MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

Objeto

1

. El presente Manual tiene como objeto establecer los mecanismos y criterios

generales para el uso del sistema electrónico en la recepción del voto

mediante urna electrónica, de conformidad con lo establecido en los

artículos 152, numeral 2, 188, numeral 2 y en el Libro Tercero, Título Quinto,

Capítulo Sexto de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas.

Interpretación

2

3

. La interpretación de las disposiciones de este Manual se hará conforme a

los criterios gramatical, sistemático, funcional y a la jurisprudencia o a los

principios generales del derecho.

Conceptos

. Para los efectos de este Manual se entenderá:

I. En cuanto a los ordenamientos jurídicos:

a) Constitución: Constitución Política del Estado de Zacatecas;

b) Ley Electoral: Ley Electoral del Estado de Zacatecas;

c) Ley Orgánica: Ley Orgánica del Instituto Electoral del Estado

de Zacatecas, y

d) Manual: Manual para el uso del sistema electrónico para la

recepción del voto mediante urna electrónica.

II. En cuanto a la autoridad electoral:

a) Instituto: Instituto Electoral del Estado de Zacatecas;

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

1


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

b) Consejo General: Consejo General del Instituto Electoral del

Estado de Zacatecas;

c) Presidencia: Presidencia del Consejo General del Instituto

Electoral del Estado de Zacatecas;

d) Secretaría Ejecutiva: Secretaría Ejecutiva del Consejo

General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.

e) Comisión: Comisión de Sistemas y Programas Informáticos

del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de

Zacatecas;

f) Dirección de Organización: Dirección Ejecutiva de

Organización Electoral y Partidos Políticos;

g) Dirección de Capacitación: Dirección Ejecutiva de

Capacitación Electoral y Cultura Cívica con Perspectiva de

Género;

h) Dirección de Sistemas: Dirección Ejecutiva de Sistemas y

Programas Informáticos;

i) Presidente: La Presidenta o Presidente de la mesa directiva

de casilla;

j) Secretario: La Secretaria o Secretario de la mesa directiva de

casilla, y

k) Escrutador: La escrutadora o escrutador de la mesa directiva

de casilla.

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

2


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

III. En cuanto a los conceptos:

a) Acta de escrutinio y cómputo de casilla: Es el documento

en el que se encuentran asentados los resultados del

escrutinio y cómputo de la votación de cada casilla;

b) Acta de incidentes: Es el documento en el cual, el Secretario

deberá anotar todos y cada uno de los incidentes que ocurran

en cada una de las etapas de la jornada electoral;

c) Acta de la jornada electoral: Es el documento en el que se

encuentran asentados los datos de la instalación y del cierre

de la casilla;

d) Asistente Electoral: Personal designado para auxiliar a los

funcionarios de la mesa directiva de casilla en las actividades

correspondientes al desarrollo de la jornada electoral;

e) Boleta: Documento impreso que es entregado al elector para

que marque el sentido de su voto;

f) Boleta digital: Imagen y texto que se despliega en la pantalla

de la urna electrónica, en la que el elector selecciona al

partido político o candidato de su preferencia;

g) Candidato no registrado: Opción para elegir algún

ciudadano no registrado como candidato ante el Instituto, en

tal caso, se escribirá su nombre en la pantalla;

h) Candidato independiente: El ciudadano que obtuvo su

registro como candidato independiente por parte del Consejo

General;

i) Códigos de control: Documentos identificados como códigos

de acceso, tarjeta de apertura de urna, tarjeta de cierre de

urna y tarjeta de reimpresión;

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

3


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

j) PREP: Programa de Resultados Electorales Preliminares;

k) Procedimiento tradicional de votación: Procedimiento de

recepción del voto, con boleta impresa;

l) Reporte de apertura: Documento que imprime la urna

electrónica al momento en que inicia el sistema de votación,

mediante el cual se muestra que en la base de datos de la

urna no existe registro de sufragios emitidos a favor de

ninguna de las opciones de votación;

m) Reporte de cierre: Es el documento que imprime la urna

electrónica que contiene los resultados de la votación

correspondiente a la casilla;

n) Sistema de votación electrónica: Conjunto de elementos

técnicos aprobados por el Instituto, para recoger la votación el

día de la jornada electoral, a través de urnas electrónicas;

o) Tarjeta de apertura de urna: Tarjeta marcada como

“Apertura” que se utiliza para iniciar el sistema de votación;

p) Tarjeta de cierre de urna: Tarjeta marcada como “Cierre” que

se utiliza para cerrar el sistema de votación;

q) Tarjeta

de

reimpresión:

Tarjeta

marcada

como

“Reimpresión”, que se utiliza cuando por alguna circunstancia

el testigo de voto no se hubiera impreso.

r) Tarjeta de votación o código de acceso: Tarjeta marcada

como “Urna” que se utiliza para que cada ciudadano o

ciudadana que acuda a emitir su voto, pueda utilizar la urna

electrónica;

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

4


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

s) Técnico en Urna Electrónica: Personal técnico designado

para auxiliar y dar soporte en la operación del sistema de

votación electrónica;

t) Testigo de voto: Impresión que refleja el sentido del voto

emitido por el votante en la urna electrónica, y

u) Urna electrónica: Máquina receptora de votos utilizada en la

jornada electoral, compuesta por: cpu, monitor sensible al

tacto, impresora, no break, lector óptico y demás elementos

tecnológicos que la integran.

Integración de mesas directivas de casilla

4

5

. Las mesas directivas de casilla, se integrarán de conformidad con lo

estipulado por los artículos 156, 157 y 158 de la Ley Electoral y 56 de la Ley

Orgánica.

Capacitación de funcionarios de

la mesa directiva de casilla

. Las personas designadas como funcionarias de la mesa directiva de casilla,

en aquellos lugares en los que se hubiera aprobado el uso de la urna

electrónica deberán ser capacitadas para operar el sistema electrónico de

votación.

Cursos de capacitación a los

representantes de los partidos políticos

y de los candidatos independientes

6

. Los representantes de los partidos políticos y de los candidatos

independientes, en su caso, podrán presenciar los cursos de capacitación

para la votación electrónica que sean instrumentados.

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

5


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

Actividades del técnico en urna electrónica

7

. El técnico en urna electrónica, realizará las siguientes actividades:

I. Previas a la Jornada Electoral:

a) Capacitar en coordinación con el asistente electoral a las

personas funcionarias de las mesas directivas de casilla en el

manejo de la urna electrónica;

b) Realizar en conjunto con el asistente electoral los simulacros

de votación de urna electrónica;

c) Coordinarse

con

el

asistente

electoral

para

el

acondicionamiento del espacio físico donde se instalará la

casilla con urna electrónica, y

d) Realizar las actividades necesarias para que el lugar de

ubicación de la casilla cuente con instalación eléctrica

adecuada y los elementos materiales y técnicos para el buen

funcionamiento de la urna electrónica.

II. Actividades en la Jornada Electoral:

a) Auxiliar, sin sustituir en sus funciones, al Presidente con la

instalación y apertura de la urna electrónica;

b) Permanecer en la mesa directiva de casilla que se le haya

designado, a efecto de auxiliar en la solución de problemas

técnicos relativos a la urna electrónica, que en su caso se

presenten durante el desarrollo de la jornada electoral;

c) Atender la urna electrónica en caso de que existiera alguna

falla técnica con algún componente. Si no es posible

repararla, lo informará al Presidente para que la votación

continúe con el procedimiento tradicional;

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

6


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

d) Auxiliar al Presidente en la clausura y cierre de votación de la

urna electrónica;

e) Ser el responsable del traslado y resguardo del equipo, y

f) Auxiliar al ciudadano o ciudadana que así lo solicite, para que

emita su voto en la urna electrónica, para ello se garantizará

en todo momento la secrecía y la libertad del sufragio.

Actividades del asistente electoral

8

. El asistente electoral, en coordinación con el técnico en urna electrónica,

realizará las siguientes actividades:

I. Previas a la Jornada Electoral:

a) Capacitar a los funcionarios de la mesa directiva de casilla en

el manejo de la urna electrónica y en el llenado de la

documentación de la Jornada Electoral con urna electrónica;

b) Realizar los simulacros de votación de urna electrónica;

c) Invitar a la ciudadanía de la sección electoral que tenga

asignada, para que asistan a los simulacros de votación con

urna electrónica, y

d) Acondicionar el espacio físico donde se instalará la casilla con

urna electrónica.

II. Actividades en la Jornada Electoral:

a) Apoyar a los funcionarios de la mesa directiva de casilla en la

instalación de la casilla;

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

7


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

b) Apoyar a los funcionarios de la mesa directiva de casilla en la

integración del expediente de casilla, y

c) Apoyar al Presidente en el traslado del expediente de casilla

al Consejo correspondiente.

Documentación electoral

Boleta digital

9

. El Consejo General aprobará los modelos de boleta digital y las actas de

escrutinio y cómputo de casilla, acta de incidentes, y acta de la jornada

electoral que habrán de utilizarse en las elecciones con votación electrónica

conforme a lo dispuesto en los artículos 152, numeral 2 y 167 de la Ley

Electoral y 23, fracción LV de la Ley Orgánica.

