASTOS INDIRECTOS EN ACTIVIDADES ESPECIFICAS |
|
5 |
|
GASTOS DE OPERACIÓN ORDINARIA SERVICIOS
PERSONALES SUELDOS HONORARIOS COMPENSACIONES RECONOCIMIENTOS POR ACTIVIDADES POLÍTICAS MATERIALES
Y SUMINISTROS MATERIALES
Y ÚTILES DE OFICINA MATERIAL
DE LIMPIEZA MATERIAL
Y ÚTILES DE IMPRESIÓN REF. Y ACCESORIOS EQ DE COMPUTO COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES SERVICIOS
GENERALES |
|
5 |
|
10 11 |
|
5 5 5 5 |
|
100 101 102 103 |
|
5 |
|
5110 5111 5112 5113 5114 |
|
512 |
|
5120 5121 5122 5123 5124 5125 5126 |
|
ARRENDAMIENTO TELÉFONO ENERGÍA ELÉCTRICA VIÁTICOS Y PASAJES BITÁCORA DE GASTOS MENORES GASTOS FINANCIEROS GASTOS DE PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO Y TV BIENES
MUEBLES |
|
5 5 |
|
13 14 |
|
BIENES
INMUEBLES |
|
52 |
|
GASTOS DE PROMOCIÓN EN CAMPAÑAS INTERNAS GASTOS DE PROPAGANDA CANDIDATO |
|
5 |
|
210 211 |
|
5210-01 |
|
5 |
|
GASTOS OPERATIVOS DE PRECAMPAÑA |
|
6 |
|
5 |

|
CLASE |
|
SUB- |
|
CUENTA |
|
SUB- |
|
DENOMINACIÓN |
|
CLASE |
|
CUENTA |
|
5 5 5 5 5 5 5 5 |
|
211-01 |
|
CANDIDATO GASTOS EN PRENSA CANDIDATO GASTOS EN RADIO CANDIDATO GASTOS EN TELEVISIÓN CANDIDATO GASTOS EN ESPECTACULARES CANDIDATO GASTOS DE PROPAGANDA EN SALAS
DE CINE CANDIDATO GASTOS DE PROPAGANDA EN PÁGINAS DE INTERNET CANDIDATO OTROS GASTOS |
|
5212 5213 5214 5215 5216 5217 5218 |
|
212-01 213-01 214-01 215-01 216-01 217-01 218-01 |
|
CANDIDATO |
|
53 |
|
TRANSFERENCIAS |
|
530 |
|
TRANSFERENCIAS
A ORGANIZACIONES ADHERENTES |
|
5 5 |
|
300 301 |
|
EFECTIVO ESPECIE |
|
NOTA: ESTE CATÁLOGO NO ES LIMITATIVO. LOS
PARTIDOS PODRÁN ABRIR SUBCUENTAS ASÍ COMO CUENTAS DE ORDEN ADICIONALES DE ACUERDO A SUS NECESIDADES. |
|
6 |
|
6 |

|
CATÁLOGO DE CUENTAS |
|
B. CATÁLOGO DE CUENTAS APLICABLE EN LA CONTABILIDAD DE LAS CAMPAÑAS
ELECTORALES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES. |
|
CLASE |
|
SUB- |
|
CUENTA |
|
SUB- |
|
SUB- |
|
DENOMINACIÓN |
|
CLASE |
|
CUENTA |
|
SUB-CUENTA |
|
1 |
|
ACTIVO |
|
1 |
|
0 |
|
ACTIVO CIRCULANTE CAJA BANCOS |
|
1 1 1 |
|
00 01 02 |
|
CUENTAS
POR COBRAR DEUDORES DIVERSOS PRÉSTAMOS
AL PERSONAL GASTOS POR COMPROBAR INVERSIONES
Y FIDEICOMISOS ANTICIPOS
PARA GASTOS ACTIVO FIJO MOBILIARIO Y EQUIPO EQUIPO DE TRANSPORTE EQUIPO DE CÓMPUTO EQUIPO SONIDO
Y VIDEO |
|
1020 1021 1022 |
|
1 1 |
|
03 04 |
|
1 |
|
1 0 |
|
110 111 112 113 |
|
2 |
|
PASIVO PASIVO CORTO
PLAZO PROVEEDORES CUENTAS
POR PAGAR ACREEDORES DIVERSOS IMPUESTOS
POR PAGAR |
|
2 |
|
200 201 202 203 |
|
3 4 |
|
PATRIMONIO |
|
3 |
|
0 1 |
|
PATRIMONIO DEL PARTIDO PATRIMONIO DEL PARTIDO DEFICIT O REMANENTE DEL EJERCICIO |
|
300 |
|
3 |
|
INGRESOS |
|
4 |
|
0 1 |
|
FINANCIAMIENTO PÚBLICO GASTOS DE CAMPAÑA |
|
4 |
|
00 10 |
|
4 |
|
FINANCIAMIENTO PRIVADO APORTACIONES DE MILITANTES CAMPAÑA APORTACIONES
EN
EFECTIVO APORTACIONES
EN
ESPECIE APORTACIONES DE SIMPATIZANTES CAMPAÑA APORTACIONES
EN
EFECTIVO APORTACIONES
EN
ESPECIE OTROS FINANCIAMIENTOS AUTOFINANCIAMIENTO |
|
4 |
|
4 4 |
|
100 101 |
|
4 |
|
11 20 |
|
4 4 |
|
110 111 |
|
42 |
|
4 |
|
4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 |
|
200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 |
|
CONFERENCIAS ESPECTÁCULOS JUEGOS SORTEOS EVENTOS CULTURALES VENTAS
EDITORIALES VENTAS
DE BIENES PROMOCIONALES VENTAS
DE PROPAGANDA UTILITARIA VENTAS
DE BIENES MUEBLES VENTAS
DE ARTÍCULOS DE DESECHO INGRESOS
