MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
Objeto |
1 |
. El presente Manual
tiene como objeto
establecer los mecanismos y criterios generales para el uso del sistema electrónico en la recepción del voto mediante urna electrónica, de conformidad con lo establecido en los artículos 152, numeral 2, 188, numeral 2 y en el Libro Tercero, Título Quinto, Capítulo Sexto de la
Ley Electoral del Estado de
Zacatecas. |
Interpretación |
2 3 |
. La interpretación de las disposiciones de este
Manual se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático, funcional y a la jurisprudencia o a los principios
generales del derecho. |
Conceptos . Para los efectos de este Manual se entenderá: |
I. En cuanto a los ordenamientos jurídicos: |
a) Constitución: Constitución Política del Estado de Zacatecas; b) Ley Electoral: Ley Electoral del Estado de
Zacatecas; |
c) Ley Orgánica: Ley Orgánica del Instituto Electoral del Estado |
de Zacatecas, y |
d) Manual: Manual para el uso del sistema electrónico para la |
recepción del voto mediante urna electrónica. |
II. En cuanto a la autoridad electoral: |
a) Instituto: Instituto Electoral del Estado de
Zacatecas; |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
1 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
b) Consejo General: Consejo General del
Instituto Electoral del |
Estado de Zacatecas; |
c) Presidencia: Presidencia del Consejo
General del Instituto |
Electoral del Estado
de Zacatecas; |
d) Secretaría Ejecutiva: Secretaría Ejecutiva del Consejo |
General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas. |
e) Comisión: Comisión de Sistemas y Programas Informáticos del Consejo General del Instituto Electoral del Estado
de Zacatecas; |
f) Dirección de Organización: Dirección Ejecutiva de |
Organización Electoral y Partidos Políticos; |
g) Dirección de Capacitación: Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Cultura
Cívica con Perspectiva de Género; |
h) Dirección de Sistemas: Dirección Ejecutiva de Sistemas y |
Programas Informáticos; |
i) Presidente: La Presidenta o Presidente de la mesa directiva |
de casilla; |
j) Secretario: La Secretaria o Secretario de la mesa directiva de |
casilla, y |
k) Escrutador: La escrutadora o escrutador de la mesa directiva |
de casilla. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
2 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
III. En cuanto a los conceptos: |
a) Acta de escrutinio y cómputo de casilla: Es el documento en el que se encuentran asentados los resultados del escrutinio y cómputo de la votación de cada casilla; |
b) Acta de incidentes: Es el documento en el cual, el Secretario deberá anotar todos y cada uno de los incidentes que ocurran en cada una de las etapas de la jornada electoral; |
c) Acta
de la jornada electoral: Es el documento en el que
se encuentran asentados los datos de la instalación y del cierre de la casilla; |
d) Asistente Electoral: Personal designado para auxiliar a los funcionarios de la mesa directiva de casilla
en las actividades correspondientes
al
desarrollo de la jornada electoral; |
e) Boleta: Documento impreso que es entregado al elector
para |
que marque
el sentido de su
voto; |
f) Boleta digital: Imagen y texto que se despliega en la pantalla de la urna electrónica, en la que el elector
selecciona al partido político o candidato de su preferencia; |
g) Candidato no registrado: Opción para elegir algún ciudadano no registrado como candidato ante
el Instituto, en tal caso, se escribirá su nombre en la pantalla; |
h) Candidato independiente: El ciudadano que obtuvo
su registro como candidato independiente por parte
del Consejo General; |
i) Códigos de control: Documentos identificados como códigos de acceso, tarjeta de apertura de urna,
tarjeta de cierre de urna y tarjeta de reimpresión; |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
3 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
j) PREP: Programa de Resultados
Electorales Preliminares; |
k) Procedimiento tradicional de votación: Procedimiento de |
recepción del voto, con boleta impresa; |
l) Reporte de apertura: Documento que
imprime la urna electrónica al momento en que inicia
el sistema de votación, mediante el cual
se muestra que
en la base de datos
de la urna no existe
registro de sufragios emitidos a favor de ninguna de
las opciones de votación; |