Contenido del modelo de boleta digital

1

0.Los modelos de boletas digitales deberán contener los siguientes elementos:

I.

Entidad, distrito y municipio, según corresponda;

Fecha de la jornada electoral;

II.

III.

IV.

Sección y tipo de casilla;

Cargo para el que se elegirá al candidato o candidata, fórmula o

planilla;

V.

Emblema del partido político, en orden de prelación de

conformidad con la fecha de su registro;

VI.

En su caso, el emblema del candidato independiente, en el

municipio; según el orden de la presentación de la solicitud de

registro;

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

8


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

VII.

Nombre completo y apellidos, y en su caso, el nombre con el que

son conocidos públicamente los candidatos y candidatas

apelativo-;

VIII.

IX.

X.

Espacio para candidaturas, fórmulas o planillas no registradas,

respectivamente;

Colores que distingan a las boletas digitales para cada tipo de

elección y las firmas de la Presidencia y de la Secretaría Ejecutiva;

Las boletas digitales para la elección de Diputados por el principio

de mayoría relativa, deberán mostrar además la lista de

candidaturas por el principio de representación proporcional;

XI.

Las boletas digitales para la elección de Ayuntamientos por el

principio de mayoría relativa, deberán mostrar además la lista de

candidaturas por el principio de representación proporcional, y

XII.

En el caso de la coalición, cada partido político coaligado contará

con su propia lista de representación proporcional.

Distribución de espacios

en el modelo de boleta digital

1

1

1.El Consejo General determinará la distribución de los espacios asignados en

los modelos de boleta digital para cada partido político, de acuerdo al orden

de su registro, y los espacios asignados para los candidatos independientes.

Contenido del testigo de voto

2.El testigo de voto impreso deberá contener:

I.

Entidad, distrito y municipio, según corresponda;

Fecha de la jornada electoral;

II.

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

9


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

III.

IV.

V.

Sección y tipo de casilla;

Clave única;

Tipo de elección;

Logo del Instituto, y

VI.

VII. Emblema del partido político o emblemas de los partidos políticos en

caso de coalición o emblema del candidato independiente, según

corresponda.

Reportes de apertura y de cierre de votación

1

1

3.El reporte de apertura de las casillas y el reporte de cierre de votación serán

impresos por la urna electrónica, en el modelo aprobado por el Consejo

General.

Elementos del reporte de apertura

4.El reporte de apertura de votación deberá contener los siguientes elementos:

I.

Emblema del Instituto;

II.

La leyenda “Apertura”;

III. Elección de la que se trate;

IV. Número y tipo de casilla;

V. Dirección de ubicación de la casilla;

VI. Fecha de la elección;

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

10


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

VII. Apartado referente al número de votos para cada partido político,

coalición o candidato independiente, que deberá aparecer en ceros;

VIII.

El número total de votos recibidos, que deberá aparecer en

ceros;

IX. El número total de códigos de acceso utilizados, que deberá

aparecer en ceros;

X. El número total de códigos de acceso no utilizados, y

XI. Hora y fecha de impresión del reporte de apertura.

Material Electoral

1

5.El material electoral es el conjunto de elementos aprobados por el Consejo

General del Instituto para el día de la jornada electoral que incluye:

I.

La urnas electrónicas para la recepción de votos;

Las mamparas para votación;

II.

III. La máquina marcadora de credencial para votar;

IV. Tinta indeleble;

V. Material didáctico de apoyo;

VI. Las tarjetas identificadas como: de apertura de urna, de cierre de

urna, de reimpresión y de votación o código de acceso;

VII. Urnas para el depósito de los testigos de voto, y

VIII. Cartulina de identificación.

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

11


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

1

1

1

6.Los Presidentes serán responsables de la seguridad de la documentación,

del material electoral y de la urna electrónica. En caso de daño, extravío,

destrucción o robo deberán notificarlo de inmediato al Consejo Electoral

correspondiente, a través de los asistentes electorales o técnicos de urna

electrónica a fin de que éste resuelva lo conducente.

Mesa directiva de casilla

7.A las siete horas con treinta minutos del domingo siete de julio del año de la

elección ordinaria, el Presidente, Secretario y Escrutadores nombrados

como propietarios, procederán a la instalación de la casilla en presencia de

los representantes de los partidos políticos, representantes de los

candidatos independientes, en su caso, y de los observadores electorales.