POR OTROS EVENTOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS FONDOS
Y FIDEICOMISOS CAMPAÑA TRANSFERENCIAS DE DIRIGENCIAS PARTIDISTAS NACIONALES |
|
421 |
|
4210 |
|
43 |
|
430 |
|
4 4 |
|
301 302 |
|
EN EFECTIVO EN ESPECIE |
|
6 |
|
7 |

|
CLASE |
|
SUB- |
|
CUENTA |
|
SUB- |
|
SUB- |
|
DENOMINACIÓN |
|
CLASE |
|
CUENTA |
|
SUB-CUENTA |
|
5 |
|
EGRESOS |
|
51 |
|
GASTOS EN CAMPAÑAS ELECTORALES GASTOS DE PROPAGANDA GOBERNADOR VOLANTES GALLARDETES PINTA DE BARDAS DIPUTADOS VOLANTES GALLARDETES PINTA DE BARDAS AYUNTAMIENTOS |
|
510 |
|
5100 5101 5102 |
|
5 5 5 |
|
100-01 100-02 100-03 |
|
5101-01 5101-02 5101-03 |
|
5102-01 5102-02 5102-03 |
|
VOLANTES GALLARDETES PINTA DE BARDAS GASTOS OPERATIVOS DE CAMPAÑA GOBERNADOR |
|
511 |
|
5110 5111 5112 |
|
5 5 5 5 5 |
|
110-01 |
|
SERVICIOS
PERSONALES SUELDOS HONORARIOS COMPENSACIONES RECONOCIMIENTOS POR ACTIVIDADES POLITICAS MATERIALES
Y SUMINISTROS SERVICIOS
GENERALES ARRENDAMIENTOS TELÉFONOS ENERGIA ELÉCTRICA VIATICOS Y PASAJES BITÁCORA DE GASTOS MENORES GASOLINA DIPUTADOS SERVICIOS
PERSONALES SUELDOS |
|
110-01-01 110-01-02 110-01-03 110-01-04 |
|
5 5 5 5 5 5 5 5 |
|
110-02 110-03 |
|
110-03-01 110-03-02 110-03-03 110-03-04 110-03-05 110-03-07 |
|
5 5 5 5 5 |
|
111-01 |
|
111-01-01 111-01-02 111-01-03 111-01-04 |
|
HONORARIOS |
|
COMPENSACIONES RECONOCIMIENTOS POR ACTIVIDADES POLÍTICAS MATERIALES
Y SUMINISTROS SERVICIOS
GENERALES ARRENDAMIENTOS TELÉFONO ENERGÍA ELÉCTRICA VIÁTICOS Y PASAJES BITÁCORA DE GASTOS MENORES GASOLINA |
|
5 5 5 5 5 5 5 5 |
|
111-02 111-03 |
|
111-03-01 111-03-02 111-03-03 111-03-04 111-03-05 111-03-06 |
|
AYUNTAMIENTOS |
|
5 5 5 5 5 |
|
112-01 |
|
SERVICIOS
PERSONALES SUELDOS HONORARIOS COMPENSACIONES RECONOCIMIENTOS POR ACTIVIDADES POLITICAS |
|
112-01-01 112-01-02 112-01-03 112-01-04 |
|
5 5 5 5 5 5 5 5 |
|
112-02 112-03 |
|
MATERIALES
Y SUMINISTROS SERVICIOS
GENERALES ARRENDAMIENTOS TELÉFONO ENERGIA ELÉCTRICA VIÁTICOS Y PASAJES BITÁCORA DE GASTOS MENORES GASOLINA |
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112-03-01 112-03-02 112-03-03 112-03-04 112-03-05 112-03-06 |
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512 |
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GASTOS EN PRENSA GOBERNADOR (NOMBRE DEL PROVEEDOR) DIPUTADOS |
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5 |
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120 121 |
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5120-01 |
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5 |
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6 |
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8 |

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CLASE |
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SUB- CLASE |
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CUENTA |
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SUB- CUENTA |
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SUB- SUB-CUENTA 121-01 |
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DENOMINACIÓN (NOMBRE DEL PROVEEDOR) |
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5 |
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5122 |
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AYUNTAMIENTOS |
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5122-01 |