m) Reporte de cierre: Es el documento que imprime la urna electrónica que contiene los resultados de la votación correspondiente a la casilla; |
n) Sistema de votación electrónica: Conjunto de elementos técnicos aprobados por el Instituto, para recoger la votación el día de la jornada electoral,
a través de urnas electrónicas; |
o) Tarjeta de apertura de urna: Tarjeta
marcada como |
“Apertura” que se utiliza
para iniciar el sistema de votación; |
p) Tarjeta de cierre de urna: Tarjeta
marcada como “Cierre” que |
se utiliza
para cerrar el sistema de votación; |
q) Tarjeta |
de |
reimpresión: |
Tarjeta |
marcada |
como |
“Reimpresión”, que se utiliza
cuando por alguna
circunstancia |
el testigo de voto no se hubiera
impreso. |
r) Tarjeta de votación o código de acceso: Tarjeta marcada como “Urna” que se utiliza
para que cada ciudadano o ciudadana que acuda a emitir su voto,
pueda utilizar la urna electrónica; |
Manual aprobado por el Consejo
General del |
Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
4 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
s) Técnico en Urna Electrónica: Personal técnico designado para auxiliar y dar soporte
en la operación del sistema de votación electrónica; |
t) Testigo de voto: Impresión que refleja el sentido
del voto |
emitido por el
votante en la
urna electrónica, y |
u) Urna electrónica: Máquina receptora de votos
utilizada en la jornada electoral, compuesta por: cpu,
monitor sensible al tacto, impresora, no break,
lector óptico y demás elementos tecnológicos que la integran. |
Integración de mesas directivas de casilla |
4 5 |
. Las mesas
directivas de casilla, se integrarán de conformidad con lo estipulado por los artículos 156, 157 y 158 de la Ley Electoral y 56 de la Ley Orgánica. |
Capacitación de funcionarios de la mesa directiva de casilla |
. Las personas
designadas como funcionarias de la mesa directiva de casilla, en aquellos lugares en los que se hubiera aprobado el uso de la urna electrónica deberán ser capacitadas para
operar el sistema electrónico de votación. |
Cursos de capacitación a los representantes de
los partidos políticos y de los candidatos independientes |
6 |
. Los representantes de los partidos políticos y de los candidatos independientes, en su caso, podrán presenciar los cursos
de capacitación para la votación electrónica que sean instrumentados. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
5 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
Actividades del técnico en urna electrónica |
7 |
. El técnico en urna electrónica, realizará las siguientes actividades: I. Previas a la Jornada Electoral: |
a) Capacitar en coordinación con el asistente electoral a las personas funcionarias de las mesas directivas de casilla
en el manejo de
la urna electrónica; |
b) Realizar en conjunto con el asistente electoral los simulacros de votación de urna electrónica; |
c) Coordinarse |
con |
el |
asistente |
electoral |
para |
el |
acondicionamiento del espacio físico donde se instalará la casilla con urna electrónica, y |
d) Realizar las actividades necesarias para que el lugar
de ubicación de la casilla cuente
con instalación eléctrica adecuada y los elementos materiales y técnicos para el buen funcionamiento de la
urna electrónica. |
II. Actividades en la Jornada Electoral: |
a) Auxiliar, sin sustituir en sus funciones, al Presidente con la instalación y apertura de
la urna electrónica; |
b) Permanecer en la mesa
directiva de casilla que se le haya designado, a efecto de auxiliar en la solución de problemas técnicos relativos a la urna electrónica, que en su caso se presenten durante el desarrollo de la jornada
electoral; |
c) Atender
la urna electrónica en caso de que existiera alguna falla técnica con algún componente. Si no es posible repararla, lo informará al Presidente para que la votación continúe con el procedimiento tradicional; |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
6 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
d) Auxiliar al Presidente en la clausura y cierre de votación de la urna electrónica; |
e) Ser el responsable del traslado y resguardo del
equipo, y |
f) Auxiliar al ciudadano o ciudadana que así lo solicite, para que emita su voto en la urna electrónica, para ello
se garantizará en todo momento la secrecía y la libertad del sufragio. |
Actividades del asistente electoral |
8 |