Llenado del acta de la Jornada Electoral

8.En su momento, el Secretario procederá a asentar en el acta de la jornada

electoral la información correspondiente en los apartados siguientes:

I. En el de instalación.

a) Lugar, fecha y hora en que se inicia el acto de instalación de la

casilla;

b) El nombre completo y firma autógrafa de las personas que

actúan como integrantes de la mesa directiva de casilla;

c) Que se ha recibido la lista nominal de electores;

d) El número de boletas y códigos de acceso recibidos de la

elección correspondiente, consignando en el acta los números

de folios, obtenidos del total de la lista nominal, más los

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

12


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

representantes de los partidos políticos y, en su caso, de los

candidatos independientes ante la mesa directiva de casilla;

e) Que las urnas se armaron en presencia de los representantes

de los partidos políticos y en su caso, de los representantes de

los candidatos independientes, al momento de instalar la

casilla para comprobar que estaban vacías; que se colocaron

en una mesa o lugar adecuado y a la vista del electorado, de

los representantes de los partidos políticos y en su caso, de

los representantes de los candidatos independientes;

f) Que la urna electrónica se instaló e inició con la impresión del

reporte de apertura, comprobando por parte de los

representantes de los partidos políticos y en su caso, de los

representantes de los candidatos independientes que el

apartado de los votos de los partidos políticos, coalición y

candidatos independientes se encuentre en ceros;

g) En su caso, la relación de incidentes;

h) En su caso, la causal de la instalación de la casilla en un lugar

distinto al aprobado por el Instituto, y

i) Nombre y firma de los representantes de los partidos políticos

y en su caso, de los representantes de los candidatos

independientes acreditados ante la casilla, que estén

presentes.

Instalación de la mesa

directiva de casilla

1

9.Por instalación de la mesa directiva de casilla se entiende la verificación del

contenido del paquete electoral, conteo de boletas, armado de urnas, conteo

de códigos de acceso e inicialización de la urna electrónica y en general

todos los actos previos al inicio de la apertura de casilla.

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

13


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

2

0.Además de lo establecido en el numeral anterior, la instalación de la mesa

directiva de casilla se realizará con el auxilio del técnico de urna electrónica,

de conformidad con el procedimiento siguiente:

I.

El Presidente encenderá la urna electrónica y deslizará en ella la

tarjeta de apertura para inicializarla;

II.

Una vez inicializada la urna electrónica, el Presidente imprimirá el

reporte de apertura de casilla, y

III. Impreso el reporte, el Secretario solicitará a los funcionarios de

casilla, representantes de los partidos políticos y representantes de

los candidatos independientes que se encuentren presentes que lo

firmen.

Número de códigos de acceso

2

1.La cantidad de códigos de acceso recibidos deberá coincidir con el número

de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, más el

número adicional para recibir el voto de los representantes de los partidos

políticos y en su caso, de los representantes de los candidatos

independientes acreditados en la casilla.

Desarrollo de la votación

2

2

2.El Presidente solicitará al elector su credencial para votar con la finalidad de

que se identifique y le pedirá que le muestre el dedo pulgar derecho, para

confirmar que no haya votado en otra casilla.

3.El Presidente mencionará el nombre del elector en voz alta a efecto de que

el Secretario y los representantes de partido político ante la mesa directiva

de casilla y en su caso, del candidato independiente verifiquen que está

Manual aprobado por el Consejo General del

Instituto Electoral mediante Acuerdo

ACG-IEEZ-072/IV/2013 del 15 de junio de 2013

14


 

MANUAL PARA EL USO DEL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA RECEPCIÓN DEL

VOTO MEDIANTE URNA ELECTRÓNICA EN EL PROCESO ELECTORAL 2013

inscrito en la lista nominal y se trata de la credencial para votar que aparece

en dicha lista.

2

2

2

4.En caso de que el ciudadano o ciudadana no aparezca en la lista nominal,

no se le permitirá votar, salvo que presente una resolución favorable del

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en este caso, el

Presidente la introducirá en el sobre en el que coloque la lista nominal.

5.Una vez que se haya identificado al ciudadano o ciudadana y se verifique

que aparece en la lista nominal, el Presidente entregará al elector el

código de acceso, a efecto de que emita libremente y en secreto su voto en

la urna electrónica.

6.Frente a la urna electrónica, el ciudadano o ciudadana deslizará el código de

acceso y seleccionará el partido político, coalición o candidato independiente

de su elección. La urna electrónica imprimirá el testigo de voto por cada

elección. Concluida la votación el ciudadano o ciudadana tomará el testigo

de voto de cada elección, lo doblará y lo depositará en la urna

correspondiente.

Conclusión del

procedimiento de votación

2