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(NOMBRE DEL PROVEEDOR) GASTOS EN RADIO |
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513 514 515 |
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5 5 5 |
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130 131 132 |
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GOBERNADOR (NOMBRE DEL PROVEEDOR) DIPUTADOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) AYUNTAMIENTOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) GASTOS EN TELEVISION GOBERNADOR |
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5 5 5 |
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130-01 131-01 132-01 |
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5140 5141 5142 |
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5140-01 5141-01 5142-01 |
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(NOMBRE DEL PROVEEDOR) DIPUTADOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) |
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AYUNTAMIENTOS |
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(NOMBRE DEL PROVEEDOR) GASTOS EN ESPECTACULARES COLOCADOS EN LA VÍA PÚBLICA |
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5150 5151 5152 |
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GOBERNADOR (NOMBRE DEL PROVEEDOR) DIPUTADOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) AYUNTAMIENTOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) GASTOS DE PROPAGANDA EXHIBIDA EN SALAS DE CINE |
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5150-01 5151-01 5152-01 |
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5 |
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16 17 |
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5160 5161 5162 |
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GOBERNADOR (NOMBRE DEL PROVEEDOR) DIPUTADOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) AYUNTAMIENTOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) GASTOS DE PROPAGANDA EN PÁGINAS DE INTERNET |
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5160-01 5161-01 5162-01 |
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5 |
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5170 5171 5172 |
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GOBERNADOR (NOMBRE DEL PROVEEDOR) DIPUTADOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) AYUNTAMIENTOS (NOMBRE DEL PROVEEDOR) OTROS GASTOS |
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5170-01 5171-01 5172-01 |
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5 |
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18 20 |
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5180 5181 5182 |
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GOBERNADOR DIPUTADOS AYUNTAMIENTOS |
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52 |
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TRANSFERENCIAS |
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5 |
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TRANSFERENCIA DE REMANENTES PARA GASTO ORDINARIO. |
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NOTAS: ESTE
CATÁLOGO NO ES LIMITATIVO. LOS PARTIDOS PODRÁN ABRIR SUBCUENTAS ASI COMO CUENTAS DE ORDEN ADICIONALES DE ACUERDO A SUS NECESIDADES. |
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