. El asistente electoral, en coordinación con el técnico en urna electrónica, realizará las siguientes actividades: |
I. Previas a la Jornada Electoral: |
a) Capacitar a los funcionarios de la mesa directiva de casilla
en el manejo de la urna electrónica y en el llenado de la documentación de la Jornada Electoral con urna electrónica; |
b) Realizar los simulacros
de votación de urna electrónica; |
c) Invitar
a la ciudadanía de la sección electoral que tenga asignada, para
que asistan a los simulacros de votación con urna electrónica, y |
d) Acondicionar el espacio
físico donde se instalará la casilla con urna electrónica. |
II. Actividades en la Jornada Electoral: |
a) Apoyar a los funcionarios de la mesa directiva de casilla
en la instalación de la casilla; |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
7 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
b) Apoyar a los funcionarios de la mesa directiva de casilla
en la integración del expediente de casilla, y |
c) Apoyar
al Presidente en el traslado del expediente de casilla al Consejo correspondiente. |
Documentación electoral Boleta digital |
9 |
. El Consejo General aprobará los modelos de boleta
digital y las
actas de escrutinio y cómputo de casilla, acta de incidentes, y acta de la jornada electoral que habrán de utilizarse en las elecciones con votación electrónica conforme a lo dispuesto en los artículos 152, numeral 2 y 167 de la Ley Electoral y 23, fracción LV de la Ley Orgánica. |
Contenido del modelo de boleta digital |
1 |
0.Los modelos de boletas
digitales deberán contener los siguientes elementos: |
I. |
Entidad, distrito y municipio, según corresponda; Fecha de
la jornada electoral; |
II. |
III. IV. |
Sección y tipo de casilla; |
Cargo para el que se elegirá al candidato o candidata, fórmula o planilla; |
V. |
Emblema del partido político, en orden de prelación de conformidad con la fecha
de su registro; |
VI. |
En su caso, el emblema del candidato independiente, en el municipio; según el orden de la presentación de la solicitud de registro; |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
8 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
VII. |
Nombre completo y apellidos, y en su caso, el nombre con el que son conocidos públicamente los candidatos y candidatas– apelativo-; |
VIII. IX. X. |
Espacio para
candidaturas, fórmulas o planillas no registradas, respectivamente; |
Colores que distingan a las boletas
digitales para cada
tipo de elección y las firmas de la Presidencia y de la Secretaría Ejecutiva; |
Las boletas digitales para la elección de Diputados por el principio de mayoría relativa, deberán mostrar además la lista de candidaturas por el principio de representación proporcional; |
XI. |
Las boletas digitales para
la elección de Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa, deberán mostrar además la lista de candidaturas por el principio de representación proporcional, y |
XII. |
En el caso de la coalición, cada partido político coaligado contará con su propia
lista de representación proporcional. |
Distribución de espacios en el modelo de boleta
digital |
1 1 |
1.El Consejo General determinará la distribución de los espacios asignados en los modelos
de boleta digital para cada partido
político, de acuerdo al orden de su registro, y los espacios asignados para los candidatos independientes. |
Contenido del testigo de voto |
2.El testigo de voto impreso
deberá contener: |
I. |
Entidad, distrito y municipio, según corresponda; Fecha de
la jornada electoral; |
II. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
9 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
III. IV. V. |
Sección y tipo de casilla; Clave única; |
Tipo de elección; Logo del Instituto, y |
VI. |
VII. Emblema
del partido político o emblemas de los partidos
políticos en caso de coalición o emblema del candidato independiente, según corresponda. |
Reportes de apertura y de cierre
de votación |
1 1 |
3.El reporte de apertura de las casillas y el reporte de cierre de votación serán impresos por
la urna electrónica, en el modelo aprobado por el Consejo General. |
Elementos del reporte
de apertura |
4.El reporte de apertura de
votación deberá contener los siguientes elementos: |
I. |
Emblema del Instituto; |
II. |
La leyenda “Apertura”; |
III. Elección de la que se trate; IV. Número y tipo de casilla; V. Dirección de ubicación de la casilla; VI. Fecha
de la elección; |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
10 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
VII. Apartado referente al número de votos para cada
partido político, coalición o candidato independiente, que deberá aparecer en ceros; |
VIII. |
El número total de votos recibidos, que deberá aparecer en ceros; |
IX. El número total de códigos de acceso utilizados, que deberá aparecer en ceros; |
X. El número total de códigos de acceso no utilizados,
y XI. Hora y fecha de
impresión del reporte de apertura. |
Material Electoral |
1 |
5.El material electoral es el conjunto de elementos aprobados por el Consejo General del Instituto para el día de la jornada electoral que incluye: |
I. |
La urnas electrónicas para la recepción de votos; Las mamparas para votación; |
II. |
III. La máquina marcadora de credencial para
votar; IV. Tinta indeleble; |
V. Material didáctico de apoyo; |
VI. Las tarjetas identificadas como: de apertura de urna,
de cierre de urna, de
reimpresión y de votación o código de acceso; |
VII. Urnas para el depósito de los testigos de voto,
y VIII. Cartulina de identificación. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
11 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
1 1 1 |
6.Los Presidentes serán responsables de la seguridad de la documentación, del material electoral y de la urna
electrónica. En caso de daño, extravío, destrucción o robo deberán notificarlo de inmediato al Consejo Electoral correspondiente, a través de los asistentes electorales o técnicos de urna electrónica a fin de que éste resuelva lo conducente. |
Mesa directiva de casilla |
7.A las siete horas con treinta
minutos del domingo
siete de julio del año de la elección ordinaria, el Presidente, Secretario y Escrutadores nombrados como propietarios, procederán a la instalación de la casilla en presencia de los representantes de los partidos políticos, representantes de los candidatos
independientes, en su caso,
y de los observadores electorales. |
Llenado del acta de la Jornada Electoral |
8.En su momento, el Secretario procederá a asentar en el acta de la jornada electoral la información correspondiente en los
apartados siguientes: |
I. En el de
instalación. |
a) Lugar, fecha y hora en que se inicia
el acto de instalación de la casilla; |
b) El nombre completo y firma
autógrafa de las personas que actúan como integrantes de la
mesa directiva de
casilla; |
c) Que
se
ha recibido la lista nominal de electores; |
d) El número de boletas y códigos de acceso recibidos de la elección correspondiente, consignando en el acta los números de folios, obtenidos del total
de la lista nominal, más los |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
12 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
representantes de los partidos políticos y, en su caso, de los candidatos
independientes ante la mesa directiva de casilla; |
e) Que las urnas se armaron
en presencia de los representantes de los partidos políticos y en su caso, de los representantes
de los candidatos independientes, al momento de instalar la casilla para
comprobar que estaban vacías; que se colocaron en una mesa o lugar adecuado
y a la vista del electorado, de los representantes de los partidos políticos y en su caso,
de los representantes de los candidatos
independientes; |
f) Que la urna electrónica se instaló e inició con la impresión del reporte de apertura, comprobando por parte de los representantes de los partidos políticos y en su caso,
de los representantes de los
candidatos independientes que el apartado de los votos
de los partidos políticos, coalición y candidatos independientes se encuentre en ceros; |
g) En su caso, la relación de incidentes; |
h) En su caso, la causal de la instalación de la casilla en un lugar distinto al aprobado por el Instituto, y |
i) Nombre y firma de los representantes de los partidos políticos y en su caso, de los representantes de los candidatos independientes acreditados ante la casilla, que estén presentes. |
Instalación de la mesa directiva de casilla |
1 |
9.Por instalación de la mesa directiva de casilla
se entiende la verificación del contenido del paquete
electoral, conteo de boletas, armado de urnas, conteo de códigos de acceso e inicialización de la urna electrónica y en general todos los actos previos al inicio de la apertura de
casilla. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
13 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
2 |
0.Además de lo establecido en el numeral anterior, la instalación de la mesa directiva de casilla
se realizará con el auxilio del técnico de urna electrónica, de conformidad con
el procedimiento siguiente: |
I. |
El Presidente encenderá la urna electrónica y deslizará en ella la tarjeta de apertura
para inicializarla; |
II. |
Una vez inicializada la urna electrónica, el Presidente imprimirá el reporte de apertura de casilla, y |
III. Impreso el reporte, el Secretario solicitará a los funcionarios de casilla, representantes de los partidos políticos y representantes de los candidatos independientes que se encuentren presentes que lo firmen. |
Número de códigos de acceso |
2 |
1.La cantidad de códigos de acceso recibidos deberá coincidir con el número de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal
de electores, más el número adicional para recibir el voto de los representantes de los partidos políticos y en su caso,
de los representantes de los candidatos independientes acreditados en la casilla. |
Desarrollo de la votación |
2 2 |
2.El Presidente solicitará al elector su credencial para votar con la finalidad de que se identifique y le pedirá que le muestre el dedo
pulgar derecho, para confirmar que no haya votado en otra casilla. |
3.El Presidente mencionará el nombre del elector en voz alta a efecto de que el Secretario y los representantes de partido
político ante la mesa directiva de casilla y en su caso, del candidato independiente verifiquen que está |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
14 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
inscrito en la lista nominal
y se trata de la credencial para votar
que aparece en dicha lista. |
2 2 2 |
4.En caso de que el ciudadano o ciudadana no aparezca en la lista nominal, no se le permitirá votar, salvo
que presente una resolución favorable del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en este caso, el Presidente la introducirá en el sobre en el que coloque la lista
nominal. |
5.Una vez que se haya identificado al ciudadano o ciudadana y se verifique que sí aparece en la lista nominal, el Presidente entregará al elector el código de acceso, a efecto
de que emita libremente y en secreto su voto en la urna
electrónica. |
6.Frente a la urna electrónica, el ciudadano o ciudadana deslizará el código de acceso y seleccionará el partido político, coalición o candidato independiente de su elección. La urna electrónica imprimirá el testigo de voto por cada elección. Concluida la votación el ciudadano o ciudadana tomará el testigo de voto de cada elección, lo doblará y lo depositará en la urna correspondiente. |
Conclusión del procedimiento de votación |
2 |
7.Después de que el elector
haya emitido su voto,
el Secretario deberá anotar junto al nombre
del ciudadano o ciudadana en la lista nominal, la leyenda |
“voto electrónico”; el primer escrutador marcará su credencial para votar;
el |
segundo escrutador impregnará su dedo pulgar derecho con líquido indeleble; el Secretario le solicitará el código de acceso y le regresará su credencial para votar. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
15 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
Reimpresión de testigo de voto |
2 2 3 |
8.En caso de que la urna
electrónica no emita alguno de los testigos de voto impresos, el Presidente verificará la causa, y repondrá el procedimiento de impresión, para esto, será necesario que deslice la tarjeta de “reimpresión.” |
Auxilio a electores |
9.En caso de que el elector
sea invidente o se encuentre limitado físicamente para utilizar la urna electrónica, podrá manifestar a los funcionarios de casilla, su deseo de ser
auxiliado por la persona que él o ella designe. |
Contingencia técnica |
0.De existir alguna contingencia técnica durante el desarrollo de la votación que impida
continuar con el sistema electrónico de votación, el Presidente con la ayuda del técnico en urna electrónica, verificará si el problema puede solucionarse con los mecanismos previstos. |
3 3 |
1.En el supuesto de que no sea posible
reanudar la votación, el Presidente podrá dar por concluida la votación con urna electrónica, para continuar con el procedimiento tradicional de votación, dándole el mismo trato a los testigos de voto y a las boletas
electorales. |
2.El procedimiento tradicional de votación se desarrollará en los términos siguientes: |
I. Los electores votarán en el orden en que se presenten ante la mesa directiva de casilla, para ello, deberán exhibir su credencial para votar y su nombre deberá aparecer en la lista nominal, o en su caso, deberá exhibir la resolución de la autoridad jurisdiccional electoral que les otorga
el derecho de votar. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
16 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
II. El elector deberá mostrar el pulgar
derecho para confirmar que no ha votado en otra
casilla. El Presidente identificará al elector y mencionará el nombre en voz alta a efecto
de que el Secretario verifique que está en la lista nominal y se trata de la credencial para votar que aparece
en dicha lista; |
III. Hecho lo anterior, si el ciudadano está inscrito en la lista nominal correspondiente, el Presidente entregará al elector las boletas para que libremente y en secreto las marque, y |
IV. Recibidas las boletas, el elector procederá a emitir su sufragio marcando en la boleta únicamente el apartado correspondiente al partido político, coalición o el candidato independiente de su preferencia, o escriba el nombre
del candidato no registrado por el que desea
emitir su voto. Hecho lo anterior, doblará y depositará cada boleta en la urna correspondiente. |
V. Posteriormente, se realizará el escrutinio y cómputo de la votación de las boletas electorales y los
testigos de voto, que
se hubieran recibido. |
Suspensión de votación |
3 |
3.En caso de suspensión de la votación con urna electrónica, el Secretario deberá asentar la circunstancia en el acta
de incidentes, en la que se especificará: |
I. La causa que haya dado origen
a la suspensión; II. La hora en que ocurrió; |
III. La indicación del número de votantes que al momento
hubieran ejercido su derecho al voto,
obteniendo el dato
de la lista nominal, y |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
17 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
IV. El nombre y la firma de los integrantes de la mesa directiva de casilla, representantes de los partidos políticos o en su caso, de los representantes de los candidatos independientes. |
Cierre de votación |
3 |
4.El Presidente una vez concluida la recepción de la votación a las dieciocho horas, siempre
que hayan votado todos los ciudadanos y ciudadanas que se encuentren formados en la fila,
deslizará en el lector de la urna electrónica la tarjeta de “Cierre” de votación y automáticamente se imprimirá el reporte de cierre, que será firmado por las y los funcionarios de la mesa directiva de casilla, los representantes de los partidos políticos y en su caso,
los representantes de los candidatos independientes presentes. |
3 3 |
5.El Secretario procederá a inutilizar los códigos de acceso y las boletas electorales sobrantes por medio
de dos rayas
diagonales. |
6.El reporte de cierre de
votación deberá contener los siguientes elementos: |
I. |
Sección electoral; |
II. |
Número y tipo de casilla; |
III. Número de votos emitidos a favor
de cada partido político, coalición o candidato independiente, según corresponda; |
IV. Votos nulos; |
V. Total de códigos de acceso
recibidos; VI. Total de votos recibidos por elección, y VII. Total de códigos de acceso
no utilizados. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
18 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
Acta de escrutinio y cómputo |
3 |
7.El Secretario transcribirá en las respectivas actas
de escrutinio y cómputo de cada elección, los datos y el número de votos emitidos a favor de partidos políticos, coalición y candidatos independientes, votos nulos, impresos en el reporte de cierre
y solicitará las firmen a los funcionarios de casilla, representantes de los partidos políticos y en su caso, representantes de los candidatos
independientes. |
3 3 |
8.Se deberá levantar el acta
de escrutinio y cómputo por cada elección, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 205 de la Ley Electoral, la que contendrá además, el número de códigos de acceso sobrantes que fueron inutilizados. |
9.En presencia de los representantes de los partidos políticos y en su caso, representantes de los
candidatos independientes, el Presidente empaquetará y sellará la urna electrónica con las cintas
de seguridad proporcionadas
por el Instituto. |
Votos válidos y votos nulos.
Determinación |
4 |
0.Para determinar la validez o nulidad de los
votos se observarán las siguientes
reglas: |
I. |
Se contará como voto válido para cada partido político, coalición o candidato independiente, el testigo
de voto impreso
que contenga el emblema de un partido
político o candidato independiente. |
II. |
Cuando el elector
marque en la boleta
dos o más cuadros y exista coalición entre los partidos cuyos emblemas hayan sido marcados, el |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
19 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
voto se registrará por separado en el espacio correspondiente del acta de escrutinio y cómputo de casilla. |
III. Se contará como voto nulo
aquel testigo de voto emitido
por un elector y depositado en la urna y que optó por un candidato no registrado, o aquel
que explícitamente tenga impresa la palabra nulo. |
Integración del expediente de la elección de diputados |
4 |
1.El expediente de casilla
de la elección de Diputados se integrará con lo siguiente: |
I. |
Acta original de la
Jornada Electoral; |
II. |
Original del acta de escrutinio y cómputo de la elección de diputados, acompañada de los reportes de apertura y cierre impresos por la urna electrónica; |
III. |
Acta de
incidentes; |
IV. Sobre que contenga los códigos de acceso utilizados; |
V. Sobre que contenga las boletas y/o
los códigos de acceso sobrantes e inutilizados; |
VI. Sobre que contenga las boletas
y/o los testigos de voto válidos; VII. Sobre que contenga las boletas
y/o los testigos de voto nulos; |
VIII. Los escritos de protesta y/o de incidentes presentados por los representantes de los partidos políticos y en su caso, de los representantes de los candidatos independientes, y |
IX. Sobre que va por fuera
del paquete que contiene la segunda copia del acta de escrutinio y cómputo de la elección de Diputados. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
20 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
Integración del expediente de la elección de Ayuntamientos |
4 |
2.El expediente de casilla de la elección de Ayuntamientos se integrará con lo siguiente: |
I. Sobre para el expediente de casilla que contiene: a) Acta de la Jornada
Electoral (Primera copia); b) Original del acta de escrutinio y cómputo de la elección de Ayuntamientos, acompañada de los reportes de apertura y cierre impresos por la urna electrónica; |
c) Primera copia del Acta de
incidentes; d) Escritos de incidentes y de protesta; |
II. Sobre que contenga los códigos de acceso
utilizados; |
III. Sobre que contenga las boletas
y/o los códigos de acceso sobrantes e inutilizados; |
IV. Sobre que contenga las boletas
y/o los testigos de voto válidos; V. Sobre que contenga las boletas y/o los testigos de voto nulos; VI. Sobre que contenga la lista
nominal; |
VII. Sobre de la elección de Ayuntamientos, que va por fuera del paquete electoral y que contiene: |
a) Segunda copia del acta
de escrutinio y cómputo de la elección de Ayuntamiento; b) Original de la constancia de clausura
y remisión del paquete electoral, y c) Original de recibo
de copias legibles entregada a representantes de partidos políticos y representantes de los candidatos
independientes. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
21 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
VIII. Sobre
PREP, que va por fuera
del paquete electoral y que contiene: |
a) Primera copia de acta de escrutinio y cómputo de la elección de Diputados y Ayuntamiento. |
Fijación de cédula de resultados |
4 |
3.El Presidente, en el formato
aprobado por el Instituto, fijará en el exterior del lugar que ocupó la casilla, los resultados de la votación de cada elección. |
Constancia de la hora de clausura de casilla |
4 4 |
4.El Secretario levantará constancia de la hora de clausura de la casilla, incluyendo el nombre
de los integrantes de la mesa directiva de casilla
que harán entrega del paquete que contenga el expediente de casilla, así como el de los representantes de los partidos políticos y en su caso,
de los candidatos
independientes que los acompañarán. |
5.La constancia de clausura de casilla
y remisión del paquete será firmada por los integrantes de la mesa directiva de casilla
y los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes, que así lo deseen. |
Expedientes electorales Plazos para su remisión |
4 |
6.Los Presidentes bajo su responsabilidad, harán llegar a los Consejos Distritales y Municipales respectivos, los paquetes que
contengan los expedientes de casilla, dentro
de los siguientes plazos: |
I. Inmediatamente cuando se trate de casillas
ubicadas en la cabecera del distrito o municipio; |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
22 |
MANUAL PARA EL USO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO
ELECTORAL 2013 |
II. Hasta doce horas cuando se trate de casillas urbanas
ubicadas fuera de la cabecera del distrito, y |
III. Hasta veinticuatro horas
cuando se trate
de casillas rurales. |
4 4 |
7.Los plazos a que se refiere el numeral anterior, serán contados a partir de la hora de clausura de
la casilla. |
8.El Consejo General dentro
del día de la jornada electoral, determinará lo conducente cuando
medie caso fortuito o fuerza mayor
que impida la entrega en tiempo del expediente de casilla, notificándolo para sus efectos a los Consejos Electorales respectivos. |
Casos no previstos |
4 |
9.Los asuntos no previstos en este Manual
serán resueltos por la Comisión. |
TRANSITORIOS |
PRIMERO.- El presente Manual entrará en vigor el día de su aprobación por el Consejo General del Instituto. |
SEGUNDO.- Publíquese este Manual en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. |
Manual aprobado por el Consejo
General del Instituto Electoral mediante
Acuerdo ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio
de 2013 |
23 |